A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
D. Ricardo Canals Lizano, Diputado del Grupo Parlamentario Popular, de acuerdo con lo establecido en el artículo 196 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula a la Consejera de Salud y Consumo, para su respuesta escrita, la siguiente Pregunta relativa al número de primeras consultas totales en la Atención Especializada del Servicio Aragonés de Salud durante el año 2009.
ANTECEDENTES
El Servicio Aragonés de Salud, organismo autónomo de naturaleza administrativa, adscrito al Departamento responsable de Salud, tiene como función principal la provisión (gestión y administración) de la asistencia sanitaria en la Comunidad Autónoma.
El Servicio Aragonés de Salud realiza anualmente una gran actividad asistencial y para su correcta planificación, precisa de información actualizada y veraz, por lo que todos los centros que presten servicios sanitarios están obligados a suministrar los datos que, en cada momento, sean requeridos por la Administración sanitaria del Gobierno de Aragón, sin perjuicio de lo establecido en la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal.
El Gobierno de Aragón tiene que disponer en la actualidad de la información de actividad del Servicio Aragonés de Salud durante el año 2009, para la necesaria previsión a realizar para 2010.
PREGUNTA
¿Cuál es el número de primeras consultas totales en la Atención Especializada del Servicio Aragonés de Salud durante el año 2009?
Zaragoza, 18 de enero de 2010.