Diario de Sesiones de las Cortes de Aragón


Preguntas

Pregunta núm. 995/25, relativa a las exenciones de tributos municipales en los PIGA.

Diario de Sesiones de las Cortes de Aragón n°: 045 de Plenos (XI Legislatura)
Intervinienen: Guitarte Gimeno, Tomás - López Rodríguez, Octavio Adolfo

Pregunta núm. 995/25, relativa a las exenciones de tributos municipales en los PIGA.
El señor diputado GUITARTE GIMENO [desde el escaño]: Buenos días de nuevo, señor consejero.
Recientemente estamos viendo la proliferación del recurso a utilizar, los PIGA, planes de interés general de Aragón, para autorizar determinados proyectos estratégicos.
Los PIGA, una de sus características es que eximen de impuestos municipales, de pagar impuestos municipales, dado que la tramitación es autonómica y no del ayuntamiento.
Esto, sin embargo, produce una importantísima afección a estos territorios porque les priva de una fuente de recursos, en esos grandes proyectos que supuestamente vienen a colaborar en el desarrollo del territorio, y no pueden acceder a ellos.
Le preguntaría, simplemente, ¿cuál es su postura respecto a la exención del pago de impuestos municipales, como el ICIO, por parte de los promotores de los PIGA?, cuando estamos observando que muchos de los promotores de estos proyectos voluntariamente accederían a pagar dichos impuestos. Algunos de ellos incluso han pedido que se reforme el PIGA para sacar fuera, por ejemplo, las instalaciones renovables, como sucede en el de Luceni, para poder pagar impuestos a los ayuntamientos.
Parece que es la decisión del Gobierno de Aragón, y la formulación actual de los PIGA, la que impide que los ayuntamientos reciban ingresos por estos grandes proyectos.
Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Guitarte.
Señor consejero.

El señor consejero de Fomento, Vivienda, Logística y Cohesión Territorial (LÓPEZ RODRÍGUEZ) [desde el escaño]: Gracias, presidenta.
Señor Guitarte, mire, tengo que recordarle que el devengo del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, llamado ICIO, es una cuestión absolutamente ajena a los planes y proyectos de interés general de Aragón, y que su aplicación responde al régimen de dicho tributo establecido en la normativa reguladora de la ley de haciendas locales.
Es dicha normativa la que determina si se produce el hecho imponible y, por tanto, la sujeción a este impuesto, en base a consideraciones que corresponde evaluar desde su competencia al legislador estatal. Pero luego le contaré un poquito, con más detalle, algunas sentencias del Tribunal Supremo y del Constitucional en relación con este asunto. [Aplausos].

La señora PRESIDENTA: Gracias, señor consejero.
Señor Guitarte.

El señor diputado GUITARTE GIMENO [desde el escaño]: No es entrar en la cuestión jurídica de quién es el responsable de pagar y ante qué Administración el ICIO. Decimos que los PIGA están eximiendo de ese pago porque, obviamente, han quitado la competencia de la autorización a los municipios.
Nosotros, en este tipo de proyectos, que hemos visto muchas veces que se plantean como proyectos extractivos de recursos y que hemos dicho que debería exigírseles un compromiso con el territorio, resulta que ahora el único compromiso que tenían, que era el de pagar impuestos..., resulta que la figura del PIGA también los exime de esos impuestos. No creemos que sea justo con esos ayuntamientos.
Por ejemplo, por ponerle un caso muy conocido, el caso de Catalina, una inversión de dos mil millones. ¿Usted cree que, para una inversión de dos mil millones, pagar el impuesto de ICIO le supone algo? Pues obviamente no. Para un centro de datos, pagar el impuesto les da absolutamente igual. Es el chocolate del loro. Sin embargo, para los ayuntamientos que lo recibirían no.
Por ejemplo, el proyecto Catalina, dos mil millones de inversión. El ICIO, en una media del 4 % serían ochenta millones, más el 1,5 % de tasa de licencia urbanística serían otros veinte. Más o menos, cien millones para trece municipios por autorizar un proyecto que les va a condicionar todo su futuro.
Privarles a los ayuntamientos, a los municipios, de estos recursos es convertir esos proyectos todavía en un agente todavía más acusado de extractores de recursos y declarar que el compromiso con el desarrollo del territorio empieza a ser nulo, porque empieza, simplemente, por no asumir ni siquiera el pago de los impuestos al que todo ciudadano estamos obligados.

La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Guitarte.
Señor consejero.

El señor consejero de Fomento, Vivienda, Logística y Cohesión Territorial (LÓPEZ RODRÍGUEZ) [desde el escaño]: Gracias, presidenta.
Señor Guitarte, en principio el impuesto es protestativo de los respectivos ayuntamientos y son dos los elementos que lo configuran —la construcción y la exigencia de la concesión de la licencia municipal—; de modo que las construcciones en las que no se precise concesión de licencia de obras o urbanística no quedan o no deben quedar sujetas al ICIO.
En la jurisprudencia del Tribunal Supremo existe una distinción entre grandes obras o construcciones de marcado interés público y aquellas otras que afectan al uso del suelo y la edificación en el término municipal, que corresponden al urbanismo estricto y necesario de la intervención municipal.
Hay una sentencia también del Tribunal Supremo en esa misma dirección, y lo que acaba diciendo el Tribunal Supremo es que dicha autorización no será equivalente a la licencia urbanística municipal a efectos de la liquidación del ICIO.
Es evidente que hay que intentar compensar y equilibrar las decisiones en política de desarrollos importantes de suelos, de inversiones y de generación de empleo, con que los ayuntamientos, que son los que vertebran los municipios y el territorio, tengan suficiente autonomía de ingresos para poder desarrollar la prestación de los servicios. Pero no podemos ir en contra de normativas que están fijadas y establecidas, los ayuntamientos tienen que cumplir con la ley de haciendas locales.
En cualquier caso, no estamos en contra de poder analizar y estudiar alternativas y soluciones para esos ingresos de los ayuntamientos. Y tan es así que, prácticamente, en todos los PIGA que se están desarrollando en la comunidad autónoma, son las propias empresas que se establecen las que están estableciendo contactos permanentes con los ayuntamientos afectados para compensar de alguna manera esa falta de ingresos en el ICIO.
Muchas gracias. [Aplausos].

La señora PRESIDENTA: Gracias, señor consejero.
Pregunta 958/25, relativa a garantizar la seguridad de los educadores sociales en los centros de menores tutelados, formulada a la consejera de Bienestar Social por el diputado señor Arranz, del Grupo Parlamentario Vox en Aragón.
Señor Arranz.

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