Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Respuestas
Respuesta escrita del Consejero de Medio Ambiente y Turismo a la Pregunta núm. 1660/25, relativa al proyecto de telecabina de Benasque-Benás (BOCA 168, de 30 de octubre de 2025).
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:178 (XI Legislatura)
El fallo judicial estima parcialmente el recurso interpuesto por la Asociación SOS Ribagorza y una vecina afectada. Nueve de las doce deficiencias alegadas fueron desestimadas a favor del ayuntamiento y del ejecutivo autonómico, en cuestiones tan importantes como el impacto en el paisaje, la ordenación territorial del Pirineo, el impacto en fauna-flora-suelo o las condiciones de la declaración de impacto ambiental.
Ya se ha interpuesto el recurso de apelación contra la sentencia citada, porque entendemos que, respecto a las tres deficiencias estimadas, estas actuaciones y documentos no eran exigibles en el momento de la aprobación, sino en una fase posterior. La sentencia que recurrimos en apelación está exigiendo al proyecto una serie de condicionantes, actuaciones o documentos que no son exigibles en el momento de su aprobación. La sentencia no paraliza la obra.
La Confederación Hidrográfica del Ebro emitió informe favorable condicionado, condicionado que se está cumpliendo dado que se está levantando un muro necesario para resolverla que estará concluido antes de un mes.
La sentencia subraya que estarían pendientes informes geotécnicos. Sin embargo, no resultaba necesario ni posible un estudio geotécnico completo para la aprobación del proyecto. Para determinados estudios es necesario proceder a la tala de árboles, algo que no tendría sentido realizar con carácter previo a la aprobación del proyecto. Por ello dichos estudios se llevan a cabo conforme se ejecuta la obra, de modo que, si arrojan un resultado que indica que una pilona necesita una mayor profundidad de anclaje, o que debe ser situada en otro punto por ser ese inidóneo, se efectúan esos cambios en orden a garantizar la seguridad. A día de hoy sí están completados todos los estudios geotécnicos necesarios.
Sí existía un informe económico, evacuado en agosto de 2022, integrado en el expediente administrativo del convenio suscrito en noviembre de 2022 para el acceso a los Fondos Next Generation con los que se financiará la obra. Se trata, pues, de un estudio económico que ya se había realizado cuando el 15 de mayo de 2024 se aprobó el proyecto.
Pero fuera del ámbito de los Fondos MRR, la aprobación del proyecto no requiere de ningún estudio económico previo. No es exigible en la fase de aprobación, sino en una fase posterior cuando se determina la fase de obra y explotación, siendo así que por ello el informe de viabilidad se está elaborando actualmente.
Como he indicado, la sentencia no obliga expresamente a la paralización de las obras, de modo que la ejecución del proyecto sigue en marcha. Proyecto que, recordemos, obtuvo las bendiciones de todas las partes y todas las Administraciones implicadas en su momento a la hora de distribuir estos recursos económicos; proyecto que fue impulsado en la pasada legislatura con una importante infradotación económica, lo que ha obligado al Departamento en esta legislatura a actualizar dicha financiación (finalmente, fondos MRR 16.170. 875 euros, y fondos propios 900.000 euros).
Por todo lo expuesto, considero que no se ha cometido ningún error en la tramitación y planificación de este proyecto. En lo que se refiere a mi departamento, las inversiones que se proyectan en el Pirineo tienen en cuenta la sostenibilidad y se cuenta con el territorio para su planificación.
Zaragoza, a 19 de noviembre de 2025.
El Consejero de Medio Ambiente y Turismo
MANUEL BLASCO MARQUÉS