A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
Álvaro Sanz Remón, Portavoz de la Agrupación Parlamentaria de Izquierda Unida de Aragón (G.P. Mixto), de acuerdo con lo establecido en el artículo 267 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente Proposición no de Ley sobre mejora de las condiciones de las residencias de mayores para su tramitación en la Comisión de Bienestar social y Familia
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Los criterios mínimos que deben reunir los centros residenciales están recogidos en una normativa obsoleta ya que data del año 1992 y que de forma reiterada hay consenso en determinar la necesidad de actualizarlo pero sin que esto se realice de manera efectiva.
En la anterior legislatura, en el Dictamen de la Comisión especial de Estudio de los centros residenciales que aprobamos en mayo de 2021, se acordó «Tramitar, con carácter urgente, la modificación del Decreto 111/1992, de 26 de mayo, para la elaboración de una nueva normativa que regule las nuevas tipologías de servicios y centros de servicios sociales especializados, incorporando en la gestión los principios del modelo de atención centrada en la persona y adecúe los perfiles profesionales y ratios de personal a la realidad actual, diferenciando la atención directa del resto del personal de los centros.»
Dicho compromiso se pospuso a la elaboración de la Ley de ordenación de las entidades privadas de servicios sociales, ya que lo contemplaba, pero dicha ley no llego a tramitarse en las Cortes de Aragón. Y su inclusión dentro de la ley solo planteaba la necesidad de que se desarrollara dicha orden.
Por otro lado, en la Resolución de 28 de julio de 2022, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia que señala cambios en las ratios y que deberían incorporarse a nuestra normativa. En el artículo 38 de adecuación normativa, dan 9 meses para adecuar la normativa. Y en el 39 de régimen transitorio «Las Comunidades Autónomas, o administración que en su caso tenga la competencia, mantendrán la acreditación vigente de centros, servicios y entidades, hasta que entren en vigor las disposiciones normativas que, en su caso, resulten necesarias para dar cumplimiento del presente Acuerdo». Un acuerdo que cuenta con presupuesto estatal para su impulso y que repartirá entre las comunidades que han suscrito dicho acuerdo.
Nuestra Comunidad Autónoma ya ha suscrito dicho acuerdo de acreditación ya que el Estatuto de Autonomía de Aragón reconoce la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de Asistencia, Bienestar Social y Desarrollo Comunitario, en su artículo 35.1.19.
Y en línea con esto, la financiación estatal de la dependencia se acuerda en un convenio anual entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo del Marco de Cooperación Interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado para cada ejercicio presupuestario.
En dicho convenio se financia, mediante el establecimiento de una cantidad específica para esta finalidad, los gastos de inversión y funcionamiento del Sistema, singularmente los dirigidos a la implementación de las medidas contenidas en el Plan de choque acordado por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. Medidas que se concretan en dicho convenio con objetivos, indicadores y coste concreto. Y además, el grado de cumplimiento de los citados objetivos, podrá constituir un criterio de reparto de la asignación relativa al nivel acordado correspondiente al siguiente ejercicio presupuestario.
Por todo ello, presentamos la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a:
1. Aprobar en el primer semestre del año 2024 la modificación del decreto 111/92, trasponiendo los acuerdos de mínimos recogidos en la Resolución de 28 de julio de 2022, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales.
2. Incorporar entre las medidas incluidas en el Convenio entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo del Marco de Cooperación Interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia, medidas destinadas a mejorar las condiciones laborales de las personas que trabajan en los centros residenciales.
3. Asegurar en la ley de presupuestos de 2024 las cuantías necearías para mejorar las condiciones de las residencias de mayores y de discapacidad.
Zaragoza, 23 de octubre de 2023.
El Portavoz Adjunto
ÁLVARO SANZ REMÓN