PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN
Al amparo de lo establecido en el artículo 201.4 del Reglamento de la Cámara, la Mesa de la Comisión de Sanidad y Asuntos Sociales ha admitido a trámite las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Popular y la Agrupación Parlamentaria Izquierda Unida de Aragón (G.P. Mixto) a la Proposición no de Ley núm. 138/01, sobre la modificación del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía, publicada en el BOCA núm. 134, de 18 de mayo de 2001, cuyo texto se inserta a continuación.
Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 111.1 del Reglamento de la Cámara.
Zaragoza, 27 de junio de 2001.
El Presidente de las Cortes
JOSÉ MARÍA MUR BERNAD
ENMIENDA NÚM. 1
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE SANIDAD Y ASUNTOS SOCIALES:
La Agrupación Parlamentaria Izquierda Unida de Aragón (Grupo Parlamentario Mixto), al amparo de lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley núm. 138/01, sobre la modificación del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.
ENMIENDA DE MODIFICACIÓN
Al punto 1.a), que queda redactado como sigue:
«a) Se recupere el criterio de calificación de discapacidad, en lo referido al recuento de linfocitos CD4 positivos, que existía con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 1971/1999.»
MOTIVACIÓN
Por considerarlo más conveniente.
Zaragoza, 20 de junio de 2001.
El Portavoz
JESÚS LACASA VIDAL
ENMIENDA NÚM. 2
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE SANIDAD Y ASUNTOS SOCIALES:
La Agrupación Parlamentaria Izquierda Unida de Aragón (Grupo Parlamentario Mixto), al amparo de lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley núm. 138/01, sobre la modificación del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.
ENMIENDA DE ADICIÓN
Añadir un apartado d) al punto 1, con el siguiente texto:
«d) Que, a efectos de baremación, se tengan en cuenta los factores sociales complementarios en cualquier caso de infección por VIH y que su puntuación se aplique sea cual sea la valoración porcentual de discapacidad.»
MOTIVACIÓN
Por considerarlo más conveniente.
Zaragoza, 20 de junio de 2001.
El Portavoz
JESÚS LACASA VIDAL
ENMIENDA NÚM. 3
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE SANIDAD Y ASUNTOS SOCIALES:
D. Carlos Queralt Solari, Diputado del Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley núm. 138/01, sobre la modificación del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.
ENMIENDA DE MODIFICACIÓN
Al punto 1.a) de la Proposición no de Ley, que quedaría redactado como sigue:
«a) A aquellos pacientes cuyas cifras de linfocitos CD4 positivos sean menores a 50 se les aplique un porcentaje de incapacidad mayor al 33%.»
MOTIVACIÓN
Más adecuado.
Zaragoza, 21 de junio de 2001.
El Diputado
CARLOS QUERALT SOLARI
V.º B.º
El Portavoz
MANUEL GUEDEA MARTÍN
ENMIENDA NÚM. 4
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE SANIDAD Y ASUNTOS SOCIALES:
D. Carlos Queralt Solari, Diputado del Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley núm. 138/01, sobre la modificación del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.
ENMIENDA DE MODIFICACIÓN
Al punto 1.b) de la Proposición no de Ley, que quedaría redactado como sigue:
«b) Sea considerada como criterio de valoración la atención médica recibida, tanto desde el punto de vista hospitalario, como la derivada de la asistencia ambulatoria y/o domiciliaria continuada.»
MOTIVACIÓN
Más adecuado.
Zaragoza, 21 de junio de 2001.
El Diputado
CARLOS QUERALT SOLARI
V.º B.º
El Portavoz
MANUEL GUEDEA MARTÍN
ENMIENDA NÚM. 5
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE SANIDAD Y ASUNTOS SOCIALES:
D. Carlos Queralt Solari, Diputado del Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley núm. 138/01, sobre la modificación del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.
ENMIENDA DE MODIFICACIÓN
Añadir al final del punto 1.c) de la Proposición no de Ley lo siguiente: «... y de las posibles secuelas o efectos secundarios del tratamiento con fármacos antirretrovirales».
MOTIVACIÓN
Por considerarlo necesario.
Zaragoza, 21 de junio de 2001.
El Diputado
CARLOS QUERALT SOLARI
V.º B.º
El Portavoz
MANUEL GUEDEA MARTÍN