Diario de Sesiones de las Cortes de Aragón


Proyectos de Ley

Tramitación en lectura única del Proyecto de ley de reforma de la Ley 17/2001, sobre la Plataforma Logística de Zaragoza.

Diario de Sesiones de las Cortes de Aragón n°: 087 de Plenos (V Legislatura)
Intervinienen: Velasco Rodriguez, Javier - Guedea Martin, Manuel - Fuster Santaliestra, Bizen - Martinez Sanchez, Inocencio - Becana Sanahuja, Jose Maria - Lacasa Vidal, Jesus

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora diputada.

Pues, hemos terminado este punto y vamos a abordar el punto número seis, que es la tramitación, en lectura única especial, del proyecto de ley de reforma de la Ley 17/2001, sobre la Plataforma Logística de Zaragoza.

Para presentar el proyecto de ley, en nombre del Gobierno de Aragón, el señor Consejero de Obras Públicas tomará la palabra.

Proyecto de ley de reforma de la Ley 17/2001, sobre la Plataforma Logística de Zaragoza.

El señor consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes (VELASCO RODRÍGUEZ): Gracias, señor presidente.

Señoras y señores diputados.

La presentación ante el Pleno de las Cortes de Aragón de esta modificación de la Ley 17/2001, de 29 de octubre, sobre la Plataforma Logística de Zaragoza, aprobada por unanimidad en esta cámara, es fruto de la propia secuencia de los acontecimientos.

Saben ustedes, saben sus señorías que Plaza avanza en las obras de urbanización de la primera fase de forma simultánea a la ubicación de las primeras empresas que van a operar en el complejo. Los trabajos progresan según la programación y el excelente ritmo de venta de las parcelas en la primera fase nos ha llevado a adelantar la licitación de la segunda para que Plaza pueda estar siempre en condiciones de responder a cualquier demanda de nuevas ubicaciones.

Quiero informar a sus señorías que en estos momentos los técnicos de Plaza ya están estudiando las ofertas presentadas por las empresas para adjudicar la segunda fase de urbanización.

Mientras, y en un plano ya de plena implantación logística, la nave de Inditex está prácticamente ultimada; la misma empresa ha iniciado la destinada al planchado de prendas, y la de Imaginarium se encuentra también en un avanzado estado de construcción.

Es cierto que la legislación urbanística con la que se dotó en su momento la Comunidad Autónoma de Aragón contempla con carácter general la figura de las entidades de conservación.

De lo que se trata, en definitiva, con esta modificación de la ley de la Plataforma Logística es de dotar de un régimen específico propio a una actuación compleja en su conjunto desde el propio inicio de su tramitación, como el caso de este recinto logístico de mil cien hectáreas, el mayor en dimensiones del continente europeo. Se trata, efectivamente, de dotarnos de una herramienta para que la Plataforma Logística tenga un funcionamiento garantizado en un futuro muy inmediato dada la progresión de los propios trabajos de urbanización.

Para ello, someto a su consideración una nueva redacción del artículo 8 de la Ley de la Plataforma Logística, que no tiene otro objeto que recoger un régimen jurídico de conservación de las obras de urbanización y de las importantes dotaciones, instalaciones y redes de todo tipo que atienden una serie de servicios públicos perfectamente numerados en el proyecto supramunicipal aprobado en su momento.

Como les he comentado, la figura de las entidades de conservación, como una variedad o elemento más entre las entidades urbanísticas colaboradoras, se encuentra recogida en la propia Ley Urbanística de Aragón. Pero pensamos que lo está de una forma restrictiva o no totalmente adaptada a lo que representan los proyectos supramunicipales como Plaza.

Pudimos haber optado -jurídicamente, es defendible- por la obligación sin más de la conservación de las obras de urbanización por parte de los propietarios o empresas instaladas, pero creemos que los proyectos supramunicipales transcienden a los de un planteamiento de desarrollo habitual, el actual marco, en el que sí se contemplan las entidades de conservación.

Es el deseo de lograr la máxima seguridad jurídica en una actuación absolutamente transcendental para la comunidad autónoma la que nos lleva a promover esta puntualización legislativa.

El nuevo precepto incorporado a la Ley de la Plataforma Logística hace referencia a la obligación de conservar y mantener las obras de urbanización, las dotaciones, instalaciones y redes de todos los servicios públicos previstos en el proyecto supramunicipal a todos los propietarios actuales y futuros, así como el deber de integrarse en la correspondiente entidad de conservación.

Establecida la obligación de participar en esta conservación, la figura de la entidad de conservación no sufre variación alguna con respecto al desarrollo, funciones y características que tiene en la Ley Urbanística. Sus estatutos serán elaborados y aprobados por la Administración, con participación de los propietarios. Pero esta modificación también identifica con nitidez a la propia Administración, que debe ejercer sus potestades en relación con la propia entidad de conservación y que, en tanto no se lleve a cabo la transferencia de la propia urbanización, será la propia Administración autónoma.

Hay una última cuestión importante: la Administración autónoma o la propia sociedad de la Plataforma Logística necesita de las máximas garantías para que la administración que, finalmente, reciba la urbanización pudiera satisfacer unos posibles desembolsos como consecuencia de supuestos defectos o desperfectos en las obras.

Estos son los argumentos que puedo presentarles, señoras y señores diputados, para que los grupos políticos de esta cámara apoyen esta reforma de la Ley de la Plataforma Logística, que, en definitiva, supone una garantía decisiva para su culminación.

Se trata además de una modificación simple, en el sentido de que una figura sobradamente conocida, habitual y fácilmente identificable en los desarrollos urbanísticos, sea específicamente considerada en los desarrollos que cuentan con la declaración de los proyectos supramunicipales.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor consejero.

Señorías, hay dos enmiendas del Grupo Parlamentario Popular sobre las que, además del proyecto de ley, los grupos tendrán que posicionarse. Parece más lógico que sea, en primer lugar, el Grupo Parlamentario Popular el que tome la palabra, para que sea en un único turno y el resto de los grupos pueda hacerlo con posterioridad.

Si les parece, en nombre del Grupo Popular, el señor Guedea tomará la palabra.

El señor diputado GUEDEA MARTÍN: Señor presidente.

Señoras y señores diputados.

Intervengo para fijar la posición sobre nuestras enmiendas, para explicar estas enmiendas, la valoración general de este proyecto de ley que en esta tramitación especial ha presentado el Gobierno.

Quiero precisar, para que se entienda bien el sentido de nuestra enmiendas, una serie de cuestiones previas importantes sobre este proyecto de ley de reforma de la Ley reguladora del régimen jurídico de la Plataforma Logística de Zaragoza.

En primer lugar, desde el reconocimiento expreso de la importancia y el buen desarrollo hasta este momento del proyecto supramunicipal de Plaza; en segundo lugar, conscientes de la importancia que este proyecto tiene para Zaragoza, para su entorno metropolitano y para toda la Comunidad Autónoma de Aragón, entendemos adecuada la utilización de este trámite, esta tramitación especial del procedimiento de lectura única y, por lo tanto, fuimos consecuentes en la Junta de Portavoces, apoyando la misma, si bien entendíamos que debido a las peculiares características del régimen jurídico con el que se quiere dotar a este proyecto supramunicipal y desde el punto de vista urbanístico, era necesario poder garantizar que los grupos pudiésemos hacer enmiendas, presentar enmiendas a dicho proyecto, para lo cual hemos presentado dos ¿no?

Hay que tener en cuenta también que esta ley tiene su origen en la Ley 17/2001, de 19 de octubre, de Plaza, en la cual, como todos sabemos, hubo un consenso casi absoluto en la aprobación de la misma. En algunos preceptos, el Partido Popular se abstuvo o votó en contra a cuestiones muy concretas relacionadas con la expropiación forzosa, y esperemos que ese consenso que se ha mantenido en esta cámara entre todos los grupos parlamentarios sobre este proyecto supramunicipal pueda mantenerse en el día de hoy.

El proyecto de ley presentado -ya lo ha explicado el consejero- son dos cuestiones que atienden exclusivamente al ámbito urbanístico: uno es obligar a los propietarios de las parcelas adquiridas a la sociedad Plaza la constitución de una entidad urbanística de conservación, y la segunda es excepcionar la aplicación del artículo 16.2 de la Ley Urbanística de Aragón en el entorno, en el proyecto supramunicipal de Plaza.

Aquí, efectivamente, entendemos la necesidad de la regulación de esta entidad urbanística de conservación, porque tanto si atendemos al artículo 8 de la Ley Urbanística de Aragón donde se contemplan las entidades urbanísticas colaboradoras en su conjunto, como al desarrollo que dicho precepto ha tenido en el decreto que desarrolla en estos momentos parcialmente la Ley Urbanística de Aragón, encontraríamos serios problemas para imponer, si no fuese con una norma de rango de ley, la obligación de participar en esta entidad urbanística de conservación a los propietarios de las parcelas.

Cuestión que nos parece interesante que se constituya esa entidad urbanística de conservación y que, al mismo tiempo, va al hilo de actuaciones urbanísticas que se están realizando de este tipo fue en España y en otros países de la Unión Europea, potenciando, en este sentido, la obligación que tienen los particulares de colaborar en esas obras de conservación.

De ahí que nuestras enmiendas sean dos cuestiones específicas, ya digo, manteniendo la filosofía general del proyecto. En el que va a ser el futuro artículo 8 de la Ley de Plaza, entendemos que en el trámite de aprobación de esos estatutos de la futura entidad urbanística de conservación hay que dar un tratamiento singularizado al Ayuntamiento de Zaragoza, dado que el Ayuntamiento de Zaragoza es el municipio donde se ubica íntegramente la Plataforma Logística de Zaragoza y, por lo tanto, debe tener una participación singular en la elaboración de esos estatutos, cuya aprobación definitiva, en virtud de este precepto de la ley, corresponde al Gobierno de Aragón, frente al régimen general de la legislación urbanística aragonesa, la ley y el reglamente actualmente vigente, que atribuye esa competencia a los ayuntamientos.

Entendemos que, al margen -está correctamente establecido en la ley- de un procedimiento de información pública y audiencia a los interesados, el Ayuntamiento de Zaragoza debe ser, como si fuese cualquier otro ayuntamiento afectado por un proyecto supramunicipal, al que se le solicite un informe, un informe que decimos preceptivo (por supuesto, no tiene que ser vinculante), y que estaríamos dispuestos a transaccionar si hubiese alguna necesidad de un plazo específico, en el cual pueda formular su postura ante una actuación urbanística de importancia, por supuesto, supramunicipal, pero que se realiza en su término municipal.

Esa es nuestra idea, es elevar a rango de ley una cuestión que entendemos que podría, con la redacción actual, establecerse, pero creemos que debe constar expresamente esa singularidad de la participación del Ayuntamiento de Zaragoza en la elaboración de los estatutos.

Y, en segundo lugar, también porque estamos en la disposición adicional que se incorpora al proyecto, estamos excepcionando lo que es un régimen general establecido en el artículo 16.2 de la LUA, aprobado por unanimidad en estas Cortes, en el sentido de vincular las obras de urbanización con las obras de edificación y no permitiendo en aquellas, en el suelo urbano, mientras que no tenga la condición de solar, realizar obras de edificación si no están terminadas o garantizadas las obras de urbanización, entendemos que sustituir las garantías abiertas que establece..., exigidas, pero abiertas que establece el artículo 16 de la LUA convertirlas en una garantía legal expresa que la Administración de la comunidad autónoma asumirá la completa y correcta ejecución de las obras de esta Plataforma Logística hasta su terminación, y que posteriormente, evidentemente, por aplicación de la legislación urbanística general, previsiblemente, serán cedidas al Ayuntamiento de Zaragoza, en este caso, Zaragoza, porque es el término municipal el que desarrolla.

Por ahí va la defensa de nuestras dos enmiendas, y ya digo que no estamos ni mucho menos en contra de la filosofía del proyecto, ¡cómo íbamos a estar en contra!, si fue una idea que se gestó originariamente en la legislatura anterior y con un Gobierno del Partido Popular, pero, al mismo tiempo, nos parece adecuada esta reforma del régimen jurídico urbanístico de la Plataforma Logística de Zaragoza, pero entendemos que hay que atender a estas dos peculiaridades, siguiendo, por un lado, el consenso alcanzado hasta ahora en el régimen jurídico de Plaza, y también teniendo en cuenta que la Ley Urbanística de Aragón también fue un texto -creo- bastante elaborado, al mismo tiempo que contó con una opinión casi unánime de los partidos políticos aquí presentes.

Cualquier modificación que hagamos singularizada en una actuación en nuestra comunidad autónoma debe presidir el mismo grado de consenso que se hizo cuando conseguimos aprobar la Ley Urbanística de Aragón, y siendo muy cautelosos en todas las excepciones al régimen general urbanístico que imponemos en nuestra comunidad autónoma por razones evidentes de los intereses que sabemos que rodean al urbanismo, intereses legítimos privados, pero también entendiendo la prevalencia de un interés público que corporaciones locales, principalmente ayuntamientos y comunidad autónoma, como titular de esa competencia exclusiva en materia de urbanismo y ordenación del territorio, deben tener en cuenta cuando atienden cualquier tipo de actuaciones en esta materia.

Nada más, señor presidente.

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor diputado.

Ahora es el turno de los grupos parlamentarios para que fijen su posición con respecto al proyecto o con respecto a las enmiendas.

En primer lugar, Chunta Aragonesista. El señor Fuster tiene la palabra.

El señor diputado FUSTER SANTALIESTRA: Gracias, señor presidente.

Señorías.

Este proyecto de la Plataforma Logística, como sin duda recordarán, es un proyecto que nació con consenso en la pasada legislatura, en la aprobación de la Ley de Directrices Generales de Ordenación del Territorio, que ha seguido con consenso durante esta legislatura, con su propia puesta en marcha y con la aprobación de esa Ley 17/2001, de 29 de octubre, y es nuestra voluntad, al menos -creo que la de todos los grupos de la cámara-, que siga manteniendo el consenso no solo la próxima legislatura, sino las sucesivas y todas aquellas que hayan de ser necesarias para su puesta en funcionamiento, para completar los objetivos que están planteados.

En consecuencia, con esa perspectiva de mantener el consenso, de mantener el acuerdo y, si es posible, la unanimidad en todo lo que concierne a este proyecto, nos planteamos esta reforma, que nos plantea a su vez el Gobierno, y hay que ver ya la generosidad del propio texto que en el preámbulo ya hecha un piropo a estas Cortes, diciendo lo fundamental que ha resultado el papel jugado por esta cámara, que apoyó unánimemente, mostrando un firme y unánime compromiso político con el proyecto.

Y dice a continuación: «Se trata ahora de renovar este compromiso político con el proyecto». Bueno, pues, en realidad de eso no se trata ahora: ahora no se trata de renovar el compromiso político, que ya está renovado reiteradamente lo que ha hecho falta, sino que en realidad se trata de corregir un error, de corregir una omisión, porque evidentemente esta circunstancia debería haber estado incluida ya en el proyecto que aprobamos el año 2001 y, evidentemente, no tendríamos que estar haciéndolo ahora.

Lo que ocurre -es bueno considerarlo, y lo digo no por este proyecto, sino por otros que había y que se han quedado por el camino- es que las declaraciones de proyectos supramunicipales que algunos plantean muy alegremente, evidentemente, tienen efectos positivos, tienen pros, pero también tienen contras (cambia el régimen, cambia la situación, cambian la forma de gestionar urbanísticamente las cosas...) y, al final, requiere que vayamos haciendo apaños o correcciones, como lo es en este caso la cuestión de la conservación de las zonas de la urbanización.

En cualquier caso, aunque pudiera corresponder la obligación de conservación, tal y como está actualmente la legislación, sin introducir esta modificación a los propietarios, es cierto que parece conveniente que haya una apuesta por lograr la máxima seguridad jurídica, porque esta obligatoriedad pudiera entenderse ahora sobrevenida al ser aprobada en esta modificación y, sin embargo, ya hay propietarios o concesionarios de las parcelas que, evidentemente, las aceptaron en unas condiciones determinadas y pudieran alegar que en su momento no estaba esta obligatoriedad de la conservación, incluida en las adjudicaciones que recibieron. En todo caso, siempre sería susceptible de plantear en los tribunales por parte de los propios interesados, que no creo que sea o no deba ser el caso, habida cuenta el talante con el que se han llevado a cabo estas negociaciones, el nivel de acuerdo con el que se han ido adjudicando, no parece que debiera ser.

Por tanto, parece razonable que se pueda hacer esta modificación. Nosotros estamos por el consenso, por la unanimidad, en que siga manteniéndose en este proyecto, en todo lo concerniente a él. De hecho, lo sustancial de esta modificación es del artículo 8.1, en la que lo esencial es la conservación de la urbanización, a la que ni siquiera tampoco en estas dos enmiendas que ha planteado el Partido Popular se cuestionan. Eso es, por tanto, lo esencial, y es evidente que en lo esencial estamos todos de acuerdo.

Empiezo por decir que también estamos de acuerdo, que no hay ningún obstáculo por nuestra parte a que se pueda incorporar esa puntualización del Partido Popular de que se incorpore un informe preceptivo, evidentemente, no vinculante por tanto del Ayuntamiento de Zaragoza, para que se le trate con cierta diferencia respecto a las alegaciones particulares que se puedan hacer, y que está previsto ya en el procedimiento, y no parece que sea ningún obstáculo el que pueda hacerse, y también, por tanto, nuestra conformidad al respecto.

Ahora bien, dicho todo esto, hemos de decir, sobre todo pensando en el futuro, que quizá se hubiera tenido que alcanzar, buscar y alcanzar un acuerdo del Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Zaragoza respecto a las cesiones, respecto a ese 10% de cesión, que por tratarse del proyecto supramunicipal, queda en manos de la comunidad autónoma, lo cual a nosotros nos parece, a priori, nos parece correcto, pero no parece correcto la consecuencia indirecta que se deriva de esta falta de acuerdo. Hay que recordar que este acuerdo está recurrido y que, por tanto, finalmente tendrán que ser los tribunales quienes resuelvan cuál es el resultado final de esa cesión, si corresponde al Gobierno de Aragón, si corresponde al Ayuntamiento, a todos, a ambos o a ninguno.

Pero por el hecho de no haber ese acuerdo, seguramente se ha impedido hacer otro que parece más razonable, que hubiera sido un acuerdo sobre la conservación, un convenio o un acuerdo respecto a estas funciones de conservación a las que ahora hemos llegado a través de esta modificación, porque no hemos de olvidar que, al fin y al cabo, el Ayuntamiento de Zaragoza es el que tiene los servicios de viabilidad, los servicios de infraestructuras viarias, los servicios de recogidas de basuras, de limpieza, etcétera, y, por tanto, quien con más facilidad pudiera llevar a cabo las tareas de conservación y de mantenimiento de la propia urbanización.

Estamos hablando no de una urbanización perdida allá en el monte, sino de una cuestión que afecta a todas las infraestructuras de la ciudad, estamos hablando de una instalación que va generar una entidad gestora de la conservación donde va a tener que participar el Gobierno autónomo, donde van a estar también los propietarios, en la que al final, después, para lo que es la propia evacuación, va a tener que haber acuerdos -los hay- con el proyecto del polígono industrial de La Muela, los tendrá que haber, si prospera finalmente, con el proyecto de Arcosur, etcétera.

Todo, por tanto, un tema de gestión final que tiene la suficiente importancia como para que en el caso de la conservación también se hubiera intentado alcanzar ese acuerdo, que creo que todavía se está tiempo, ahora, en el futuro, en los próximos meses todavía se está a tiempo, se podría perfectamente negociar por parte del Gobierno de Aragón con el Ayuntamiento de Zaragoza algún porcentaje de esa cesión, o algún tipo de acuerdo que permitiera asumir al Ayuntamiento de Zaragoza esa conservación, porque parece lo razonable que los viales públicos, los servicios públicos, el mantenimiento de los servicios públicos esté en manos de Administración pública y no en manos de los propios particulares.

Digo que esto va mucho más allá de una urbanización como pueda ser el Zorongo, que es uno de los casos en los que también se da esta circunstancia. Y sobre todo teniendo en cuenta que hablamos de un proyecto de consenso, que lo ha sido también no solo en esta cámara, sino también de carácter institucional, es un tema que se..., esta reflexión viene a cuento y a colación de lo que estamos aquí resolviendo, que está bien y lo resolvemos y creo que lo vamos a apoyar todos por unanimidad, pero no descartemos la posibilidad de alcanzar acuerdos más adelante, en el futuro, para intentar dar respuesta a lo que debería ser lo normal, que es que las tareas de conservación corran por cuenta de la Administración local, del Ayuntamiento de Zaragoza, que es la que tiene los medios y la que, a priori, parece lo más razonable del mundo, con independencia de esa cesión que está pendiente de resolverse.

Digo esto porque ocurre exactamente lo mismo con el caso del polígono de tratamientos de residuos López Soriano, presentado precisamente esta misma semana, donde también, nuevamente, se va a producir la reclamación, el recurso por parte del Ayuntamiento para intentar recoger ese porcentaje del 10% de cesión, que, a priori, correspondería si no se tratara de un proyecto supramunicipal.

Nada más, y gracias.

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor diputado.

Por el Grupo del Partido Aragonés, don Inocencio Martínez tiene la palabra.

El señor diputado MARTÍNEZ SÁNCHEZ [desde el escaño]: Muchas gracias, señor presidente.

El Partido Aragonés en su día votó a favor de la Ley de Plataforma Logística de Zaragoza por entender que es un proyecto urbanístico, un proyecto interesantísimo para el desarrollo de Zaragoza y el desarrollo de todo Aragón.

Nos parece, además, absolutamente lógico que los propietarios de las urbanizaciones sean, a la postre, los que conserven la propia urbanización, nos parece de una lógica absoluta.

Es cierto que las entidades colaboradoras urbanísticas están reguladas en la Ley Urbanística de Aragón de una forma muy restrictiva, y también es cierto que con el proyecto supramunicipal de Plaza se podría sostener perfectamente la viabilidad jurídica de imposición de la obligación de conservación a los propietarios, pero como nosotros votamos a favor, primero; segundo, la reforma que se plantea entendemos que es una reforma que lo único que persigue es lograr la máxima seguridad jurídica en lo que se refiere a estas entidades colaboradoras de urbanización, no podemos hacer otra cosa más que votar a favor de esta reforma.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor diputado.

Por el Grupo Socialista, señor Becana.

El señor diputado BECANA SANAHUJA: Gracias, señor presidente.

Señorías.

Efectivamente -se ha dicho en esta tribuna-, hubo una vez un Gobierno en 1995 y hasta 1999 que tuvo una idea y que esa idea, en el año 2001, era todavía una enorme pradera de más de mil y pico hectáreas.

En el año 2001, en octubre del año 2001, estas Cortes debatieron, debatimos en estas Cortes un proyecto de ley que supuso un impulso decisivo a lo que para nuestra comunidad ha sido una puesta en valor de su situación geográfica, de lo que venimos a llamar su renta de situación geográfica.

Pero quiero recordar que fue en octubre del año 2001 y que en aquel momento, en aquel momento, las más de mil cien hectáreas que hoy están, que hoy abarca el proyecto Plaza, en aquel momento todavía no estaban a disposición de la empresa pública de la Plataforma Logística.

Desde octubre de 2001, momento en el que ni siquiera estaba en disposición del terreno la empresa, hasta marzo de 2003, que es cuando estamos debatiendo esta propuesta de modificación de la ley, han pasado menos de quince meses, y en estos quince meses se han adquirido las mil cien hectáreas, se ha urbanizado..., está acabándose de urbanizar el 50% de este terreno, más del 80% de las parcelas están adquiridas y más de ciento sesenta mil metros están en edificación, se están construyendo naves en más de ciento sesenta mil metros cuadrados. Todo esto -repito, señorías-, en el plazo de un año y pocos meses.

La inusual dimensión y complejidad de un proyecto supramunicipal como es el de la Plataforma Logística de Zaragoza, proyecto único en la historia de Aragón, hacen necesaria la modificación de dicha ley, de la Ley 17/2001, y especialmente la hace necesaria el inusual ritmo de ejecución con el que ha estado trabajando la empresa pública Plataforma Logística de Zaragoza durante este año y pocos meses.

Y eso hace que hoy tengamos que asumir la tarea legislativa no de corregir errores, sino de garantizar un régimen específico adaptado a las peculiaridades y a la dimensión de este proyecto en concreto, que, repito, es único, digo un régimen específico para la conservación de las obras de urbanización, las dotaciones e instalaciones y las redes de servicios públicos que están previstos en ese proyecto. Establecer un régimen específico de conservación, dotado -insisto, señorías- de la máxima seguridad jurídica, identificando con precisión la Administración que debe ejercer las potestades públicas en relación con la actuación de la entidad de conservación.

No voy a describir el proyecto, porque ya lo ha hecho el Gobierno y lo han hecho los grupos parlamentarios, y en aras a la brevedad, voy a manifestar del Grupo Parlamentario Socialista en relación a las dos enmiendas que ha presentado el Partido Popular

La primera enmienda, la que introduce la necesidad de un informe preceptivo por parte del Ayuntamiento de Zaragoza, para nuestro grupo es innecesaria, innecesaria en el sentido de que, por un lado, el propio texto establece un procedimiento de audiencia pública a los interesados de información pública y audiencia a los interesados, y, por otro lado, aunque la delimitación territorial del proyecto de Plataforma Logística coincida en el término municipal de Zaragoza, bien es cierto, señorías, que los intereses que hay detrás de este proyecto trascienden a lo meramente municipal, haciendo de este proyecto un proyecto de envergadura no solamente supramunicipal, sino autonómica.

No obstante, yo creo que uno de los méritos, que alguien no sé si ha querido poner encima de la tribuna o sobre la tribuna con cierta sonda, uno de los méritos que tiene el proyecto de Plataforma Logística es el acuerdo unánime con el que todas las fuerzas políticas lo hemos impulsado, y aras a mantener esta unanimidad, este acuerdo en torno a un proyecto, que yo creo que, al margen del beneficio que los grupos parlamentarios podamos obtener, beneficia singular y especialmente al conjunto de los ciudadanos aragoneses y a nuestro futuro como comunidad, en aras a esto, vamos a aceptar la enmienda que propone el Partido Popular.

No lo vamos a hacer con su segunda enmienda, porque para nosotros, de alguna manera, lo que trasluce esa enmienda es una especie de desconfianza entre instituciones, ¿no?, al pedirle a una Administración pública que establezca una serie de garantías que por el hecho de ser Administración pública debería tener eximidas. No tiene, además, ningún sentido sobrecargar de gastos financieros la ejecución de la plataforma cuando no es preciso hacerlo, y no tiene ningún sentido hacerlo en este momento cuando ya está urbanizado el 50%, se ha urbanizado bien, se ha urbanizado correctamente, y cuando el propio Ayuntamiento de Zaragoza es partícipe de la empresa pública de la Plataforma Logística.

El impulso del Gobierno de Aragón, del Ayuntamiento de Zaragoza, de la iniciativa privada y el respaldo unánime de estas Cortes han permitido poner en marcha en un plazo de tiempo increíble un proyecto logístico ambicioso que pone en valor nuestra renta de situación y abre enormes perspectivas de futuro para nuestra tierra.

Por eso, en nombre del Grupo Parlamentario Socialista, señorías, y de acuerdo con la dinámica de aceptar iniciativas de otros grupos que puedan aportar algo, les pido el apoyo unánime a este proyecto de ley, asumiendo la enmienda número 1, señor presidente, del Grupo Parlamentario Popular.

Gracias.

El señor PRESIDENTE: Muy bien, muchas gracias.

Pues, terminado el debate, someteremos a votación en primer lugar las enmiendas, y lo haremos por separado.

Ocupen sus escaños, señorías. [Pausa.]

Bien, señorías, vamos a comenzar la votación. En primer lugar, votaremos la enmienda número 1, del Grupo Parlamentario Popular. ¿Votos a favor de la misma? Gracias. ¿Votos en contra? ¿Abstenciones? Esta enmienda se aprueba por unanimidad.

Votamos la enmienda número 2, del Grupo Popular. ¿Votos a favor? ¿Votos en contra? ¿Abstenciones? [Pausa.]

Señorías, vamos a repetir la votación de la enmienda número 2. ¿A favor? El Grupo Popular. Gracias. ¿En contra? ¿Abstenciones? Gracias, señorías. Ha obtenido veintisiete votos a favor, treinta y dos en contra y tres abstenciones. Por lo tanto, decae la enmienda número 2.

Y ahora, someteremos a votación el conjunto del proyecto, con la incorporación de la enmienda que ha sido aprobada, que ha sido la número 1, del Grupo Popular. Votación de conjunto. ¿Votos a favor? Gracias. ¿Votos en contra? ¿Abstenciones? Esto se aprueba por unanimidad.

Abrimos un turno de explicación de voto.

Señor Lacasa, de Izquierda Unida.

El señor diputado LACASA VIDAL [desde el escaño]: Sí, muchas gracias, señor presidente.

Simplemente, para explicar que nuestro grupo, que es plenamente favorable al desarrollo del proyecto supramunicipal de la Plataforma Logística de Zaragoza, también lo es de mejorar ese proyecto con el proyecto de ley, valga la redundancia, que hoy hemos sometido a estudio, y que, efectivamente, era un lapsus, sin duda, la no contemplación de la figura de la entidad urbanística de conservación, y que yo creo que mejoramos y redondeamos una necesidad para la gestión razonable de ese entorno, en el que tantas esperanzas tenemos depositadas y que creo que debemos seguir apoyando unánimemente.

Ha podido recogerse también, afortunadamente, alguna parte de la aspiración del Grupo Popular, y yo creo que sobre todo hemos de poner en común aquí lo que nos une en este proyecto, porque creo que es algo definitivamente importante para nuestra comunidad autónoma, y por eso nuestro grupo desde luego ha votado decididamente a favor tanto de esta entidad urbanística de conservación como del elemento más secundario sobre el tema de los avales, de las garantías, que creo que también era un elemento lógico.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor diputado.

¿Alguna otra petición de palabra? ¿No?

Pues, entonces, vamos a suspender [a las catorce horas y treinta y cinco minutos], y volveremos a reanudar a las cuatro en punto de la tarde.

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