Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Respuestas

Respuesta escrita de la Consejera de Bienestar Social y Familia a la Pregunta núm. 1015/25, relativa a los Puntos de Encuentro Familiar (BOCA 143, de 12 de junio de 2025).

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:151 (XI Legislatura) PDF

En contestación a las cuestiones planteadas, se informa que por Orden CDS/408/2021, de 21 de abril, se convocó el procedimiento para el establecimiento de acuerdos de acción concertada para la prestación del servicio de Puntos de Encuentro Familiar en Aragón. Derivado de dicho procedimiento, únicamente se firmó acuerdo de acción concertada para la gestión del PEF de Alcañiz, autorizado por Orden de la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales el 15 de septiembre de 2021, resultando la Asociación Bajoaragonesa de Mediación, como entidad seleccionada en el procedimiento. El servicio en el resto de localidades resultó desierto.
La vigencia del concierto comenzó el 16 de septiembre de 2021 y a día de hoy sigue vigente (tras la firma de sucesivas prórrogas). De acuerdo con lo establecido en el artículo tercero de la Orden mencionada, siempre que se cumplan las condiciones establecidas, existe la posibilidad de continuar prorrogando el servicio hasta completar el periodo de vigencia máximo de 10 años establecido en la normativa.
Por Orden BSF/1203/2023, de 14 de septiembre, se convocó el procedimiento para la adopción de acuerdos de acción concertada para la prestación del servicio de Puntos de Encuentro Familiar en Aragón para el periodo 2023-2026 en las localidades que no fueron concertadas en la convocatoria anterior, es decir, Zaragoza, Huesca, Teruel, Calatayud y Ejea de los Caballeros.
La decisión de no incluir Alcañiz en esta nueva convocatoria responde, exclusivamente, a razones técnicas. El servicio estaba funcionando adecuadamente, amparado por un acuerdo vigente, por lo que se consideró mantener la estabilidad del mismo, lo cual repercutía favorablemente en las familias. Las exigencias de la Orden CDS/408/2021, relacionadas con los espacios, supusieron una inversión significativa, que conllevó el traslado de ubicación, así como una adecuación los mismos a las condiciones técnicas recogidas en la convocatoria. La necesidad de optimizar los recursos públicos y rentabilizar las inversiones ya realizadas fueron razones para mantener el servicio, habida cuenta, además, que se cumplían los requisitos técnicos y organizativos exigidos en la orden BSF/1203/2023.
El Punto de Encuentro Familiar de Huesca atiende, anualmente, una media de 180 personas (179 en el año 2023 y 182, en 2024). En el año 2025, se va a registrar un incremento de personas usuarias, ya que a fecha 23 de junio, han sido/están siendo atendidas 176 personas. Tomando como referencia los últimos datos anuales disponibles (2024), los datos, desagregados por Comarcas, son los siguientes:


COMARCA
BAJO CINCA
3
JACETANIA
9
LA HOYA DE HUESCA
137
LA LITERA
1
MONEGROS
8
RIBAGORZA
2
SOBRARBE
2
SOMONTANO
3
OTROS (Zaragoza, Teruel, Valencia y Cataluña)
17
TOTAL
182

Por otro lado, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 55/2017, de 11 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Mapa de Servicios Sociales de Aragón, en su artículo 14 (Adscripción de los servicios sociales especializados) se adscribe el servicio Puntos de Encuentro Familiar a la Zona de Servicios Sociales, con un nivel alto de proximidad.
Su catalogación es la siguiente:

Código
Servicio
Nivel de proximidad
Unidad territorial
1.2.3.6.
Punto de Encuentro Familiar
Alto
Zona

Esta catalogación responde al carácter del servicio. Un Punto de Encuentro Familiar da respuesta a las necesidades de las familias de unidades territoriales que pueden agrupar agrupa una, dos o más áreas básicas de servicios sociales o a municipios limítrofes de diferentes áreas básicas de servicios sociales. Tienen un carácter territorial flexible con el fin de facilitar el acceso de las familias, así como de mejorar la eficiencia de la gestión. Esta delimitación supracomarcal responde a criterios de flexibilidad, ordenación racional y optimización de los recursos disponibles. Asimismo, el nivel de proximidad del servicio no se ha visto modificado tras la entrada en vigor de la normativa citada.
Igualmente conviene recordar que el servicio Puntos de Encuentro Familiar dependientes del Gobierno de Aragón se presta en las localidades de Zaragoza, Huesca, Teruel, Alcañiz, Ejea de los Caballeros y Calatayud, tratando de vertebrar nuestro territorio y acercar el servicio a las familias que lo precisan.
No se ha tomado ninguna otra medida específica, salvo la organización de las derivaciones, teniendo en cuenta, tal y como establece el Decreto 35/2013, de 6 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de funcionamiento de los Puntos de Encuentro Familiar en Aragón, la proximidad del servicio al domicilio del menor.

Zaragoza, 2 de julio de 2025.
La Consejera de Bienestar Social y Familia
CARMEN M.ª SUSÍN GABARRE

CORTES DE ARAGÓN
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