Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - Aprobadas - En Pleno

Aprobación por el Pleno de las Cortes de Aragón de la Proposición no de Ley núm. 336/24, sobre cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:69 (XI Legislatura) PDF

El Pleno de las Cortes de Aragón, en sesión celebrada los días 20 y 21 de junio de 2024, con motivo del debate de la Proposición no de Ley núm. 336/24, sobre cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, ha acordado lo siguiente:


«Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a:
1. Instar al Gobierno de España para que impulse el desarrollo normativo del art. 49 e) del Estatuto Básico del Empleado Público de manera que se establezcan criterios objetivos y uniformes para la concesión del permiso retribuido, evitando así que se generen situaciones de desigualdad de trato entre el personal funcionario de las diferentes administraciones públicas y garantizando a los empleados públicos el mismo trato que hoy tienen reconocidos los trabajadores sujetos al régimen de la Seguridad Social en el Real Decreto 1148/2011, en la redacción dada por el Real Decreto 677/2023.
2. Abogar por una gestión humanizada de los permisos impulsando su simplificación administrativa y minimizando la solicitud de documentación adicional que afecte a la intimidad del menor, acentuando así la importancia de considerar la salud mental de los empleados públicos en su labor de cuidado a largo plazo de sus hijos con cáncer o enfermedad grave que evite así su estigmatización social.
3. Regular, en tanto no esté aprobado el desarrollo normativo estatal al que se refiere el punto 1, el procedimiento de acceso a este derecho para todos los empleados públicos afectados por el EBEP, tomando como base la Resolución de la Dirección del Servicio Aragonés de Salud, de 20 de octubre de 2022, por la que se dictan instrucciones para la concesión de permisos por cuidado de menores con cáncer o enfermedad grave, incorporando de forma gradual y de conformidad con la normativa estatal las mejoras que pueda introducir esta, así como examinar las medidas recogidas en el decálogo elaborado por la Plataforma La CUME nos Une, en relación con la objetividad de los criterios de concesión, el derecho a fijar el porcentaje de jornada laboral o el prorrateo de la misma, entre otros, a las necesidades de los solicitantes.
4. Establecer medidas de transparencia sobre los datos de concesión y denegación del permiso retribuido por cuidado de hijo con enfermedad grave al igual que hace el Ministerio de Seguridad Social.
5. Crear una unidad que, en estrecha colaboración con las diferentes mesas de personal, supervise la gestión del permiso y unifique criterios de concesión en el conjunto de la Función Pública».

Zaragoza, 20 de junio de 2024.

La Presidenta de las Cortes
MARTA FERNÁNDEZ MARTÍN

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