Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Respuestas

Respuesta escrita del Consejero de Fomento, Vivienda, Logística y Cohesión Territorial a la Pregunta núm. 1301/24, relativa a la cobertura inmediata de puestos de secretaría de administración municipal (BOCA 74, de 18 de julio de 2024).

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:84 (XI Legislatura) PDF

Esta dirección general dispone de los siguientes mecanismos para la provisión de puestos reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, en caso de que los mismos no sean cubiertos por funcionarios de carrera y haya que proceder a efectuar nombramiento interino.

En primer lugar, la Dirección General de Administración Local convoca periódicamente bolsa de trabajo para la provisión, mediante nombramiento interino, de puestos reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, en entidades locales aragonesas, la última convocada por Orden PIC/1133/2023, de 8 de septiembre, publicada en el Boletín Oficial de Aragón de fecha 18 de septiembre de 2023.
Asimismo, y como novedad, esta dirección general, en aras de facilitar la cobertura de estos puestos, está poniendo a disposición de toda corporación interesada un modelo tipo de aprobación de bases y convocatoria de un procedimiento selectivo dirigido a la cobertura, en régimen de interinidad, de los puestos reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, en el ámbito de las corporaciones locales, que sirva de guía para la consecución de dicho fin, con el objetivo de fomentar la iniciativa de las entidades locales de llevar a cabo su propio proceso selectivo que garantice la provisión de los puestos reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional por aspirantes interesados en cubrir los puestos que se encuentran en situación de vacante, ya sea por cercanía de la localidad en la que residen o por otras causas, potenciando, de este modo, la capacidad de autoorganización de las corporaciones locales, que, de hecho, ya ha sido objeto de utilización por diversas entidades locales.
Cabe decir, como contestación también a esta pregunta, que la Directora General de Administración Local remitió, con fecha 5 de julio de 2024, escrito a la Dirección General de Función Pública de la Administración General del Estado manifestándole la problemática que suscita, en el ámbito local, la redacción actual del artículo 10 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, dada la dificultad con la que se encuentran la mayor parte de los municipios de Aragón para cubrir sus plazas de Secretaría-Intervención, Secretaría, Intervención o Tesorería, proponiéndole una reunión para buscar soluciones definitivas al problema, ya que, recordemos, corresponde al Estado, de conformidad con el apartado 5 del artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL), la aprobación de la oferta de empleo público, selección, formación y habilitación de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, a través del actual Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, liderado por un miembro del Partido Socialista Obrero Español, ostentándose por las comunidades autónomas una competencia muy limitada en la materia, dado que la capacidad de actuación a nivel autonómico se reduce a la realización de nombramientos provisionales de funcionarios con habilitación de carácter nacional, así como las comisiones de servicios, acumulaciones, nombramientos de personal interino y de personal accidental, como prevé el apartado 7 del artículo 92 bis de la LBRL, de modo que con los escasos medios de los que disponemos no podemos afrontar solos una remodelación del vigente sistema y la gestión estatal a fecha de hoy está resultando insuficiente y poco resolutiva siendo que, volvemos a incidir, es la Administración general del Estado quien asume la selección, formación y habilitación de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, así como la asignación de un primer destino, resolución de concursos (unitario y ordinario) y promoción interna para esos funcionarios y en materia de estabilización de los funcionarios interinos de larga duración, proceso que también está gestionando el Estado y que a día de hoy aún está pendiente de resolución.

Zaragoza, a 9 de septiembre de 2024.

El Consejero de Fomento, Vivienda,
Logística y Cohesión Territorial
OCTAVIO ADOLFO LÓPEZ RODRÍGUEZ

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