Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Respuestas
Respuesta escrita del Consejero de Fomento, Vivienda, Logística y Cohesión Territorial a la Pregunta núm. 2085/24, relativa a las medidas para garantizar la disciplina urbanística en todo el territorio (BOCA 100, de 27 de noviembre de 2024).
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:114 (XI Legislatura)
La inspección y disciplina urbanística (protección de la legalidad) son competencia mayoritaria de los municipios. La ley de urbanismo de Aragón (TRLUA 2014) solo reconoce competencias autonómicas en esta materia, a través del Director General de Urbanismo, cuando las infracciones se califiquen como MUY GRAVES y afecten a parcelaciones urbanísticas contrarias al ordenamiento urbanístico, a suelos de dominio público de titularidad autonómica o a suelos no urbanizables especiales o protegidos por la legislación sobre patrimonio histórico.
Consciente de las dificultades que el ejercicio de la competencia en materia de disciplina urbanística representa para los pequeños municipios, el Gobierno de Aragón, a finales de 2015, impulsó una modificación del TRLUA 2014, aprobada mediante Ley 2/2016, de 28 de enero, por la que se facultaba a los municipios de menos de 5.000 habitantes que lo considerasen oportuno, a delegar mediante Convenio, sus competencias disciplinarias en favor de la Comunidad Autónoma, a través de la Dirección General de Urbanismo, excluyendo el régimen correspondiente a infracciones leves.
De los 731 municipios de Aragón, 706 tienen población inferior a 5.000 habitantes y, por tanto, podían optar a delegar sus competencias en la materia que nos ocupa. Hasta este momento los ayuntamientos que han delegado son ya 192, lo que supone una carga de trabajo adicional difícilmente asumible con los recursos humanos disponibles antes de que se hicieran efectivas estas delegaciones.
A fin de poder atender esta competencia delegada se ha creado un Servicio Administrativo exclusivamente dedicado a esta materia (antes integrada en el Servicio de Planeamiento y Disciplina). La plantilla de personal técnico, jurídico y administrativo dedicado a atender esta materia es todavía muy escasa, para la demanda que suponen los centenares de expedientes que al respecto se tramitan, y con una gran dispersión territorial. A fin de disponer de los medios adecuados para la exigente tarea se ha tramitado la incorporación de tres funcionarios adicionales: un jurídico, un técnico y un administrativo.
Hasta tanto se haga efectivo este imprescindible incremento de personal, se está contando con el apoyo ocasional de funcionarios adscritos a dos de los otros Servicios de la Dirección General, y de sus respectivas Jefas (Planificación y Gestión Urbanística / Información urbanística y Nuevos Desarrollos) así como de los integrados en las tres subdirecciones de Urbanismo (Huesca, Teruel y Zaragoza)
Zaragoza, 14 de enero de 2025.
El Consejero de Fomento, Vivienda,
Logística y Cohesión Territorial
OCTAVIO ADOLFO LÓPEZ RODRÍGUEZ