Diario de Sesiones de las Cortes de Aragón
Proposiciones no de ley
Proposición no de ley núm. 190/21, sobre la presentación de IRPF por perceptores de ERTE.
Diario de Sesiones de las Cortes de Aragón n°: 041 de Plenos (X Legislatura)
Intervinienen: Saz Casado, José Luis - Galeano Gracia, Oscar - Prades Alquézar, María Pilar - Martinez Romances, Carmen - Guerrero De La Fuente, Jesús - Sanz Remón, Álvaro - Fernández Martín, Marta - Susín Gabarre, Carmen María
El señor PRESIDENTE: Pues continuamos con el orden del día, con el debate de la proposición no de ley número 190/21, sobre la presentación de IRPF por perceptores de ERTE, presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos.
Para su presentación, señor Saz, tiene la palabra.
Proposición no de ley núm. 190/21, sobre la presentación de IRPF por perceptores de ERTE.
El señor diputado SAZ CASADO [desde el escaño]: Gracias, presidente.
Bueno, traemos aquí un asunto que ya se ha hablado alguna vez, aunque no así enfocado, es decir, la pandemia del COVID nos ha dejado realmente un territorio desolado, las personas han sufrido, las empresas han sufrido, el tejido económico ha sufrido. Afortunadamente, los ERTE ha sido, está siendo, un instrumento de rescate de la economía, especialmente de los asalariados, y facilitando también la existencia de los pequeños autónomos, pymes, pequeñas y demás.
Pero precisamente los ERTE, cómo se han puesto en marcha, tal y como se han puesto en marcha, provocan colateralmente un efecto adverso de contenido tributario, es decir, están provocando una distorsión económica como consecuencia de una falta de previsión del Gobierno de la nación, cuando puso en marcha el propio funcionamiento de los ERTE, que es un instrumento altamente productivo en el sentido de que produce beneficios a los perceptores y al tejido económico porque sostiene precisamente el empleo.
La configuración formal en el impuesto sobre la renta de personas físicas de las obligaciones tributarias formales establece que hay unos determinados parámetros a partir de los cuales existe la obligación de presentar una declaración. Ya sabemos todos, porque se ha dicho mucho estos días y estamos en pleno proceso de presentación de declaraciones, que no tienen obligación de presentar aquellos que ganan menos de veintidós mil euros, pero que, en el caso de que sean más de dos los pagadores de las rentas del trabajo de ese obligado tributario, si son menos de catorce mil euros, el límite se rebaja a catorce mil euros siempre y cuando la percepción de los segundos o terceros sucesivos pagadores superen el importe de mil quinientos. Esto hace abocar a muchos perceptores de ERTE que han cobrado más de mil quinientos euros en el año, a lo largo del ejercicio que sea, en este caso del 2021, que es en el que estamos ahora y se declarará al año que viene, a tener la obligación de presentar una declaración de renta.
Fijémonos en el motivo de por qué se establecen esos límites en la declaración, en las normas tributarias, porque hay que ir al origen para poder solucionar esa disrupción que se produce. El origen no es otro que intentar controlar, es un método de control fiscal puesto que, cuando hay varios pagadores y ya no se aplican las tablas de retenciones, y en ocasiones no hay retenciones, pueden escapar al control de la Hacienda pública esos perceptores, sobre todo los pagadores. Entonces, para intentar cerrar el círculo se establece, se rebaja, el límite de presentación de declaraciones. Pero esto, como he dicho, provoca un efecto contradictorio porque, por una parte, tenemos a personas..., un caso real, por ejemplo, que en noviembre y diciembre ha cobrado ERTE por importe de mil seiscientos euros y resulta que ahora, en abril, como ha cobrado cerca de quince mil y pico euros, tiene que presentar la declaración de renta, y no solo eso, sino que le sale a pagar cerca, aproximadamente, de ochocientos y pico euros, es decir, casi el 50% de lo que se le dio mediante el sistema ERTE, unos meses más tarde, lo tiene que devolver al Estado, produciendo una disrupción simplemente por un cambio de las obligaciones formales.
Esto es perverso, es absolutamente perverso y no viene amparado ni reforzado por la finalidad que buscaba la ley en cuanto al establecimiento del control de las obligaciones, formales. Entonces, la propuesta que yo hago, que es muy sencilla, es realmente fácil, es algo tan sencillo como, primero, respetamos la configuración de lo que es el impuesto sobre la renta porque no afecta a otros supuestos de segundos pagadores, sino exclusivamente al caso de los ERTE, en donde el Estado paga en sustitución de la empresa, está sustituyendo a la empresa, durante un periodo, un paréntesis, le da una determinada cantidad de sus rendimientos de trabajo personal. En segundo lugar, no es una pérdida de lo que sería el control fiscal porque precisamente el que paga es el Estado, el Estado ya sabe lo que ha pagado. Por lo tanto, la finalidad inicial que se establecía para controlar a segundos pagadores, que además no tenían obligación de retener y, por tanto, no trasladaban esa información a la Administración del Estado, no se incumple. Y, en tercer lugar, se apuntalaría la red de ayuda económica porque es un contrasentido darle a un trabajador unas percepciones en función de ERTE, pero, en realidad, cerca de la mitad de esas percepciones las va a tener que devolver con sorpresa, porque es inesperado, apenas unos meses más tarde.
Por tanto, la solución tan sencilla propuesta es que se considere, instamos al Gobierno de España para que haga una modificación en la Ley del impuesto sobre la renta de las personas físicas en el sentido de que se modifique y se entienda que, cuando el segundo parador es el Estado por razón de un ERTE, no tenga la consideración de segundo pagador y, en consecuencia, volveríamos al sistema normal, al límite de los veintidós mil euros y así se quedaría.
Muchas gracias, espero que lo entiendan.
El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Saz.
Se ha presentado enmienda por los grupos que apoyan al Gobierno.
En primer lugar, por el Grupo Parlamentario Socialista, señor Galeano.
El señor diputado GALEANO GRACIA [desde el escaño]: Gracias, señor presidente.
Señorías, efectivamente, hemos presentado una enmienda de adición, que esperamos sea aceptada por el grupo proponente, porque coincidimos en el espíritu y prácticamente diría que en la letra de la iniciativa que usted plantea, al menos en la parte donde insta a lo que insta. Me voy a explicar en tres consideraciones para tratar de reforzar el planteamiento que ha hecho el señor Saz.
Primero, explicación técnica, la cual viene de la regulación de la obligación a declarar que se encuentra recogida en el artículo 96 de la Ley del IRPF, que, como bien ha dicho el señor Saz, marca un límite de veintidós mil euros anuales, que se reducen a catorce mil euros en el caso de contribuyentes que perciban rendimientos íntegros del trabajo de más de un parador, configuración que busca una igualdad entre las retenciones practicadas y la cuota impositiva. Es decir, cuando existen varios pagadores independientes y el uno no tiene en cuenta las retribuciones satisfechas por el otro, la suma de las retenciones es inferior, lo que ha forzado de alguna manera al legislador a bajar ese límite de la obligación de declarar a catorce mil euros, pero quedando claro, por un lado, que no existe una elevación de tipos, sino que el contribuyente pagará lo mismo que hubiera pagado de haber cobrado de un solo pagador si hubiera optado por presentar declaración de IRPF. El problema queda acotado en esas personas que cobran entre catorce y veintidós mil euros, efectivamente, y que, además, han cobrado más de mil quinientos euros del ERTE. El cambio fundamental es tener que presentar la declaración de IRPF. No quiere decir de entrada que tenga que pagar, dependerá luego de las circunstancias personales y los beneficios fiscales que pudiera tener.
Segunda consideración. Valoramos desde este grupo positivamente las medidas que ha planteado el ministerio ya para este mismo año de la declaración del ejercicio 2020 en cuanto a fraccionar el pago a aquellos que han tenido obligación de ello, pero, no obstante, y de cara ya, eso sí, al próximo ejercicio de la renta de 2021 para el año 2022, consideramos conveniente, tal y como dicen ustedes en la PNL, que se inste a quien compete, que es Madrid, que es el ministerio, a estudiar esa propuesta de no consideración como segundo pagador... Vamos la solución que usted decía era muy fácil dicho como el refrán: muerto el perro, muerta la rabia.
Tercera consideración, y finalizo con esta. Nuestra enmienda y, en todo caso, el voto positivo vendría porque no hacemos sino ver reflejado en esta propuesta lo que ha defendido este Gobierno en otros debates que hemos tenido sobre este asunto o similares, y los grupos que lo apoyamos, atendiendo a esas peculiaridades de los trabajadores del ERTE.
Hay más supuestos, hay más supuestos que no solamente esos trabajadores del ERTE, eso sí, pero quien requiere una especial sensibilidad es este colectivo, y así lo entendemos en estos grupos, tal y como se desprende de la propia enmienda que planteamos hace unos días a un debate también de una iniciativa presentada por el Partido Popular, y de ahí por tanto que, como digo, votaríamos a favor de esta iniciativa, esperando que se redacte o se llegue a un acuerdo en esa redacción conforme a la enmienda de adición que hemos planteado.
Gracias, señor presidente.
El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Galeano.
Por el Grupo Podemos, señora Prades.
La señora diputada PRADES ALQUÉZAR [desde el escaño]: Gracias, señor presidente.
Tramitamos esa iniciativa que hace referencia a los ERTE hoy, que acabamos de conocer esa buena noticia de que los ERTE se han prorrogado hasta el 30 de septiembre en las mismas condiciones que se venían percibiendo hasta ahora, y creo que es una buena noticia del trabajo realizado desde el Ministerio de Trabajo porque ha resultado ser una herramienta útil para ayudar a soportar esta pandemia.
Respecto a esta iniciativa que tramitamos ahora, podemos compartir la intencionalidad de la misma ya que somos conscientes de que este año, a causa de la pandemia y de las medidas que ha sido necesario implementar por el Gobierno de España para paliar las consecuencias de la crisis, la obligatoriedad de tener que realizar la declaración de la renta por tener dos pagadores va a afectar a mucha más gente de la que venía afectando otros años. Así que, entendiendo esta situación de excepcionalidad, que no tenemos inconveniente en apoyar su iniciativa, sí que nos gustaría que reflejase el apoyo de este Gobierno, de este colectivo, aceptando la enmienda que le hemos planteado.
Ahora bien, ya lo hemos dicho en otras ocasiones cuando hemos tramitado iniciativas en esta línea. Es una situación que viene afectando a muchísimas personas desde hace años, pero nunca hasta ahora se ha contemplado un factor corrector, creemos que es importante tenerlo en cuenta. Eran personas que se quedaban en situación de desempleo y percibían la nómina de su empresa y el desempleo, o personas que se jubilaban y percibían la retribución laboral y luego pasaban a cobrar la jubilación, y en ese caso tenían, evidentemente, que hacer la declaración de la renta, o una situación lamentable, personas tienen que encadenar dos o tres contratos diferentes porque los salarios no les permiten llegar a fin de mes. Así que entendemos la situación de excepcionalidad, no tenemos inconveniente en que se realice ese estudio para contemplar esta situación, pero sí quiero aprovechar y me gustaría hacer una puntualización respecto a su exposición de motivos.
Digamos que ustedes que en su exposición retuercen un poco la Ley 35/2006, el impuesto sobre la renta de las personas físicas, y concretamente en el artículo 36, donde se establece la obligación de declarar, y que ustedes lo califican como juego de retenciones, algo que es una ley, calificarlo como «juego» me parece un poquito...
Bueno, en su exposición de motivos también dicen que el SEPE efectuó una labor sustitutiva del pago de las nóminas, algo que, evidentemente, no es cierto. En las nóminas que recibe un trabajador mes a mes se le aplica una retención cuando el SEPE no tienen la obligación de retener las cuantías que ha abonado que durante un año no superan los catorce mil euros, aunque, eso sí, el contribuyente puede solicitar en su momento que se le retenga o que se le aplique un porcentaje mayor de retención más ajustado a la tributación efectiva que debe soportar en función global de los ingresos de ese ejercicio.
Y creo que también es importante recordar que las prestaciones por el ERTE son rendimientos de trabajo sujetos a IRPF y que no están exentos, es importante ponerlo también encima de la mesa. El importe a pagar o no depende de las retenciones que se han soportado y no del hecho de tener dos pagadores. Aun así, sí es cierto que en España, este año, trescientos veintisiete mil contribuyentes afectados por el ERTE han pasado a estar obligados a tener que declarar por este motivo. El Ministerio de Hacienda ya ha reaccionado a esa situación y ha anunciado el fraccionamiento.
Entonces, como le he dicho al principio de mi intervención, en esa línea por continuar avanzando en resolver esas situaciones excepcionales que se han generado, no tenemos inconveniente en votar a favor, y veríamos como un gesto de buena voluntad que ese apoyo salga con unanimidad de esta Cámara y aceptase la enmienda.
El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Prades.
Por Chunta Aragonesista, señora Martínez.
La señora diputada MARTÍNEZ ROMANCES [desde el escaño]: Gracias, señor presidente.
No es la primera vez que hablamos de las tributaciones por IRPF de las personas que están cobrando un ERTE y, además, dicho sea de paso, es un sentir también de la calle. Lo que pasa es que creo, señor Saz, con todo el respeto, que hay que tener un poco más de cuidado a la hora de defender según qué iniciativas porque ahora parece que lo malo, lo fatal, es haber estado cobrando un ERTE y que te penaliza a la hora de hacer tu declaración de la renta, cuando, como ya ha dicho la señora Prades, cobrar un ERTE supone que es por rendimientos del trabajo y que están obligados a tributar por el IRFP. Con lo cual, ojo, cuidado, con según qué discursos, que ahora va a parecer que se están demonizando los ERTE, cuando yo creo, y a juicio de más personas también, que han sido —usted también ha dicho— una tabla de salvación no solamente para los particulares, para las familias, sino también para la economía.
Dicho sea de paso, yo considero que, en cuanto a todas las medidas que se han ido poniendo durante este año y este proceso de pandemia, era muy difícil valorar los efectos colaterales que pudieran tener, y quizás este sea uno de esos. Bien es cierto que ya desde hace un tiempo veníamos diciendo que, respecto a los interesados —esto es vox populi, ¿no?—, a todas las personas que tienen más de un pagador, su declaración de la renta se ve afectada de una forma o de otra. Y esto no quiere decir que sea para mal, porque la verdad es que también me parece un poco llegar al límite decir que la declaración de la renta es un proceso burocrático como si fuera innecesario, cosa que usted pone en su exposición de motivos.
De cualquier forma, me parece interesante lo que usted plantea, es una medida a estudiar, pero ¡ojo con los agravios comparativos que puedan suceder! ¿Qué pasa como con las personas que están en desempleo? Van a tener dos pagadores también, y el desempleo se puede dar por una situación sobrevenida por el COVID, y me voy a ceñir solamente al COVID. ¿O qué pasa con esas personas que durante este periodo han pasado a cobrar una pensión de jubilación, o de invalidez, o de lo que sea? Y el segundo cobrador es por parte de una Administración pública, con lo cual esa cautela que se preveía en la ley para que no hubiera... aquí no se cumpliría.
Yo creo que lo que le planteamos es que se estudie la posibilidad, pero creo que donde sean competentes, tanto en el ministerio... No sé si hay que cambiar la legislación que usted plantea, no sé sí sería una disposición transitoria, una..., o cambiarla ya para siempre, no lo sé. Pero, ojo, cuidado, no se produzcan agravios comparativos con otros colectivos y que esto pueda entorpecer la buena voluntad que se quiere transmitir.
El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Martínez.
Grupo Aragonés, señor Guerrero.
El señor diputado GUERRERO DE LA FUENTE [desde el escaño]: Sí, muchísimas, gracias.
Nosotros coincidimos en ese fondo del que hablábamos ya en el pasado Pleno. Ya tratamos una enmienda parecida con el objetivo de minimizar, de que se estudie y de que se valore esa posibilidad de minimizar el impacto que tendría el cobro de los ERTE, por lo que nosotros sí que le pediríamos que aceptara esta enmienda porque creemos que puede ser positiva.
Muchas gracias.
El señor PRESIDENTE: Gracias señor Guerrero.
Turno de los grupos no enmendantes.
Señor Sanz, por Izquierda Unida.
El señor diputado SANZ REMÓN [desde el escaño]: Gracias, presidente.
Debatimos hoy una propuesta con similar intención, con diferente formulación y también con diferente enfoque partiendo de una cuestión en la que me centraré al principio de mi intervención porque creo que es importante debatir sobre el marco.
El portavoz de Ciudadanos hablaba de «afortunadamente, medida productiva para salvar el empleo y para salvar también la economía familiar», y desde esa positividad que compartimos, luego le explicaré que no vamos a estar de acuerdo con su propuesta, pero, desde esa objetiva positividad que compartimos, permítame, señor Galeano, que le afee la redacción de la enmienda de transacción que han hecho, porque ustedes podrían haber utilizado palabras como «acogidos a los ERTE», «amparados por los ERTE», «protegidos por los ERTE», pero han elegido «afectados por los ERTE», y nosotros no compartimos ese enfoque y creo que ustedes tampoco.
Pero es bueno también porque esta iniciativa, como tantas otras cuando hablamos de una cuestión tan básica como es la fiscalidad, debe exigirnos mucha firmeza a la hora de elegir el marco del pensamiento. Y, desde luego, si estamos hablando de una de las medidas más importantes, en este caso concreto para garantizar el salario de más de doce mil aragoneses y aragonesas —ha llegado en ocasiones a más ochenta mil—, hay que reconocer que esos esfuerzos públicos que le exigen a lo público capacidad para poder llevarlos a cabo también exigen de lo público capacidad para poder garantizar que se puedan llevar a cabo. Es decir, después de este trabalenguas, que para que salga el dinero tiene que entrar y para que entre tiene que haber una cosa que se llama «fiscalidad», y hoy debatimos de fiscalidad.
Y yo quiero debatir desde una perspectiva lo más normal posible, lo más alejada de lo técnico posible, para poder entender de qué estamos hablando y que se está proponiendo. Ya debatíamos el otro día usted y yo al respecto de esto y nos reconocíamos cierta capacidad de análisis a la hora de concretar nuestras posiciones, y hoy no va a ser distinto, creo, espero.
Usted sabe que, al final del ejercicio, la cuenta justa es la que se realiza en función de los ingresos, es decir, que hay unas condiciones que matizan por tramos lo que se tiene que pagar, y en esta declaración de la renta tendremos que pagar o tendremos que cobrar a tenor de lo que hemos cotizado. Es verdad que el que tiene un pagador hasta veintidós mil euros va pagando sus impuestos religiosamente y de forma correcta conforme al reglamento del IRPF todos los meses, y por eso no tiene que hacer la declaración de la renta, porque ya ha cumplido con el fisco, eso es lo que ocurre. ¿Qué pasa cuando hay dos pagadores? Pues que el uno no sabe cuánto paga el otro y, evidentemente, el trabajador tiene que juntar todos sus recursos para decir al Estado si ha cumplido o no ha cumplido con esos criterios constitucionales de progresividad, equidad, etcétera, que determina el reglamento del IRPF.
Y, claro, esa es la cuestión que ustedes están proponiendo: que el dinero ingresado, es decir, los salarios pagados por el SEPE, no coticen, porque, si hay un problema en el porcentaje de aplicación, que pasa también en el mundo de la empresa cuando hay más de un pagador, en el porcentaje de aplicación que les corresponde a los trabajadores, y que el SEPE lo debería de haber hecho, pero no está obligado no está en..., pues ese es un problema. Ese es un problema que hay que atajar como atajamos con el resto de trabajadores que tienen dos pagadores mediante la declaración de la renta, y habrá a quien le salga a pagar y habrá a quien le salga a recibir.
Porque, claro, lo que ustedes proponen no tiene en cuenta la renta recibida, el total de la renta de los trabajadores, eximen una parte importante de esa renta y, por lo tanto, no es una medida justa y proporcional, lo que piden directamente es que los salarios pagados por el SEPE no coticen. Eso es lo que se está pidiendo en esta PNL, señor Saz, sí que es así.
Y, miren, nosotros no podemos apoyar esta iniciativa, y ya sabe que me gusta debatir con usted. Pero, además, le voy a arrojar otro efecto discriminatorio que tendría que ver también no solo con personas que están cobrando por parte de la Administración algún tipo de subsidio, como ya ha adelantado, por ejemplo, mi compañera de Chunta Aragonesista, sino, por ejemplo, con los trabajadores precarios que tienen dos, tres, hasta cuatro pagadores porque trabajan fin de semana y llegan a esos quince mil. ¿Qué pasa con esa gente que cumple religiosamente con sus obligaciones fiscales?
En fin, señor Saz, yo creo que este debate va mucho más allá de la situación concreta que atraviesan determinados trabajadores que están acogidos a un ERTE, ¡y menos mal!, y menos mal porque eso ha evitado precisamente la destrucción del empleo, la destrucción de empresas, y ha permitido el mantenimiento de las rentas de los trabajadores. Otro gallo nos hubiera cantado si
El señor PRESIDENTE: Vaya concluyendo.
El señor diputado SANZ REMÓN [desde el escaño]: ... de la crisis anterior hubiéramos salido de la misma manera. Pero esa gente, esos trabajadores y esas trabajadoras tienen, como todos, las mismas obligaciones fiscales que el resto y, a tenor de su renta, en el cómputo final les saldrá a cobrar o a devolver.
El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Sanz.
Grupo Parlamentario Vox, señora Fernández.
La señora diputada FERNÁNDEZ MARTÍN [desde el escaño]: Gracias, presidente.
Buenas tardes.
Trescientos diecinueve mil contribuyentes afectados por el ERTE se ven obligados a realizar la declaración de la renta 2020 pese a sus bajos ingresos. No tiene lógica ni justicia que un trabajador perceptor de prestación por ERTE acabe abonando más impuestos que aquel que, al cobrar lo mismo, pero de un solo pagador, no tiene la obligación de declarar en esta campaña siempre que no llegue a los veinte y dos mil euros de mínimo.
Sí que queríamos señalar que quizá debería de haber un poco más de información para el perceptor de ERTE o de prestaciones por desempleo porque en el momento en que se pasa a tener más de un pagador siempre hay sorpresas, independientemente de la prestación que se esté percibiendo.
Centrándonos en el tema de los ERTE, el Ministerio de Hacienda dice que en breve recogerá una orden ministerial para recoger la modificación que va a permitir fraccionar en seis entregas el pago de la liquidación de IRPF para aquellos contribuyentes a los que, habiendo estado sometidos al expediente temporal de regulación de empleo, les salga la declaración positiva, y así se podrá abonar en seis meses, entre julio y diciembre, la liquidación sin intereses, con vencimiento los días 20 de cada mes, empezando por el 20 de julio. Y queríamos decir desde Vox que este fraccionamiento de pago nos parece todo un detallazo por parte del Ministerio de Hacienda.
Otro tema que queríamos resaltar es el de los cobros indebidos. La Agencia Tributaria recomienda a los trabajadores afectados por ERTE que hayan recibido cobros indebidos por parte del SEPE que esperen a que el SEPE les reclame antes de presentar la declaración de la renta. Si el SEPE reclamó la devolución en 2020 y esta ya se ha efectuado, la Agencia Tributaria ya cuenta con la información correcta y el contribuyente puede presentar su declaración normalmente, pero, si SEPE no reclamó en 2020, la información que aparece en los datos fiscales de la Agencia Tributaria podría no ser correcta, por lo que, si es así, se recomienda esperar a que se actualice.
Es decir, queremos poner de manifiesto la muy deficiente gestión del SEPE porque nos parece un caos para una persona que ha estado en ERTE, y no solamente en cuanto a ERTE, sino también en cuanto a pagos de prestaciones por desempleo, porque llevamos un año con la pandemia. Y, en cuanto a prestaciones por desempleo, conocemos casos particulares de personas que han estado en ERTE, que antes de finales de 2020 pasaron al desempleo y que hasta ahora han recibido cero ingresos por prestaciones por desempleo.
Votaremos a favor de su iniciativa.
Gracias.
El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Fernández.
Grupo parlamentario Popular, señora Susín.
La señora diputada SUSÍN GABARRE [desde el escaño]: Gracias, presidente.
Señor Saz, respecto al contenido de la proposición no de ley —seré breve—, la vamos a apoyar. Otra cosa será que, visto el plan que ha llegado a Bruselas, alguien en Madrid tenga la más mínima intención de hacer nada con lo que hoy pueda salir aquí adelante, si es que sale.
Pero no me resisto a dos cuestiones. Señora Prades y señora Martínez también, ustedes alardean mucho de los ERTE, ¿verdad?, benditos ERTE que permitieron asumir la situación que se produjo a partir de marzo. Mire, pero es que los ERTE se los querían cargar ustedes con la derogación de la reforma laboral del Partido Popular [aplausos], así que igual tienen que darle las gracias a la reforma laboral.
Y, miren, podremos instar al Gobierno de España, pero yo no me resisto a recordarles, señorías, que hoy miles de familias aragonesas en un ERTE, cuya miembros de la familia o alguno de ellos está en un ERTE, están pagando más, más, que otros españoles en otras comunidades autónomas en su misma situación. Y eso sí estaba en nuestras manos y eso todos ustedes se negaron a tramitarlo. Porque sí que es cierto que la obligación de pagar viene en cuanto tienes dos pagadores, también es cierto, señora Martínez en el caso del desempleo o en el caso de las jubilaciones, pero también es cierto que en las comunidades autónomas cuyo tipo sobre el IRPF autonómico es superior al español, al nacional, están pagando los trabajadores bastante más de lo que está pagando un trabajador de Andalucía o de Madrid ahora mismo.
Así que, señorías, eso sí estaba en nuestras manos y no me valen sus discursos demagógicos cuando no hicieron absolutamente nada con eso. Ustedes sabían que miles de aragoneses se iban a tener que enfrentar a esa situación y no hicieron absolutamente nada cuando aprobamos los presupuestos de la comunidad autónoma; por cierto, señor Sanz, tampoco me resisto a recordarle que con el apoyo de su partido.
Gracias. [Aplausos].
El señor PRESIDENTE: Gracias, Señora Susín.
Señor Saz, su turno para fijar la posición con respecto a la enmienda.
El señor diputado SAZ CASADO [desde el escaño]: Hay tres tipos de enmiendas: las enmiendas que mejoran, las enmiendas que empeoran y luego están las enmiendicas. [Risas]. Esta es de la tercera porque, en realidad, aporta poco.
Lo que sí le pediría es si podemos llegar un acuerdo en el cambio de una palabra, «en coherencia con», como ponen en su texto, y a ver si llegamos a un acuerdo y ponemos otra palabra, y le pasaremos a la Mesa el texto si le parece.
Por lo demás, no hay problema.
El señor PRESIDENTE: ¿Entiendo que están de acuerdo? Perfecto.
Sí, nos tendrían que decir qué palabra exactamente.
El señor diputado SAZ CASADO [desde el escaño]: Sería, en «en coherencia», encontrar una palabra que sustituya a esa.
El señor PRESIDENTE: Perfecto.
Esperamos que antes de la votación, para tenerla en la mesa.
Se suspende la sesión [a las catorce horas y treinta y cinco minutos] hasta las tres y veinticinco, cincuenta minutos.
Gracias.