Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Respuestas

Respuesta escrita de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte a la Pregunta núm. 1647/25, relativa a la adjudicación de plazas de asesores en los centros de profesorado en Aragón (BOCA 168, de 30 de octubre de 2025).

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:178 (XI Legislatura) PDF

Los criterios que se han seguido en la adjudicación de las plazas de asesores son los establecidos en el artículo 23.5 de la Orden ECD/204/2019, de 20 de febrero. En dicho artículo se especifica que debe existir una primera fase de valoración de méritos objetivos y una segunda fase de exposición del proyecto de la asesoría de formación con una serie de preguntas sobre el proyecto y/ o supuestos prácticos sobre el papel de las asesorías de formación.

1. La fase I se valoró hasta un máximo de 10 puntos y supuso un 30% de la puntuación final, para pasar a la segunda fase los candidatos debieron obtener una puntuación mínima de cuatro puntos sobre los 10 posibles.
2. La fase II se valoró con un máximo de 10 puntos y supuso un 70% de la puntuación final. En esta fase se debía obtener una puntuación mínima de seis puntos sobre un máximo de diez.
Los conocimientos valorados en esta fase fueron:
1. El conocimiento del sistema aragonés de formación del profesorado, la normativa, la estructura y funcionamiento de su red, así como la contribución que desde la asesoría del Centro de Profesorado se puede realizar para fortalecer dicha Red de Formación con todos los agentes que la componen.
2. El conocimiento de la realidad educativa del propio Centro de Profesorado al que optó, así como de los centros adscritos al mismo, además de compartir propuestas para generar y/o intensificar redes de centros educativos y estrategias para el desarrollo de proyectos comunes que permitan potenciar a los centros de su ámbito de actuación y consolidar su imagen de Centro de Profesorado como referencia educativa de prestigio en su zona.
3. Las propuestas para realizar un buen acompañamiento de los centros asignados y de sus actividades de formación, y para mejorar la dinámica del propio Centro de Profesorado, basándose en:
— Estrategias de comunicación eficaz como herramienta para el proceso de mejora del Centro de Profesorado.
— Propuestas para ser flexible y asumir la incertidumbre o gestionar las diferentes variables del Centro de Profesorado.
4. La relación/adecuación del proyecto presentado con las funciones específicas de la plaza a la que se opta.
5. La capacidad de resolución de supuestos prácticos.
6. En las plazas EJ01 y CAL01 se valoró específicamente la referencia a la Competencia Digital Docente y Escuela 4.0 en el apartado 3.
Las puntuaciones finales ajustadas por décimas se deben a que, cada uno de los miembros del jurado utilizó una rúbrica, a modo orientativo, para la evaluación de la fase II, con el que obtuvo una nota final de cada candidato. Posteriormente, se realizó la media aritmética de las puntuaciones obtenidas por cada miembro del jurado, para cada candidato.
Las plazas se adjudicaron a los candidatos que obtuvieron una puntuación más alta.
La provisión de las plazas denominadas Asesor Mentor Digital se justifica en base a los siguientes fundamentos técnicos y administrativos:
1. Carácter temporal y vinculación al Programa Escuela 4.0.
Las citadas plazas se enmarcan en la ejecución del Programa Escuela 4.0, correspondiente al curso escolar 2025/2026, financiado con fondos específicos del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Dichas plazas tienen un carácter temporal y finalista, con vigencia limitada hasta el 30 de junio de 2026, y fueron formalizadas a partir del 1 de octubre de 2025, con una duración efectiva de nueve meses. Por tanto, no se trata de puestos de carácter estructural ni integrados en la plantilla orgánica de la Administración educativa.
2. Finalidad de los fondos y perfil especializado del personal.
Los recursos asignados están destinados a la formación, asesoramiento y acompañamiento del profesorado en competencia digital docente, con especial atención a la capacitación del profesorado en el uso de monitores interactivos, robótica educativa y recursos tecnológicos aplicados al aula. Por la naturaleza del programa, se requiere personal docente con formación específica y experiencia acreditada en innovación educativa y digitalización del aprendizaje, lo que limita la disponibilidad de candidatos idóneos.
3. Procedimiento de designación adoptado.
En atención a la urgencia derivada del inicio del curso escolar y al carácter temporal y especializado de las funciones y al perfil especifico descrito en el punto 2, el Departamento optó por no convocar un proceso público, abierto y concurrente, recurriendo en su lugar a la red de asesores ya establecida en el anterior programa de Competencia Digital Docente mediante un procedimiento de selección público y que a lo largo de los últimos cursos escolares han recibido formación específica en Tecnologías del Aprendizaje y del Conocimiento (TAC), perfil claramente adecuado para los requerimientos del Programa Escuela 4.0. Además, para vacantes singulares se solicitó la colaboración de las asesorías de la Red de Formación del Profesorado y d los equipos constituidos al efecto, dado que eran conocedores de perfiles de profesorado conformación adecuada para el correcto desarrollo del programa. Estas unidades propusieron docentes que ya habían desempeñado funciones similares en programas anteriores o que acreditaban tener un perfil y competencias técnicas suficientes para el desempeño inmediato de las tareas encomendadas.
4. Fundamento administrativo de la decisión.
La decisión adoptada responde a criterios de eficiencia, economía de recursos, idoneidad técnica y continuidad pedagógica, garantizando la ejecución inmediata del programa Escuela 4.0 y el aprovechamiento íntegro de los fondos ministeriales dentro de los plazos establecidos. La medida, de carácter excepcional y transitorio, se considera ajustada a los principios de eficacia y buena administración en el contexto de la gestión de programas educativos de duración limitada.

Zaragoza, a 21 de noviembre de 2025.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte
TOMASA HERNÁNDEZ MARÍN

CORTES DE ARAGÓN
Palacio de la Aljafería
50004 Zaragoza
T 976 289 528 / F 976 289 664