Diario de Sesiones de las Cortes de Aragón


Decretos-Leyes

Convalidación del Decreto Ley 3/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de contratos del sector público de Aragón, para la profesionalización de los miembros del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón.

Diario de Sesiones de las Cortes de Aragón n°: 050 de Plenos (IX Legislatura)
Intervinienen: Gimeno Marín, Fernando - Briz Sánchez, Gregorio Jesús - Martínez Romero, José Javier - Allué De Baro, Elena - Vicente Ocón, Héctor - Zamora Mora, Pilar Marimar - Vallés Cases, María Yolanda

La señora PRESIDENTA: Buenos días, señorías.

Damos inicio a esta Diputación Permanente de las Cortes de Aragón [a las doce horas y nueve minutos] con el punto único del orden del día, correspondiente al debate y votación sobre la convalidación del Decreto Ley 3/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de contratos del sector público de Aragón para la profesionalización de los miembros del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón.

Tiene la palabra un miembro del Gobierno para la presentación del decreto ley por tiempo de ocho minutos. Señor consejero, cuando quiera.

Convalidación del Decreto Ley 3/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de contratos del sector público de Aragón, para la profesionalización de los miembros del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón.

El señor consejero de Hacienda y Administración Pública (GIMENO MARÍN): Traemos a estas Cortes la solicitud de convalidación del Decreto Ley 3/2017, que comporta la modificación de la Ley 3/2011, de medidas en materia de contratos del sector público de Aragón y que lleva a la profesionalización de los miembros del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, el TACPA.

La creación del TACPA se prevé en la Ley 3/2011, de medidas en materia de contratos del sector público de Aragón. Sus funciones y competencias se han recogido tanto en la Ley 3/2011 como en la Ley 3/2012, de medidas fiscales y administraciones, y en la Ley 5/2017, de 1 de junio, de integridad y ética públicas, que han ido ampliando los supuestos. También se recoge una ampliación de supuestos en el proyecto de ley de contratos del sector público, con el que se incorporarán distintas directivas europeas en materia de contratación. Ya saben que estas leyes también están pendientes de aprobación a nivel del Estado.

Esta nueva normativa en materia de contratación, proyecto de ley en tramitación en el Congreso de los Diputados, amplia las actuaciones a los encargos de ejecución a medios propios. La ampliación de supuestos se debe a una rebaja progresiva de los umbrales económicos a partir de los cuales los contratos públicos pueden ser susceptibles de recurso especial en materia de contratación pública. Con la modificación de la Ley de medidas fiscales de 3 de diciembre se situó en un millón de euros en contratos de obras y cien mil euros en servicios y suministros. Nuestra ley de integridad pública los ha situado en doscientos mil euros para los contratos de obras y en sesenta mil euros para los de suministros y servicios.

La actividad del TACPA se mide por el número de acuerdos adoptados, actividad que ha venido incrementándose en un 400% desde 2011, siendo la cifra de acuerdos adoptados de ciento veintisiete en 2016. A 2 de junio del 2017 ya se han adoptado sesenta y siete acuerdos. El número de recursos interpuestos se ha ido incrementado por tanto de manera exponencial: en el año 2011 había treinta y dos acuerdos, en estos momentos nos movemos en ciento veintisiete en 2016 y en 2017, sesenta y siete hasta el 2 de junio.

En la actualidad, sus miembros compatibilizan la tarea del TACPA con su puesto de trabajo en administraciones a las que pertenezcan. Este modelo organizativo solo es similar en Navarra. En Andalucía, Cataluña, Madrid, País Vasco, Canarias y Galicia, así como en el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales se dedican en exclusiva. De este modo, su urgente y extraordinaria necesidad, justificada por el incremento de carga de trabajo, así como por las previsiones de la recientemente aprobada Ley de integridad y ética públicas de Aragón, el Gobierno de Aragón aprobó en su reunión de 20 de junio de 2017 el decreto ley que hoy traemos a convalidar.

Consideramos además necesario dotar adecuadamente de recursos al tribunal para reforzar la eficacia del recurso y la profesionalización de los miembros encargados de resolverlo. Con lo previsto en el decreto ley, el TACPA se compone por un presidente y al menos dos vocales. Serán nombrados por decreto del Gobierno de Aragón, previa información a las Cortes de Aragón, a propuesta del consejero competente. La duración del mandato será de seis años y no podrá prorrogarse. Desempeñarán su función en régimen de dedicación exclusiva, garantía de independencia, imparcialidad y total objetividad. Les resultará de aplicación el régimen de conflictos de intereses e incompatibilidades de altos cargos. Quienes conforman en la actualidad el TACPA seguirán ejerciendo sus funciones hasta que tomen posesión quienes los hayan de sustituir. Se prevé dos meses para las convocatorias.

Se prevé un coste de doscientos seis mil quinientos euros, en 2016 fue de treinta y cuatro mil setecientos sesenta y siete. Los costes de creación de las plazas de los miembros del TACPA se financiarán con los mayores ingresos resultantes de la diferencia entre las previsiones de ingresos recogidas en el presupuesto para el ejercicio 2017 en concepto de liquidación definitiva del ejercicio 2015 y de entregas a cuenta del año 2017 y los importes finalmente constatados.

El decreto ley fue publicado en el BOA el 26 de junio de 2017 y cuenta con todos los informes necesarios. Está publicado en la web de Trasparencia del Gobierno de Aragón.

Para terminar, simplemente quiero hacer una manifestación sobre el TACPA en el siguiente sentido. Yo quiero agradecer de una forma muy especial a todos los que han formado parte del TACPA antes y ahora, en estos momentos, presididos en estos momentos por José María Gimeno Feliu. Forman parte del mismo Jesús Colás Tena, Miguel Ángel Gil Condón y, como miembro suplente, Ignacio Salvo Tambo, que se ha incorporado hace poco tiempo. Pero también quiero referirme especialmente también a María Asunción Sanmartín y Anabel Beltrán. Quiero decir que la magnífica y extraordinaria labor que han hecho en este tribunal da lugar a que hoy estemos discutiendo este decreto ley porque su éxito es el que dar lugar a la necesidad de reforma para que siga teniendo el éxito y la eficacia que tiene en estos momentos.

La señora PRESIDENTA: Gracias, señor consejero.

¿Algún grupo parlamentario desea hacer uso del turno en contra?

Pues, en tal caso, tiene la palabra el Grupo Parlamentario Mixto.

El señor diputado BRIZ SÁNCHEZ: Gracias, señora presidenta.

Señor consejero, gracias por la presentación clara y precisa de este decreto ley para su convalidación.

Nosotros, desde el Grupo Mixto, no encontramos ninguna objeción a esta profesionalización de los miembros del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, creado por la Ley 3/2011. En definitiva, esto es lo que ya se recogía en un principio, ¿no?, que hubiera dedicación exclusiva y profesionalización. Lo que ocurre es que, como dice la exposición de motivos, el régimen transitorio planteó la posibilidad de que algunos miembros de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa formaran parte de este tribunal.

Es verdad —usted lo ha dicho— que el crecimiento en estos años del trabajo de este tribunal ha sido enorme, un 400%, y, lógicamente, con las leyes de integridad y ética públicas y medidas administrativas, lógicamente, ha ido incrementando; que nos parece bien que haya un control cada vez mayor de la contratación y que todo eso esté fiscalizado y perfectamente regulado con esas cantidades que usted ha dicho, efectivamente, que ha ido rebajándose del millón de euros, los umbrales, hasta doscientos mil y, en el caso de contrato de obras, sesenta mil para suministros y servicios.

Por tanto, nos parece bien que se profesionalice, que haya dedicación exclusiva, que haya un mandato, que haya una concurrencia pública para ocupar esas plazas y que sean funcionarios de determinado nivel con toda la trasparencia y toda la claridad.

Por ello, ante esta situación no entendemos que haya ninguna contraindicación, al contrario, nos parece positivo. Y, como usted ha dicho, el trabajo anterior de muchos profesionales y funcionarios ha hecho que este tribunal tenga una mayor eficacia y seguramente un mayor prestigio. Por lo tanto, no tenemos ninguna contraindicación, al contrario, y nuestro voto va a ser a favor.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Briz.

Tiene la palabra el Grupo Parlamentario Ciudadanos.

El señor diputado MARTÍNEZ ROMERO: Muchas gracias, señora presidenta.

Empezamos porque tenemos que dar un primer matiz, y es que no vemos que esto sea tan extraordinario ni tan urgente. Pero, independientemente de eso, sí que estamos de acuerdo con usted, señor Gimeno, en la importancia de este tribunal, estamos de acuerdo con el desempeño que han realizado todos aquellos que han participado en estas labores hasta el momento y, desde luego, con el éxito y la función que han realizado. Hasta aquí todo correcto.

Si algo tiene importancia, desde luego, es la contratación pública. Cualquier gobierno sabe que en estos momentos la contratación pública es un elemento que le va a permitir definir cuánta transparencia tiene, con cuánto rigor trabaja y cuál es la eficacia que pretende al final de su trabajo como gobierno, ya le digo.

En este escenario hablamos del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, hablamos de la resolución de recursos y en este caso hablamos del final de la resolución por la vía administrativa, por lo que tiene todavía mayor importancia si cabe porque de aquí ya tendría que saltar directamente a la vía judicial.

Es cierto también que, además de esa importancia, lo que se ha abierto muchísimo es el abanico o las posibilidades que existen de establecer recursos en muchísimas de las casuísticas —ya lo ha dicho usted, lo ha dicho el señor Briz— por cuanto se han realizado cambios en la nueva Ley de integridad y ética públicas. Esto ya hace presuponer, yo creo que vista la evolución que se está produciendo por los cambios anteriores, que es posible que se multipliquen, crezcan de manera importante los casos que vaya a tener que resolver, que vaya a tener que solucionar este tribunal, y entonces habrá que tomar decisiones y habrá que empezar a pensar en cuál es la mejor de las formas para que pueda seguir siendo eficiente. Probablemente, esto pase por nombrar a una serie de personas que tengan, obviamente, los requisitos necesarios, que tengan además una dedicación y que puedan dedicarse a esto en exclusiva para prestar toda la atención y poner toda la diligencia que va a ser necesaria.

Por todo ello, nosotros, ya le digo, apoyaremos este decreto ley, la convalidación de este decreto ley, porque entendemos que es oportuno. Ya es algo que estaba planteado en un principio, estaba en este momento en una situación más bien transitoria, pero no consideramos, vuelvo a repetirlo, que fuera tan extraordinario ni tan urgente.

Independientemente de todo ello, tendrá nuestro voto a favor.

Muchísimas gracias.

La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Martínez.

Tiene la palabra el Grupo Parlamentario Aragonés.

La señora diputada ALLUÉ DE BARO: Gracias, presidenta.

Pues vaya también nuestra felicitación, por parte del Grupo Parlamentario Aragonés, y el agradecimiento a los componentes del actual Tribunal Administrativo, que para nosotros también es un órgano fundamental, con una labor importantísima en lo que concierne a la labor administrativa de control de los diferentes contratos públicos del Gobierno de Aragón.

Bien, pues, hoy se trae a aprobación la convalidación de un decreto ley que viene a modificar algún artículo de la Ley de Contratos del Sector Público, y yo creo que lo que se viene a hacer es reforzar la labor que desarrolla en este caso el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos.

Creemos, precisamente, que por el número de casos tratados y por el incremento de las funciones, pues, se hace urgente modificar la ley para darle, precisamente, un carácter más permanente y que refuerce, además, su eficacia, teniendo en cuenta, además, que ha habido modificaciones en los umbrales y que, precisamente, por el volumen de contratos que se ha incrementado exponencialmente, precisamente, por —como digo— la bajada del umbral en los contratos de obra, pasando de cinco millones a doscientos mil, y en los contratos de servicio, pasando de doscientos nueve mil a sesenta mil, y esto lo que supone en la práctica es una mayor carga de trabajo por parte del Tribunal Administrativo. Por lo tanto, entendemos que se hace comprensible que los miembros del tribunal gocen de dedicación exclusiva. Entre otras cosas, porque de lo que aquí se está hablando es, precisamente, de poner en el centro de nuestros valores la ética y la transparencia en las formas de gobernar.

En este sentido, desde el Grupo Parlamentario Aragonés, entendemos que el único camino para reponer la ejemplaridad y los principios éticos que reclaman con razón los ciudadanos en Aragón es, precisamente, ser responsables en el buen gobierno, trabajando para hacer una Administración mucho más eficiente de cara al ciudadano.

Y, desde luego, para garantizar la despolitización de los órganos de control, pues, también debemos velar por su independencia.

Por lo tanto, con la modificación de esta ley, pues, no solo van a gozar de dedicación exclusiva, sino que, además, su mandato va a ser temporal, no prorrogable; sus miembros tendrán carácter independiente e inamovible, por lo que no podrán ser removidos de sus puestos si no es por causas graves.

Por lo tanto, profesionalizarlos, profesionalizar al Tribunal Administrativo, creemos que es un paso más para reforzar, dotarles de mayores recursos y mayor independencia a este órgano administrativo que es el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón.

Por lo tanto, nosotros votaremos a favor de la convalidación del decreto ley.

Gracias.

La señora presidenta (BARBA BORDERÍAS): Gracias, señora Allué.

Grupo Parlamentario Podemos Aragón, tiene la palabra.

El señor diputado VICENTE OCÓN: Gracias, señora presidenta.

Podemos Aragón ha decidido abstenerse en la convalidación de este decreto ley por diversos motivos, entre los cuales, pues, la verdad es que no está un reparo significativo —digamos— hacia lo que es el contenido del mismo decreto. Ya saben que la norma en sí es bastante concreta y hasta podríamos decir que es de contenido rutinario.

El Tribunal Administrativo de Contratos de Aragón es un elemento que refuerza las garantías para todas las partes en el proceso de contratación. Como bien han dicho ya, la ética, la transparencia y, efectivamente, su protagonismo creciente justifica buena parte del paso hacia la profesionalización completa que ya lleva pendiente desde el año 2012. Esto mismo, Podemos Aragón ya lo había solicitado más de una vez en la Comisión de Hacienda y, por lo tanto, no creíamos coherente poner objeciones a este respecto.

No obstante, hemos de decir que tanto las formas como el trasfondo político en el que se llega a esta norma no nos mueven a refrendar el desempeño político que el Gobierno ha venido haciendo en esta materia y que deja mucho que desear, a nuestro entender. En primer lugar, porque la fórmula escogida —y creo que ya ha sido mencionado por algún que otro portavoz—, la del decreto ley, a nuestro entender no se ve justificada de ningún modo, siendo que los propios factores que en su motivación cita el propio decreto, como puede ser la aprobación de la Ley de Integridad y Ética, que modifica, efectivamente, la Ley de Contratos y el ya de por sí creciente número de recursos que se estaban planteando en el tribunal, no son factores extraordinarios ni sobrevenidos, sino que se conocían y se podían haber planificado con mucha mayor antelación. Y, por lo tanto, solo se pueden atribuir a la dejadez o a la imprevisión, y que, por tanto, fuerzan ahora a precipitar la aprobación de esta norma por esta vía.

Siendo esta, además, una medida transitoria desde 2012 y llevando ya dos años de legislatura, es muy difícil comprender que solo se pudiera traer en forma de decreto ley en este momento, forzando mucho la interpretación para el uso de esta vía y en un momento del año, además, tan intempestivo que su convalidación ha obligado a las Cortes a tener que someterlo a votación recurriendo a la Diputación Permanente.

Eso, por no decir que alzando un poco la vista hacia la panorámica política general, podemos ver que esta decisión encaja muy bien en lo que podemos decir la acción de un Gobierno que se sabe a sí mismo débil. Y que lejos de buscar la forma de encontrar apoyos entre los grupos parlamentarios de la Cámara, vemos, con medidas como esta, cómo se limita a vivir de espaldas a la misma, trayendo proyectos cada vez con menor impacto y con una menor voluntad de dialogo. A la vista está la forma en la que hemos tenido que tramitar este decreto ley, lo que me lleva a un segundo motivo para la abstención.

Relacionado con esta debilidad está la absoluta falta de modelo del Gobierno, ni en lo referente a recuperar servicios públicos, ni en lo referente a gestionarlos de otra forma. Más bien todo lo contrario, si he decir la verdad.

En una legislatura en la que la verdad es que se ha hablado mucho de contratación pública, con ideas más que interesantes sobre la mesa, factibles, asequibles y beneficiosas a todas luces, esta es, la verdad, la única medida concreta que hemos visto en este tema, la primera. Mi grupo se ha ofrecido muchas veces a hablar de todo lo que hiciera falta, y en contratación pública hemos puesto encima de la mesa, para demostrarlo, muchas y diferentes ideas.

Por poner algunos ejemplos, tenemos la PNL en comisión del 21 de marzo de 2016, sobre la creación de una guía para la inclusión de cláusulas contractuales de carácter social para las administraciones aragonesas. O la del 19 de mayo del 2016 en el Pleno, de paraísos fiscales en la contratación pública. Por no decir dos PNL de Izquierda Unida, que no va a poder intervenir, pero que sí, efectivamente, también ha tenido mucho que decir sobre la contratación pública de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón del 8 de octubre del 2015 y del 1 de diciembre de 2016, relativa a cláusulas sociales en la contratación pública y creación de un órgano colegiado.

Todas ellas, aprobadas, pero igualmente ignoradas en su mayor parte por el Gobierno, lo cual es especialmente doloroso para nosotros, porque son apuestas clave para la recuperación de los servicios públicos y la soberanía económica de Aragón.

No sabemos nada sobre los resultados, por poner ejemplos, del foro de la contratación, que hace ya casi un año que empezó a funcionar. Seguimos poniendo como excusa la futura la ley estatal para no llevar a cabo lo referente a las clausulas sociales en la contratación, etcétera.

En general, una política de contratación pobre y pasiva, en medio de la cual aterriza, como venido de Marte, este decreto ley, cuyo contenido compartimos, pero que, desde luego, no copa, ni mucho menos, nuestras expectativas en lo que refiere a contratación pública. En Podemos Aragón, consideramos que hay mucho campo político aquí para trabajar, y el Gobierno de Aragón no está haciendo nada en este sentido.

Por todo esto, a falta de una política clara y de iniciativa en favor de la gente, preferimos abstenernos, a la espera de que el Gobierno capte este mensaje y acepte su responsabilidad de legislar una contratación pública que ayude a recuperar los servicios públicos y, en general, a favorecer a la gente.

Muchas gracias.

La señora presidenta (BARBA BORDERÍAS): Gracias, señor Vicente.

Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra.

La señora diputada ZAMORA MORA: Gracias, señora presidenta.

Muchas gracias, señor consejero, por la presentación que nos ha hecho del contenido y los motivos que han llevado al Gobierno de Aragón a aprobar este Decreto Ley 3/2017, de 20 de junio, que modifica parcialmente la Ley 3/2011, para hacer posible la profesionalización de los miembros del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, y que hoy se somete a convalidación, ni más ni menos, y debatimos hoy este decreto ley en una Diputación Permanente.

Ya se ha dicho: han pasado seis años desde la creación en Aragón de este Tribunal Administrativo; fue en marzo de 2011, casi finalizando la séptima legislatura, cuando el Gobierno de aquel momento trajo a esta Cámara un proyecto de ley de contratación, pionero en esta materia, que, entre otras cuestiones, regulaba la creación del Tribunal Administrativo de Contratos de Aragón. Se daba cumplimiento así a lo dispuesto en la normativa estatal, que optaba en nuestro país por la regulación de la figura de los tribunales administrativos específicos para resolver los recursos especiales de contratación para contratos armonizados, estableciendo que las comunidades autónomas podrían crear sus propios órganos. Y esta fue la opción del Gobierno en aquel momento.

Y tras la aprobación de la Ley 3/2011, se configuro este órgano como un órgano colegiado de tres miembros, presidente y dos vocales, en el que actuaba como secretario el secretario de la Junta Consultiva de Contratación. Una regulación que establecía un régimen transitorio, pero cuya pretensión era un funcionamiento del Tribunal con dedicación exclusiva de sus miembros.

Este espíritu inicial se modificó un año después, en marzo del 2012, a través de la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas de Aragón, que estableció que las funciones de los miembros del Tribunal fueran compatibles con sus respectivos puestos de funcionarios. Y de esta forma, ha venido funcionando durante estos últimos años, en régimen de compatibilidad, cumpliendo, eso sí, con las exigencias legales de independencia y profesionalidad y agilidad en la resolución, por lo que nuestro grupo, señor consejero, se suma también a las felicitaciones que usted ha hecho en su intervención a todos los componentes que durante estos años han venido gestionando de esta forma este Tribunal.

Basta revisar las memorias anuales en esta apuesta por la transparencia y la labor didáctica que ha realizado este órgano para comprobar la doctrina que durante estos años ha fijado en el ejercicio de sus competencias, por cierto, citada en muchas ocasiones por otros tribunales.

También es importante el papel que este Tribunal ha ocupado en la labor de coordinación con otros tribunales autonómicos, en el que ha ejercido una labor fundamental de impulso.

En esta rápida memoria que he querido hacer de su actividad, señalar que la mayor parte de su actividad, tal y como también ha señalado el consejero, está en el número de acuerdos adoptados, ya que, desde su creación, los recursos han crecido de forma exponencial. Usted también se ha referido a ello: en seis años de funcionamiento, los acuerdos adoptados por este órgano se han multiplicado por cuatro. Quizá, uno de los principales motivos por los que ha sucedido esto, junto a la utilidad de este órgano en el procedimiento —de lo que no hay ninguna duda— y al mayor conocimiento de este tipo de recursos, ha sido que las competencias previstas en su normativa de creación han ido ampliando supuestos: primero, con la Ley 3/2012, de Medidas Fiscales y Administrativas, y más recientemente, con la Ley 5/2017, de 1 de junio, de Integridad y Ética Pública de Aragón. Ambas normativas han apostado por una rebaja de los umbrales económicos, a partir de los cuales los contratos públicos pueden ser objeto de recurso especial. Una situación, sin duda, a la que habrá que sumar.

Por ello, es importante en este momento anticiparse a aquellos nuevos supuestos que se regulen tras la aprobación de la futura ley de contratación, una ley ahora en tramitación en el Congreso y que, por cierto, espero que vea pronto la luz y de esta forma se incorporen al ordenamiento español las directivas europeas de contratación pública del 2014, de las que tanto hemos hablado en esta Cámara durante esta legislatura. Una legislatura que yo sí que pienso que por parte del Gobierno está siendo muy positiva en materia de contratación. Resaltar que se ha creado, gracias al impulso, por supuesto, de esta Cámara y de iniciativas de otros grupos de la izquierda, el Foro de Contratación. Se está dando un impulso fundamental a las cláusulas sociales y medioambientales en todos los procesos. Se ha aprobado una Ley de concierto social pionero, trasponiendo directivas que todavía el Estado español no ha hecho. Y sí que pienso que desde el Gobierno de Aragón se considera que la acción de contratación es estratégica en la acción pública. No se está esperando, no hay excusa, no se está esperando a que la Ley de contratos del Gobierno a nivel nacional se apruebe. Hay que esperar, porque es legislación básica, y a partir de ahí, desarrollar.

Por tanto, señor consejero, coincidimos con usted en que esta situación aconseja dotar adecuadamente a este órgano de medios materiales y personales propios y pasar de ese sistema de funcionamiento basado en la compatibilidad a ese sistema de exclusividad, reforzando de esta forma, tal y como establece en su memoria el Tribunal de Contratos Administrativos, la eficacia del recurso, que requiere de esa rapidez para que sea de utilidad, y la profesionalización de los miembros encargados para resolverlo.

Y esto es lo que resuelve la modificación que se hace en este decreto ley, que permitirá, además de ampliar los miembros del tribunal en caso necesario, que estos pasen a desempeñar sus funciones con carácter exclusivo. Este es el modelo que siguen prácticamente la totalidad de los tribunales administrativos en nuestro país, garantizando a su vez su necesaria independencia funcional con la inamovilidad de sus miembros, que solo podrán removerse por las causas establecidas.

También coincidimos con usted en la necesidad urgente y extraordinaria de resolver esta cuestión ante la reciente entrada en vigor de la Ley de Integridad y Ética Pública, que incrementará previsiblemente una carga de trabajo que ya de por sí es muy elevada. Por lo que, sin ninguna duda, son razones de interés general las que justifican la aprobación por parte del Gobierno de este decreto ley.

Por tanto, nuestro grupo votará a favor de la convalidación del mismo, valorando que viene a reconocer la labor de este órgano fundamental para garantizar en la contratación pública el control del procedimiento de las licitaciones, asegurando que tanto en la preparación como en la adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de los contratos del sector público se apliquen correctamente los principios de contratación y la normativa que los regula. Una inversión que sin duda tiene como resultado una gestión más eficiente de la Administración y, en consecuencia, de los fondos públicos y que, además, se refuerza la acción de este órgano autonómico, preservando la respuesta ágil, la seguridad jurídica y garantizando la independencia, la especialización y la eficacia, tres claves sin duda fundamentales en el desempeño de las competencias de los tribunales administrativos de contratación.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA: Gracias, señora Zamora.

Tiene la palabra, a continuación, el Grupo Parlamentario Popular.

La señora diputada VALLÉS CASES: Gracias, señora presidenta.

Señor consejero.

Pues, señorías, yo empezaré llamando la atención sobre la circunstancia que hoy nos reúne. Hoy, estamos aquí en un órgano reglamentario, pero excepcional, como es la Diputación Permanente, y estamos para tramitar una figura legislativa que tiene también la naturaleza de excepcional en nuestra Constitución y en nuestro Estatuto de Autonomía, como es el decreto ley. Y, claro, ante tanta excepcionalidad y ante los problemas reales que acucian a la ciudadanía, uno se pregunta que siendo importante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos por la labor realizada y por la labor que tiene por realizar, uno se pregunta qué de importante y de excepción tiene la modificación de la naturaleza laboral de los miembros del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón para que el Gobierno impulse o ponga en marcha dos mecanismos excepcionales.

Con esta premisa, el Grupo Popular, grupo mayoritario y responsable de la oposición, ha analizado dos cuestiones: en primer lugar, si la figura adecuada, la figura de..., si realmente se puede llevar a cabo la regulación de esta materia, y estamos ante una circunstancia urgente y extraordinaria que establece disposiciones excepcionales, transitorias o provisionales, como es el decreto ley. Y la segunda, ver si el contenido de este decreto ley supone una mejora en la modificación legislativa en la regulación actual, porque es lo que se pretende con cualquier modificación legislativa, que haya una mejora en el contenido.

Y aquí, señorías, es donde surgen nuestras primeras dudas, dudas que no son pocas. ¿Realmente estamos ante una necesidad urgente y extraordinaria de interés general o estamos ante una necesidad urgente y extraordinaria del Gobierno de Aragón ante su falta de coordinación y su falta de previsión legislativa?

Porque, claro, por razón de la materia, yo no creo que a los ciudadanos les esté preocupando si el trabajo del Tribunal Administrativo de los Contratos Públicos está realizado por personal o por funcionarios profesionalizados, con dedicación exclusiva, o por funcionarios —no dejan de ser funcionarios— que compatibilizan su trabajo con el cobro de dietas. Yo no creo que sea esta la duda. Si me apuran, no hay ni siquiera una urgencia de gestión.

En esta misma sala, esta diputada le preguntó a su director general de Contratación, Organización y Patrimonio, cuando estaba tramitándose el proyecto de ley, los efectos que iba a tener el proyecto de ley de integridad y ética pública en el funcionamiento del Tribunal Administrativo, habida cuenta de las modificaciones para plantear un recurso de reposición potestativo y especial que se establece para el Tribunal Administrativo. Y el director general no consideró que se produjera ningún efecto ningún efecto o ninguna carga o bien no me quiso contestar, que es algo que también ocurre con la oposición. Por tanto, si entonces no era urgente, yo tampoco creo que tres meses después vaya a ser urgente la cuestión.

Así, señorías, que de urgente y extraordinario, pues, nada de nada. Si acaso, lo que hay es una dislexia y una falta de coordinación legislativa que llega a límites insospechados.

Y analicemos realmente en qué lo justifican. Ustedes lo justifican porque hay que aplicar ahora un proyecto de ley que ustedes nos trajeron a finales del año pasado y que se aprobó el 1 de junio. Han tenido seis meses, ¿eh?, para pensárselo. Han tenido seis meses —este tribunal caducó en el mes de marzo— para presentar enmiendas por parte del Grupo Socialista, para presentar incluso enmiendas in voce, que, visto lo visto, nadie hubiera planteado ningún tipo de oposición, porque el contenido no plantea ningún tipo de problema, aparte de que luego haré alguna precisión.

Y, claro, yo creo que su falta de previsión es clara y notoria. En esa ley se modifica, en una disposición adicional, la Ley de Contratos Públicos, lo mismo que hace este decreto ley. Pero es que no se queda ahí. Ustedes, el 9 de mayo, en el Consejo de Gobierno, aprobaron el proyecto de ley —lo voy a mirar— de organización y régimen jurídico del sector público autonómico de Aragón, y en él, en sus artículos 66 y 67, ustedes regulan los criterios básicos que tienen que cumplir los órganos colegiados y los tribunales administrativos que recurran estos recursos de reposición. Pues, bien, lo hacen de manera contradictoria a lo que regulan hoy en el decreto ley, de tal manera que si lo aprobamos como ustedes lo ha traído, este decreto ley tiene vigencia de tres meses, por eso de que la ley posterior deroga la anterior y es contradictoria.

Pero como decían unos dibujos animados de mi época, «aún hay más». Es que, como ustedes ya indican en la propia exposición de motivos, se está tramitando la ley de contratos del sector público de España para adaptarla a la normativa europea. Nosotros tenemos que adaptar nuestra propia legislación, y el propio director general nos dijo que a finales de este año, ustedes iban a traer el proyecto de ley de uso estratégico de la contratación pública, donde habrá que regular expresamente la composición, el funcionamiento y las funciones de este tribunal. Comprenderán que ante este barullo legislativo tengamos dudas.

Ustedes han tenido hasta dos leyes ordinarias, la que entró el 9 de mayo y la que han tramitado, para llevar a cabo la modificación. ¿No era urgente? ¿No era necesario? ¿O es que ustedes lo que no querían era una regulación legislativa concreta, con los informes preceptivos y el proceso de participación correspondiente?

Señorías, no solamente no es urgente, por estos argumentos lógicos, sino que tampoco es urgente desde el punto de vista de la materia.

Ustedes conocen la sentencia del Tribunal Constitucional, esa que ha declarado inconstitucional la amnistía fiscal y que tanto nos echan en cara al Partido Popular. Esa se declaró inconstitucional por la utilización de un decreto ley para regular los tributos, y en esa sentencia, si ustedes han leído la base jurídica y no solo los titulares de prensa, verán que cuando el decreto ley regula expresamente y con efectos directos diferentes materias, entre las que se encuentra la presupuestaria, no puede ser objeto de decreto ley. Y, claro, ustedes, en la disposición adicional primera de este real decreto dicen «que produce efectos necesarios y consecuentes de modificación presupuestaria». Duda respecto al uso de la figura y duda respecto al contenido.

Si ustedes solamente querían profesionalizar este servicio, les hubiera bastado con derogar el artículo 29.3 de la Ley 10/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, lo aprueban, lo modifican, lo aprueban el 20 de junio, lo publican el 21, lo traen por ley de lectura única y lo hubiéramos podido tramitar. Incluso, si me apuran, hubiéramos convocado a la Diputación Permanente sin ningún tipo de enmienda, mire que se lo digo, sin ningún tipo de enmienda ese planteamiento. Pero, claro, ustedes, la verdad, es que no querían solamente profesionalizar, ustedes han introducido algunos conceptos nuevos.

Ustedes, por ejemplo, reservan al Gobierno la posibilidad de ampliar el número de vocales. ¿Hasta el infinito? ¿No creen ustedes que deberíamos de poner algún tope?

Ustedes eliminan que uno de los vocales provenga de la Administración local. Le quiero recordar que la mayor parte de esos recursos que ustedes están mencionando provienen de los contratos de la Administración pública local, y que tenemos una especial distribución territorial, un especial funcionamiento de nuestra propia Administración local, y es bueno que venga alguien de la Administración local.

Y eliminan la necesidad de un reglamento. ¿No creen ustedes que tenga que someterse a un tipo de funciones?

Señorías, como ven, tenemos dudas sobre el contenido, tenemos dudas sobre su propia limitación, así que nuestro voto va a ser una abstención, y va a ser una abstención responsable porque nosotros sí que vamos a pedir que se tramite como proyecto de ley, primero, para poner los límites que antes he mencionado y, segundo, porque creo que necesitamos llegar a un consenso.

En estos momentos, estamos tramitando una ley que lo va a regular, y en un futuro, vamos a tener una ley que lo va a regular. Lleguemos a un acuerdo y lleguemos a un consenso para que no tengamos que estar modificando esto del tribunal o esto de los contratos cada diez minutos o cada diez segundos.

Búsqueda del consenso y coherencia legislativa, que debería haber sido el objetivo fundamental de este Gobierno, pero que ha sido incapaz de conseguirlo, como lo demuestra que hoy estemos tramitando este decreto ley.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA: Gracias, señora Vallés.

Pues, en tal caso, procedemos a la votación sobre la convalidación del decreto ley. ¿Votos a favor de la convalidación? ¿Votos en contra a favor de la convalidación? ¿Abstenciones? Terminada la votación, diez votos a favor, doce abstenciones, ningún voto en contra. Queda convalidado el decreto ley.

¿El Grupo Parlamentario Popular ha manifestado su voluntad de solicitar la tramitación como proyecto de ley?

La señora diputada VALLÉS CASES: Sí, queremos que se vote la tramitación como proyecto de ley.

La señora PRESIDENTA: Gracias, señora Vallés.

Pues, en tal caso, procedemos a la votación. ¿Votos a favor? ¿Votos en contra? ¿Abstenciones? Finalizada la votación, siete votos a favor, trece votos en contra —guarden silencio un momento, señorías, por favor—, tres abstenciones. Perdón, doce en contra. Queda rechazada la solicitud de tramitación como proyecto de ley.

Para explicación de voto, ¿Grupo Parlamentario Mixto?

¿Grupo Parlamentario Ciudadanos?

¿Grupo Parlamentario Aragonés?

¿Grupo Parlamentario Podemos Aragón?

¿Grupo Parlamentario Socialista?

La señora diputada ZAMORA MORA: Sí, simplemente agradecernos y felicitarnos de que haya salido este decreto convalidado.

Y por otra parte, decirle, señora Vallés, que hemos votado en contra porque los argumentos que ha utilizado, realmente, ambos tres, son peregrinos.

Le recuerdo cuál fue su votación en la Ley 3/2011, en la que se abstuvieron también habiendo en ese momento algunas de las cosas que usted ha demando hoy aquí, y no cambió su voto.

Por otra parte, que usted apele al consenso es tremendo, y le ruego revise su comparación para que no vuelva a realizarla.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA: Gracias, señora Zamora.

Grupo Parlamentario Popular.

La señora diputada VALLÉS CASES: Mantengo mi comparación. La amnistía fiscal se declaró inconstitucional por el decreto; podríamos plantearlo perfectamente y, seguramente, ganaría la misma figura, pero no es esa nuestra intención. Nuestra intención era participar, nuestra intención era garantizar la transparencia y nuestro compromiso fundamental era llegar a un consenso.

Le quiero recordar que estamos tramitando ahora actualmente una ley que puede modificar perfectamente este real decreto y que dentro de seis meses volveremos a modificar este real decreto, y lo que queríamos era adelantar esa cuestión si tan extraordinario y urgente lo consideraba el Gobierno.

No obstante, yo le quiero plantear una cuestión: nosotros no nos abstuvimos en el constitución del Tribunal Administrativo, nos abstuvimos en la mayor parte de los artículos correspondientes, no por el concepto correspondiente, sino por la propia inadecuación, en algunos casos, a la propia Ley de Contratos de administración básica, como luego lo estableció, porque tuvimos que modificar algunos artículos para adecuarla a la legislación básica. Simple y llanamente, por eso votamos abstención.

Y yo solamente les quiero decir una cuestión: ustedes han tenido muchas oportunidades para llevar a cabo esta modificación, a ustedes les falta coordinación dentro del Gobierno para aprobar proyectos legislativos y, sobre todo, les falta coordinación entre el grupo parlamentario y el Gobierno, porque lo lógico y lo natural hubiera sido haber presentado una enmienda en la tramitación de la Ley de Ética e Integridad Pública. Estoy segura de que se hubiera tramitado, estoy segura que se hubiera aceptado, estoy segura de que se hubiera llegado a un consenso y de que hubiera sido mucho más adecuado que utilizar un decreto ley por su falta de previsión legislativa.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA: Gracias, señora Vallés.

Pues, no habiendo más puntos en el orden del día, se levanta la sesión [a las doce horas y cuarenta y seis minutos].

CORTES DE ARAGÓN
Palacio de la Aljafería
50004 Zaragoza
T 976 289 528 / F 976 289 664