Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Respuestas

Respuesta escrita del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación a la Pregunta núm. 611/24, relativa a la flexibilización reclamada por las organizaciones sindicales agrarias (BOCA 53, de 4 de abril de 2024).

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:59 (XI Legislatura) PDF

Como continuidad a la respuesta dada a la pregunta 609/24-XI, formulada también por el grupo parlamentario Socialista, el Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación está analizando diversas iniciativas y flexibilizaciones que continúen las ya acordadas, en el marco del diálogo permanente del Gobierno de Aragón con el sector agrario aragonés, que incluye a las organizaciones agrarias y a la totalidad de sus agentes y sobre el marco de la vigente normativa europea y estatal.
Esta normativa europea y estatal, en cualquier caso, debería ser objeto de una profunda revisión, si bien el Departamento, sin perjuicio de su formulación ante el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, carece de la competencia para efectuar tal revisión o modificación de la programación agraria europea, que le corresponde proponer al Gobierno de nuestra Nación y acordar a las Instituciones de la Unión Europea.
De ahí, sobre concretas iniciativas o flexibilizaciones, baste referir las ya realizadas hasta la fecha:
a) Medidas de flexibilización de fondos y programas operativos de las OPFH, Orden AGA/1096/2023, de 25 de agosto.
b) Flexibilización de los eco-regímenes dentro de los escasos márgenes de la interpretación y aplicación del PEPAC 2023-2027 admitida inicialmente por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por Resolución de 8 de enero de 2024 de la Dirección General de Producción Agraria.
c) Medidas de flexibilización en ayudas al sector de frutas y hortalizas y al sector vitivinícola en aplicación de la Política Agraria Común mediante la declaración de la totalidad del territorio de la Comunidad como zona afectada por la situación excepcional ocasionada por la sequía, Orden AGA/35/2024, de 10 de enero.
d) Petición de modificación del PEPAC 2023-2027 dirigida al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, conjunta de diez Comunidades Autónomas, sobre cuestiones de amplio consenso del sector, más otra dirigida por la Comunidad Autónoma con cuestiones más específicas para la producción en nuestra región, finalmente asumida por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
e) Petición de prórroga del plazo para la presentación la solicitud única de la PAC para la campaña 2024, Orden AGA/219/2024, de 26 de febrero.
f) Propuesta de reducción de los índices de rendimiento neto aplicables a las actividades agrarias en sistema de estimación objetiva del I.R.P.F. por circunstancias excepcionales en la campaña 2023.

A las resultas, por lo demás, del dialogo continúo mantenido con el sector, el Departamento está estudiando las medidas que permitan hacer efectiva:
a) La mejora de la coordinación entre las distintas Administraciones públicas y entes del sector público que inciden en el ejercicio de las competencias propias del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, y que condicionan su gestión administrativa, para dotar de contenido real a la simplificación administrativa y a la carga burocrática que soporta el agricultor y el ganadero y la propia Administración.
b) El mayor margen de actuación en las prácticas agronómicas, que trate de limitar, con proporcionalidad, los efectos del rígido intervencionismo normativo que conlleva la vigente programación y que garantice la defensa de la producción agraria.
c) El posible incremento de las ayudas a agricultores y ganaderos, especialmente a aquellos que tengan una mayor dificultad para el desarrollo de su actividad, que procure incluir a aquellos que no obtengan o que no vayan a obtener ayudas extraordinarias para la financiación en el contexto de los daños ocasionados por la sequía y los problemas coyunturales del sector conforme a la Orden AGA /1611/2023, de 7 de noviembre, así como medidas complementarias de apoyo a jóvenes agricultores.
d) La mejora de las condiciones y de las fórmulas de pago del seguro agrario, para que sea más accesible y eficaz a los agricultores y ganaderos.
e) El análisis de los instrumentos normativos para dotar de racionalidad y eficacia a las normas que regulan la actividad del sector agrario y, con ello, proporcionar la necesaria seguridad jurídica para el desarrollo de una política agroalimentaria real.

En Zaragoza, a 25 de abril de 2024.

El Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación
ÁNGEL SAMPER SECORUN

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