Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - Aprobadas - En Comisión
Aprobación por la Comisión de Medio Ambiente y Turismo de la Proposición no de Ley núm. 384/24, sobre el rechazo del real decreto que regula la instalación de placas fotovoltaicas flotantes en embalses de Aragón.
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:84 (XI Legislatura)
La Comisión de Medio Ambiente y Turismo, en sesión celebrada el día 19 de septiembre de 2024, con motivo del debate de la Proposición no de Ley núm. 384/24, sobre el rechazo del real decreto que regula la instalación de placas fotovoltaicas flotantes en embalses de Aragón, ha acordado lo siguiente:
«Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón para que inste al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y al Gobierno de España a:
1. Derogar el real decreto aprobado en el Consejo de Ministros del pasado 9 de julio de 2024 referido al régimen de instalación de plantas fotovoltaicas flotantes en el dominio público hidráulico.
2. Asimismo, a que se aplique la conclusión n.º 19 de la Comisión de investigación sobre renovables aprobada por unanimidad el pasado mes de junio de 2024, que dice: “Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a no autorizar la instalación de placas fotovoltaicas en los embalses aragoneses hasta la elaboración del Plan Energético Aragonés 2021-2030 y la Ordenación Territorial de Energías Renovables; plan y ordenación que deberán recoger en su texto, la prohibición de este tipo de instalaciones en los embalses aragoneses”.
3. Que se paralice cualquier tipo de concesión en el dominio público hidráulico vinculada a posibles proyectos para instalar placas fotovoltaicas flotantes en los embalses ubicados en territorio aragonés.
4. Que en la planificación hidrológica, en las concesiones y derechos en las cuencas y en el dominio público hidráulico, se tenga en cuenta la opinión de las gentes que pueblan los territorios, de los ayuntamientos afectados y de las organizaciones sociales que trabajan por el territorio, así como se aplique el Mecanismo Rural de Garantía (disposición adicional sexta de la Ley 27/2024, 20 de diciembre, de institucionalización de la evaluación de políticas públicas en la Administración general del Estado, que en su apartado 2b) exige incluir la incorporación de la evaluación de los efectos territoriales y sobre el medio y la sociedad rural de las políticas públicas), con los objetivos de fijar población en estas comarcas, atender las necesidades de las sociedades locales y ofrecer condiciones y oportunidades de desarrollo al territorio».
Zaragoza, 19 de septiembre de 2024.
El Presidente de la Comisión
JESÚS FUERTES JARQUE