Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Preguntas formuladas
Pregunta núm. 1727/25, relativa a las prácticas de la formación profesional dual.
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:171 (XI Legislatura)
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
Álvaro Sanz Remón, portavoz de la Agrupación Parlamentaria de Izquierda Unida de Aragón- Grupo Mixto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 259 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula a la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, para su respuesta escrita, la siguiente Pregunta relativa a las prácticas de la formación profesional dual.
ANTECEDENTES
La extensión de la formación profesional dual se está produciendo en nuestro territorio y creemos que hay dificultades de encontrar empresas para hacer este tipo de formación, lo que está teniendo consecuencias en la planificación educativa.
Además, se han producido modificaciones a raíz del Decreto 91/2024. Por un lado, se encarga al tutor de la dual el contacto con las empresas y que este debe ser estable para favorecer la comunicación, pero al parecer se han ampliado funciones y se ha reducido la adjudicación horaria de 1 hora cada 5 alumnos a 1 hora cada 16 alumnos.
Además, en la autorización de Grados D o E en régimen intensivo, se exigen 20 alumnos en segundo curso (10 ordinario y 10 Dual intensiva) que no es posible en casi ningún centro rural y tampoco en muchos de las capitales. Antes se pedían 8 alumnos en Dual Intensiva, pero ahora debe incorporarse en cada instrucción anual la fórmula para dar el grupo desdoblado con menos de 10+10 alumnos.
Por todo lo cual se presentan las siguientes
PREGUNTAS
1. ¿Hay criterios establecidos para el número de alumnos que pueden participar por empresa en la formación profesional intensiva?
2. ¿El número de empresas colaboradoras son suficientes en determinados sectores para tutorizar prácticas del alumnado?
3. ¿Se ha detectado un descenso de los grupos de formación dual e intensiva en la zona rural debido a los requisitos indicados por el Decreto 91/2024?
4. ¿Las empresas muestran reticencia a la hora de tutorizar alumnado menor de edad, por el riesgo laboral que conlleva el desempeño de sus funciones?
5. ¿El profesorado encargado de buscar empresas puede desempeñar sus funciones con el horario asignado con la nueva normativa, puesto que se han reducido las horas lectivas y se ha multiplicado el alumnado que debe realizar prácticas (1º y 2º)?
6. ¿Se está analizando modificar la normativa para poder reducir el número de alumnado exigido en cada régimen para poder otorgar el grupo desdoblado con menos de 10+10 alumnos?
En Zaragoza a 22 de octubre de 2025.
El Diputado
ÁLVARO SANZ REMÓN