Diario de Sesiones de las Cortes de Aragón
Proposiciones no de ley
Debate y votación de la Proposición no de ley núm. 171/97, sobre la no utilización de la capacidad normativa en el IRPF.
Diario de Sesiones de las Cortes de Aragón n°: 122 de Serie A (IV Legislatura)
Intervinienen: Calvo Lasierra, Antonio - Fustero Aguirre, Miguel Angel - Yuste Cabello, Chesus - Bescos Ramon, Jose Maria - Guedea Martin, Manuel
El señor Presidente (LLANAS GASPAR): Iniciamos esta sesión de la Comisión de Economía [a las once horas y quince minutos.
Como siempre, dejamos la lectura y aprobación del acta de la sesión anterior para el final.
En el punto dos, tenemos el debate y votación de la proposición no de ley número 171/97, sobre la no utilización de la capacidad normativa en el IRPF, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.
Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Calvo.
El señor Diputado CALVO LASIERRA: Gracias, señor Presidente.
Hay que decir que esta proposición no de ley la presentó el Grupo Socialista a mitad del mes de diciembre, una vez que habíamos conocido tanto por boca del Presidente de la Comunidad Autónoma como del Consejero de Economía que no se iba a hacer uso de la capacidad normativa. Presentamos, como digo, esta proposición no de ley después de conocer las manifestaciones de ambos responsables del Gobierno de Aragón. ¿Y por qué la presentamos? La presentamos porque, a pesar de que ellos se habían manifestado en ese sentido, conociendo lo que habían hecho otras comunidades autónomas gobernadas por el Partido Popular y sabiendo, también, que había algún otro partido que tenía interés en que se aplicara, sobre todo -yo creo-, por hacer uso de una posibilidad que da el nuevo sistema de financiación, creímos conveniente presentar esta proposición no de ley antes de que se presentaran los presupuestos de la Comunidad Autónoma. Obviamente, si los presupuestos de la Comunidad Autónoma se hubieran presentado en plazo, esta proposición no de ley no hubiese tenido sentido. Como sabíamos que los presupuestos todavía no se iban a presentar en el mes de diciembre, creímos que iba a haber tiempo de debatir, de discutir esta proposición no de ley, en la que planteábamos la no utilización de la capacidad normativa en el tramo autonómico del IRPF.
Los presupuestos se presentaron un mes y medio después, aproximadamente, y con la sorpresa por parte de todos de que, a pesar de las manifestaciones del Presidente del Gobierno y del Consejero de Economía, sí que se hacía uso de la capacidad normativa; y también supimos -porque así lo dijo el propio Consejero de Economía-, que esta introducción en la ley de acompañamiento de la modificación del tramo autonómico del IRPF era como consecuencia de la negociación entre el PP y el PAR, a propuesta del PAR.
No cambia nada, y nosotros creemos que es un asunto que tiene importancia, que tiene trascendencia y que la puede tener en el futuro. Y ¿por qué la puede tener en el futuro? No porque, a través de esta modificación, los ingresos de la Comunidad Autónoma vayan a modificarse de una forma sustancial; es más, nosotros decimos en esta proposición no de ley: y, en todo caso, si hay alguna iniciativa de deducciones, se resuelva por medio de ayudas o subvenciones directas. Nosotros no creemos que sea lo importante la cantidad que se reduzca, sino la forma. ¿Por qué? Ahora que ya tenemos un texto, un texto que se ha presentado en esta cámara, donde ya sabemos, en concreto, cuál es la propuesta que hace el Gobierno para el año 1998, un texto en el que ya se hace una propuesta concreta, y esas deducciones que se plantea el IRPF, nosotros creemos que se pueden resolver por otro camino: se pueden resolver, en este caso concreto, por la línea de las subvenciones y sin ninguna dificultad.
Pero, ¿por qué puede tener consecuencias? Tiene consecuencias porque está modificando un impuesto de ámbito estatal, y ¡claro!, me dirán: eso se produjo el día que el Gobierno y la mayoría de las comunidades autónomas aceptaron el nuevo sistema de financiación, donde se daba esa capacidad normativa a las comunidades autónomas. De acuerdo, se produce en ese momento, pero es un posibilidad de uso por las comunidades autónomas, pero no de obligación de hacerlo -esto es como la Ley del aborto: se puede, pero no obliga-. Se puede utilizar la capacidad normativa, pero no estamos obligados.
Entonces, posiblemente, utilizando la capacidad normativa todas las comunidades autónomas, estamos justificando que es bueno. Pues no, no es bueno. Y sobre todo no es bueno para las comunidades autónomas con mayores dificultades económicas, con mayor dificultad de financiación. Insisto, y no porque se reduzcan los ingresos como consecuencia de las modificaciones, sino porque estamos dando, digamos, de alguna manera, la garantía de que las comunidades autónomas que tienen mejor situación económica lo pueden hacer con toda tranquilidad, diciendo: todos lo hacemos; por lo tanto, no nos distinguimos, no hacemos un uso unilateral de este derecho.
Digamos que hemos estado criticando durante dos años a comunidades autónomas como la vasca o la navarra por sus exenciones fiscales, por sus situaciones distintas en el tratamiento fiscal a las empresas o en otros asuntos, diciendo: esto nos crea una distorsión, nos crea una situación de desigualdad que puede favorecer el que unas empresas determinadas se acerquen a estas comunidades autónomas y se alejen de la nuestra o de otras comunidades autónomas. Pues, con el uso de la capacidad normativa nos puede ocurrir igual.
¿Qué comunidades autónomas van a poder favorecer a sus ciudadanos y ciudadanas, a sus habitantes, en deducciones del IRPF, en este caso, o en otras deducciones? Aquellas que tengan unos ingresos en cuantía suficiente que les permita llevar a cabo una gestión razonable de la comunidad autónoma.
¿Cuáles no van a poder hacer uso? Las que estén con unos recursos, con unos ingresos muy escasos, con verdaderas dificultades para, incluso, poder cuadrar el presupuesto. Si Aragón está en una situación boyante, está en una situación que se puede permitir el uso de la capacidad normativa para reducir sus ingresos, pues bien. Aun así, nosotros nos quejaríamos. ¿Por qué? Porque estamos creando una situación de tratamiento igual a los desiguales. Estamos otra vez, con este uso de la capacidad normativa, abriendo la puerta a favorecer -y no me refiero en este momento concreto a lo que se ha presentado en la ley de acompañamiento-, a favorecer, posiblemente, a los que menos lo necesitan o, en algunos casos, de favorecer de forma distinta a los que son iguales o de forma igual a los que son distintos.
Yo sé que es muy difícil que, por mucho que hablemos y por muchos argumentos y muchas razones que demos, se vaya a cambiar la posición de los partidos que apoyan al Gobierno, lo sé, lo sé perfectamente, pero eso no resta para decir que lo que se hace, que lo que se hizo en su día al aplicar esta medida, esta posibilidad de uso de la capacidad normativa en el tramo autonómico de la Ley del IRPF en las distintas comunidades autónomas, lo que se ha hecho al presentar la ley de acompañamiento del proyecto de presupuestos para 1998, no es bueno. Y, desde luego, desde el punto de vista general, no es solidario. Desde el punto de vista de Aragón, yo creo que es, va a ser, lo es ya, y lo va a ser en el futuro, un error. En todo caso, las responsabilidades las tendremos que pedir al que lo decida así y al que lo utilice así.
En todo caso, si se hace uso de la capacidad normativa, se sea prudentes y se sea inteligentes.
Muchas gracias.
El señor Presidente (LLANAS GASPAR): Gracias, señor Calvo.
Por el Grupo Parlamentario Izquierda Unida de Aragón, tiene la palabra el señor Fustero.
El señor Diputado FUSTERO AGUIRRE: Gracias, señor Presidente.
Nosotros, desde el Grupo Parlamentario Izquierda Unida, saludamos la iniciativa del Grupo Socialista, incluso la saludamos no sólo por la oportunidad, sino porque no siempre, desde el Partido Socialista, se ha hablado de fórmulas estables y generales para todas las comunidades autónomas en materia de financiación o de la no utilización como elemento clave del impuesto de la renta de las personas físicas; no siempre se ha hablado con ese planteamiento. Por tanto, por ese doble motivo: por la oportunidad y por lo que nosotros entendemos una modificación de posiciones de antaño, de la etapa en que el Partido Socialista tenía el Gobierno de la nación, es importante que ahora se tenga en cuenta.
Nosotros creemos entender la idea que persigue la iniciativa del Grupo Socialista, que va intrínsecamente ligada con el nuevo modelo de financiación de las comunidades autónomas y la posibilidad normativa que a partir de ese momento tienen las distintas comunidades, porque en las dos había dos riesgos: el primer riesgo era que se estableciera con ese nuevo sistema y esa posible aplicación de las capacidades normativas de las distintas comunidades autónomas agravios entre comunidades, es decir, que determinadas comunidades autónomas introdujeran una serie de normativas, que se le permitía ya a la nueva ley, que pudieran hacer desequilibrios o cuestiones fiscales perjudiciales para algunas comunidades autónomas e, incluso, que lo que se denomina como presión fiscal pudiera ser interpretada con esa libertad que tienen las comunidades autónomas con un serio sesgo regresivo, es decir, intentar cargar más en lo que serían las rentas del capital y no en las rentas del trabajo, en quienes más tienen, pues, que fueran, de alguna manera -eso sería una progresividad de la presión fiscal-, quienes pagaran y no quienes menos tienen. Pero también había la derivación del que, al tener la libertad las distintas comunidades autónomas para aplicar ese tramo del IRPF, se pudiera hacer a la inversa, es decir: cargar en las rentas del trabajo (quienes menos tienen, la mayoría de los ciudadanos y ciudadanas) en beneficio de lo que serían las rentas del capital, abogando entonces por una presión fiscal regresiva.
Yo creo que la iniciativa del Grupo Socialista o el espíritu de lo que plantea, tanto en este parlamento como en otros, nosotros estaríamos de acuerdo, pero introducimos la enmienda porque creemos que no tendríamos por qué ser tan tajantes como plantea la proposición no de ley. Es decir, en la Comunidad Autónoma aragonesa estuvimos en contra algunos Grupos Parlamentarios, pero una vez que hay un nuevo modelo de financiación de las comunidades autónomas que nos otorga la capacidad normativa, no tiene por qué renunciar a esa posibilidad; por lo tanto, no tiene por qué ser tan tajante como el Grupo Socialista plantea en su proposición no de ley. Si bien sí que introducimos que esa posibilidad no debe servir para desvirtuar la progresividad (lo que decía antes), la progresividad y la capacidad recaudatoria del IRPF, y también no debería de aplicarse para que se pudieran dar competencias fiscales a la baja entre distintas comunidades autónomas.
Es por ello que en nuestro texto, cuando decimos las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a no desvirtuar la progresividad y la capacidad recaudatoria del IRPF a través del uso de la capacidad normativa en su tramo autonómico, así como a evitar la competencia fiscal a la baja entre comunidades autónomas, creemos que con eso, de alguna manera, se salvaguardarían esos dos efectos intrínsecos que el nuevo modelo de financiación permite a las comunidades autónomas; insisto, es que fuera una presión fiscal regresiva, cargando sobre todo a los más débiles, a los más humildes, a las rentas del trabajo, y, por otro lado, que hubiera determinada competencia fiscal a la baja, en la cual algunas comunidades autónomas con menores capacidades, como la nuestra, pudieran salir perjudicadas.
Ahora bien, de eso a decir que no se utilice nunca esa capacidad normativa, yo creo que hay un paso intermedio, que es el que nosotros tratamos de plantear en la enmienda.
Muchas gracias.
El señor Presidente (LLANAS GASPAR): Muchas gracias, señor Fustero.
Por el Grupo Parlamentario Mixto (Chunta Aragonesista), tiene la palabra el señor Yuste.
El señor Diputado YUSTE CABELLO: Muchas gracias.
Supongo que no es una sorpresa, no será una sorpresa para don Antonio Calvo que Chunta Aragonesista no pueda apoyar esta proposición no de ley.
Quiero recordar que Chunta Aragonesista abrió en diciembre del noventa y cinco, en esta cámara, el debate sobre la autonomía financiera y sobre el impacto de los incentivos fiscales del Gobierno Vasco y de la Comunidad Foral de Navarra a través, precisamente, de una interpelación, que se sustanció el 14 de diciembre del noventa y cinco, y de una moción, el 1 de febrero del noventa y seis. En ese debate, quedó suficientemente clara la postura de Chunta Aragonesista, que siempre ha defendido un modelo financiero propio para Aragón, con competencias fiscales plenas, como, de hecho, ya disfrutan las otras dos nacionalidades forales que tienen reconocidos derechos históricos en sus, respectivamente, Estatuto de Autonomía y Ley de Amejoramiento del Fuero: las comunidades vasca y navarra.
Para que Aragón sea una Comunidad Autónoma de primera necesita, evidentemente, autonomía financiera, y la autonomía financiera pasa por la corresponsabilidad fiscal llevada a sus máximas consecuencias. Había que corregir plenamente esa situación esquizofrénica que se daba o que se da en las comunidades autónomas que viven de prestado: las comunidades autónomas gastan a la propina que reciben de Madrid, vía participación en los ingresos del Estado. Esta esquizofrenia se ha corregido mínimamente con el nuevo sistema de financiación autonómica, se ha dado un paso tímido hacia la corresponsabilidad fiscal, un paso insuficiente, notoriamente insuficiente dijimos mayoritariamente en las Cortes de Aragón, y por eso, Chunta Aragonesista se opuso a este nuevo sistema de financiación.
Pero, entonces, durante aquel debate, y ahora, reconocemos que lo más interesante de ese nuevo sistema era precisamente que se abriera la puerta, aunque de forma excesivamente tímida, que se abriera la puerta a la capacidad normativa de las comunidades autónomas sobre los tributos cedidos y sobre, al menos, un tramo del impuesto de renta de las personas físicas.
Por lo tanto, Chunta Aragonesista apoya la asunción por parte de Aragón de la capacidad normativa y defiende la reivindicación permanente de un modelo financiero propio para Aragón, acorde a nuestra singularidad territorial y amparada en nuestros derechos históricos reconocidos en la disposición adicional tercera del Estatuto de Autonomía de Aragón y en la disposición adicional primera de la Constitución española.
Obviamente, nosotros queremos más capacidad normativa que la que actualmente tenemos, y la queremos para utilizarla, para utilizarla si es preciso, si lo considera conveniente el Gobierno de Aragón y si lo considera conveniente la mayoría de las Cortes de Aragón. Otra cuestión es qué utilización ha hecho este Gobierno de Aragón, el Gobierno del PP-PAR, en su Ley de medidas fiscales de acompañamiento al presupuesto de este año. Eso es otra cuestión: el uso concreto de la capacidad normativa para 1998, sin duda, es objeto de otro debate. El próximo jueves termina el plazo de presentación de enmiendas a esta ley y, desde luego, ahí veremos más concretamente las opiniones y las aportaciones de cada Grupo Parlamentario.
En todo caso, sí quiero hacer constar aquí, en esta Comisión de Economía, que la fórmula elegida para este año por el Gobierno del PP-PAR no nos gusta, entre otras cosas, porque plantea una deducción del IRPF con fines sociales para mayores de setenta y cinco años y minusválidos y familias que convivan con estas personas. Bueno, puede parecer que es una medida loable, pero, sin embargo, se trata de una medida improvisada, entendemos que para seguir la moda de otras comunidades autónomas, para que el PAR quede bien, dentro de esa campaña de autobombo que tan bien dirige su Consejero el señor Labena, pero la prueba de que es una medida improvisada es, precisamente, que el propio Consejero de Economía reconoció el pasado martes en esta misma Comisión de Economía que el Gobierno de Aragón ignora en estos momentos cuántas van a ser las personas que pueden ser beneficiadas por esta deducción fiscal y a cuánto asciende el importe global de recursos que va a dejar de ingresar el erario público. Por lo tanto, se trata de un ejercicio de improvisación. Y un Gobierno no debe permitirse nunca un ejercicio de improvisación en un asunto de esta envergadura.
Se trata también de una medida presuntamente social porque es una medida de carácter simbólico, que no va a tener -creo- un efecto importante en la microeconomía de los contribuyentes afectados. En unos casos, porque, con su nivel de ingresos, o no van a hacer la declaración de la renta o les va a salir negativa, a devolver, y, por tanto, no van a verse beneficiados de esas deducciones fiscales, y, en otro caso, porque se trata de una cifra -como reconocía el portavoz del PAR, señor Bescós-, una cifra simbólica que no va acompañada -esto lo digo yo, no el señor Bescós- de una política global de acción social en favor de los más desfavorecidos socialmente.
Por lo tanto, se trata de una política de escaparate, de seguir la moda, que se ha realizado sin hacer un estudio previo de cuáles son las necesidades de los aragoneses y, por lo tanto, improvisada. Y se trata también de una medida presuntamente social, porque el Gobierno de Aragón, en esa misma Ley de acompañamiento, nos presenta una medida que, en nuestra opinión, es claramente antisocial: la subida del impuesto de transmisiones patrimoniales del 6% al 7%, lo que desde luego sólo podemos valorar como un castigo a quienes, por ejemplo, aspiren a adquirir una vivienda de segunda mano, entendemos que porque no tienen recursos suficientes para poder adquirir una vivienda nueva. Y en esa medida antisocial, desde nuestro punto de vista, el Gobierno de Aragón aspira a recaudar cinco veces más de lo que pierda con la deducción social del IRPF. Por lo tanto, creo que el dato es lo suficientemente elocuente.
Pero de estas cuestiones, de qué es lo que hay que subir y qué es lo que hay que bajar, desde luego, entiendo que vamos a hablar largo y tendido en el debate de las enmiendas a la totalidad que serán presentadas, sin duda, a la ley de medidas financieras, fiscales, de patrimonio y administrativas (conocida como ley de acompañamiento a los presupuestos del noventa y ocho), y cuando tenga lugar ese pleno, pues, yo creo que podremos profundizar en los aspectos concretos del uso de la capacidad normativa que ha hecho este año el Gobierno.
Por lo tanto, Chunta Aragonesista votará no a la proposición no de ley que hoy presenta el Grupo Socialista.
Gracias.
El señor Presidente (LLANAS GASPAR): Muchas gracias, señor Yuste.
Por el Grupo Parlamentario del Partido Aragonés, tiene la palabra el señor Bescós.
El señor Diputado BESCOS RAMON: Gracias, señor Presidente.
Desde el punto de vista del PAR, manifestamos nuestro rechazo más radical a la proposición no de ley, tal como ha sido presentada por el Partido Socialista. Entendemos que se trata de un claro y flagrante error.
La proposición no de ley tiene dos partes claramente diferenciadas: en la primera de ellas se dice que las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a no utilizar la capacidad normativa en el tramo autonómico del IRPF, y, en todo caso, si hay alguna iniciativa de deducciones, se resuelva por medio de ayudas o subvenciones directas.
Hemos escuchado con atención la exposición realizada por parte del señor Calvo, y pese a su conocida habilidad dialéctica, no encontramos ningún argumento de peso, ni encontramos tampoco ningún tipo de apoyo: ni en la Constitución ni en el Tribunal Constitucional.
Nosotros vamos a intentar hacer exactamente lo contrario, y vamos a intentar demostrar que, realmente, la utilización de la capacidad normativa es fundamental, sobre todo, desde un punto de vista social.
Empezaremos por la Constitución, y empezaremos con el artículo primero. Y el artículo primero habla de que España es un Estado social y democrático de derecho. ¿Qué significa el que es un Estado social? Significa que necesariamente deberá promover la efectividad de la libertad y la igualdad entre los ciudadanos y los grupos sociales. Es decir, que a lo que aspira el Estado español es a realizar una transformación de la sociedad; esta transformación de la sociedad comporta el que el gasto se realice en un sentido social. Y en este sentido, precisamente, existen numerosos artículos desarrollando el artículo nueve de la Constitución. Concretamente, si usted se lee los artículos 39 y siguientes -que utilizó adecuadamente en su época de Consejero-, verá que el artículo 39 habla de la protección a la familia e hijos; el artículo 40, de distribución equitativa de la renta entre los distintos sectores sociales (esta distribución equitativa supone tomar más de aquellas capas más favorecidas y tomar menos de las menos favorecidas); el artículo 41 habla de asistencia y prestaciones sociales y régimen público en materia de seguridad social, y el artículo 50, de pensiones suficientes a los ciudadanos en la tercera edad.
En definitiva, hay una primera parte, y esa primera parte debe concluir afirmando que existe un reconocimiento explícito en la Constitución española de la necesidad de reorientar el gasto no solamente por razones de tipo económico, sino por razones de tipo eminentemente social. Es decir, que debe intensificarse el gasto en materia de protección a la familia, en materia de seguridad social y en materia de pensiones a la tercera edad. Eso es un principio insoslayable, y eso está en la Constitución y está reconocido.
Pero la cuestión social puede no solamente orientarse desde un punto de vista del gasto, sino también desde un punto de vista del ingreso. Y el artículo 31 de la Constitución nos habla de que todos deberán contribuir al sostenimiento de los gastos públicos con arreglo a la capacidad económica y con arreglo a un sistema tributario justo. Es decir, que necesariamente deberá orientarse el impuesto conforme a la capacidad económica y conforme a criterios de justicia. Y, evidentemente, la justicia comporta el que aquellos que obtienen unos mayores ingresos, pues, contribuyan más a los gastos de la colectividad, y aquéllos que tengan menos ingresos contribuyan menos.
Y uno de los núcleos fundamentales del sistema tributario español es, precisamente, el impuesto sobre la renta de las personas físicas. Y el impuesto sobre la renta de las personas físicas que ustedes aprobaron en 1991 comporta una valoración de los rendimientos según el origen, es decir, se distingue según se trate de rendimientos procedentes del trabajo, rendimientos procedentes del capital, rendimientos procedentes de las empresas y, también, incorpora deducciones: deducciones familiares, pues no podía ser de otra manera.
Entonces, desde nuestro punto de vista, se trata de que, necesariamente, los poderes públicos, y también las Diputación General de Aragón, deberán complementar la política del gasto en materia social con política del ingreso, y deberán, de alguna manera, complementar las deducciones generales con deducciones específicas, de acuerdo con la particular configuración de nuestra Comunidad Autónoma. Se trata de hacer un traje a la medida, se trata de reconocer la existencia de un nutrido grupo de ciudadanos que tienen una edad muy considerable y a los que no es bueno, no es bueno, exigirles toda la presión fiscal. Porque si usted repasa el impuesto sobre la renta de las personas físicas, observará que no hay ninguna deducción para mayores de setenta y cinco años, no hay ninguna; acaban las deducciones con los sesenta y cinco años, y puesto que la pirámide de la población aragonesa comporta el que existan grupos muy cuantiosos de más de setenta y cinco años, no era malo, desde nuestro de vista, siempre desde el punto de vista del PAR, no desde el punto de vista socialista, era bueno establecer una deducción para los mayores de setenta y cinco años. Y, de igual manera, aunque sí que se establece una deducción para los incapacitados físicos y síquicos, era conveniente reforzar esa deducción.
En definitiva, por tanto, entendemos, desde todos puntos de vista, que existen fuertes razones de tipo constitucional que deben orientar a los poderes públicos en el sentido de complementar la política del gasto con la política del ingreso.
Pero es que la proposición no de ley, tal como se presenta por el Partido Socialista, comporta una limitación en las posibilidades de las comunidades autónomas, comporta un ataque a sus posibilidades de futuro. Se dice que no debe utilizarse la capacidad normativa en el tramo autonómico del IRPF. ¿Por qué? Porque si el artículo 156 de la Constitución habla de la autonomía financiera, y la autonomía financiera comporta el que todas las comunidades autónomas -y también la nuestra- decidan cuál va a ser el tipo de gasto que se realice y cuál va a ser la cuantía de ese gasto.
Realmente, lo único que establece la Constitución es que no pueden admitirse ningún tipo de privilegios económicos y sociales entre las distintas comunidades autónomas y que todos los españoles deben tener los mismos derechos y obligaciones básicos en las distintas comunidades.
¿Qué ha dicho el Tribunal Constitucional?, ¿qué ha dicho sobre la desigualdad entre las comunidades autónomas? El Tribunal Constitucional, en Sentencias 37/1987 y 150/1990, lo tiene muy claro: distingue entre lo que es igualdad y lo que es uniformidad. Y dice que en el artículo primero, en el artículo 9, en el artículo 138, deben interpretarse en el sentido de que se exija un tratamiento jurídico uniforme de los derechos y deberes de los ciudadanos en todo tipo de materias y en todo el territorio del Estado, lo que sería -dice- frontalmente incompatible con la autonomía, que únicamente supone una igualdad en las posiciones jurídicas fundamentales.
Puede pensarse que la deducción de veinticinco mil pesetas afecta a la posición jurídica fundamental -entendemos que muy difícilmente-, y en este sentido, lo hemos introducido con gran esfuerzo en el proyecto de presupuestos para 1998.
Entendemos que es bueno -y lo reiteramos- hacer el traje a la medida, es bueno atemperar la capacidad financiera y tributaria de las comunidades autónomas a las particulares circunstancias de cada una de ellas.
En definitiva, entendemos -y concluimos con esto- que la Comunidad Autónoma de Aragón puede y debe tener autonomía financiera, debe ejercitarla, precisamente, en el impuesto fundamental (en el impuesto sobre la renta de las personas físicas), y debe ejercitarla con un sentido social, con un sentido claro, con un sentido inequívoco. De otra manera, la capacidad financiera se convierte, simplemente, en un florero, en un juguete.
En definitiva, se ha dicho por algún otro interviniente que es escasa la utilización de esta capacidad, que es escasa la deducción, pero podríamos responder, siguiendo a Machado, que se hace camino al andar, y que vendrán otros ejercicios sucesivos, precisamente, por la dificultad de conocer cuáles eran los efectos en la población aragonesa, entendemos que no era necesario que se perfilaran estas deducciones en un sentido extenso ni en un sentido considerable, desde el punto de vista cuantitativo, pero sí que era fundamental, desde nuestro punto de vista, que se diera al presupuesto un sentido más social y más humano.
Nada más, y muchas gracias.
El señor Presidente (LLANAS GASPAR): Muchas gracias, señor Bescós.
Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Guedea.
El señor Diputado GUEDEA MARTIN: Señor Presidente.
Señoras y señores Diputados.
Intervengo en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Popular para manifestar, lógicamente, nuestra oposición a esta proposición no de ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista y, consecuentemente también, a la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida.
Yo, al leer esta proposición no de ley, he sacado esta mañana una serie de conclusiones, cuando estaba viendo lo que ha aparecido últimamente sobre el nuevo sistema de financiación de las comunidades autónomas. Evidentemente, si se está de acuerdo -y así lo hizo el Partido Popular, junto con los aliados parlamentarios del pacto de gobernabilidad a nivel nacional-, si se está de acuerdo con un nuevo sistema de financiación, en coherencia con ese nuevo sistema de financiación, lógicamente, no vamos a votar nunca proposiciones no de ley que nos harían entrar en una absoluta incoherencia, en una insensatez y en una irresponsabilidad ¿no?
El 24 de noviembre de 1997 aparecía un artículo de un catedrático de Hacienda Pública en el diario El País, concretamente Antonio Castells, conocido por su especialidad en temas de Hacienda Pública de comunidades autónomas, donde, a favor -no muy a favor- del nuevo sistema de financiación autonómica, recordaba... Una de las críticas que se le hacía era la atribución de capacidad normativa, en cierta forma y con ciertos límites, a las comunidades autónomas en el impuesto sobre la renta de las personas físicas. Y contestando a esta crítica, decía: En muchos países, las regiones y los municipios tienen responsabilidad sobre el IRPF, bastante más, por cierto, que la que se atribuye a las comunidades autónomas en España, sin que ello suponga ni la destrucción del Estado, ni la fractura del sistema fiscal, ni la imposibilidad de aplicar políticas redistributivas. No hay más que analizar los poderes de los estados en Estados Unidos, o de los cantones en Suiza.
En Suecia o Dinamarca -países unitarios-, una parte importante de la imposición sobre la renta corresponde a los gobiernos locales, que deciden ellos mismos el tipo impositivo a aplicar, y que se sepa, nadie discute ni la solidez de sus sistemas políticos ni la posibilidad de aplicar políticas progresivas.
La atribución de capacidad normativa a las comunidades autónomas no tiene por qué suponer ni guerras fiscales ni renunciar a un signo esencial de la unidad del Estado. Supone, eso sí, tratar de hacer compatibles autonomía y solidaridad, diversidad y unión.
Creo que esto, como preámbulo, debe servir de la posición del Partido Popular ante esta proposición no de ley.
Entonces, en coherencia con el nuevo sistema de financiación de las comunidades autónomas, ahí vamos a votar que no.
Ya, anticipándolo -en el artículo ya se ha dicho-, pero, indudablemente, si analizamos estados con estructura federal o regional, incluso unitaria, como he dicho, hay capacidad normativa para los estados miembros, para las regiones, y nadie discute, como se ha dicho, ni que se puedan hacer políticas justas de redistribución, ni la unidad del Estado Nada, absolutamente nada en esta materia.
Tampoco nos gusta la medida que propone el Partido Socialista de no recoger una deducción; en cambio, introducir una subvención. No creemos -y, a lo mejor, tampoco en materia de acción social- que la subvención, pues, sea, a lo mejor..., que es ahora el mecanismo principal de las políticas públicas y que lo deba ser en el futuro es algo que tendríamos que analizarlo y sería objeto de otro debate, pero no creemos, sinceramente, que el establecer un elenco innumerable de subvenciones sea solución para los problemas que tenemos ahora en la Comunidad Autónoma.
Por otra parte, también, si discutimos la capacidad normativa de las comunidades autónomas, a los grupos que se lo han dicho, también tendríamos que discutir la capacidad normativa de las entidades locales en diversos impuestos. No se paga lo mismo de IBI en un municipio que en otro. Por lo tanto, también ahí tendríamos que entrar a discutir esa materia.
Después, hemos criticado aquí, durante esta legislatura (por lo menos, desde que yo estoy aquí como Diputado), los regímenes específicos forales de Navarra y de las tres Haciendas forales vascas: hemos criticado que podían legislar sobre el IRPF, sobre los tributos cedidos, cosa que nosotros no podíamos, y ahora, cuando se otorga la posibilidad, se otorga capacidad normativa a todas las comunidades autónomas, ahora, ¡también estamos en contra de utilizar esa capacidad normativa! Por lo cual, yo creo que ahí teníamos que haber sido bastante más coherentes todos, para decir que lo que queremos es que todas las comunidades autónomas tengan el mismo nivel de competencia y también el mismo nivel de capacidad normativa en todos los impuestos.
También creo que se está, a lo mejor, exagerando en lo que va a ser la trascendencia para la Hacienda Pública de esta medida. El portavoz de Chunta ha hablado de improvisación, pero, es que ¡claro!, según su teoría, no se puede hacer ninguna modificación fiscal, porque si ahora se modifica el IRPF, la fiscalidad de la vivienda... ¿Cuantos se acogerán? ¿Cuanto costará al Estado? Estamos en previsiones. Se pueden hacer estudios, pero, realmente, pues es un poco
Y sobre la posición del Presidente de la Comunidad Autónoma y del Consejero de Economía, Hacienda y Fomento, no han dicho nunca que estaban en contra ni de la capacidad normativa ni de la utilización. Simplemente, habían planteado que, debido a la situación de la Hacienda de la Comunidad Autónoma y porque eran los primeros años -a ver como evolucionaba el IRPF en su relación con la financiación autonómica-, ellos eran partidarios -también el Partido Popular- de esperar, no de oponer, ni mucho menos, sino de esperar un poco para ver la evolución.
Pero porque estamos, como ya salió en el Pleno pasado de Presupuestos, en un Gobierno de coalición, pues se ha llegado a un pacto en el cual asumimos perfectamente la introducción en la ley de medidas de acompañamiento a la ley de presupuestos de una deducción en el IRPF, y, por lo tanto, creemos que tampoco hay que darle excesiva importancia, como si fuese aquí una nueva era en la política social de la Comunidad Autónoma de Aragón. Es una medida fiscal nueva, que veremos a ver cómo se pone en práctica y qué consecuencias tiene.
Por tanto, vamos a votar en contra de esta proposición no de ley.
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor Presidente (LLANAS GASPAR): Muchas gracias, señor Guedea.
Suspendemos la sesión... A ver.
Sí, señor Calvo.
El señor Diputado CALVO LASIERRA: Gracias, señor Presidente.
No es necesario suspender la sesión, porque no veo ninguna vía de posibilidad de acuerdo, ni con la enmienda presentada, ni con la proposición no de ley.
Si algún grupo hubiese planteado la posibilidad de llegar a un encuentro, utilizando la enmiendo o utilizando la proposición no de ley, creo que se podría suspender, pero no habiendo esa posibilidad
Yo querría, en todo caso, decir lo siguiente: a mí no me importaría que se aprobara la enmienda, el texto enmendado por Izquierda Unida, no me importaría. Aunque no es realmente lo que nosotros planteamos.
Pero lo que veo es que cuando los parlamentarios que se oponen a la proposición no de ley han necesitado tanto tiempo para justificarlo, es que creo que la proposición no de ley que planteamos tiene sentido, en primer lugar.
En segundo lugar, pues ¡hombre!, claro que las corporaciones locales, comunidades autónomas, que hay estados que tienen capacidad para modificar impuestos. Pero una cosa, por ejemplo, las corporaciones locales, que tienen posibilidad de modificar los coeficientes, es decir, un parámetro que modifique todo igual, y otra es la capacidad normativa, con la que se pueden hacer verdaderas locuras utilizando la capacidad normativa en el IRPF.
Nunca nos hemos referido al resto, que el Portavoz de la Chunta ha contestado a lo que no hemos propuesto; no proponemos en el resto. Estamos proponiendo en el IRPF. Porque, ¿cómo se puede justificar que un ciudadano o una ciudadana de Asturias o de Valencia o de Andalucía o de, tenga una situación distinta en el IRPF que los de Aragón?, ¿o los de Aragón distinto de? ¿Cómo se puede justificar?
¿Por qué planteamos nosotros la posibilidad de las subvenciones en lugar de las deducciones? Porque lo que se está planteando en este caso concreto, en este caso que se ha hecho uso, especialmente es...
El señor Presidente (LLANAS GASPAR): Señor Calvo, señor Calvo
El señor Diputado CALVO LASIERRA: es un sistema de subvenciones que sólo lo van a poder utilizar aquellos que pueden hacer declaración de la Renta.
Nada más.
El señor Presidente (LLANAS GASPAR): Señor Calvo.
Tranquilo todo el mundo. [Risas.]
El Grupo Socialista, ¿acepta la enmienda de Izquierda Unida?
El señor Diputado CALVO LASIERRA: Sí.
He empezado por decir que a nosotros no nos importaría aceptar la enmienda de Izquierda Unida si viéramos que tiene una posibilidad de salir adelante... [Rumores.
El señor Presidente (LLANAS GASPAR): Por favor, silencio.
El señor Diputado CALVO LASIERRA: Como vemos que no tiene ninguna posibilidad, para qué vamos a votar... Ya lo he dicho así, lo primero.
Y perdonen que me haya extendido un poquito, porque como todos los señores Diputados que han intervenido después de mí han podido analizar lo mío y lo de los demás, pues, ¡hombre!, yo creo que...
El señor Presidente (LLANAS GASPAR): Señor Calvo, señor Calvo, vale.
El señor Diputado CALVO LASIERRA: No quiero ningún derecho de pernada, simplemente quiero la posibilidad de, también Y no he contestado a casi ninguna de las cosas que han dicho, pero algunas de esas cosas que se han dicho, sí que me parecía razonable poder utilizar esta posibilidad.
El señor Presidente (LLANAS GASPAR): Muchas gracias, señor Calvo.
Pasamos a la votación.
¿Votos a favor? ¿Votos en contra? ¿Abstenciones?
Cinco votos a favor, trece en contra y una abstención. Queda rechazada la proposición no de ley que presenta el Grupo Parlamentario Socialista.
¿Alguien desea explicar el voto?
Señor Yuste.
El señor Diputado YUSTE CABELLO: Sí. Quiero explicar el voto porque, efectivamente, nosotros hemos votado en contra de la proposición no de ley que ha presentado el PSOE, estando también en contra de cómo el PP y el PAR han utilizado este año esa capacidad normativa.
Yo sí que quiero terminar con una pregunta: ¿cómo podemos justificar que vascos y navarros paguen menos impuestos que los aragoneses? Yo creo que esa es la pregunta que tenemos que hacernos en las Cortes de Aragón.
Y el PSOE ha justificado esto siempre, lo ha justificado siempre. Es más, tanto para Antonio Calvo como para don Ramón Jáuregui, que es el secretario de política autonómica del PSOE, dirigente importante del socialismo vasco, pues, lo que se plantea es que la reforma del IRPF provocará rivalidad entre las autonomías, esto es, que la guerra fiscal, la culpa de la guerra fiscal la tenemos las comunidades autónomas que vamos a adquirir ahora un poquitín de capacidad normativa sobre un tramo pequeñín del IRPF y sobre unos pequeñines tributos cedidos. ¡Esa es la guerra fiscal! ¡Caramba! Yo pensaba que la guerra fiscal nace desde el momento que hay una excepcionalidad para los territorios históricos de la Comunidad Autónoma Vasca y la Comunidad Foral de Navarra. Esa excepcionalidad es la que crea una guerra fiscal en el Estado español, y no este pequeño paso incipiente que se acaba de dar ahora.
Esa es la justificación del no de Chunta Aragonesista a la proposición no de ley que ha defendido Antonio Calvo.
Gracias.
El señor Presidente (LLANAS GASPAR): Gracias, señor Yuste.
Por el Grupo Parlamentario Izquierda Unida de Aragón, tiene la palabra el señor Fustero.
El señor Diputado FUSTERO AGUIRRE: Sí.
Nuestro voto de abstención es claro, en el sentido de que no creemos que se pueda afirmar con la tajancia que lo hace la proposición del Grupo Socialista que las comunidades autónomas no tengan la capacidad normativa; no puedan tener ni la utilicen, esa capacidad normativa, en el tramo del IRPF.
Yo creo que lo ha dicho bien en su exposición el señor Bescós, cuando ha dicho que una cosa era la uniformidad, citando un texto, y otra cosa bien distinta era la autonomía de las distintas comunidades. Yo creo que, en ese sentido, las comunidades autónomas deben tener esa posibilidad y, por tanto, no se les debe negar.
Ahora bien, puede sentar muy bien en la Comunidad Autónoma aragonesa el decir: ¿por qué nosotros vamos a tener menos posibilidades que otros en la recaudación, en nuestras medidas fiscales, etcétera? Pero, también, yo querría dejar en este parlamento que creo que el espíritu que persigue el Partido Socialista es que alguna vez habrá de mirarse con cierto sentido de estado el cómo se aplican esos tramos del IRPF, cómo se aplican las presiones fiscales, etcétera, porque, de lo contrario, entraremos en una guerra o en una suma de taifatos, con lo cual el planteamiento de un modelo de estado mínimamente coherente y que pueda corregir los desequilibrios, pues, será una auténtica guerra, casi tribal, entre las distintas comunidades autónomas.
El señor Presidente (LLANAS GASPAR): Gracias, señor Fustero.
Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Calvo.
El señor Diputado CALVO LASIERRA: Muchas gracias, Presidente.
Obviamente, el Grupo Socialista iba a votar a favor su proposición no de ley por mucho que se esforzaran los demás grupos en decir que no era oportuna o que no era adecuada.
Les quería hacer simplemente la siguiente reflexión: que sepan que con la capacidad normativa del IRPF vamos a quedar en manos de la responsabilidad de las comunidades autónomas ricas. Porque cuando uno tiene una situación de ingresos muy difícil, como tiene esta Comunidad Autónoma, la capacidad normativa la podemos utilizar para subirlos y para bajarlos; en todo caso, la tendremos que utilizar para subirlos. Si la utilizamos para subirlos, en algunos casos, ¿qué estamos haciendo? Estamos provocando el efecto contrario del que creo que se quería provocar, para algunos partidos, para algunos grupos, con esta medida.
Por lo tanto, vamos a depender de la responsabilidad de las comunidades ricas, porque como empiecen a utilizar la capacidad normativa para crearnos situaciones de desigualdad importantes que favorezcan su propio desarrollo, ¡vamos arreglados!
Parece que es más razonable que se garantice desde el Estado la solidaridad de un impuesto general como éste y que, en todo caso, haya otras posibilidades.
Nosotros no nos oponemos a que se modifiquen las tasas del juego, no nos oponemos a que se modifiquen otras formas de ingresos, no. El impuesto del rendimiento del trabajo personal, creemos que debe ser general; no se puede justificar que se cobre o se le retenga a un trabajador más en Aragón que en Madrid, o en Madrid que en Sevilla. ¿Por qué? ¿En base a qué?
Búsquense medidas alternativas, soluciones alternativas, porque si aplicáramos la capacidad normativa de una forma profunda, de una forma general, modificando todo lo que queramos modificar en el impuesto del IRPF, podíamos hacer verdaderas locuras. Podríamos desfigurarlo de tal manera que no se pareciese para nada. Con lo cual, estaríamos, de alguna manera, desde las comunidades autónomas, modificando la ley general del impuesto.
Por lo tanto, esos pequeños retoques, esos maquillajes, no sirven para nada. Y, además, habiendo oído el dato, viendo primero las medidas concretas que se plantean en Aragón (en la ley de acompañamiento) o habiendo oído al Consejero de Economía el dato de ciento cincuenta millones, aproximadamente, a los que cree que puede afectar esta modificación, para ese viaje no hacía falta alforjas.
El señor Presidente (LLANAS GASPAR): Muchas gracias, señor Calvo.
Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Guedea.
El señor Diputado GUEDEA MARTIN: Señor Presidente.
Simplemente, al hilo de algunas de las intervenciones, como la del portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, decir que se pueden hacer locuras, pero las pueden hacer las Cortes Generales o cualquiera de los diecisiete parlamentos regionales que en estos momentos tienen capacidad normativa. Pero para eso están, en última instancia, los ciudadanos, que serán los que voten o no voten cada cuatro años o cada menos a unas determinadas personas.
Efectivamente, en las leyes se pueden hacer barbaridades, y se han hecho históricamente en España y en otros países, pero, realmente, no por ello podemos oponernos al ejercicio de esa capacidad normativa por parte de la Comunidad Autónoma.
Y también, si miramos -por lo menos, yo las he mirado, no detenidamente, pero sí las he mirado- las leyes que han ido apareciendo hasta ahora de acompañamiento a la ley de presupuestos de las diferentes comunidades autónomas, tampoco vamos a decir que se está, a lo mejor, se han introducido muchas modificaciones, pero yo creo que tampoco de un calado sustancial.
Alguna comunidad autónoma ha hecho ya lo que va a hacer la Comunidad Autónoma de Aragón de igualar el ITP e IVA en adquisición de viviendas; se han introducido, en algunos supuestos, desgravaciones a la segunda vivienda en los núcleos poco poblados de la Comunidad Autónoma para evitar la desaparición y su abandono, pero son medidas muy concretas.
Yo no creo que se esté rompiendo, ni mucho menos, como se está diciendo, el esquema fundamental del impuesto sobre la renta de las personas físicas. Se han introducido, a lo mejor, por el hecho de ser el primer año de esa novedad. Veremos también, en el futuro, a lo largo del tiempo durante el que va a estar vigente este sistema de financiación, si verdaderamente se llega a una situación de otro tipo.
Nada más, señor Presidente.
El señor Presidente (LLANAS GASPAR): Gracias, señor Guedea.
Se suspende la sesión durante cinco minutos, hasta las doce y cinco.
El señor Presidente (LLANAS GASPAR): Se reanuda la sesión.
Buenos días, señor Consejero.
Pregunta número 13/98, relativa al uso del edificio Muface, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.
Tiene la palabra el señor Calvo.