Diario de Sesiones de las Cortes de Aragón


Debate y votación del Dictamen de la Comisión de Reglamento e Incompatibilidades sobre el Reglamento de las Cortes de Aragón

Diario de Sesiones de las Cortes de Aragón n°: 010 de Plenos (I Legislatura)
Intervinienen:

El señor PRESIDENTE: Se reanuda la Sesión con el segundo punto del Orden del Día. El debate y votación del dictámen de la Comisión de Reglamento e Incompatibilidades, sobre el Reglamento de las Cortes de Aragón. Para la presentación del dictámen tiene la palabra el Diputado don Luis García Nieto.

El señor DIPUTADO (GARCIA-NIETO ALONSO): Señor Presidente, señores y señores Diputados. Dentro de unos meses se va a cumplir el plazo de las elecciones autonómicas y la configuración de esta Cámara. También dentro de unos meses se va a cumplir un año de funcionamiento de la Cámara, donde el Reglamento interno que nos hemos dado desde esa fecha ha sido el Reglamento del Congreso de los Diputados. Hoy esta Cámara está a punto de aprobar, lo veremos al final del punto del Orden del Día, un Reglamento que nos hemos dado todos nosotros, todos los Grupos Parlamentarios. Yo quisiera muy brevemente y en nombre de la Ponencia, de todos los ponentes, decirles a todos ustedes cómo hemos trabajado y explicarles lo que hoy tenemos como resultado de todos esos trabajos.

Inicialmente, me parece oportuno comentarles a todos ustedes que las primeras reuniones de ponencia y por acuerdo de los cuatro ponentes, decidimos que cada uno de los grupos parlamentarios redactara una parte del Reglamente, un 25% del Reglamento. Una vez que los distintos grupos parlamentarios aportaron a la ponencia el trabajo, tuvimos varios objetivos, objetivos que muy brevemente voy a resumir a todos ustedes.

El primer objetivo era trabajar rápido en ponencia y llegar, a ser posible, a un texto asumido por todos. Les puedo decir Señorías que ese primer objetivo se cumplió y tengo que decirles que el primer Proyecto de Reglamento fue aprobado por unanimidad en la Ponencia, lo cual, me parece importante.

El segundo objetivo era que el texto resultante no fuese un pastiche de los distintos reglamentos de las diecisiete comunidades autónomas y el Reglamento del Congreso de los Diputados. Nos parecía oportuno que el Reglamento de las Cortes de Aragón acogiese en sus distintos artículos las cuestiones particulares que están presentes, no solamente en el Estatuto de Autonomía sino en nuestra propia idiosincrasia. Sí que es cierto que nos hemos soportado como elementos de trabajo en los distintos reglamentos y en el Reglamento del Congreso de los Diputados.

El tercer objetivo, y posiblemente el más importante y el compromiso político mayor de los cuatro ponentes y, trato de entender de los grupos parlamentarios, de los cuatro grupos parlamentarios presentes en la Cámara, era elaborar un Reglamento que no contemplase única y exclusivamente la situación de la actual configuración de la Cámara, que fuese un Reglamento, no solamente para estas Cortes, de estos cuatro años, sino que pudiese servir para años posteriores. Tengo que decir aquí, y lo tengo que decir convencido, que los reglamentos se hacen para modificarlos. Esto no quiere decir que este Reglamento que hoy estamos a punto de aprobar, de debatir, y yo espero que de aprobar, tenga que tener un carácter indefinido, lo que hoy es bueno, lo que hoy es justo, lo que hoy es ágil, mañana, pasado o al otro, en el tiempo, puede ser todo lo contrario o no puede ser lo suficientemente ágil. Pero creo que ha sido uno de los esfuerzos mayores, uno de los esfuerzos más importantes el no contemplar la situación de la configuración actual de la Cámara y creo que ese esfuerzo se ha recogido en el texto que salió de la Ponencia, que posteriormente fue a Comisión.

Sí que es lógico y, además oportuno, que existan discrepancias, algunas de matiz, como luego veremos en los distintos votos particulares y en las distintas enmiendas.

Yo desde aquí y en nombre de la Ponencia, tras el debate y votación de los distintos votos particulares y enmiendas sí que hago una invitación y un ruego a todos los Grupos Parlamentarios que al final, cuando lleguemos a limar esas pequeñas discrepancias, todos los grupos parlamentarios voten a favor del Reglamento. Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Antes de comenzar con el debate y votación, advertir a los señores Diputados que uno de los Diputados enmendantes, el Diputado don Antonio de las Casas ha presentado un escrito a la Mesa de las Cortes, por el que se renuncia a la defensa de diversas enmiendas, en concreto se renuncia a la defensa, se retiran mejor dicho, las enmiendas números quince, veinticinco, veinteséis, treinta y dos, treinta y cinco, treinta y ocho, ciento diez, ciento trece, ciento catorce, ciento veintiuno, ciento veintidós y ciento veintitrés; y la Mesa ha decidido aceptar esta retirada de las enmiendas.

El procedimiento de votación va a ser el siguiente. Votaremos por artículos separados hasta tanto no haya que defender alguna enmienda y se votará desde el pupitre con el brazo levantado.

Comenzamos entonces... Sí?. Comenzamos entonces con la votación al artículo primero del Reglamento que no ha sido enmendado. Los Diputados que voten a favor levanten la mano (Pausa). Pueden bajarla. Queda aprobado el artículo primero por sesenta y un votos a favor. ¿Votos en contra, perdón?, ¿abstenciones?. Son sesenta y un votos a favor por lo que queda aprobado el artículo primero.

Votos a favor del artículo segundo. Perdón, un momento, perdón un momento señor García Gil, entrará después de esta votación. Votos a favor del artículo segundo, no hay ninguna modificación. Queda aprobado el artículo segundo también por sesenta y un votos.

Señor García Gil puede entrar.

Votos a favor del artículo tercero (Pausa). Pueden bajar la mano. Son sesenta y tres votos a favor del artículo tercero.

Al artículo cuarto han sido presentados dos votos particulares, por el Grupo Aragonés Regionalista y por el Grupo Popular. El Diputado que desee defender por el Grupo Aragonés Regionalista el voto... don Emilio Eiroa tiene la palabra durante cinco minutos.

El señor DIPUTADO (EIROA GARCIA): Señor Presidente, señoras y señores Diputados. En la Comisión habíamos prácticamente decidido no mantener el voto particular presentado al articulo cuatro del Proyecto de Reglamento. El artículo cuatro que prevé que la constitución de las Cortes de Aragón será comunicada por su Presidente al Jefe del Estado, al Presidente de la Diputación General, a las Cortes Generales y al Gobierno de la Nación y nosotros en el voto particular proponíamos la modificación, en el sentido de que la constitución de las Cortes de Aragón fuese comunicada por su Presidente al Rey, al Presidente de la Diputación General y a las Cortes Generales.

Mantenemos el voto particular porque nos cuesta trabajo el pensar que un Reglamento donde ha privado un criterio perfeccionista pueda adolecer de un defecto que no es de carácter estrictamente semántico. Decir Jefe del Estado o decir Rey no es lo mismo. Y mantenemos este voto particular y lo razonamos y nos apoyamos para mantenerlo en que este texto debe de ser acorde, con la legislación porque el artículo tres de la Constitución española nos dice que la forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria, porque el artículo cincuenta y seis de la Constitución Española nos dice en su párrafo primero que el Rey es el Jefe del Estado, símbolo de la unidad y de la permanencia de España. Y nos parece entonces absurdo que por una diferenciación, no acabo de entender sobre qué, se modifique en este artículo Rey por Jefe del Estado. Por otra parte, es algo que también está recogido en nuestro Estatuto. El Estatuto de Autonomía en su artículo veinte nos dice que las leyes aragonesas serán promulgadas en nombre del Rey o del Presidente de la D.G.A. no se refiere al Jefe del Estado, y el articulo veintiuno, también del Estatuto de Autonomía, nos dice que el Presidente de la D.G.A. es elegido por las Cortes y nombrado por el Rey. Entonces creemos que hay una constancia y un camino que nos lleva siempre, al mismo término y que no hay razón ninguna para modificar este único párrafo de Jefe del Estado por Rey, o ¿es que acaso las Cortes aragonesas tienen menos categoría que la Diputación General y en una hay que comunicarla al Rey y otra al Jefe del Estado? . Porque no hay que olvidar que el Jefe del Estado es primero Rey. EL Rey es Jefe del Estado español, pero primero es Rey.

Y por estas razones, por una razón, vuelvo a repetir, de puro perfeccionismo sistemático, de puro perfeccionismo de redacción, estimamos y hemos querido mantener este voto, que no es fundamental porque entendemos que no es fundamental en su terminología, pero sí que es fundamental a la hora de mantener esta redacción que toda la Ponencia y la Omisión también ha querido darle y ha querido hacer perfecta.

Con estos antecedentes, sabiendo que la figura del Rey está recogida y que es donde, en cierto modo, emana la capacidad para promulgar, incluso en nombre del Rey por el Presidente de la D.G.A. las leyes, es por lo que nosotros estimamos que debe de ser modificado, el texto y que debe de ser admitido nuestro voto particular.

Por otra parte, la comunicación al Gobierno de la Nación nos parece superflua porque es suficiente comunicación, a las Cortes Generales. Esta ha sido la razón de mantener nuestro voto particular hasta este momento, muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Para turno en contra tiene la palabra el Diputado don Luis García-Nieto.

El señor DIPUTADO (GARCIA-NIETO ALONSO): Señor Presidente, Señorías. La discrepancia, yo no la llamaría ni siquiera discrepancia, es un pequeño problema de matiz. Nosotros podríamos asumir enteramente lo que ha dicho el señor enmendante, lo único, que tenemos que hacer alguna pequeña matización.

En primer lugar, posiblemente, la diferencia esté en la concepción de Estado que tenemos, digo diferenciada con el Grupo enmendante. Nos parece por otra parte, que el denominar al Rey, Jefe del Estado, como viene en la Constitución, es a mejor título y el mejor tratamiento que le podemos dar al Rey, precisamente. Existen distantes monarquías, la nuestra afortunadamente es una Monarquía parlamentaria, y se diferencia de otro tipo de monarquías que existen también legitimamente constituidas en el mundo, y nos parece que el mejor tratamiento que se le pueda dar al Rey en este caso, es denominarlo como lo denomina la propia Constitución, Jefe del Estado.

Respecto a la segunda parte de la enmienda, esto sí que es un problema de funcionamiento, el no comunicar la configuración de la constitución de las Cortes al Gobierno de la Nación nos puede acarrear más problemas que beneficios. Le quiero recordar al señor enmendante que hay una comisión, por ejemplo, una Comisión Mixta de Transferencias donde hay una parte aragonesa y donde hay una parte también del Gobierno. Mal esta Omisión Mixta de Transferencias se podría reunir si no se tuviese constancia, constancia por parte aragonesa, de que se han constituido las Cortes de Aragón. Nada más, muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Pasamos entonces a votar el voto particular del Grupo Aragonés Regionalista. Los Diputados que voten a su favor pueden levantar la mano (Pausa). Pueden bajarla. ¿Diputados que voten en contra.? (pausa). Pueden bajarla. ¿Diputados que se abstengan? Pueden bajarla. El resultado de la votación es el siguiente: treinta votos a favor del voto particular, treinta y tres en contra y dos abstenciones, queda rechazado el voto particular entonces.

El otro voto particular es presentado por el Grupo Popular. Tiene la palabra su Diputada doña Luisa, Fernanda Rudi. La señora DIPUTADA (RUDI UBEDA): Señor Presidente, señoras y señores Diputados. Con respecto a este artículo cuatro del Proyecto de Ley de Reglamento de las Cortes de Aragón que la Ponencia y la Comisión presentan en estos momentos ante el Pleno, el Grupo Popular ha mantenido un voto particular que en parte es coincidente con el mantenido por el Grupo Aragonés Regionalista, es decir, nosotros estamos de acuerdo en la redacción de la primera parte del artículo que dice: "la Constitución de las Cortes de Aragón será comunicada por su Presidente al Jefe del Estado, al Presidente de la Diputación General y a las Cortes Generales” es decir, mantenemos el voto particular en la línea de no comunicar la constitución de las Cortes de Aragón al Gobierno de la Nación. Entendemos que como órgano legislativo de la Comunidad Autónoma es necesaria la comunicación de la constitución de las Cortes, por supuesto al Jefe del Estado, al Presidente de la Diputación General de Aragón como Presidente del órgano ejecutivo de la Comunidad y a las Cortes Generales en tanto en cuanto que son el órgano superior legislativo del Estado español. Pero no vemos la necesidad de comunicárselo al Gobierno de la Nación.

El señor ponente por el Grupo Socialista, señor García-Nieto al contestar el anterior voto particular, que en parte era coincidente, vuelvo a repetir, manifestaba que nos podríamos encontrar con el problema de la convocatoria de la Comisión Mixta de Transferencias. Yo creo recordar que en esa Comisión Mixta de Transferencias, además de parte del Gobierno central, está representada la Diputación General de Aragón como ejecutivo aragonés. Por tanto si las Cortes de Aragón comunican su constitución a la Diputación General de Aragón, entiendo que el tema está salvado.

Aunque en los trabajos de Ponencia se ha huido, y en repetidas ocasiones los ponentes lo hemos repetido, de buscar copias o similitudes en reglamentos de otros parlamentos autonómicos, solamente quiero hacer constar aquí, que los que yo he tenido en mi mano, que son como ocho o diez, en unos se decantan por cómo hacer la comunicación al Gobierno de la Nación, pero en otros no. Y que no se me argumente que son únicamente los que no lo comunican los de las autonomías de comunidades históricas, Cataluña, País Vasco, sino que, a título de ejemplo, y no es porque se haya copiado, sino simplemente haciendo un poco de estudio comparativo, puedo decir que el Reglamento de la Comunidad Murciana y el de la Comunidad Cántabra, comunidades que han accedido a su autonomía exactamente por el mismo artículo de la Constitución que nosotros, no comunican la constitución de su órgano legislativo al Gobierno de la Nación. Simplemente, no es una diferencia, muy importante, en los trabajos de Ponencia se ha llegado a matizar y se ha llegado a cribar de forma importante las diferencias de opinión que teníamos, pero el Grupo Popular sigue manteniendo su voto particular porque no vemos la necesidad de comunicación al Gobierno de la Nación, nada más, muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Turno en contra lo tiene el Diputado don Luis García-Nieto.

El señor DIPUTADO (GARCIA-NIETO ALONSO): Señor Presidente, Señorías. Aparte del razonamiento, creo que lógico, dicho en la enmienda anterior, puesto que la enmienda del PAR contemplaba dos partes, por una parte que fuese comunicado al Rey en vez de al Jefe del Gobierno, al Jefe de la Nación, y por otra parte el que no fuese comunicado al Gobierno. Entendemos que aparte de la razón que se ha dado, la razón que se ha dado de la Comisión Mixta de Transferencias, existen otras razones. Cuando nosotros estamos hablando y decimos en la Ponencia que se comunique al Gobierno de la Nación, lógicamente no estamos pensando en un Gobierno socialista o en un Gobierno mirando única y exclusivamente, lógicamente la alternancia, y es un viejo principio democrático, la alternancia en el poder es posible, y que dentro de muchos años cambien la distinta configuración de las Cámaras, no solamente la Cámara aragonesa, sino en Madrid. Y nos parece importante y nos parece interesante que en el caso, en el futuro, pudiese haber fuerzas políticas diferentes gobernando en Madrid, gobernando en la Comunidad Autónoma aragonesa o en cualquier otra Comunidad, que esa relación, que esa comunicación que debe de existir entre Comunidad con el Gobierno central nos parece tremendamente interesante. Incluso le diría a la señora enmendante que sería en todo caso, además, como un gesto, un gesto que habría que hacer desde esta pequeña, importante al mimo tiempo, comunidad aragonesa con el Gobierno central de la Nación, muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Vamos entonces a pasar a la votación de este voto particular del Grupo Aragonés Regionalista, perdón, del Grupo Popular. Los Diputados que voten en su favor pueden levantar la mano (Pausa). Pueden bajarla. Diputados que voten en contra pueden levantar la mano. Pueden bajarla. ¿Los Diputados que se abstengan?. El resultado de la votación es el siguiente: treinta votos a favor; treinta y tres en contra; dos abstenciones. En consecuencia, queda rechazado el voto particular.

Se pone a votación el conjunto del artículo cuarto. Los Diputados que voten a su favor pueden levantar la mano. (Pausa). Pueden bajarla. ¿Diputados que voten en contra? (Pausa). ¿Diputados que se abstengan?. El resultado de la votación es el siguiente: treinta y cinco votos a favor del artículo; ninguno en contra; treinta abstenciones. Queda aprobado el artículo cuarto.

Al artículo quinto ha sido presentada una enmienda por el Grupo Parlamentario... ¿Sí señor García-Nieto?.

El señor DIPUTADO (GARCIA-NIETO ALONSO): Se retira

El señor PRESIDENTE: Se retira la enmienda número uno y se pone a votación, entonces, el articulo número cinco. Votos a favor del mismo (Pausa). Pueden bajarla. ¿Abstenciones? (Pausa). El resultado de la votación es el siguiente: sesenta y cinco votos a favor del artículo quinto; ninguno en contra; ninguna abstención. Queda aprobado.

Se pone a votación el artículo sexto, al que no ha sido presentada ninguna enmienda. ¿Votos a favor del mismo? (Pausa). Pueden bajar la mano. Queda aprobado también por sesenta y cinco votos.

Al artículo séptimo ha sido presentada una enmienda, la número dos, por el Diputado don Antonio de las Casas, quien puede ahora consumir un turno en su defensa de cinco minutos.

El señor DIPUTADO (DE LAS CASAS GIL): Señor Presidente. Muy brevemente, como van a ser todas las intervenciones que, espero sean pocas, de este Diputado en este Reglamento. Porque afortunadamente muchas de las enmiendas, de las noventa y una que presentamos, han sido aceptadas, tanto en el debate en Ponencia como en el debate en Comisión, lo cual nos congratula, no tanto por el hecho de que sean aceptadas las enmiendas sino porque en un principio había un ambiente un poco critico, por lo menos graciosamente crítico, no de una manera agria, con este Diputado por la presentación de tantas enmiendas, lo cual quiere decir que fueron bastante oportunas.

En el texto del Proyecto se dice que el Diputado pierde su condición por carencia o pérdida de su condición política de aragonés; comprobado este extremo por la Mesa de las Cortes ésta lo comunicará al Diputado y tramitará su baja ante el organismo que corresponda. Este es un texto excesivamente original, extraño en un reglamento y que, además por vía reglamentaria ataca a uno de los principios básicos de la democracia que es la condición de Diputado. Porque se habla de la condición de Diputado, fruto de la elección popular. ¿Cuándo se define la pérdida de la condición política de aragonés?, ¿cuando deja de residir administrativamente, administrativamente en territorio, de la Comunidad Autónoma? ¿qué procedimiento de tramitación es éste? Me temo, y no quiero sentar cátedra, por supuesto, que se estén rozando limites constitucionales y límites legales en esto de la pérdida de la condición política de aragonés en un artículo de carácter reglamentario.

Y con relación a la tramitación. ¿Qué sistema de tramitación es éste que la Mesa lo comunica al Diputado y tramita?. La Mesa de las Cortes tramita su baja ante el organismo que corresponda. Es decir, es un artículo que realmente no hay por donde cogerlo de concreción y, desde luego, sí de bastantes posibles inconcreciones e irregularidades inconstitucionales, o por lo menos legales. Muchas gracias.


    El señor PRESIDENTE: El turno en contra lo va a consumir el Diputado don José Luis Merino.

    El señor DIPUTADO (MERINO HERNANDEZ): Señor Presidente, Señorías. Brevísimamente para decirle a mi compañero del Grupo Mixto, como ya tuve ocasión de decirle en la Comisión, que efectivamente es originalidad, pero que la originalidad no significa justamente maldad o deficiencia del artículo o del párrafo del articulo que se pretende. Mire usted, hay aquí dos cuestiones: la pérdida sobrevenida de la condición política de aragonés, por una parte, y la carencia de la condición política de aragonés. A mi no me cabe la menor duda, y creo que a Sus Señorías tampoco, de que no se puede pertenecer a este Parlamento como institución autonómica si no se tiene la condición política de aragonés. Si no, no serviría para nada la expresión de nuestro propio Estatuto de Autonomía que regula la condición política. Si no, explíquenme ustedes qué significa la condición política, porque entonces ya, no lo voy a entender. ¿Condición política? Exactamente igual a los derechos y obligaciones de las personas que, avecindadas en Aragón, como dice el Estatuto de Autonomía, podrán ejercer esos tales derechos y obligaciones en las instituciones autonómicas, una de las más importantes por supuesto las Cortes de Aragón. ¿Qué pasa con la pérdida? Bueno, pues que un Diputado que tuvo condición política de aragonés en las elecciones autonómicas puede perderla por perder la vecindad administrativa y esto tenemos que ser todos conscientes de que es posible. Y no se puede permitir la permanencia en este Parlamento de una persona que no tenga la condición política de aragonés.

    Y no voy a entrar a discutir ahora si eso de la condición política está bien o mal regulado en los estatutos. Quizás, a mi juicio, no debió de ser regulada así, pero ahí está y es constitucional. Pero la carencia, por supuesto también la carencia; mire usted, en derecho, y lo dice reiterada jurisprudencia, los actos nulos son nulos per se, pero necesitan de algún momento para la petición de esa nulidad. Es decir, si en un momento determinado la Junta Electoral admite a trámite comparecencias, presentación en listas electorales autonómicas de personas que carezcan de la condición política, y esto lo hemos visto en las elecciones, la posibilidad que se ha dado, puesto que no han exigido ni siquiera el certificado de vecindad administrativa, les ha bastado con los antecedentes penales, grave actuación, deficiente actuación a mi juicio de las Juntas electorales, habrá que decirlo para las próximas elecciones; bien, si esto ha sido así, y si hubiera producido, supuesto el caso, alguna, algún caso, valga la redundancia, de no condición política del presentado, es un acto nulo de pleno derecho, su elección no está legitimida, su elección por el pueblo. Alguien tiene que decir que eso es así, y alguien tiene que decir, por supuesto, cuando la carencia de la condición política sea sobrevenida.

    No estamos diciendo que las Cortes vayan a decidir la privación de una condición política o de una pertenencia al Parlamento a nadie. No son las Cortes, quien sí decimos que, comprobado el extremo por la Mesa de la Cámara, se comunicará al Diputado la circunstancia, es decir, que a juicio de la Cámara no tiene condición política por carencia o por pérdida y se tramitará su baja ante el organismo que corresponda: las autoridades judiciales, las Junta electoral. Y la Junta electoral decidirá, la autoridad judicial decidirá, podrá decidir que no es así, que su interpretación de la condición política es otra o que no es verdad que la haya perdido. Pero en todo caso será la autoridad judicial quien decidirá. No nos erigimos en jueces, nos erigimos simplemente en unos veladores de la pureza del Estatuto de Autonomía, y eso es justamente lo que dice este artículo. Por tanto creo sinceramente que esa enmienda no debe prosperar porque, por mucha originalidad, se trata de un texto que trata de salvaguardar a su vez otro artículo importante, otro texto importante del Estatuto de Autonomía.

    El señor PRESIDENTE: Para réplica, señor de las Casas.

    El señor DIPUTADO DE LAS CASAS GIL) (desde su escaño): Señor Presidente, únicamente para señalar a esta Cámara la serie de incongruencias que de aquí se pueden deducir. Y algunos casos que ya se han dado. Por ejemplo, en el Parlamento de Cataluña; un miembro del Grupo Socialista en este caso, fue designado embajador en París. El tema se trató, se trató decididamente y positivamente en el Parlamento de Cataluña. A nosotros se nos explicó cuando estuvimos visitando, una delegación de esta Cámara, el Parlamento catalán, y se vió que, en todo caso, se le podría sugerir al señor Raventós que renunciara a su condición de Diputado catalán, pero que renunciara al ejercicio y a la condición de Diputado, por renuncia propia, para que accediera quien lo considerara oportuno el Grupo o el Partido. Pero en ningún momento podía perder la condición de Diputado. En casos más graves que éste, en el Parlamento gallego, los tribunales no han podido decidir la pérdida de la condición de Diputado. Incluso en el Parlamento español, a pesar de que se cometieran o aparecieran irregularidades más graves que la que puede suponer vivir en Mallén y ejercer de maestro nacional en Cortes de Navarra, que con la ley estrictamente en la mano su condición administrativa sería la de Cortes de Navarra y, sin embargo, puede estar viviendo en Mallén y, por lo tanto, por esto, tendría que dejar de ser Diputado. Estos son casos concretos; que no se trata de criticar la originalidad, sino en ser originales por ser originales. Nos puede llevar a situaciones de éstas. Nada más. Muchas gracias.

    El señor PRESIDENTE: Se pone a votación la enmienda número dos. ¿Votos a favor de la misma? (Pausa). Pueden bajar la mano. ¿Votos en contra? (Pausa). Pueden bajarla. ¿Abstenciones? (Pausa). Pueden bajar la mano. El resultado de la votación es el siguiente: votos a favor de la enmienda, dos; votos en contra, treinta y tres; abstenciones, treinta; con lo que queda rechazada esta enmienda número dos.

    Se pone a votación el artículo completo, el número siete. ¿Votos a favor del artículo séptimo? (Pausa). Pueden bajar la mano. ¿Votos en contra?. ¿Abstenciones? (Pausa). Pueden bajar la mano. El artículo séptimo ha quedado aprobado por treinta y tres votos a favor; ninguno en contra y treinta y dos abstenciones.

    Al artículo octavo hay presentada una enmienda, la número tres del señor las Casas. Tiene ahora la palabra para consumir un turno en su defensa.

    El señor DIPUTADO (DE LAS CASAS GIL): Bueno, ésta es una enmienda trivial. Lo que pasa es que yo esperaba que este texto prosperara ya en Ponencia o Comisión. Señorías, se trata de lo siguiente, o señores parlamentarios, o señores Diputados, se trata de que se les puede llamar o se nos puede llamar con todos estos nombres, y aquí dice que podrá ser utilizada la expresión Señorías. ¿Y no podrán ser utilizadas otras expresiones, la de parlamentario, la de Diputado? Es un artículo o un párrafo inútil, completamente inútil, dice: "La expresión Señorías, podrá ser utilizada por los miembros de la Cámara”. Bueno, pues seamos serios. Hagamos leyes o reglamentos serios, pero ¿por qué pone aquí que podrá ser utilizada la expresión Señorías? ¿Y las demás, no? ¿No se puede utilizar la expresión parlamentarios, la expresión diputados, la expresión compañeros de las Cortes, todos compañeros (Risas) y amigos Diputados? Es un artículo totalmente absurdo, que no entiendo por qué no se ha admitido esta enmienda, y por eso la he traído aquí, para hacer una reflexión sobre cuestiones de calidad, nada más.

    El señor PRESIDENTE: Turno en contra lo tiene el Diputado don Luis García-Nieto.

    El señor DIPUTADO (GARCIA-NIETO ALONSO): Señor Presidente, señoras y señores Diputados. Bueno, más que un turno en contra, puesto que los argumentos del colega (Risas) también son válidos, también son válidos, lo que dice el texto de la Ponencia es que podrá ser utilizado, no es imperativo. Si un Diputado se quiere referir a los otros señores Diputados y los llama "colegas”, “amigos”, "compañeros", aquí yo creo que todos esos adjetivos, todas esas denominaciones han sido escuchadas ya, yo creo que con agrado, llamar compañero a un Diputado que sea de un Grupo Parlamentario distinto es una atención, es un compañero de la Cámara, pero, bueno, un adorno, y en este caso, lo de Señorías yo creo que es un adorno como existe en el toreo (Risas) yo creo que es un adorno que nos llamemos Señorías, yo creo que no es desagradable, que a todos nos puede gustar y al que no le guste el término Señorías, como parece ser que no le gusta al colega del Grupo Mixto, pues que utilice otros términos.

    El señor PRESIDENTE: Señor de las Casas para réplica...

    El señor DIPUTADO (DE LAS CASAS GIL): (desde su escaño): (esta intervención no se recoge en la grabación).

    El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor de las Casas. Se pone a votación la enmienda. ¿Votas a favor de la misma? (Pausa). Votos a favor de la enmienda (Pausa), ¿Votos en contra? (Pausa). ¿Abstenciones? (Pausa). La enmienda ha sido rechazada al no obtener más que dos votos a favor; treinta y tres en contra y treinta abstenciones.

    Se pone a votación, entonces, el conjunto del artículo octavo. ¿Votos a favor del mismo? (Pausa). Pueden bajar la mano. Son todos los Diputados presentes, ha quedado aprobado por sesenta y cinco votos.

    Se pone a votación el artículo noveno al que no han sido formuladas enmiendas. ¿Votos a su favor? (Pausa). Pueden bajar la mano. Queda aprobado por sesenta y cinco votos.

    Votos a favor del artículo décimo (Pausa). Pueden bajar la mano. Queda aprobado por sesenta y cinco votos.

    Votos a favor del artículo undécimo (Pausa). Pueden bajar la mano. Queda aprobado el artículo undécimo también por sesenta y cinco votos.

    Al artículo número doce, ha sido presentada una enmienda, por el señor de las Casas, la número cuatro; puede ahora consumir un turno en su defensa.

    El señor DIPUTADO (DE LAS CASAS GIL): Señorías, (Risas) hay un tema que es una de las preocupaciones de este Diputado, y también de muchos parlamentos, que es el tema de las comparecencias y el tema de facilitar la información para la actividad parlamentaria. Es decir, hay muchas ocasiones en las cuales es necesario tener, disponer, de la información que sea precisa para ejercer la actividad parlamentaria, para hacer una pregunta congruente, para disponer de las posibilidades de hacer Proposiciones no de ley, o de Ley, que estén bien preparadas y que sirvan para algo, tanto para los ciudadanos como para la vida parlamentaria.

    Entonces, el tema es que hay ocasiones en las que se solicita esta información, normalmente los parlamentos recogen que a través del Presidente. Sin embargo, la información no se facilita. No se da esa información. Y aquí aparece un problema nuevo en las Comunidades Autónomas, y es que si bien el Parlamento tiene unas capacidades de control, podíamos decir, de solicitar información, a las administraciones autonómicas, no está nada claro, y hay que regularlo de nuevo si así se puede hacer, con la Administración periférica o central del Estado.

    El párrafo cinco del articulo doce pretende resolver este problema: qué ocurre si se solicita una información y esta información es denegada o simplemente no se responde. Bien, afortunadamente, el artículo dice: la Administración, y no entra si es la Administración central o autonómica; aquí, hay que decir que, por fin, y felizmente, una información solicitada por este Diputado a la Administración periférica, en caso concreto, a la de enseñanza, de educación, ha sido facilitada, y no se ha puesto mas reparo que el que lo ha facilitado con un poco de retraso, pero ha sido facilitada. Hoy disponemos de los datos sobre número de centros, personal, coste efectivo, etcétera, de los centros de enseñanza regulados por las direcciones provinciales de educación, pero, yo sé de otras Comunidades Autónomas, yo puedo decir, por ejemplo, el caso de Extremadura, donde la Administración central ha dicho que no tiene en absoluto que responder a la solicitud de información de los Diputados autonómicos. No es el caso ocurrido aquí. Que ocurre si no se responde. La vía, normalmente, es el recurso a la Mesa, por medio del Presidente, para que se solicite de nuevo la información de la Administración. Y aquí en el Proyecto de Reglamento, se introduce que en caso de que esto no ocurra, el Diputado podrá dirigirse también al Justicia de Aragón. Ahí se pone al Justicia de Aragón, como un clavo ardiendo al que uno se agarra para protestar de un derecho particular de un Diputado que es el de ser informado, derecho que, yo considero que ha de ser informado en todos los casos, pero, que, había que estudiar legalmente si la Administración central estaría obligada o no, que yo entiendo que sí. Pero no se trata de lo que yo entienda, y además, se recurre a quien tiene el deber constitucional, estoy comparando Justicia de Aragón, mutatis mutandis, por lo que gustan a algunos los latines (Risas), con el Defensor del Pueblo del Estado, y con la Constitución, y no por Derecho comparado, sino por lo que supone de marco global la Constitución, se introduce al Justicia para resolver un derecho particular muy importante de un Diputado, que es solicitar la información. A mí me parece que se fuerza la figura del Justicia, que se están prejuzgando funciones que se regularán posteriormente por Ley, y si así lo decide la Cámara, después de un estudio mucho más serio que el que esto ha podido suponer, el Justicia podría tener esa atribución. Y en todo caso, yo creo que se va mucho más allá de las atribuciones del Justicia. Porque mirando incluso el Estatuto de Autonomía, que aporta o le da más atribuciones al Justicia, que la que da a un comisionado o Defensor del Pueblo de cualquier Comunidad Autónoma, no recoge competencias de esta índole, entonces, yo lo que solicito es que se suprima esto de: “éste podrá dirigirse también al Justicia de Aragón".

    El señor PRESIDENTE: Turno en contra, el Diputado don José Luis Merino lo va a consumir.

    El señor DIPUTADO (MERINO HERNANDEZ): Señor Presidente, Señorías, espero que tanta intervención en contra de mi compañero del Grupo Mixto no enturbie nuestras buenísimas relaciones. Señor de las Casas, hasta ayer tenía la duda de si su empeño en suprimir esta frase de este artículo del Reglamento era simplemente una visión distinta, o una visión mucho más acorde con la nueva Ley que pueda salir del Justicia de Aragón. Desde ayer, tengo la sensación, después de haber oído a su camarada el Secretario general de su Partido hablar del Justicia de Aragón en un acto público, de que el Partido Comunista no quiere un Justicia de Aragón en los términos que está en el Estatuto de Autonomía. Y creo que eso es así, y habrá que decirlo claramente.

    Ayer se dijo públicamente, y usted lo ha estado diciendo en relación por ejemplo, a este tema, que el Justicia de Aragón tiene unas excesivas competencias en el Estatuto de Autonomía de Aragón, una de ellas, efectivamente, por vía de este artículo del Reglamento, puede ser vía artículo 33 del Estatuto de Autonomía, la defensa de unos derechos especiales. Pero que al fin y al cabo son derechos individuales y colectivos de los previstos en el Estatuto, que es el que tienen los Diputados de pedir la información a la Administración pública. Pero miren ustedes, si me van a decir a partir de ahora y cuando tengamos que discutir la Ley aquí, que la Ley del Justicia de Aragón, o que el Estatuto de Autonomía, como ayer se dijo públicamente, se excede sobremanera de las competencias que tiene el Defensor del Pueblo, ya lo sabemos, y ya sabemos que nunca se quiso hacer un Justicia que fuera un calco del Defensor del Pueblo, y ya se sabe que quisimos tener un Justicia ciertamente original, y con las máximas competencias posibles, dentro del marco constitucional. Y nuestro Estatuto ha sido aprobado como Ley Orgánica, por tanto, no es anticonstitucional.

    A mí me da miedo, sinceramente me da miedo, señor de las Casas, esta especie de constante aversión o ataque a cuanto puede aparecer en relación con el Justicia de Aragón. Me da mucho miedo porque tengo la sensación de que nos quieren ustedes llevar a una especie de, iba a decir centralismo, pero es peor. Me parece que nos quieren llevar a un uniformismo de instituciones autonómicas, y cuidado con los ismos, que hay ismos muy peligrosos, a mí me dan mucho miedo los ismos, los centralismos, los uniformismos; todos esos ismos y otros, que geográficamente hay algunos que podrían conducirnos por el estrecho de Bering, a la península de Kamchatska, y ya estamos en la Unión Soviética. (Risas). Me da mucho miedo. Perdón, es una pequeña broma; y cuando tenga la transcripción, ya diré cuál va con s y cuál con st, porque son distintos los dos ismos.

    Señor de las Casas, de verdad, lo que aquí se dice no es antiestutario, no es anticonstitucional, es regulación, la previsión ya anticipada para cuando salga la Ley del Justicia de Aragón, de que un derecho tan importante como es el que tenemos todos los Diputados de esta Cámara para poder pedir una serie de informaciones a la administración publica, en el supuesto de que esa información no llegue, se pueda, en último recurso, llegar el Diputado, a la petición correspondiente al Justicia de Aragón. Y si lo sabemos regular en la Ley, no pasará absolutamente nada; volveremos a decir una vez más que el Justicia no es un juez, volveremos a decir que el Justicia no resuelve nada, que el Justicia lo único que hace es mediar ante los organismos de la administración, y yo no veo una sustancial diferencia, entre la queja de cualquier ciudadano aragonés porque se le ha tratado mal en no sé que ventanilla y no sé qué administración aragonesa, y ahí irá el Justicia, para que el Justicia oficie ante el superior jerárquico correspondiente del funcionario, a la queja que le pueda plantear un Diputado de estas Cortes, cuando la propia administración y a lo mejor es la misma, no esté cumpliendo con su deber de información. ¿Qué hará el Justicia? Posiblemente, lo que hará será oficiar al superior jerárquico de esa administración, a la propia administración, para decirle que en lo sucesivo tenga, mucho cuidado, que tiene un deber de información, que está previsto en un Reglamento de las Cortes, y que debe cumplirlo, y ahí habrá quedado todo, porque ahí queda justamente la misión del Justicia. Creo, señor de las Casas, que este, esta enmienda, no debe prosperar tampoco. Yo creo que está correctamente puesto en el Reglamento de las Cortes las posibilidades de asistencia o de acudir al Justicia de Aragón. Muchas gracias.

    El señor PRESIDENTE: Señor de las Casas para réplica.

    El señor DIPUTADO (DE LAS CASAS GIL): (Desde el escaño) Señor Presidente, yo considero que el artículo en ese último párrafo, se pasa, pero no tanto como el señor Merino ahora. El señor Merino sí que se ha pasado. No he dicho en ningún momento que considere que el Justicia tenga excesivas competencias. Tiene las que le reconoce el Estatuto, lo que pasa es que podemos hacérselas excesivas reconociéndole más. Ahora lo veremos.

    Y no me parece el foro adecuado para atacar, o replicar a un señor, el Secretario del Partido, supongo que es el Secretario regional, de Aragón, ¿no?, ¿o es Gerardo Iglesias? No sé, para atacar a alguien que ni está aquí presente ni se ha manifestado en este foro, o sea, que no lo veo. Si él tiene otra opinión, y otro estilo, bien, lo respeto, pero yo lo que quiero decir es claramente lo que dice el Estatuto, misiones específicas, “la protección y defensa de los derechos individuales y colectivos reconocidos en este Estatuto". En el Estatuto no está reconocido como derecho individual el de solicitar información en tanto que Diputados a la Administración, me parece que eso es una extrapolación brutal. Entonces, yo creo que no procede. Siguiente, “la tutela del ordenamiento jurídico aragonés, velando por su defensa y aplicación” no tiene nada que ver con este tema, la defensa de este Estatuto, no tiene nada que ver con este tema. Es decir, realmente, las Cortes, como tales, regulando y estableciendo su procedimiento están incluso por encima del Justicia al que nombra, y creo que en derecho, y digo creo porque no soy especialista, no siempre, lo que mucho abunda es bueno, o no es malo.

    El señor PRESIDENTE: Señor Merino, para dúplica.

    El señor DIPUTADO (MERINO HERNANDEZ): Voy a insistir en la contestación digamos técnica del tema, porque yo sí creo que es un derecho que está reconocido, siquiera sea por vía indirecta, desde el momento que está reconocido todo lo que los Diputados, en principio, pueden hacer con arreglo al Estatuto de Autonomía, y el Reglamento que lo desarrolle, el Reglamento de las Cortes, en concreto.

    Si se ha interpretado que he hecho algún ataque a persona que no está presente, por supuesto retiraría las palabras. Creo que no ha habido tal ataque, me he limitado a opinar acerca de, a su vez, otra opinión que se ha hecho pública, que no es privada, sobre la postura oficial, por supuesto, entiendo que es oficial, porque lo ha hecho el Secretario regional del Partido Comunista con respecto al Justicia de Aragón. Y creo que habrá otras ocasiones, muchas, de hablar del Justicia de Aragón en esta Cámara, y oiremos más detalladamente la opinión del Partido Comunista. Para mí, ayer entendí que había una opinión oficial, porque éramos representantes de partidos políticos, del Partido Comunista, que se manifestó contrario a la normativa del Estatuto de Autonomía en el tema del Justicia. No he dicho más que eso, y desde luego, no ataco a ninguna persona, por supuesto.

    El señor PRESIDENTE: Se pone a votación la enmienda número cuatro del señor de las Casas. Votos a su favor, (Pausa). Pueden bajar la mano. Votos en contra (Pausa). Pueden bajar la mano. Abstenciones. La enmienda número cuatro, pueden bajar la mano, ha quedado rechazada al no obtener más que dos votos a favor; treinta y tres en contra, y treinta abstenciones. Se pone entonces a votación el artículo duodécimo, votos a su favor. (Pausa) Pueden bajar la mano. Son todos los Diputados presentes en la Cámara quienes votan a su favor, se aprueba el artículo número doce, y se pone a votación el número trece. Votos a favor, (Pausa). Pueden bajar la mano, se aprueba también por sesenta y cinco votos.

    Votos a favor del número catorce. (Pausa). Pueden bajar la mano, sesenta y cinco votos a favor, queda aprobado. Votos a favor del número quince, (Pausa). pueden bajar la mano. Se aprueba por sesenta y cinco votos. Votos a favor del número dieciséis. (Pausa) Pueden bajar la mano, sesenta y cinco votos a favor, queda aprobado. Votos a favor del número diecisiete. (Pausa). Pueden bajar la mano, se aprueba por sesenta y cinco votos. Votos a favor del número dieciocho. . (Pausa). Pueden bajar la mano, se aprueba por sesenta y cinco votos.

    Al artículo diecinueve ha sido formulada una enmienda, la número cinco, por el señor de las Casas, quien puede ahora defenderla.

    El señor DIPUTADO (DE LAS CASAS GIL): El Proyecto de Reglamento establece un número mínimo de tres Diputados para constituir Grupo Parlamentario, nosotros planteamos que esta frase, "en número no inferior a tres" sea suprimida y el articulo quedaría con un sentido amplio y que se regularía en cada caso, en cada legislatura. Hay procedimientos ordinarios para esto, desde las resoluciones hasta las propias adaptaciones del Reglamento, y habrá que hacerlo en multitud de casos. Que se regule en función de la composición de la Cámara, de la importancia de los Grupos Políticos, de la distribución del voto, etcétera, la composición de los Grupos Parlamentarios. Que en algún caso podría ser hasta de dos miembros, con un Grupo Parlamentario, como quizá ha ocurrido en algún otro Parlamento. Incluso, las mismas Cortes Generales, Congreso de los Diputados, ha tenido una composición que en porcentaje, cinco Diputados, está todavía más favorable que la del número de tres. Eh ese sentido, nosotros pedimos que se deje abierta esa posibilidad, y en cada caso se estudie incluso se podía haber puesto una disposición transitoria y no la hemos querido hacer en este sentido, para dejarlo abierto a que en cada legislatura se regule este tema.

    El señor PRESIDENTE: Turno en contra, tiene la palabra el Diputado don Luis García Nieto.

    El señor DIPUTADO (GARCIA-NIETO ALONSO): Señor Presidente, Señorías, entendemos que esta enmienda trate de introducirla el Partido Comunista que tiene dos Diputados. Las razones para mantener el texto que ha salido de Ponencia yo diría que son muchas, quisiera de alguna manera, brevemente, enumerarlas. En primer lugar, el señor enmendante nos ha hablado del Congreso de los Diputados, donde para constituir un Grupo Parlamentario se necesita un número de cinco Diputados. Tengo que recordarle al señor enmendante que en el Congreso de los Diputados, son un número de 350 Diputados. Si lo mirásemos en porcentaje, sería un porcentaje inferior al que se plantea en este caso en el artículo que ha salido de la Ponencia. Somos 66, y el marcar un mínimo de tres, estaría por debajo del 5%. Entendemos, porqué es el Partido Comunista, y lo vuelvo a repetir, el que plantea esta enmienda, puesto que son dos Diputados. Pensamos que no es práctico, cuando al principio de la presentación del texto de la Ponencia yo les decía a todos ustedes que los Ponentes entre los cuales no está el señor de las Casas, sí un representante del Grupo Mixto, intentamos, y creo que en buena parte lo hemos conseguido, el no mirar la configuración actual de la Cámara. Este era uno de los puntos que han pasado sin mirar las peculiaridades de la configuración actual de la Cámara, podemos imaginar que en unas próximas elecciones autonómicas puede variar el número de partidos políticos, puede variar sustancialmente el numero de partidos políticos que tengan representación parlamentaria en las Cortes de Aragón, y no es práctico, ni es mejor que existan más Grupos Parlamentarios. Nos parece, y voy a citar por primera. vez, y no quisiera referirme, que las 17 Comunidades Autónomas o las 16 Comunidades Autónomas restantes no sé si estoy mal enterado, creo que en ninguna, solamente en el año 79, en la Comunidad, o en las primeras elecciones de Cataluña, por la situación atípica del Partido Socialista de Andalucía, que se planteaba, que se presentó a las elecciones autonómicas de Cataluña, y porque en aquel momento interesó a los grupos mayoritarios, sí que pudieron de una manera excepcional, configurar Grupo Parlamentario. Creo que en el resto de las 16 Comunidades Autónomas esto no se plantea. No hay nada positivo, simplemente beneficiar al Partido Comunista. Nada más.

    El señor PRESIDENTE: Para réplica, señor de las Casas.

    El señor DIPUTADO (DE LAS CASAS GIL): Desde su escaño) La proporción en el Congreso de los Diputados con cinco Diputados, que ahora no es así sería 1,4% de la Cámara, aquí la proporción de 3, es 4,5%. Segundo, se ha recomendado que el texto nuestro tiene que ser muy original y no hacer comparación con otras Comunidades Autónomas. Bien, aquí se ha dicho un caso en el que hay una excepción, la de Cataluña. Sin embargo, yo quiero decir que en las dos enmiendas anteriores en la condición política de aragoneses, y en la del Justicia de Aragón, sí que somos absolutamente originales, y comparando con todos los Reglamentos, tanto de las Cortes Generales, como de las Comunidades Autónomas, no hay nada similar, por ejemplo. Pero, en fín, vamos a dejarlo.

    El señor PRESIDENTE: Se pone a votación la enmienda número cinco. Votos a su favor. (Pausa). Pueden bajar la mano; votos en contra. (Pausa). Abstenciones. (Pausa). La enmienda número cinco ha quedado rechazada al no tener más que tres votos a favor, treinta y dos en contra, y treinta abstenciones. Se pone entonces a votación el artículo diecinueve en su conjunto. Votos a favor del mismo. (Pausa). Son todos los Diputados presentes en la Cámara, pueden bajarlo; se aprueba por sesenta y cinco votos. Votos a favor del artículo número veinte. (Pausa). De nuevo, son todos, queda aprobado por sesenta y cinco votos. Votos a favor del artículo veintiuno (Pausa). Sesenta y cinco votos, queda aprobado. Al artículo veintidós, ha sido presentado un voto particular por el Grupo Aragonés Regionalista, quien puede ahora defenderlo, su Diputado don Emilio Eiroa.

    El señor DIPUTADO (EIROA GARCIA): Señor Presidente, señoras y señores Diputados, al artículo 22 habíamos presentado ya en la Ponencia un voto particular porque nos parecía que era poco restrictivo respecto a formación de Grupos Parlamentarios, o al pase de Grupos Parlamentarios. El texto que nosotros proponemos es que el cambio de un Grupo Parlamentario a otro, con excepción del Mixto, sólo podrá realizarse dentro de los cinco primeros días de cada período de sesiones. El texto que se somete a aprobación sin voto particular, nos dice que el cambio de un Grupo Parlamentario a otro, ya sea por integración o por asociación del Diputado, podrá realizarse en cualquier momento de la legislatura. Como se puede ver de la simple comparación de los dos textos, hay dos diferencias fundamentales de matiz. Una de ellas es que en el texto del Proyecto aparecen dos conceptos que son el de integración o el de asociación del Diputado, que no hemos encontrado en otras legislaciones, que es una innovación, que nos parecen bien las innovaciones, pero que nos parece que si hacemos uso de dos conceptos como son integración o asociación, debieran de haberse definido también en el Reglamento.

    El otro tema de diferencia, con nuestro voto particular es la propuesta que hacemos de que sólo dentro de los cinco, primeros días de cada período de sesiones pueda haber cambios de Grupo Parlamentario, a excepción del Mixto, y en cambio, en el texto del Proyecto esta posibilidad de integración o de asociación en cualquier Grupo parlamentario puede darse en cualquier momento. Nos parece pues que habría que definir de alguna manera lo que es integración y asociación, y esta tesis la hemos mantenido lo mismo en la Ponencia que en la Comisión. No nos parece que queda claro lo que es la integración, o lo que es la asociación. He tratado de aclarar estos conceptos, y no hay otra forma que el diccionario, y el diccionario nos dice que "integración, es acción o efecto de integrar o integrarse”, y nos define a continuación lo que es integrar, y nos dice "componer un todo con partes diversas”. Luego si integrar es componer un todo con partes diversas, para eso está el Grupo Mixto, y todos los Reglamentos así lo entienden, que debe ser un Grupo donde estén partes diversas que se podrán poner de acuerdo, o no se podrán poner de acuerdo en un momento determinado, pero que no tienen una idea política común. La asociación, pues exactamente igual. Asociación “acción de asociar o asociarse”, “reunir o juntarse para algún fín”; entonces, reunir o juntarse para algún fín, es exactamente lo mismo, el que previamente se reune o se junta con un fin político, para eso tiene su Grupo Político, su Grupo Parlamentario y su lista por la cual se presenta a las elecciones. Nos parece, que sin definir lo que es integración o lo que es asociación, estos dos conceptos no debieran de aparecer en el Reglamento. Sabemos que es una lucha prácticamente vana el intentar defender esta tesis, pero queremos mantener el voto particular, y por lo menos tener la conciencia, de que en el Reglamento se introducen estos dos conceptos con los que no estamos de acuerdo.

    Por otra parte, la libertad de asociación, la libertad de pase, digamos, de un Grupo Parlamentario a otro, nos parece, y así lo hemos visto, en prácticamente todas las legislaciones, incluso en las europeas, en las que hay un criterio de restricción del pase de un Grupo Político a otro Grupo Político que no sea el Mixto. Y esto por una razón, yo me atrevería a decir, que de respeto al propio electorado. Si el electorado vota una lista completa de un partido completo, o de una coalición completa, el electorado lo que está esperando es que esa persona, ese Diputado que ha ido en la lista del partido o de la coalición, se mantenga en la lista del partido o de la coalición hasta el final de la legislatura, salvo que haya problemas fundamentales, y salvo que haya problemas de contradicción con el propio criterio. Entones, efectivamente, para eso nos parece que del texto del artículo 22, debiera de suprimirse los conceptos de integración y asociación, y debiera fijar de alguna manera, restringir de alguna manera, el tiempo durante el cual se puedan pasar los Diputados de un Grupo a otro. Lo ideal sería que un Diputado que empieza en una legislatura dentro de una lista de un partido político, la terminase dentro de esa lista. Esto no ocurre normalmente así, pero tenemos que poner las bases, para que este criterio de restricción, que repito aparece prácticamente en todas las legislaciones, se mantenga también en nuestro Reglamento. Muchas gracias.

    El señor PRESIDENTE: Turno en contra, Diputado don José Luis Merino.

    El señor DIPUTADO (MERINO HERNANDEZ): Señor Presidente, Señorías. Primero decirle a mi compañero, colega, Su Señoría del Grupo Regionalista, que en el Grupo Mixto no somos un todo compuesto de partes. Somos varios todos. Yo al menos así lo creo, y si no, que me lo desdiga el señor de las Casas.

    Bueno, vamos a ver, las dos cuestiones, las dos cuestiones que aquí está usted planteando. Primero, los conceptos integración y asociación. A mí sorprende que en estos momentos, y en estas alturas del debate vuelva usted a plantear este tema, cuando acaba de votar, y se ha votado por unanimidad el artículo 20. El artículo 20 del actual Reglamento, que usted ha votado y ha dado su conformidad, es mucho más descarado que el artículo 22 que ahora debatimos, y añade un apartado dos que dice: "los Diputados que no sean miembros de ningún Grupo Parlamentario constituido, podrá asociarse a alguno de ellos"; es decir, el concepto de asociación está ya en el artículo 20 que usted ha votado, y ahora me está diciendo que no lo metamos en el 22. ¿En qué quedamos?. Se nos iba a quedar cojo, y ya está aprobado el artículo 20, señor Eiroa.

    ¿Que es cierto que no se diferencia entre integración y asociación?. De acuerdo. Quizás no hiciera ninguna falta diferenciar. No todo en política, no todo en las leyes es necesario explicarlo con las rígidas matemáticas o el rígido diccionario. Hay parlamentos en el mundo que mantienen el concepto de la asociación, y usted sabe perfectamente, y lo hemos debatido en Comisión, como son dos conceptos que aunque sólo fuera a efectos puramente formales, o puramente de apariencia, tendría un significado, en cuanto que el uno, integración, supone algo mucho más fuerte y mucho más rígido que la asociación. Pero es que no creo que sea necesario definirlo. Las leyes no están para definir necesariamente siempre. A lo mejor no tiene tampoco ninguna consecuencia jurídica, y ya le recordaba, el otro día en Comisión, justamente, textos legales, nada menos que la Constitución, hablando de términos distintos, que luego no están definidos, artículo dos de la Constitución. Usted me dijo que no le servía; de acuerdo, no sirve, pero ahí está. ¿Para qué sirve aquéllo?. Bueno, a lo mejor, para discordia, por supuesto, pero también sirvió para que algunos tomaran en serio la posibilidad de votar la Constitución que si no, de otra manera, no se hubiera votado.

    En estos momentos, teniendo unos antecedentes en otros parlamentos, concretamente el francés, donde la asociación y la integración se diferencian, en el nuestro, ¿por qué no tenerlo?. Además, en cualquier caso, cabe la posibilidad de que luego se le den efectos jurídicos a esta integración o a esta asociación, y también hablamos de ello, y también hablamos de la posibilidad de resoluciones de la Mesa. Por ejemplo, a efectos económicos, un Diputado integrado no es lo mismo que un Diputado asociado. Ya se verá en qué consiste, cuando eso se produzca, si alguna vez se produce, ya veremos si debe tener alguna consecuencia jurídica. A lo mejor no tiene ninguna, pero sería igual, tendría por lo menos la apariencia formal y la sensación de tranquilidad que algún Diputado le puede dar el llamarse asociado a otro Grupo Parlamentario, y no integrado definitivamente en el mismo.

    Yo lo que sigo sin entender son sus argumentaciones para rebatir el tema de la libertad de pase de un Diputado a otro Grupo Parlamentario cualquiera, en cualquier momento. Usted está sentando su enmienda en el hecho de que no es bueno que un parlamentario se vaya de un Grupo, del Grupo al que ha pertenecido en razón a las elecciones autonómicas. Esto es un poco el argumento, me parece haber oído, y quizá estaría dispuesto a darle la razón, y soy de los primeros que pude censurar en su día que hubiera en el Congreso de los Diputados parlamentarios, Diputados, que se fueran y trasvasaran de unos Grupos a otros. Es posible que sea así, es posible, pero mire, esto está ya poco menos que institucionalizado, y hay una sentencia del Tribunal Constitucional que lo admite. No podemos nosotros ir ahora a enmendar la plana en esta materia. Entonces, si eso es así, si un parlamentario puede marcharse legítimamente a otro Grupo, ¿por qué quiere usted encasillarlo en el Grupo Mixto? aQué le hemos hecho los del Grupo Mixto! (Risas). ¿Por qué nos quiere mandar a todos los Diputados de la Cámara que estén descontentos con su partido político, al Grupo Mixto? Si a lo mejor, lo que quiere, es irse a otro grupo político distinto. Hombre, no; no nos fastidie el Grupo Mixto, porque entonces, no vamos a tener allí un todo, vamos a tener 27 todos, al final de esta legislatura. No señor, no, quien tenga, una ideología distinta a la del partido por el que se ha presentado, o se ha equivocado, está en su perfecto derecho a marcharse, y a marcharse en cualquier momento, que ésta es la auténtica libertad del individuo. Lo otro es ponerle cortapisas, lo otro es obligarle a una, especie de camino de calvario durante los meses que resten hasta que se inicie el nuevo periodo de sesiones. Es hacerle la vida imposible al Diputado que no está de acuerdo con su Grupo, y eso me parece que va incluso contra la propia libertad del individuo. Además, técnicamente, sabe usted perfectamente que se puso esa libertad en base a que en esta Cámara, nunca se podrán formar Grupos Parlamentarios distintos de los partidos o coaliciones presentados a las elecciones. Esa es la garantía suficiente, y precisamente porque eso no es así en el Congreso de los Diputados, porque se pueden formar Grupos distintos, es por lo que se puso el plazo justo de los cinco o de los ocho días. Si eso no es así, en nuestra Cámara tampoco sirve lo otro, y en cualquier caso, de verdad, deje usted libertad a sus Diputados, a los Diputados de cualquier otro Grupo. No les coaccione, y sobre todo, no nos venga a estorbar el Grupo Mixto. Muchas gracias. (Risas).

    El señor PRESIDENTE: Para réplica, señor Eiroa.

    El señor DIPUTADO (EIROA GARCIA): (Desde su escaño) De ninguna manera he querido el menospreciar al Grupo Mixto, señor Merino, nada más lejos de mi idea y nada más lejos de mi pretensión. Y quiero hacerle dos matizaciones. Efectivamente, la legislación, en alguna legislación europea está reconocida la asociación, pero también le puedo decir que está reglamentada la asociación de los Diputados cosa que aquí no tenemos. El que yo vote en el artículo 20, el que podrán asociarse, lo voto porque estimo que es un concepto, que es un criterio conceptual. En el momento que usted, en el artículo siguiente me dice integración o asociación, lógicamente tengo que buscar la matización y la diferencia entre asociación e integración. Y no me sirve, se lo dije el otro día en la Comisión, y lo vuelvo a decir hoy, no me sirve el criterio suyo de decir que hay conceptos diferenciados que están por ahí, que están en la Constitución, como usted me dice, y que son conceptos ya aprehendidos, con hache, porque no me sirve que usted me diga que nacionalidades y regiones es lo mismo, porque usted y yo sabemos que una cosa es nacionalidad y otra cosa es región. Y esto es un tema que vuelvo a decirle lo mismo que el otro día, en algún momento habrá ocasión de discutirlo aquí. No son conceptos iguales, como no son conceptos iguales, pienso asociación e integración, porque no lo pueden ser.

    Entonces, me parece muy bien que el Diputado tenga el respeto a cambiarse en cualquier momento de Grupo Parlamentario, incluso, de partido. Es un derecho y es una libertad. Ahora, también le puedo decir, y quiero decirle, que ese derecho choca muchas veces con el derecho del elector que ha elegido a un Diputado, y que ha elegido a un político por una lista, y lo que se hace con esos cambios, la mayoría, muchas veces, es defraudar al electorado. No digo que los Diputados no tengan libertad para cambiarse de Grupo, lo pueden hacer en el momento que quieran, ni pretendo tampoco que distorsionen de ninguna forma al Grupo Mixto, porque el Grupo Mixto, a pesar de que usted me diga que es un todo, el Grupo Mixto es una parte formada por Diputados de distintas características, de distintos criterios y de distintos puntos de vista políticos. No es un todo, es un criterio de unidad para unos fines determinados y por eso lo respetamos. Entonces, señor Merino, únicamente decirle que el mantener este voto particular es sencillamente porque creemos que no está claro el tema de la asociación y el tema de la integración que son conceptos que pueden ser distintos, que no son conceptos aprehendidos, que no son conceptos regulados, y que me parece bien. El electorado también en esto tiene la palabra, hemos conocido las protestas, usted las ha nombrado en alguna ocasión, los problemas que se han planteado en muchos partidos políticos cuando en un momento determinado ha habido tantos cambios, que lo que han hecho es desfigurar la concepción política de una Cámara. Nada más. Muchas gracias.

    El señor PRESIDENTE: Para dúplica, señor Merino.

    El señor DIPUTADO (MERINO HERNANDEZ): (Desde su escaño) Lo que yo sigo sin ver, fundamentalmente, es la diferencia que usted plantea en la marcha o salida de un parlamentario de un Grupo, haciéndolo dentro de los cinco o de los ocho días, no recuerdo muy bien qué dice su enmienda en estos momentos, al inicio del periodo de sesiones, o hacerlo en un momento distinto. Usted está basando toda su argumentación en que no es serio, en que se defrauda al electorado, marchándose de un Grupo. Y yo preguntaría al electorado ¿se le defrauda a usted, señor electorado, porque se marche el Diputado en cualquier momento, o no se le va a defraudar, porque se vaya dentro de cinco días, es decir, dentro de un marco estrecho de la legislatura?. Es decir, si hay fraude, lo habrá igual, en un caso y en otro. Quizá usted lo que debía haber propuesto es una enmienda que dijera que todo Diputado que se dé de baja de un Grupo parlamentario deberá de ser cesado de Diputado en las Cortes, y entonces, sí entendería su argumentación. Así es como no lo entiendo. ¿Hay fraude? Pues es posible. No lo sé. Ya lo discutiríamos. Pero tan fraude, o tan fraudulento será marcharse en los cinco primeros días de un período de sesiones, que marcharse cualquier día del año.

    El señor PRESIDENTE: El tiempo dedicado al artículo ha concluido, y yo creo que ha sido suficientemente debatido, señor Eiroa. Vamos a poner a votación este voto particular. Votos a favor del mismo, votos a favor del voto particular del Grupo Aragonés Regionalista. (Pausa) Votos en contra. (Pausa). Pueden bajar la mano. Abstenciones. (Pausa), Pueden bajar la mano. El resultado de la votación es el siguiente; votos a favor del voto particular, catorce; en contra, treinta y cuatro; abstenciones, diecisiete; queda rechazado el voto particular, y se pone a votación el artículo veintidós. Votos a su favor. (Pausa). Pueden bajar la mano. Votos en contra. (Pausa). Abstenciones. (Pausa). Pueden bajar la mano, el artículo veintidós ha quedado aprobado por cincuenta y tres votos a favor; ninguno en contra, y doce abstenciones.

    Pasamos a la votación del artículo veintitrés. Votos a su favor. (Pausa). Pueden bajar la mano, queda aprobado por sesenta y cinco votos.

    Artículo veinticuatro. Votos a favor. (Pausa). Pueden bajar la mano. Queda aprobado por sesenta y cinco votos.

    Articulo veinticinco. Votos a favor, señor Seral, no entre ahora. Votos a favor, son sesenta y cinco, queda aprobado por sesenta y cinco votos.

    Al artículo veintiséis; señor Seral, puede entrar ya; ha sido presentada una enmienda, la número once, por el señor de las Casas, quien puede ahora consumir un turno. Se retira. Se pone entonces a votación el artículo veintiséis. Votos a favor. Pueden bajar la mano. Queda aprobado por sesenta y seis votos. Artículo veintisiete, votos a favor. (Pausa).. Pueden bajar la mano; queda aprobado por sesenta y seis votos. ¿Sí?...

    El señor DIPUTADO (DE LAS CASAS GIL): (Desde su escaño) Cuestión de orden. Si lo considera oportuno la Presidencia, un breve receso para intercambiar unas precisiones con respecto a algún artículo que viene a continuación.

    El señor PRESIDENTE: Bien, se suspende la Sesión durante cinco minutos.

    El señor PRESIDENTE: Se reanuda la Sesión con el debate del artículo 28. Al artículo 28 hay presentadas dos enmiendas por el señor de las Casas . Por favor, guarden silencio. Dos enmiendas por el señor de las Casas, la número doce y la número trece, y un voto particular del Grupo Aragonés Regionalista, ¿sí, señor de las Casas?. Retiradas. El1 voto particular del Grupo Aragonés Regionalista, se retira también. Se pasa entonces a la votación del artículo 28. Votos a favor del mismo. (Pausa). Pueden bajar la mano; queda aprobado, el artículo por sesenta y cuatro votos de los Diputados presentes en este momento.

    Se va a pasar a votar... Por favor, si alguien pretende entrar hágalo ahora, antes de pasar a votar. Se pasa a votar el artículo veintinueve. Votos a su favor. (Pausa). Bajen la mano; queda aprobado por sesenta y cinco votos.

    Votos a favor del articulo treinta. Queda aprobado por sesenta y cinco votos. Treinta y uno; queda aprobado por sesenta y cinco votos. Treinta y dos; queda aprobado por sesenta y cinco votos. Treinta y tres; perdón, perdón la enmienda número catorce del Grupo Socialista al artículo veintinueve, ¿estaba retirada?. Eso es lo que yo pensaba. Se pone a votación el treinta y cuatro; votos a favor, sesenta y cinco. Treinta y cinco; votos a favor, sesenta y cinco, queda aprobado. Treinta y seis; votos a favor, sesenta y cinco, queda aprobado. Treinta y siete; votos a favor, sesenta y cinco, queda aprobado. Treinta y ocho, votos a favor, sesenta y cinco, queda aprobado.

    Propongo a los señores Diputados, si no hay ningún inconveniente, y como hasta el artículo cuarenta y nueve, no hay presentada ninguna enmienda, que es la número treinta del señor de las Casas...

    El señor DIPUTADO (DE LAS CASAS GIL): (Desde su escaño) la retiro.

    El señor PRESIDENTE: ¿Se retira también? Al artículo cincuenta hay un voto particular, se retira. Sigo entonces con las preguntas. Al artículo sesenta y siete, hay una enmienda del Grupo Socialista, perdón, del Grupo…

    El señor DIPUTADO (EIROA GARCIA): (Desde el escaño) Se retiran.

    El señor PRESIDENTE: Se retiran todas, sigo con las preguntas, entonces, al artículo noventa y dos, ¿dos votos particulares del Grupo Aragonés Regionalista y del Grupo Popular?, ¿artículo noventa y dos? Repito la pregunta, al artículo noventa y dos hay presentados dos votos particulares... se retiran; al artículo noventa y cinco, había presentado un voto del Grupo Popu1ar. Ese se defenderá. Conforme. Entonces, si no hay ningún inconveniente por parte de los Diputados, ¿se puede poner a votación desde el artículo treinta y ocho hasta el artículo noventa y cuatro? ¿No hay ningún inconveniente?.

    Votos a favor de estos artículos. Pueden bajar la mano. Son todos los Diputados presentes, y miembros de las Cortes, sesenta y seis votos a favor, quedan aprobados, desde el artículo treinta y ocho al noventa y cuatro. Tiene entonces la palabra el Grupo Popular, su Diputada, Doña Luisa Fernanda Rudi, para defender el voto particular al artículo noventa, y cinco.

    La señora DIPUTADA (RUDI UBEDA): Señor Presidente, señoras y señores Diputados, de forma muy rápida, al objeto de no alargar este debate, en estos momentos que parece que hemos conseguido llegar a una práctica unanimidad y darle celeridad al tema. Unicamente no hemos querido retirar este voto particular, porque lo que mantenemos es el texto que había salido inicialmente del informe de Ponencia, y que posteriormente, en Comisión, fue rectificado. Yo, únicamente, querría el hacer una breve reflexión al objeto de que los señores Diputados mediten y piensen el alcance de la supresión de un par de palabras que se había hecho en el informe de Comisión. En el informe de Ponencia, los cuatro ponentes sacamos el artículo noventa y cinco, diciendo: "la Mesa de la Cámara, de acuerdo con la Junta de Portavoces, podrá acordar la prórroga o reducción de los plazos establecidos en este Reglamento. Salvo casos excepcionales, las prórrogas no serán superiores a otro tanto del plazo, ni las reducciones a su mitad”. Posteriormente, en Comisión, y a través de una enmienda del Grupo Socialista que fue aprobada, se suprimieron las famosas palabras “de acuerdo con la Junta de Portavoces”, y digo famosas, porque ha sido una expresión muy traida y muy llevada, tanto en los debates de Ponencia, como de Comisión, como en estos momentos de Pleno.

    Si nosotros mantenemos este voto particular, es porque entendemos, no porque queramos recortarle competencias. a la Mesa de la Cámara, que es el órgano rector, tal y como viene definida en algunos de los anteriores artículos de este Reglamento que estamos discutiendo hoy; pero sí debemos de tener en cuenta que la Junta de Portavoces es un órgano político, no voy a decir el más importante pero sí muy importante dentro de la Cámara, y En algún caso especial, y particular que se plantee la prórroga o reducción de un plazo, puede tener un carácter marcadamente político. Por ello, entendemos que esta potestad no debe ser sólo propiedad de la Cámara, sino que debe ser también "de acuerdo con la Junta de Portavoces". Unica y exclusivamente es éste el argumento que utilizamos porque aunque quizá en un principio parezca que es un artículo de trámite bastante simple, llegado un momento puede tener una importancia política vital en algún debate que se suscite en esta Cámara. Nada más, muchas gracias.

    El señor PRESIDENTE: Turno en contra, el Diputado don Luis García Nieto.

    El señor DIPUTADO (GARCIA-NIETO ALONSO): Señor Presidente, señoras y señores Diputados, muy rápidamente para decir que el Grupo Socialista va a votar el texto de la Ponencia por los siguientes motivos. Yo les decía a ustedes, y me voy referir por segunda vez, y quisiera que fuese la última, al esfuerzo que habían hecho todos los Grupos Parlamentarios presentes en la Ponencia, que son todos, para tratar de hacer un Reglamento que fuese no solamente para la actual legislatura, sino para legislaturas que pudiesen venir a continuación.

    Bien, hay, yo creo que hay un tema que subyace en esta enmienda que presenta el Grupo Popular, y que ha estado gravitando un poco entre nosotros, sobre todo en la Ponencia, a pesar de que se han hecho esfuerzos para pasar por encima, aunque solamente haya sido de puntillas, y es, bueno, un poco lo que tiene que ser, lo que deben de ser, a nuestro entender, las competencias claras y nítidas de la Mesa, de la Mesa del Congreso, y otro modelo que existe. Nosotros entendemos que la Mesa, la Mesa del Congreso tiene unas tareas, y tiene unos trabajos totalmente claros y nítidos, y otro modelo existe, donde tiene que ser, sobre todo compartidas estas tareas con la Junta de Portavoces. No es la primera vez que sale. Creo que, que en principio había más enmiendas, que hemos ido retirando. Incluso nosotros hemos retirado hace un momento una de las enmiendas a la que le dábamos más importancia, y que soportábamos también, y hacíamos especial hincapié que la Mesa del, la Mesa de las Cortes, la Mesa del Congreso, tiene que tener, y debe de tener unas tareas muy específicas. Y esto tal y como ha quedado reflejado en el, en el texto de la Ponencia, entendemos que es correcto, y lo que pretenden, lo que pretenden incorporar los enmendantes es el restarle algo de las competencias que tiene la Mesa. No es un tema trascendental, no es un tema de mucha importancia, pero posiblemente sí que entremos en este caso en colisión con lo que puede ser la filosofía distinta de cómo entendemos los socialistas las competencias de la Mesa. Nada más.

    El señor PRESIDENTE: Se pone entonces a votación el voto particular del Grupo Popular al artículo noventa y cinco. Votos a favor de este voto particular (Risas) (Pausa). Pueden bajar la mano, por favor. Votos en contra (Pausa). Pueden bajar la mano. Abstenciones; pueden bajar la mano. El resultado de la votación: treinta votos a favor, treinta y cuatro en contra, dos abstenciones. Queda rechazado el voto particular. Se pone a votación el articulo noventa y cinco. Votos a favor del artículo noventa y cinco, votos a favor del noventa y cinco, son todos, queda aprobado por sesenta y seis votos.

    Hay una nueva pregunta que hacer a los Grupos Parlamentarios. Al artículo ciento treinta y siete, había presentado un voto particular del Grupo Popular, y otro del Grupo Aragonés Regionalista. ¿Los mantienen? ¿Mantienen los votos particulares?. ¿Los dos los retiran?. Entonces, al artículo ciento cincuenta y tres, por seguir, había presentada una enmienda, la número ciento siete, del Grupo Socialista. Hay un texto ¿ podrían traerlo a la Mesa, por favor? (Pausa).

    Se pone a votación a continuación, desde el artículo noventa y seis, al artículo ciento cincuenta y dos, inclusive, desde el artículo noventa y seis, al artículo ciento cincuenta y dos inclusive, artículos a los que no hay presentada ninguna enmienda. Votos a favor de estos artículos. Pueden bajar la mano. Se aprueban todos estos artículos por sesenta y seis votos a favor, ninguno en contra.

    Al artículo ciento cincuenta y tres, al que había presentado una enmienda por el Grupo Socialista, la número ciento siete, se acaba de presentar un texto transaccional que suscriben los cuatro Grupos Parlamentarios y que paso a leer a continuación:

    "Si la Diputación General de Aragón remitiera un plan o programa requiriendo el pronunciamiento de la Cámara, la Mesa ordenará su envío a la Comisión correspondiente. Dictaminados por ésta el plan o programa, serán sometidos en un debate en el Pleno de las Cortes, conforme a lo dispuesto en el artículo 151 de este Reglamento, serán sometido, perdón, corrijo, a un debate en el Pleno de las Cortes, conforme a lo dispuesto en el artículo 151 de este Reglamento". Tercero: “Terminado el debate, durante un plazo de ocho días, la Diputación General de Aragón y los Grupos Parlamentarios podrán formular propuestas de resolución que serán debatidas y votadas en el siguiente Pleno que la Cámara celebre". Se pone entonces a votación este nuevo texto del artículo 153, que ha sido transaccionado por los cuatro grupos. Votos a su favor. Pueden bajar la mano, se aprueba por sesenta y seis votos a favor, y ninguno en contra.

    Se ponen a votación a continuación los artículos ciento cincuenta y cuatro a ciento sesenta y tres, a los que no hay presentada ninguna enmienda. Votos a su favor. Se aprueban todos estos artículos, por sesenta y seis votos a favor y ninguno en contra.

    Al artículo ciento sesenta y cuatro, se ha presentado un texto transaccional, también suscrito por los cuatro grupos, en lugar de la enmienda número ciento veintiuno, que estaba presentada; se trata de añadir un nuevo artículo, un nuevo apartado, que se convertiría en el apartado número tres de este artículo, que tendría el siguiente texto: "No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior y en el cuarto del articulo ciento sesenta y dos, cuando la pregunta no conlleve una respuesta que exija especial aportación de datos o informes, o la misma sea urgente o de especial interés, a juicio de la Mesa, una vez calificado el escrito, ésta ordenará su inclusión en el Orden del Día del primer Pleno que se celebre...” ¿sí? Es una adición, perdón, es una adición que añade un apartado tercero un punto tercero, pasa a convertirse en cuarto, exactamente. Se vota entonces el artículo ciento sesenta y cuatro, con la inclusión de este apartado. Votos a favor, pueden bajar la mano, son sesenta y seis votos.

    Al artículo ciento sesenta y nueve, existía una enmienda del Grupo Parlamentario Socialista, se retira, lo cual quiere decir que al no existir ninguna otra enmienda, puede pasarse a votar desde el artículo ciento sesenta y cinco, al final del Reglamento. Votos a su favor, sesenta y seis votos a favor; ninguno en contra. Se aprueba el resto de los artículos del Reglamento.

    Para dar cumplimiento al precepto estatutario que exige que el Reglamento sea aprobado por mayoría absoluta, se va a pasar a votar el Reglamento en su conjunto. Votos a su favor, pueden bajar la mano. Las Cortes de Aragón acaban de aprobar su Reglamento por sesenta y seis votos a favor, ninguno en contra, y ninguna abstención. Se abre un turno de explicación de voto, si los Parlamentarios desean hacer uso de él; señor de las Casas.

    El señor DIPUTADO (DE LAS CASAS GIL): Señor Presidente, señoras y señores, creo que las Cortes de Aragón, y en concreto los Diputados comunistas del grupo Mixto, nos debemos felicitar por el éxito de tener un Reglamento, en primer lugar, aprobado por unanimidad de todos los Grupos, y en segundo lugar, porque en algunas características, en sus aspectos fundamentales, y aquí todos nos debemos atribuir todos los tantos, absolutamente todos, es uno de los Reglamentos, yo me atrevo a decir el Reglamento más progresista y más avanzado que existe actualmente en España. Y estoy pensando desde el Reglamento del Congreso de los Diputados que nace en un momento determinado, y con una experiencia concreta y limitada de nuestros parlamentarios a nivel del Estado. Y estoy pensando también en los Reglamentos de los parlamentos autónomos regionales, que quizás, en algunos casos por una cierta precipitación, y en otros casos por la inexperiencia normal, han tenido que aprobar Reglamentos excesivamente calcados al Reglamento del Congreso, que sin ser malo, no declaro aquí que sea malo, sí que es un Reglamento que responde a un momento concreto, y con una experiencia limitada.

    En este Reglamento establece la potestad política en donde debe estar, fundamentalmente en el Pleno, además, si esta potestad debe transferirse a alguna otra, a algún otro órgano de la Cámara, es a la Junta de Portavoces, como lo reconoce. Trata. de agilizar en la medida de lo posible, los trámites de Proposiciones, preguntas e interpelaciones. Así pues, el Reglamento es un buen Reglamento. Nosotros nos felicitamos, y es consecuencia de un hacer en estas Cortes de Aragón, correcto desde el principio en casi todos, por no decir en todos, sus procedimientos. También en éste, en el que se ha querido y se ha preferido tener una experiencia parlamentaria previa, para ahora, después de, bastantes meses de funcionamiento, tener un Reglamento que responde sobre todo a la experiencia, de esta Cámara, a la experiencia de una Comunidad Autónoma naciente, en esta nueva España autonómica, como es la Comunidad Autónoma de Aragón. En ese sentido, repito, reitero, nos felicitamos todos y en ese sentido, nosotros, los comunistas, hemos votado positivamente.

    El señor PRESIDENTE: ¿Alguien desea explicar su voto?. Señor Eiroa.

    El señor DIPUTADO (EIROA GARCIA): Señor Presidente, señoras y señores Diputados, creo que la única explicación que cabe en estos momentos es congratularnos porque en un tiempo no digo record, pero sí rápido, las Cortes aragonesas cuentan con su propio Reglamento. Un Reglamento que yo no diría que es original, pero que sí es un Reglamento propio y muy personal de las Cortes de Aragón, y quizá, lo que habría que destacar aquí es que si se ha llegado a este entendimiento, sin perjuicio de la disparidad que ha quedado patente en los votos particulares, o las enmiendas aquí mantenidas en el Pleno, es el éxito del sistema de trabajo conjunto, algo de lo que quizá las Cortes y el Gobierno aragonés deban de tomar nota para el futuro. Cuando hay voluntad política de trabajo, y cuando hay voluntad política de hacer las cosas, se pueden llegar perfectamente a acuerdos, cediendo unos y otros, porque nunca nadie puede tener la razón completa.

    Yo diría de este Reglamento parte de una idea fundamental, y es uno de los aspectos, que es el considerar a la Mesa como órgano representativo de las Cortes de Aragón, órgano máximo, pero también de considerar a la Junta de Portavoces como órgano político. Quizá a alguien le extrañe que partidos que no tienen la mayoría, no hayan intervenido en tratar de potenciar el número de asistentes, el número de personas miembros de la Mesa. Creemos que es suficiente con que la Junta de Portavoces pase a ser un órgano político representativo de todas las fuerzas políticas de la Cámara, y esa participación de la Junta de Portavoces, queda concretada perfectamente en el Reglamento.

    Hay algo también, sobre lo que vale la pena llamar la atención, y es que junto a la minuciosa, regulación del procedimiento de elaboración de las Leyes, se deja un gran protagonismo a los Diputados considerados personalmente, cosa que también, me atrevo a decir, que es una novedad de este Reglamento. Y ello, quizá, porque a todos los partidos que formamos parte de la Ponencia, todos los Grupos Parlamentarios nos parecía oportuno que fuesen, los propios Diputados representantes de sus provincias, pero miembros también de una región, los que tuviesen en un momento determinado, la posibilidad de comparecer, y de ser considerados individualmente ante Proposiciones, ante preguntas, ante cualquier tipo de intervenciones en la Cámara.

    Se regula, creo que también de manera acertada, el control del Ejecutivo. Las formas control de la Diputación General, las comunicaciones, las informaciones, las interpelaciones, los planes y programas quedan regulados.

    Es, en definitiva, un Reglamento con el que podremos trabajar en las Cortes aragonesas durante mucho tiempo. No quiere esto decir que no haya que hacer alguna modificación con el tiempo, pero sí ha estado presente en el ánimo de todos los miembros, tanto de la Ponencia, como de la Comisión, el tener un Reglamento de cara al futuro, el tener un Reglamento que no se ajustase estrictamente a la composición actual de la Cámara, un Reglamento que sirviese para dentro de unos años, y que tuviese en todo el trabajo que en esta Cámara se vaya a hacer. Vuelvo a repetir la congratulación de este Grupo Parlamentario y recordar una vez más que este sistema de trabajo conjunto, este sistema de elaboración de todos a una, con esta voluntad política de haber querido tener un Reglamento, con concesiones de unos y otros, puede dar lugar a frutos muy positivos en esta Cámara. Muchas gracias.

    El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra, la Diputada doña Luisa Fernanda Rudi.

    La señora DIPUTADA (RUDI UBEDA): Señor Presidente, señoras y señores Diputados. Creo que en las pocas veces que he subido a este estrado, en el periodo legislativo que llevamos, es la que con mayor satisfacción lo hago, y creo que nos debe de haber ocurrido igual hasta ahora a los tres Diputados que hemos subido a dar nuestra explicación de voto al tema del Reglamento, y me imagino que el Diputado del Grupo Socialista, que a continuación mía hará uso de la palabra le va a ocurrir lo mismo.

    Indudablemente han sido unos meses de arduo trabajo. No es que quiera decirlo yo, que quizá sea la persona menos adecuada, por haber sido ponente en este Proyecto de Ley, pero lo que sí es cierto en que por ser una Ley, o ser el Reglamento interno de la Cámara, hemos tenido todos especial cuidado, tanto los ponentes como todos los Diputados que cada uno de nosotros teníamos detrás, formantes de cada Grupo Parlamentario, hemos tenido especial cuidado en la redacción de estos temas.

    Indudablemente, creo que debemos felicitarnos todos los Diputados de las Cortes de Aragón, en este momento que aprobarnos nuestro Reglamento. Sí es cierto que probablemente lo hagamos con retraso con respecto a otras Comunidades Autónomas, que llevan ya meses con un Reglamento de la Cámara propio, también es verdad que quizá, como ya alguna persona que me ha precedido en el uso de la palabra me ha hecho notar, por haber trabajado sobre este Proyecto de Reglamento, al mismo tiempo que las Cortes estaban ya debatiendo temas y estábamos teniendo experiencia de qué es lo que fallaba o qué es lo que no nos permitía trabajar con la debida flexibilidad aplicando el del Congreso de los Diputados, el Reglamento del Congreso de los Diputados. Esto nos ha permitido llegar a una redacción mucho más cuidada de nuestro Reglamento.

    Sí debo destacar como principales características, la flexibilidad con que se ha dotado a este Reglamento para la buena marcha y el funcionamiento de la Cámara, la libertad individual que a cada Diputado como tal se le respeta. Por supuesto, también, se ha hablado mucho, y se ha discutido de las cuestiones de originalidad, unas veces a favor, y unas veces en contra, tanto en Ponencia como en Comisión, como hoy mismo en este Pleno. Efectivamente, hay determinadas partes que se han reglamentado que han sido originales. No quiere decir que todo lo original sea bueno, pero yo creo que en este Reglamento sí. Las cuestiones nuevas que se han introducido han sido después de un profundo y detallado estudio, y porque todos pensábamos que iban a ser lo mejor.

    Se ha destacado ya la función que se le da a la Mesa y la mayor preponderancia que se le da a la Junta de Portavoces. No voy a incidir sobre ello, pero quizá hay un tema que sea de especial características, y es también el mayor juego que se le da a la Diputación Permanente, precisamente, preveyendo esos lapsus de períodos en los cuales la Cámara, no se reune . Se ha querido que el órgano legislativo siguiese teniendo, no las mismas competencias de control que tiene el Pleno, pero sí prácticamente las mismas a través de su Diputación Permanente. Esto es uno de esos aspectos originales que podríamos hablar, y que creo que es importante y que es beneficioso para la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Y hay dos puntos, que también se han tratado con una cierta originalidad, o que por lo menos en otros muchos Reglamentos de Comunidades Autónomas no se contemplan, que es la regulación de los convenios de gestión y la regulación de los tratados y convenidos internacionales que nuestro Estatuto preve, y porque en el Reglamento nos hemos preocupado de desarrollar las normas que nos pueden llevar a ello.

    Simplemente, terminar diciendo que vuelvo a reiterar la felicitación para todos los componentes de esta Cámara por haber sacado adelante el Reglamento, con sesenta y seis votos a favor y ninguno en contra; que espero y deseo que este espíritu y forma de trabajo se vuelva a repetir en estas Cortes, que no se olvide que con voluntad política, voluntad de trabajo, cediendo todos los Grupos, o todos los partidos políticos, indudablemente trabajaremos muchísimo mejor en bien de la Comunidad Autónoma de Aragón, que creo que debe ser lo único importante para todos los Diputados que en estas Cortes nos encontramos. Muchas gracias.

    El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el Diputado don Luis García Nieto.

    El señor DIPUTADO (GARCIA-NIETO ALONSO): Señor Presidente, señoras y señores Diputados. Hacer nuestras, como Grupo Socialista, todas las palabras pronunciadas por los tres representantes de los Grupos Parlamentarios que nos han precedido, que me han precedido en el uso de la palabra.

    Hoy es el momento de decirle adiós a este Reglamento del Congreso de los Diputados que nos ha servido y que nos hemos servido de él, para llegar, desde mayo de. 1983, a marzo del año 1984. Adiós al Reglamento del Congreso de los Diputados, y bienvenido al Reglamento de las Cortes de Aragón.

    Yo les decía a ustedes, Señorías, al principio, cuando hemos empezado a tratar el Reglamento, que nos habíamos marcado en la Ponencia, tres objetivos básicos. Uno la rapidez o el llegar a un texto en Ponencia aprobado por unanimidad Así ha sido, y yo creo que, en el espíritu de todos, por lo menos de los ponentes, estaba que esta unanimidad del dictamen de la Ponencia, si era posible, fuese trasladada al Pleno, como ha sido hoy, y que yo me felicito, y felicito a todos los parlamentarios.

    El segundo objetivo era que fuese un Reglamento propio. Se ha tachado de original, pero era importante el tener un propio Reglamento donde estuviesen recogidas las circunstancias y la propia idiosincrasia que dimana del Reglamento, del Estatuto de Autonomía.

    Y después, algo que parece más importante, que también han destacado los señores Diputados que me han precedido en el uso de la palabra, que no se contemplasen las características de hoy, de la configuración de la Cámara, sino que con este Reglamento pudiésemos caminar, caminar hacia el futuro. También lo ha dicho algún Diputado, yo también lo he mencionado anteriormente, esperamos que este Reglamento nos sirva. Si detectamos que en el futuro que no nos sirve, modifiquemos el Reglamento, que no nos dé ningún rubor que lo que hoy hemos aprobado por unanimidad, tengamos que modificar en el futuro.

    Y dentro del capítulo de agradecimientos, y creo que, y voy a pedir disculpas por lo que voy a decir, me parece importante hacer algún agradecimiento, yo personalmente agradezco en el largo trabajo que hemos tenido en la Ponencia, el talante de todos los Ponentes, el termo de café y las galletas de José Luis Merino, el regaliz de Luisa Fernanda, los cigarros Fortuna de Emilio Eiroa, y yo creo, el espíritu que es bueno, que se ha destacado aquí, y que pensamos que éste es el camino de trabajar en unas Cortes, trabajar en equipo, trabajar todos a una, discrepar, como hemos discrepado, porque para eso estamos en el Parlamento, pero si es posible, llegar a textos uniformes, como hoy hemos llegado. Nada más.

    El señor PRESIDENTE: Aplicando el artículo setenta y uno de nuestro nuevo Reglamento, me congratulo en decir que se suspende la Sesión. Se reanudará a las cuatro de la tarde.

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