A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
Nieves Ibeas Vuelta, Diputada del Grupo Parlamentario Chunta Aragonesista (CHA), de acuerdo con lo establecido en el artículo 196 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula a la Consejera de Servicios Sociales y Familia, para su respuesta escrita, la siguiente Pregunta relativa a la valoración del Gobierno de Aragón sobre medidas para impulsar la adopción voluntaria de planes de igualdad en Aragón.
ANTECEDENTES
El artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, establece que «las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociar, y en su caso acordar, con los representantes legales de los trabajadores en la forma que se determine en la legislación laboral».
El artículo 49, por su parte, relativo al apoyo para la implantación voluntaria de planes de igualdad, establece que «para impulsar la adopción voluntaria de planes de igualdad, el Gobierno establecerá medidas de fomento, especialmente dirigidas a las pequeñas y las medianas empresas, que incluirán el apoyo técnico necesario».
PREGUNTA
¿Qué medidas se han adoptado hasta el momento por parte de los poderes públicos para impulsar la adopción voluntaria de planes de igualdad en Aragón?
En el Palacio de la Aljafería, a 24 de febrero de 2011.