Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Respuestas
Respuesta escrita de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte a la Pregunta núm. 799/25, relativa a las actuaciones para dar cumplimiento a la LOPIVI desde el ámbito deportivo (BOCA 134, de 25 de abril de 2025).
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:144 (XI Legislatura)
En relación a la cuestión formulada sobre las competencias que tiene el departamento de Educación, Cultura y Deporte para impulsar y garantizar el cumplimiento de los artículos 47 y 48 de la LOPIVI, en Aragón, indicar que de conformidad con el artículo 29.e del Decreto 225/2024, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte se establece que la Dirección General de Deporte fomentará los valores a través de la actividad física y el deporte y, en especial, en la erradicación de la violencia en el deporte.
Asimismo, en artículo 92.3.a objetivos del título VII sobre Prevención y represión de la intolerancia, la violencia y las conductas contrarias al buen orden deportivo la Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la actividad física y el deporte de Aragón, se indica que el departamento competente en materia de deporte fomentará los valores que se identifican con el mismo, adoptando, entre otras, la aprobación y ejecución de planes y medidas dirigidas a prevenir, en el ámbito de la actividad física y el deporte, la violencia, la xenofobia y cualquier otra forma de discriminación por condición o circunstancia personal o social, contemplando actuaciones adaptadas a la realidad social y educativa.
La cuestión relacionada con la actuación/es que se ha llevado a cabo por el departamento para impulsar el cumplimiento de estas actuaciones en el ámbito deportivo, se debe informar que se dispone de una «propuesta de protocolo para la protección de los menores frente a la violencia en las actividades físico-deportivas en Aragón» la cual se encuentra en fase previa a la remisión para su valoración al tejido asociativo deportivo aragonés.
Previamente a este borrador, se realizó el 29 de abril de 2025, una jornada formativa denominada “Buenas prácticas para la garantía de los derechos de la infancia y la adolescencia frente a la violencia y las implicaciones en el ámbito deportivo: LOPIVI” destinada preferentemente a personal técnico deportivo de las federaciones deportivas aragonesas, personal técnico deportivo y arbitral de cualquier entidad deportiva, de la Administración local o de Juegos Escolares, así como personal de gestión de federaciones, clubes, Administración local de ámbito comarcal o municipal y deportistas.
La tercera pregunta, sobre cuántas federaciones deportivas han implantado el delegado o delegada de protección, cabe destacar que al no haberse implantado protocolo de actuación no se dispone de esta información.
La cuarta pregunta sobre el protocolo para construir un entorno seguro que se aplica en la Red de Centros de Alto Rendimiento y Tecnificación Deportiva de Aragón cabe reiterar que al no disponer de un protocolo de actuación autonómico se aplican las directrices estatales y las normas de referencia del Consejo Superior de Deportes (CSD), en particular el «Protocolo de actuación contra la violencia en los Centros de Alto Rendimiento del CSD», promovido por dicho organismo.
La quinta pregunta, vinculada a la coordinación con las entidades locales para impulsar la implantación de protocolos y de la figura del delegado o delegada de protección en sus centros deportivos, cabe resaltar que esta acción sobre la implementación de los protocolos de actuación para construir un entorno seguro en el ámbito deportivo y de ocio, se está desarrollando en el programa de mejora de los Servicios Comarcales del Deporte de Aragón mediante el Sello de Calidad del sistema deportivo aragonés.
Zaragoza, a 2 de junio de 2025.
La Consejera de Educación, Cultura y Deporte
TOMASA HERNÁNDEZ MARTÍN