Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Preguntas formuladas
Pregunta núm. 1147/24, relativa a la realización de eventos taurinos con personas con acondroplasia en el territorio de Aragón, asumida la iniciativa ciudadana de D. Rubén Pérez Sueiras.
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:69 (XI Legislatura)
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
José Luis Soro Domingo, Portavoz del Grupo Parlamentario de Chunta Aragonesista (CHA), de acuerdo con lo establecido en el artículo 266 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula a la Consejera de Presidencia, Interior y Cultura, para su respuesta escrita, la siguiente Pregunta, relativa a la realización de eventos taurinos con personas con acondroplasia en el territorio de Aragón, asumiendo la pregunta ciudadana presentada por el Sr. Rubén Pérez Sueiras.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La participación de personas con acondroplasia ha sido objeto de una importante respuesta por parte de las entidades y organizaciones que centran su actividad en la atención, denuncia y apoyo de la ciudadanía con diversidad funcional, reclamando durante años la abolición de este tipo de espectáculos por ser objeto de mofa, humillaciones y vejaciones. El propio Comité de los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas señaló en 2019 su preocupación por la imagen que se trasladaba de las personas con acondroplasia en eventos de carácter taurino. Una advertencia que fue tomada en consideración por las Cortes Generales en mayo de 2023, donde se aprobó una enmienda en la que se incluía el veto a estas convocatorias precisamente por su finalidad humillante.
El Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, en su disposición adicional tercera, apartado 2, detalla:
2. Quedan prohibidos los espectáculos o actividades recreativas en que se use a personas con discapacidad o esta circunstancia para suscitar la burla, la mofa o la irrisión del público de modo contrario al respeto debido a la dignidad humana.
Por todo lo anterior expuesto presentamos la siguiente
PREGUNTA
¿Por qué motivo la DGA permite este tipo de eventos previa firma de una declaración responsable? ¿Es consciente la DGA de que es técnicamente imposible garantizar el cumplimiento de esta declaración responsable y de que nadie de las personas asistentes cometa actos de humillación, mofa o irrisión como detalla el marco normativo estatal? ¿Por qué reincide el Gobierno aragonés en la permisividad de una actividad criticada por colectivos representativos, rechazada por una inmensa mayoría social y vetada de forma explícita en España?
En el Palacio de la Aljafería, a 13 de junio de 2024.
El Portavoz
JOSÉ LUIS SORO DOMINGO