Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Preguntas formuladas
Pregunta núm. 21/24, relativa a la regularización de la actividad de helibike en el Pirineo aragonés.
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:34 (XI Legislatura)
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
Álvaro Sanz Remón, Portavoz de la Agrupación Parlamentaria Izquierda Unida Aragón (Grupo Mixto), de acuerdo con lo establecido en el artículo 259 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula al Departamento de Medio Ambiente y Turismo del Gobierno de Aragón, para su respuesta escrita, las siguientes Preguntas relativas a la regularización de la actividad de helibike en el Pirineo aragonés.
ANTECEDENTES
La Comisión de Espacios Naturales y Biodiversidad del Consejo de Protección de la Naturaleza de Aragón (CPN), en noviembre de 2019, a petición previa del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (Inaga), emitió un dictamen sobre el proyecto de actividad de helibike en el Pirineo aragonés (comarcas de Sobrarbe y La Ribagorza), promovido por la empresa Altituderides, S.L. Concretamente, se le requería opinión sobre si el proyecto debía someterse a evaluación ambiental ordinaria y, en el caso de que finalmente se sometiera, qué amplitud y con qué especificación debería elaborarse el estudio de impacto ambiental.
En el referido dictamen del CPN se consideró que los elevados valores ambientales afectados por la actividad prevista del helibike, sobre todo con relación a la afección a determinadas especies catalogadas, sus áreas críticas y a los espacios protegidos, recomendaban someter el proyecto a evaluación ambiental ordinaria, debiéndose presentar un documento completo que analice los impactos ambientales y recomendando incorporar al estudio de impacto numerosas consideraciones específicas, ya que se generan afecciones sobre espacios naturales protegidos de gran valor, hábitats de gran interés y vías pecuarias, afecta a zonas críticas de especies protegidas y catalogadas como el quebrantahuesos, alimoche, urogallo y varias especies de flora catalogada.
La Agrupación Parlamentaria Izquierda Unida Aragón, conforme a lo previsto en el Reglamento de las Cortes de Aragón, durante la pasada legislatura ha impulsado varias preguntas y solicitudes de información sobre la actividad de hilibike que se estaba desarrollando en el Pirineo aragonés, dirigidas al Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.
En resumen, el resultado de las respuestas ofrecidas por el Gobierno de Aragón a aquellas solicitudes fue:
— La actividad del helibike contaba con una autorización parcial condicionada de 3 de octubre de 2017, emitida por el servicio Provincial de Huesca.
— A la fecha de octubre de 2020, la actividad promovida por la empresa Altitudesrides, S.L., no contaba con la autorización del Inaga, que debería someterse a evaluación de impacto ambiental ordinaria en virtud de la resolución del Inaga de 21 de agosto de 2020.
— Existía una propuesta de incoación para la apertura de expediente sancionador por la realización de esta práctica.
La empresa Altitudes ha continuado con la actividad que combina la realización de vuelos con el descenso en bicicletas de montaña por las laderas de unos espacios de gran valor y muy sensibles ambientalmente en el Pirineo aragonés.
Recientemente se ha conocido la sentencia del Tribunal de Justicia de Aragón (TSJA) por la que se reconoce la vigencia indefinida de la autorización otorgada por el Servicio Provincial en 2017, ya que «no cabe declarar no vigente la autorización de 2017 sin que la misma estuviese sometida a un plazo, a un deber de renovación o fuese expresamente declarada nula».
Por otra parte, el Servicio Provincial de Medio Ambiente de Huesca ha iniciado un expediente sancionador por faltas graves al APN que denunció a la empresa conforme a los criterios mantenidos públicamente por el Departamento.
Por todo lo cual se presentan las siguientes
PREGUNTAS
1. ¿Ha iniciado el procedimiento para la revisión de la autorización de la citada actividad que, según el Inaga, precisa ahora una evaluación de impacto ambiental, que concluyera con una nueva resolución?
2. ¿En qué situación está el expediente incoado al APN que ha presentado las denuncias sobre la actividad?
3. ¿Existe algún protocolo o instrucción para la actuación de los agentes del departamento ante la realización de esta actividad?
Zaragoza, a 8 de enero de 2024.
El Portavoz
ÁLVARO SANZ REMÓN