Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Preguntas formuladas

Pregunta núm. 1184/25, relativa a la información respecto de la convocatoria en 2024, eventuales modificaciones y publicación de Orden de convocatoria de las ayudas a entidades locales para derribos y demoliciones en inmuebles en el marco de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación, con cargo al Fondo de Cohesión Territorial.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:151 (XI Legislatura) PDF

A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

Darío Villagrasa Villagrasa, Diputado del Grupo Parlamentario Socialista, de acuerdo con lo establecido en los artículos 259 y 262 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula al Departamento de Fomento, Vivienda, Logística y Cohesión Territorial, para su respuesta escrita, la siguiente Pregunta, relativa a la información respecto de la convocatoria en 2024, eventuales modificaciones y publicación de Orden de convocatoria de las ayudas a entidades locales para derribos y demoliciones en inmuebles en el marco de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación, con cargo al Fondo de Cohesión Territorial.

ANTECEDENTES

En el boletín del 27 de diciembre de 2024 se publicó la Orden FOM/1588/2024, de 23 de diciembre, por la que se resolvía la convocatoria de subvenciones a entidades locales para la realización, durante los años 2024 y 2025 de derribos y demoliciones en inmuebles, en el marco de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación, con cargo al Fondo de Cohesión territorial, que daba resolución a la línea de ayudas convocada mediante la Orden FOM /10120/2024 de 3 de septiembre.
Tal y como acredita la publicación, se presentaron un total de 143 proyectos, de los cuales 8, se desestimaron por no ajustarse a los requisitos de la convocatoria, 31 proyectos fueron desestimados por rebasar la cuantía de crédito, y un total de 104 solicitudes fueron estimadas.
El conjunto de los proyectos aceptados sumaba un total de 4.351.148,74€ de crédito asignado para la consecución de las propuestas presentadas por las distintas entidades locales. Al tratarse de una línea de convocatoria en la que se excluyeron proyectos por «rebasar la cuantía de crédito», desconocemos si la falta de materialización, aceptación o justificación por alguna de las entidades beneficiarias ha hecho que otros Ayuntamientos hayan recibido la subvención correspondiente.
En la Orden de convocatoria de esta línea de subvenciones, se establecía en su Apartado Séptimo – 2. «no será preciso realizar una nueva convocatoria cuando se produzca un incremento de los créditos en los supuestos previstos en el artículo 42.2 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón. En estos casos el órgano concedente deberá publicar la declaración de créditos disponibles con carácter previo a la resolución de concesión en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver», y por ello deseamos obtener más información al respecto sobre la no realización de una reasignación o ampliación de créditos, máxime también, cuando la cuantía total del Fondo de Cohesión, analizada desde una perspectiva global y con la liquidación del ejercicio 2024, se han dado inejecuciones de más de 8.000.000,00€ , pudiéndose haber redirigido estos créditos en convocatorias que acusaban de falta de disponibilidad de créditos como la actual.
Entendiendo el carácter plurianual del objeto de las actuaciones, y estando en una situación de prórroga presupuestaria, se nos plantean una serie de dudas respecto de la convocatoria anterior y de la presente, ya que en palabras del propio Consejero las distintas líneas del Fondo de Cohesión Territorial no se iban a ver afectadas por las limitaciones presupuestarias.
El debate sobre la ampliación de los criterios de baremación, los plazos de justificación u otros aspectos clave de las bases reguladoras han sido objeto de debate, y por tanto, antes de la hipotética publicación de una nueva orden de convocatoria, nos gustaría conocer si se ha trabajado o se piensan establecer algunos cambios en las propias bases reguladoras.
Cuando concluye el primer semestre del año, y nos encontramos en una situación de prórroga presupuestaria, y ante la ausencia de conocimiento sobre la publicación de esta línea de ayudas, desde el Grupo parlamentario Socialista, le realizamos la siguiente
PREGUNTA

— Respecto de la convocatoria de 2024 y las ayudas concedidas mediante la Orden FOM/1588/2024 de 23 de diciembre por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a entidades locales para la realización, durante los años 2024 y 2025 de derribos y demoliciones en inmuebles, en el marco de la Directriz Especial de Política Demográfica, finalmente, ¿qué número de solicitudes se materializaron, justificaron y abonaron desde el Departamento, y por qué importe?
— En el caso de no haber ejecutado la totalidad del crédito recogido en la citada publicación, y, por tanto, existido disponibilidad de crédito por falta de ejecución de alguno de los proyectos beneficiarios, ¿qué número de proyectos de los incluidos inicialmente en el Anexo III, Solicitudes desestimadas por rebasar la cuantía de crédito, se han podido materializar y por qué cuantía se han visto beneficiados?
— ¿Cuáles han sido las razones del Departamento competente en materia de despoblación, ante la existencia de solicitudes que no se han podido cubrir por la falta de disponibilidad de crédito y acorde a lo establecido en el apartado séptimo de la orden de convocatoria publicada en el BOA núm. 179, de 13 de septiembre de 2024, no ha realizado una ampliación de crédito de dicha convocatoria?
— Vista la elevada inejecución que se preveía en el año 2024 y que finalmente ocurrió tal y como acredita la liquidación del presupuesto del ejercicio pasado, ¿por qué no se realizó una incorporación de créditos a esta convocatoria o una modificación presupuestaria, para redirigir los recursos destinados a despoblación, evitando su inejecución?
— Respecto de la nueva convocatoria, ¿ha trabajado el Gobierno de Aragón en alguna modificación, o va a implementar algún cambio en las bases reguladoras y criterios de baremación, plazos de justificación o cualquier otra cuestión en la orden de convocatoria de ayudas para derribos y demoliciones de inmuebles en 2025?
— ¿Va a incorporar en la nueva convocatoria algún criterio de baremación que prime a los proyectos o las entidades locales no beneficiadas en la convocatoria anterior?
— En la convocatoria de esta línea de subvenciones, y vistas las numerosas solicitudes no beneficiadas por falta de disponibilidad de crédito, ¿se tiene previsto convocar esta línea por un importe superior a la cuantía de crédito prevista en el año 2024?
— Finalmente, ¿cuándo tiene previsto el Departamento de Fomento, Vivienda, Movilidad y Logística la publicación de la orden de convocatoria de derribos este ejercicio 2025?

Zaragoza, 4 de julio de 2025.
El Diputado
DARÍO VILLAGRASA VILLAGRASA

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