Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Comisión
Proposición no de Ley núm. 314/25, sobre actuaciones para mejorar las políticas de garantía de ingresos, para su tramitación en la Comisión de Bienestar Social y Familia.
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:143 (XI Legislatura)
A LA MESA DE LA COMISION DE BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA:
Álvaro Sanz Remón, Portavoz de la Agrupación Parlamentaria Izquierda Unida Aragón-Grupo Mixto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 267 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente Proposición no de Ley sobre actuaciones para mejorar las políticas de garantía de ingresos, para su tramitación en la Comisión de Bienestar Social y Familia.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En la Ley 3/2021, de 20 de mayo, por la que se regula la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital (PACIMV) y el Servicio Público Aragonés de Inclusión Social, se hace referencia a las personas beneficiarias en su artículo 3.
Y en el punto 3 de dicho artículo se establecen una serie de colectivos que son beneficiarios directos de la PACIMV, así como que «Reglamentariamente podrán establecerse otras situaciones diferentes de las contempladas en este apartado que produzcan el reconocimiento a una persona de la condición de beneficiaria de esta prestación».
La PACIMV tiene un nivel de cobertura ridículo, los últimos datos a los que hemos tenido acceso y que son de diciembre de 2024 porque no se están publicando trimestralmente, señalan que solo tienen la prestación completa 61 familias y 4.415 el complemento del IMV, aunque en diciembre de 2024 había 16.055 familias con el IMV, datos que se publican todos los meses.
Pero a pesar de la cobertura del IMV sigue quedando mucha gente fuera, como señala el informe del programa Aragón Incluye que desarrollo la Red Aragonesa de Inclusión Social, donde dice que, de las 1701 personas de la muestra, tan solo 256 son perceptoras del IMV, de la PACIMV o de ambas (21,99%) teniendo el resto, 908 pax (78,01%), una situación de vulnerabilidad acreditada, pero sin acceso a una prestación de garantía de ingresos.
La Ley del IMV se ha ido reformando para ajustarse a la realidad de la exclusión, pero la PACIMV no ha evaluado su cobertura, ni incorporado, ni ajustado los perfiles que requieren de su cobertura.
Entre los colectivos definidos en la PACIMV, sería necesario revisar las condiciones que se establecieron y si está respondiendo a la realidad porque en el caso de los jóvenes, entre 18 y 30 años, se incluyó el requisito de tener al menos 9 meses de cotización a la seguridad social que está limitando el acceso a la prestación y que debería ajustarse para responder a la precariedad de la población juvenil.
Por otro lado, han surgido nuevas realidades que requieren nuestra atención.
Es relevante poner en marcha los mecanismos que se recogían en la ley y que tenían como fin actualizar nuestra prestación para responder a la realidad de la exclusión con solvencia.
Por último, la prestación del IMV se basa en los ingresos del año anterior, pero a veces se dan situaciones sobrevenidas que requieren de actuación inmediata, cuestión que se recogió en la ley y que se denominó «Ayudas de urgencia específicas para solicitantes del IMV, en supuestos de vulnerabilidad económica en el ejercicio en curso» pero que no se ha puesto en marcha.
La política de garantía de ingresos es una competencia propia de nuestra comunidad y tenemos la capacidad a través de los servicios sociales generales de identificar las personas que se están quedando fuera de la cobertura de las prestaciones existentes para garantizarlo desde nuestra comunidad.
Por todo ello, presentamos la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a:
1. Evaluar a través de servicios sociales generales y entidades colaboradoras, los perfiles de unidades de convivencia que se encuentran en una situación de vulnerabilidad acreditada pero que no tienen cobertura por parte del IMV y de la PACIMV en Aragón, en el plazo de tres meses.
2. Modificar reglamentariamente para incorporar entre los beneficiarios de la PACIMV recogidos en el artículo 3, los perfiles detectados a partir de la evaluación planteada en el punto 1, que les permita acceder a la PACIMV, antes de que acabe 2025.
3. Aprobar el reglamento de la Comisión de seguimiento de la Prestación Aragonesa Complementaria y de la implantación de los procesos de inclusión, antes de que acabe 2025.
4. Articular y hacer efectivas en 2025, las «Ayudas de urgencia específicas para solicitantes del IMV, en supuestos de vulnerabilidad económica en el ejercicio en curso».
Zaragoza, a 2 de junio de 2025.
El Portavoz
ÁLVARO SANZ REMÓN