Diario de Sesiones de las Cortes de Aragón
Preguntas
Pregunta núm. 377/00, relativa a la siniestralidad laboral en la empresa Torraspapel, S.A., factoría de La Montañanesa, de Zaragoza.
Diario de Sesiones de las Cortes de Aragón n°: 079 de Serie A (V Legislatura)
Intervinienen: Yuste Cabello, Chesus - Bandres Moline, Eduardo
El señor presidente (ATARÉS MARTÍNEZ): Muchas gracias, señor consejero.
Pasamos a continuación al punto número tres del orden del día, que es la pregunta número 377/00, relativa a la siniestralidad laboral en la empresa Torraspapel, S.A., factoría de La Montañanesa, de Zaragoza. Para la formulación escueta de la pregunta, tiene la palabra el señor Yuste.
Sí que quiero rogarles antes, y dado que nos quedan todavía cinco puntos del orden del día, que se atengan a esos cinco minutos en los que se debe tramitar cada pregunta.
Tiene la palabra.
Pregunta núm. 377/00, relativa a la siniestralidad laboral en la empresa Torraspapel, S.A., factoría de La Montañanesa, de Zaragoza.
El señor diputado YUSTE CABELLO: Muchas gracias.
¿Tiene constancia el consejero de Economía, Hacienda y Empleo de la existencia de este tipo de prácticas en la factoría de Torraspapel, S.A., de La Montañanesa?, y me refiero al caso de trabajadores accidentados a quienes se les convence de no solicitar la incapacidad temporal por accidente, tal como han venido denunciando el comité de empresa y los delegados de prevención. Y, en su caso, ¿ha previsto la forma de corregir esas situaciones?
Gracias.
El señor presidente (ATARÉS MARTÍNEZ): Muchas gracias, señor Yuste.
Tiene la palabra el señor consejero para responder.
El señor consejero de Economía, Hacienda y Empleo (BANDRÉS MOLINÉ): Efectivamente, este consejero tiene constancia de la existencia de esa fórmula adoptada en la empresa en relación con los accidentes de carácter leve, que permitía que los trabajadores, sin realizar ningún tipo de trabajo, no solicitaran la baja médica para poder recibir formación en materia de prevención de riesgos laborales en la propia empresa.
Tiene constancia de que esas prácticas se producían, y, en ese sentido, atendiendo a las denuncias formuladas en su momento, además de las visitas que giró la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en diciembre de 1999, al persistir la problemática, en una reunión mantenida en la sede de la Dirección General del Trabajo el 15 de mayo de 2000, organizada por el propio director general, a la que asistieron la Inspección de Trabajo y la dirección de la empresa, se decidió, por parte ya de la empresa, abandonar tales prácticas. Estamos hablando, por lo tanto, de mayo de 2000.
El señor presidente (ATARÉS MARTÍNEZ): Muchas gracias, señor consejero.
Para el turno de réplica, tiene la palabra el señor Yuste.
El señor diputado YUSTE CABELLO: Muchas gracias. Evidentemente, se trata de un asunto delicado, y por eso nosotros planteamos una pregunta para su respuesta escrita en el mes de septiembre. Pero desde entonces hasta el mes de enero no ha sido respondida, y, por lo tanto, utilizando la vía del artículo 196 del Reglamento de esta Cámara, se ha tramitado como pregunta oral para su respuesta en Comisión.
Chunta Aragonesista, con esta pregunta, se ha hecho eco de las denuncias que ha venido formulando tanto el comité de empresa de Torraspapel, de La Montañanesa, como los delegados de prevención o el propio sindicato Comisiones Obreras, a partir, además, de una denuncia que nos fue entregada posteriormente.
Nosotros tenemos constancia de la denuncia que el mismo mes de mayo de 2000, ante la Dirección General de Trabajo, presentaron estos representantes de los trabajadores. Son denuncias graves; estamos hablando de prácticas irregulares que suponen un perjuicio para los trabajadores y que ponen en peligro, además, la credibilidad de las estadísticas que se están formulando e incluso la propia credibilidad de los programas de seguridad y salud laboral que se presentan como unos programas de éxito exportables a otras comunidades, y nosotros entendíamos que ese tipo de prácticas había que cortarlas de raíz de forma inmediata.
Claro, hemos llegado al milagro de que una fábrica como la de La Montañanesa ha pasado de doscientos setenta y cuatro accidentes entre 1990 y 1999 a cero en 2000; realmente, un éxito que se justifica precisamente con este tipo de prácticas fraudulentas.
En todo caso, la denuncia que nos hicieron llegar a nosotros los representantes de los trabajadores fue el 8 de junio de 2000. Por lo tanto, quizá esa decisión tomada el 15 de mayo no había surtido efecto todavía; en todo caso, tengo dudas sobre que, quizá, la práctica se pueda estar manteniendo. En todo caso, estaremos alerta para evitar que eso suceda y para poner en conocimiento de la autoridad laboral competente otros hechos irregulares que se pudieran producir.
En todo caso, para concluir, quería conocer si este tipo de prácticas se ha extendido a otras empresas, si es sólo un caso aislado el de Torraspapel o si asistimos a un fraude de mayores dimensiones.
Muchas gracias.
El señor presidente (ATARÉS MARTÍNEZ): Muchas gracias, señor Yuste.
Tiene la palabra el señor consejero para el turno de dúplica.
El señor consejero de Economía, Hacienda y Empleo (BANDRÉS MOLINÉ): Señor diputado, desde mi punto de vista, sería quizá más adecuado el calificativo «heterodoxo» -la empresa diría «innovador»- para referirse a este tipo de actuaciones, pero en ningún modo entiendo que sean actuaciones fraudulentas.
Creo que, no obstante, efectivamente, la empresa, al adoptar este tipo de prácticas, no estaba teniendo el amparo o no tenía el amparo de la legislación vigente, que no amparaba tal iniciativa. Así se le hizo ver por parte de la autoridad laboral, así se le hizo ver por la Dirección General de Trabajo, y la empresa cesó en ese tipo de prácticas. Pero yo creo que no se trata de ninguna voluntad de tratar de ocultar o de ocultar la accidentabilidad. El mecanismo yo creo que lo conocen: cuando, después de un accidente de trabajo, el trabajador tenía lesiones que le impedían o le dificultaban trabajar, pero no le impedían acudir al centro a recibir una cierta formación, pues, siempre con aceptación del trabajador, no se tramitaba la baja y percibía el trabajador el cien por cien de retribuciones. La empresa, así, no tenía beneficio económico, porque, de otra manera, hubiera sido la mutua la que hubiera tenido que abonar; así era la empresa la que abonaba.
En todo caso, reconozco que se trata de una iniciativa heterodoxa cuando menos y que, por lo tanto, para llevar a cabo este tipo de iniciativas es preciso contar con otros mecanismos de soporte, tanto social y laboral como jurídico, y por ese motivo se le hizo ver a la empresa que era algo muy singular y muy específico. Yo no tengo, por lo tanto, ninguna duda de que no había en el ánimo de la empresa voluntad de ocultar ningún tipo de accidentes de trabajo, pero sí que es verdad que a nosotros tampoco nos gustaba, sobre todo cuando había unas denuncias por parte de los sindicatos, por parte del comité de empresa. Por tanto, este tipo de cosas, o se hacen con el entendimiento de todos, o no se deben hacer.
En todo caso, desconocemos si alguna otra empresa ha realizado prácticas similares. Creo que no, y no tenemos constancia de que haya sido así; desde luego, no creo que sea significativo. Y, por otra parte, en modo alguno pone en entredicho este tipo de prácticas otro tipo de programas de prevención de riesgos laborales, como el Programa 667, que se hizo sobre las empresas con mayor número de accidentes en Aragón, o el Programa 2000. Tenga en cuenta su señoría que Torraspapel no estaba incluida, ni en el año 1999 ni en el año 2000, en el grupo de empresas de mayor siniestralidad, y, por lo tanto, la práctica no ha afectado al desarrollo de este programa ni ha influido en la no inclusión de la empresa. Nada más.