Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Comisión
Proposición no de Ley núm. 131/25, sobre la exclusión del lobo del Lespre y su consideración como especie cinegética, para su tramitación ante la Comisión de Agricultura, Ganadería y Alimentación.
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:128 (XI Legislatura)
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
Don Santiago Morón Sanjuán, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario VOX en Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la exclusión del lobo del Lespre y su consideración como especie cinegética, solicitando su tramitación ante la Comisión de Agricultura, Ganadería y Alimentación.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En 2023, la Comisión Europea publicó el informe «The situation of the wolf (canis lupus) in the European Union. An in-depth analysis», basado en un análisis de datos científicos y técnicos que evidenció un crecimiento significativo de las poblaciones de lobos en Europa durante las dos últimas décadas. A raíz de este, la Unión Europea propuso modificar el estatuto de protección del lobo.
El Consejo de la Unión Europea adoptó dicha propuesta en septiembre de 2024, con la oposición de España e Irlanda, en vista de la 44.ª reunión del Comité Permanente del Convenio de Berna. Finalmente, el 3 de diciembre de 2024, este comité votó a favor de rebajar la protección del lobo, pasando de «especie de fauna estrictamente protegida» (Anexo II) a «especie de fauna protegida» (Anexo III). Este cambio entró en vigor el 7 de marzo de 2025, permitiendo que la Comisión Europea adapte la Directiva de Hábitats y otorgue mayor flexibilidad a los Estados miembros para gestionar sus poblaciones locales de lobos, sin dejar de garantizar un estado de conservación favorable.
En España, sin embargo, el Gobierno incluyó en 2021 a todas las poblaciones de lobo en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (Lespre), prohibiendo su caza incluso en regiones donde su presencia genera graves perjuicios al sector ganadero, como Castilla y León, Asturias, Cantabria y Galicia. Desde entonces, organizaciones y cooperativas agrarias han denunciado reiteradamente el aumento de ataques al ganado y el abandono del sector por parte del Gobierno, señalando que las indemnizaciones por daños son difíciles de obtener debido a requisitos excesivos, compensaciones insuficientes y una burocracia que ralentiza los procedimientos.
La sobrepoblación del lobo en el norte de España y su expansión al sur del Duero hacen evidente la necesidad de modificar su estatus legal. La decisión del Comité Permanente del Convenio de Berna demuestra que la postura del Gobierno es insostenible y solo atribuible a posiciones ideológicas y no a motivos técnicos. No basta con restablecer la distinción entre poblaciones al norte y sur del Duero previa a la Orden TED/980/2021, sino que es imprescindible excluir al lobo del Lespre en todo el territorio nacional y considerarlo «especie cinegética» para permitir su caza. Esta medida debe ir acompañada de la derogación de la Estrategia para la gestión y conservación del lobo (Canis lupus) y su convivencia con las actividades del medio rural.
En Aragón, el Art. 6 de la Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón remite al Plan General de Caza de Aragón a efectos de determinar las especies cinegéticas susceptibles de ser cazadas en nuestra región, motivo por el cual se ha de hacer especial hincapié a la hora de modificar dicha normativa al objeto de permitir cazar dichos ejemplares con la finalidad de neutralizar el peligro que suponen en nuestro territorio.
Por lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente:
PROPOSICIÓN NO DE LEY
1. Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a incluir el lobo como especie cinegética —de acuerdo con la remisión realizada por el Art. 6 de la Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón— en Aragón a través de la modificación del Plan General de Caza de Aragón 2024/2025, así como la inclusión en futuros Planes Generales de Caza en adelante en nuestra región.
2. Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón para que a su vez inste al Gobierno de España a:
2.1. Excluir al lobo del Listado de Especies Silvestres de Régimen de Protección Especial en todo el territorio nacional. Esta exclusión implicará la derogación de la vigente «Estrategia para la gestión y conservación del lobo (Canis lupus) y su convivencia con las actividades del medio rural».
2.2. Impulsar la elaboración de un Plan Nacional del Lobo que comprenda:
a) Un adecuado control cinegético que garantice, mediante el diseño de mecanismo de control, la conservación de la especie y el necesario equilibrio entre el hombre y el lobo.
b) La elaboración de un censo nacional actualizado cada tres años por investigadores independientes, con detalle de las zonas en las que puede haber población de lobo y de aquellas otras que deben quedar excluidas.
c) El desarrollo de una guía que comprenda las fórmulas de prevención frente a los ataques del lobo; y el establecimiento de un sistema de compensaciones por pérdida de res que se ajuste a los perjuicios reales que supone para los ganaderos.
Zaragoza, 21 de marzo de 2025.
El Portavoz Adjunto
SANTIAGO MORÓN SANJUÁN