Diario de Sesiones de las Cortes de Aragón


Proyectos de Ley

Proyecto de ley de modificación de la Ley 2/1995, de 6 de marzo, de endeudamiento de la Comunidad Autónoma de Aragón con cargo al Presupuesto de 1994.

Diario de Sesiones de las Cortes de Aragón n°: 008 de Plenos (IV Legislatura)
Intervinienen: Muzas Rota, Angel Maria - Zapatero Gonzalez, Rafael - Lacasa Vidal, Jesus - Yuste Cabello, Chesus - Bescos Ramon, Jose Maria - Calvo Lasierra, Antonio - Navarro Elola, Luis

El señor PRESIDENTE: Damos comienzo a la sesión plenaria de estas Cortes [a las diez horas y siete minutos] correspondiente al día 9 de noviembre, con el primer punto del orden del día, que es la tramitación en lectura única del proyecto de ley de modificación de la Ley 2/95, de 6 de marzo, de endeudamiento de la Comunidad Autónoma de Aragón con cargo al presupuesto de 1994.
Por el Secretario Primero de la Mesa se va a proceder a la lectura del acuerdo de la Mesa y de la Junta de Portavoces sobre la tramitación de este proyecto de ley por el procedimiento de lectura única.

El señor Secretario Primero (MUZAS ROTA): "La Mesa, de acuerdo con la Junta de Portavoces de las Cortes de Aragón, a la vista de la naturaleza del proyecto de ley de modificación de la Ley 2/1995, de 6 de marzo, de endeudamiento de la Comunidad Autónoma de Aragón con cargo al presupuesto de 1994, y a solicitud de la Diputación General, ha acordado, en sesión celebrada el día 24 de octubre de 1995, la tramitación de este proyecto de ley por el procedimiento de lectura única, establecido en el artículo 154 del Reglamento de la cámara. Zaragoza, 24 de octubre de 1995".

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.
Para la presentación del proyecto de ley tiene la palabra un miembro del Gobierno de Aragón por tiempo de diez minutos.

El señor Consejero de Economía, Hacienda y Fomento (ZAPATERO GONZALEZ): Muchas gracias, señor Presidente.
Señoras y señores Diputados, el proyecto de ley que seguidamente se va a debatir y a tratar en estas Cortes es un proyecto de ley de modificación de una ley previa, la Ley 2/95, que hacía referencia a las condiciones de endeudamiento de la Comunidad Autónoma de Aragón con cargo al presupuesto de 1994.
Como todos ustedes saben, la financiación de entes territoriales con recursos ajenos mediante diversos instrumentos de crédito-préstamo, que genéricamente se engloban en lo que se suele denominar "operaciones de endeudamiento", constituye una actividad normal de las Administraciones públicas. No obstante, esta forma de financiación se encuentra profusamente reglada, tanto en defensa de los intereses particulares de los prestamistas, normalmente entidades financieras, cuanto por delimitar objetiva y cuantitativamente la facultad de apelación de la Administración a este tipo o clase de financiación.
Sirva como recordatorio de las precauciones normativas en torno al endeudamiento el dato de su sometimiento al principio de legalidad (es decir, es necesario que el endeudamiento esté contemplado en una norma jurídica con rango de ley), así como la especificidad del destino de dichos recursos a sufragar exclusivamente gastos de inversión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 14.2 de la LOFCA; sus límites cuantitativos, por cuanto que la carga financiera en cada ejercicio presupuestario no puede superar formalmente la cuarta parte de los ingresos corrientes; y, para el caso de las comunidades autónomas, en aras a preservar la competencia de la Administración general, de la Administración del Estado, en materia de ordenación del crédito y de planificación general de la actividad económica, la necesidad de autorización de ciertas operaciones por parte del Consejo de Ministros. Así, pues, las precauciones normativas y el conjunto de normas jurídicas que regulan la captación de operaciones de endeudamiento están suficientemente recogidas en nuestro derecho positivo.
Con independencia de estas limitaciones a las que me acabo de referir para la utilización del endeudamiento, esta cámara, estas Cortes de Aragón, haciendo una interpretación del tenor literal del artículo 51.2 del Estatuto de Aragón, entendió en su momento que las autorizaciones legislativas de endeudamiento que vienen contenidas en cada uno de los presupuestos anuales que aprueban las mismas, debían completarse, a su vez, con otra ley específica y singular que fijara las características de las operaciones de crédito o las características de la deuda a concertar en uso de aquella autorización, y eso fue lo que se instrumentó mediante la Ley 2/95, de 6 de marzo, que hacía referencia al presupuesto, a la deuda, al endeudamiento autorizado en el presupuesto de 1994, y que ahora proponemos su modificación en algunos puntos muy singulares, puesto que, como seguidamente tendré ocasión de explicarles a todos ustedes, las modificaciones que propone el Gobierno son puramente técnicas, al objeto de facilitar la financiación de la Comunidad Autónoma mediante las operaciones de endeudamiento autorizadas en el presupuesto de 1994.
Yo creo que la justificación de este proyecto de ley viene claramente definida en el preámbulo que contiene la misma, y las modificaciones que se proponen son fruto de la experiencia que hemos acumulado en este tiempo en nuestras relaciones con los mercados financieros, a fin de captar el correspondiente endeudamiento para financiar la Comunidad Autónoma.
En este sentido, creo que debo señalar, y hacer la observación a todas sus señorías, que así como en las operaciones de endeudamiento en las que existe una apelación al crédito público, como son la emisión de deuda, los empréstitos, los bonos, etcétera, donde la demanda de créditos se anticipa a la oferta, esta demanda suele marcar unilateralmente las circunstancias jurídicas y económicas de las operaciones (prácticamente, en la apelación al crédito público lo que existe es un contrato de adhesión fijado unilateralmente por el demandante del crédito); sin embargo, cuando la financiación, la operación de endeudamiento proviene de operaciones de préstamo o crédito, normalmente la demanda debe acomodarse a la oferta existente en los mercados financieros, y es el mercado financiero en cada momento el que impone las condiciones de cada operación. Es por ello por lo que entendemos que en tales casos, es decir, cuando se pretende realizar la operación de financiación a través de operaciones de préstamo o crédito, es necesario, sobre todo en estos momentos, ceder un mayor margen de maniobra al ejecutivo; pues sólo así podremos utilizar, en beneficio de la propia institución, las situaciones favorables que en momentos puntuales propicien la coyuntura económica o los propios mercados financieros.
Con esta finalidad, el Gobierno ha remitido a estas Cortes un proyecto de ley, tramitado por procedimiento de lectura única, que modifica, como he dicho al principio de mi intervención, la Ley reguladora de endeudamiento 2/95, de 6 de marzo, en los siguientes puntos: en cuanto al artículo 3 de la Ley 2/95, de la Ley reformada, observarán sus señorías que incluimos una coletilla, un añadido por el cual excluimos de la necesidad de documentar ante fedatario público aquellas operaciones en las que por el carácter del prestamista o por la legislación aplicable pueda prescindirse de dicho trámite; es decir, del trámite de la documentación ante fedatario público. Los supuestos imagino que todos ustedes los presumirán. Por ejemplo, créditos del Banco Europeo de Inversiones, del BEI, donde no es necesario documentarlos o formalizarlos ante fedatario público, puesto que el BEI tradicionalmente hace sus operaciones mediante documento privado. Esto, evidentemente, supone un ahorro en gasto corriente para la Comunidad Autónoma, prescindiendo de este trámite absolutamente innecesario, en algunos casos absolutamente previsto en la legislación.
También en el artículo 3 proponemos la supresión del período de carencia, que en la Ley modificada, o cuya modificación proponemos, se establecía que con carácter mínimo tendría que ser de dos años. Es decir, la Ley a modificar establecía que en las operaciones de crédito-préstamo, los plazos de carencia debían ser de al menos dos años. Proponemos la supresión de esa condición, puesto que en algunas operaciones de crédito-préstamo, el establecimiento o el mantenimiento de esta condición in extremis supone un incremento en el costo financiero de la operación.
También proponemos que se suprima la exigencia que establecía la Ley 2/95, respecto a que la Administración se reserve la facultad de anticipar las amortizaciones de los créditos en todos los casos sin penalidad económica alguna. Esto supone en algunas operaciones también el que el prestamista compense la exigencia o la inclusión, la necesaria inclusión de este tipo de cláusulas en el documento de préstamo, con un incremento de los costos financieros. Por consiguiente, pedimos de las Cortes que esta exigencia que contiene la Ley con carácter general se suprima.
Y también proponemos la disminución del periodo mínimo de disposición de efectivo de cada operación, que en la Ley a modificar se establecía en dieciocho meses, y que nosotros proponemos que se establezca ese período mínimo en seis meses, por las mismas razones a las que antes aludía, porque la imposición de condiciones de esta naturaleza, en algunas operaciones, también los prestamistas las compensan con incrementos en los costos financieros, en los tipos de interés.
En cuanto al artículo 4, proponemos que la referencia obligada que en la Ley 2/95 se hacía al LIBOR, es decir, al tipo de interés de la bolsa de Londres, se suprima y se refiera a los tipos de referencia de cualquiera de los principales tipos básicos en cualquiera de los mercados financieros, puesto que en algunas ocasiones puede ser necesario concertar préstamos en función de la nacionalidad del prestamista, con tipos de referencia distintos al LIBOR.
Y, por último, en el artículo 5 proponemos la inclusión de un apartado 2, en el que se faculta o se autoriza a la Comunidad Autónoma, a la Diputación General de Aragón, para concertar operaciones de refinanciación, amortización o sustitución de operaciones, con el límite de que, lógicamente, al final de cada ejercicio presupuestario el saldo neto de la deuda viva dispuesta no supere las autorizaciones aprobadas. Debo hacer expresa referencia a que este límite, por el cual establecemos que el saldo neto de deuda viva al final del ejercicio presupuestario no excederá de las autorizaciones aprobadas, se refiere, evidentemente, a que en las operaciones de refinanciación, como todas sus señorías conocen perfectamente, es necesario ordinariamente concertar el nuevo préstamo, es decir, el préstamo sustituto, con anterioridad a la cancelación del préstamo anterior. Por consiguiente, formalmente, desde el punto de vista formal, es posible que entre la suscripción del crédito sustituto, del endeudamiento sustituto, y la cancelación del crédito al que se pretende refinanciar, formalmente, se exceda en algún momento, en algún instante, las autorizaciones. Pero ese exceso de deuda formalizada sobre las autorizaciones formales, al final del ejercicio, e inmediatamente después de que se concluya la operación de refinanciación, se regulariza.
Es una cuestión que yo creo que, independientemente de su inclusión en la Ley, entra dentro de la propia lógica de la operación de refinanciación; pero que hemos considerado necesario para mayor claridad incluirlo en la Ley desde el punto de vista formal, sobre todo porque en algunos foros económicos y, sobre todo, dentro de la política de los escenarios presupuestarios, en algún momento alguien ha interpretado que esas operaciones de refinanciación, siempre y cuando se excedieran los escenarios en algún momento como consecuencia de la operación de refinanciación, podían suponer una infracción desde el punto de vista formal de los escenarios. Si esa interpretación se trasladara a las operaciones de refinanciación, podría llegarse a una interpretación, desde mi punto de vista, francamente discutible; pero hemos creído oportuno dejarlo sentado en esta Ley.
En definitiva, las modificaciones que se pretenden sobre la Ley de autorización de endeudamiento del noventa y cinco, como todos ustedes habrán podido observar, son modificaciones de carácter puramente técnico; yo me atrevería a decir que son modificaciones de carácter menor, pero absolutamente necesarias para formalizar algunas de las operaciones de financiación que necesita nuestra Comunidad Autónoma a través del endeudamiento. Lo que proponemos es eliminar algunas rigideces que en momentos muy concretos pueden dificultar e incluso imposibilitar la formalización de operaciones importantes, interesantes, para las finanzas de la Comunidad Autónoma, eliminando algunas de las rigideces que se establecieron en la Ley 2/95 sin afectar en absoluto, por ello, a la transparencia de la política de endeudamiento y con el objeto último de intentar aprovechar los momentos favorables que puedan presentar los mercados financieros para financiar nuestra Hacienda pública en las mejores condiciones.
Por todo ello, el señor Presidente del Gobierno solicita la aprobación, el voto favorable a este proyecto de ley.
Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Consejero.
Para turno en contra, ¿algún Grupo Parlamentario desea hacer uso de la palabra?
Izquierda Unida.

El señor Diputado LACASA VIDAL: Muchas gracias, señor Presidente.
Permítanme, en primer lugar, y puesto que éste es el primer Pleno que se celebra después de los sucesos sangrientos acaecidos el fin de semana pasado en Tel Aviv, manifestar en nombre de nuestro Grupo, y creo que es la voluntad de todas sus señorías, nuestra repulsa y el horror que sentimos ante el asesinato del primer ministro de Israel, señor Itzhak Rabin, porque entendemos que ha sido un intento de desestabilizar el proceso de paz entre los pueblos de Israel y Palestina, proceso que yo creo que desde las Cortes de Aragón, desde la Comunidad Autónoma aragonesa, siempre hemos auspiciado y creo que debemos seguir auspiciando con empeño, puesto que tenemos que tener en cuenta nuestros tradicionales lazos de amistad y nuestra deuda histórica con aquellos pueblos. Yo creo que eso nos obliga a estas Cortes de Aragón a reforzar esta situación, este apoyo al proceso de paz, sobre todo, en la perspectiva de unas próximas elecciones en los territorios ocupados, y que se traduzcan, además, por parte de la Comunidad Autónoma de Aragón, en algo, en hechos concretos, en ayuda concreta a ese proceso.
Simplemente quería hacer este recordatorio, porque yo creo que es oportuno y es necesario en términos de justicia.
Y entrando ya en el tema, para defender el turno en contra del proyecto de ley de reforma de modificación de la Ley 2/95, de endeudamiento, me gustaría que al final de la primera parte de mi intervención quedase nítidamente ante sus señorías dibujado cómo nosotros entendemos de forma muy distinta la tarea de oposición a cómo la han entendido, al menos en los últimos meses, el Partido Popular y el Partido Aragonés en estas Cortes de Aragón, y referido a la Ley de endeudamiento.
Debemos recordar al señor Lanzuela, que está aquí presente con nosotros, que en nombre del Grupo Popular intervino en su momento en el trámite de aprobación de aquella Ley, de la Ley que hoy se pretende modificar, de la Ley 2/95, de endeudamiento, en la ejecución de los presupuestos del años noventa y cuatro. A nuestra forma de entender, una intervención poco responsable, poco medida desde el punto de vista de los intereses de la Comunidad Autónoma en aquel momento, primando criterios electoralistas también desde nuestro punto de vista, y en aquel momento ustedes negaron apoyo a esa Ley, a esa Ley 2/95, ustedes la votaron en contra.
Y entonces cabría pensar: puesto que no votaron esa Ley, hoy tienen la ocasión de derogarla. Pero no estamos hablando de la derogación de aquella Ley, lógicamente; estamos hablando no de rechazar esa Ley, sino de utilizarla e incluso flexibilizar los aspectos que aquella Ley no facilitaba, para facilitar la discrecionalidad de la Administración. Luego, en estos momentos, han cambiado su posición en función de su ubicación en el Gobierno. En aquel momento no presentaron enmiendas a aquella Ley, que hubieran podido facilitar lo que hoy plantean; simplemente hicieron una tarea destructiva en aquel momento.
Izquierda Unida de Aragón en aquella situación delicada para la Comunidad Autónoma de Aragón, en unos momentos en los que había un Gobierno en funciones, optó por la responsabilidad, optó por que los compromisos que había pendientes se pudieran llevar a cabo, y, por lo tanto, primamos el interés de la Comunidad Autónoma, el interés de lo que hoy se está defendiendo, de los acreedores que dependían de aquella Ley de endeudamiento, y dimos nuestro voto favorable a pesar de la coyuntura electoral cercana. Yo creo que es distinta forma de ver los toros: desde la barrera o meterse en la arena, en el albero de la plaza. Nosotros creíamos que el interés de los aragoneses y de las aragonesas es lo prioritario.
Argüía usted, señor Lanzuela, que no querían dar en aquel momento un cheque en blanco de treinta y siete mil millones, decía que no quería dar un cheque en blanco de treinta y siete mil millones, que no sabía ni adónde iba. Pero es que, en estos momentos, el señor Zapatero, sobre todo el señor Zapatero, ha estado recordando desde el mes de julio distintos gastos que él comenta que no tienen autorización presupuestaria, cifrados en distintas cantidades a lo largo de este período: desde los veintisiete mil millones iniciales del mes de julio hasta los cuarenta mil quinientos treinta millones de que ya nos hablan en la ley de regularización financiera que prevé aprobar. Tampoco nos han concretado cuáles son esos gastos sin autorización presupuestaria, o sea, tampoco a esta cámara y a este Grupo le constan cuáles son esos gastos. Probablemente lo podremos debatir en el futuro.
Ustedes no han cumplido lo que demandaban en aquel momento, que era la claridad de cuáles son aquellos gastos que no están claros, que no tienen compromiso presupuestario concreto. Nosotros hemos demandado en reiteradas fechas, desde julio para acá, que compareciera en las Cortes y nos explicara, para depurar las responsabilidades políticas pertinentes, cuáles son esos gastos sin compromiso concreto.
En definitiva, que si nos ciñésemos a las argumentaciones que el Partido Popular hizo en su momento en el debate de esta Ley de endeudamiento ya nuestro voto tendría que ser negativo, siguiendo ese hilo argumental; pero no vamos por ese hilo argumental.
Sigamos adelante. El Partido Aragonés también intervino en aquel debate y todavía fue más allá que el Partido Popular, fue más allá que el señor Lanzuela, porque dijo que la Ley que hoy pretenden modificar, no derogar -insisto-, modificar, decían que la Ley... dicen: "Nos están pidiendo que vulneremos la propia Ley de Presupuestos del noventa y cuatro, nos están proponiendo que vulneremos la LOFCA, los acuerdos del Consejo de Política Fiscal y Financiera e, incluso, hasta las advertencias serias que está realizando últimamente el Banco de España" -decían-, si aprobábamos la Ley de endeudamiento. Bueno, señores del PAR, lo tienen fácil, hoy lo que tienen que hacer es votar en contra del proyecto de ley que presenta el Gobierno y presentar una proposición de ley de derogación de la Ley de endeudamiento. Si eso era vigente entonces, también es vigente hoy; es decir, no se puede tener un doble discurso, un doble lenguaje. Por lo tanto, lo tienen relativamente sencillo.
Ahora bien, si hablamos de cosas serias, tanto señores del Partido Popular como señores del Partido Aragonés, lo que entonces era necesario, la Ley 2/95, si entonces era necesaria, hoy seguirá siendo necesaria, si entonces el que había decía que era necesaria, pues, evidentemente, hoy tendrá que seguir siendo necesaria. Por lo tanto, nuestros argumentos no irán por ese lado, no irán por el lado de intentar aprovechar nuestra posición, estemos en el Gobierno o en la oposición, sino intentar racionalizar los problemas y, estemos en un lado o en otro, intentar dar soluciones coherentes.
Por lo tanto, nuestros criterios de oposición a la Ley son distintos a los que ustedes manejaban. Nuestros criterios son dos, de dos tipos. Un criterio, primero, formal. Yo creo que poco interés debe tener el Gobierno en obtener más apoyos parlamentarios que los estrictamente del bloque del Gobierno, puesto que por la forma en la que acude a la cámara, con un trámite de lectura única, de lectura única, no un trámite especial que permita la presentación de enmiendas, con lo cual podríamos haber entrado en un juego de debate y de enmendar el texto que presentan, sino que es un texto de lectura única, que no ha sido consultado, por lo menos con este Grupo Parlamentario. Lógicamente, ya el aspecto formal indica que no hay demasiado interés en la tramitación. Yo creo que es un error, que no se deberían ceñir en el futuro a contar con los votos de la mayoría parlamentaria que sustenta al Gobierno, que hay que hacer esfuerzos en la dirección de ampliar esas posibilidades; quizás puedan encontrarse con sorpresas y desde el punto de Izquierda Unida podamos apoyar propuestas que ustedes planteen a esta cámara; pero creo que deberíamos debatirlas previamente. Es una sugerencia que yo, en todo caso, les planteo.
Y en relación al fondo, ¿qué es lo que nos parece rechazable del fondo de la Ley? Pues nosotros creemos que, previamente a ese debate que podríamos haber mantenido, lo que plantean ustedes en los artículos 3, 4 y 5.1, yo creo que los trámites de relajación y los trámites notariales, las cuentas de préstamo, los plazos de carencia, los tipos, todas esas cuestiones que se plantean, podrían haber sido perfectamente consensuadas y haber sido aprobadas en esta cámara -ya digo-, con ese debate previo. Pero no ha sido recogido -entendemos- en el artículo 5.2, que es lo que ustedes denominan gestión financiera. Nosotros creemos que excede con mucho de lo que es una gestión financiera normal. Entendemos que ese artículo vulnera lo que prevé el artículo 51.2 de nuestro Estatuto de Autonomía, que establece que el volumen y las características del endeudamiento se establecerán por ley de Cortes de Aragón, etcétera. Esta previsión, por otra parte, aparece también en la Ley de Hacienda, en el artículo 94.1.c de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma, y en el principio de legalidad que usted ha recordado al principio de su exposición.
Entendemos que lo que su proyecto de ley hace es una remisión en blanco al ejecutivo, una remisión en blanco que permite esas operaciones que usted ha descrito de refinanciación, amortización, sustitución de todas las operaciones financieras de endeudamiento que en estos momentos hay planteadas con arreglo a la Ley de Presupuestos del año noventa y cuatro. Ni siquiera han introducido ustedes alguna cautela, alguna matización. Por eso le digo que podíamos haber debatido esto con algún trámite de enmiendas; porque podríamos, quizás, haber llegado a una aproximación; porque ni siquiera han previsto la comunicación, la simple comunicación a las Cortes, a la Comisión de Economía de las Cortes de Aragón, de las operaciones; no viene prevista en la ley que ustedes plantean, ni su autorización previa, ni siquiera su comunicación, la simple comunicación. O también habría mucho que cuestionar en cuanto a que esto sea un corsé excesivo para el Gobierno; puesto que ustedes han presentado una ley en trámite de lectura única, que con toda rapidez se está debatiendo en esta cámara, podrán presentar leyes de lectura única sucesivas sin ninguna dificultad.
Por lo tanto, yo creo que no existe ese pretexto que ustedes aducen en el punto, en el apartado 5.2, no existe ese pretexto de dificultad, porque hay muchos mecanismos, habría muchos mecanismos para que estas Cortes de Aragón tuvieran conocimiento, dieran autorización a las operaciones de variación. Porque hay aspectos que nos parecen preocupantes. Es decir, la variación en aspectos fundamentales como la amortización de una deuda puede tener efectos colaterales no sólo para este Gobierno, sino para los Gobiernos que puedan venir en el futuro. Por lo tanto, entendemos que es algo que no debe ser tomado a la ligera y que debe ser sometido a la consideración del parlamento.
En todo caso, yo creo que con medidas de este tipo, que ponen en cuestión aspectos del Estatuto de Autonomía de Aragón, que si son cuestionados deben ir a la reforma del Estatuto de Autonomía, el aspecto que recoge el Estatuto de Autonomía cuando habla de que tienen que, por medio de ley, autorizarse las características del endeudamiento, si eso no debiera ser así, debería reformarse el Estatuto de Autonomía. Pero en el proyecto de reforma del Estatuto de Autonomía que está remitido a las Cortes Generales también sigue manteniéndose la necesidad de la autorización de las características del endeudamiento. Y teniendo en cuenta algunos anuncios que ya se han hecho por parte de su Grupo, en las próximas fechas vamos a tener aquí dos leyes de presupuestos relativas una al año noventa y cinco y otra también a una serie de gastos de anteriores gobiernos, que también nosotros veremos con mucha preocupación, puesto que entendemos que también podrían vulnerar principios fundamentales de la materia presupuestaria, como principios de universalidad o principios de publicidad. Es el incurrir en estos caminos lo que nos da más prevención y lo que nos hace tomar una posición quizá más enérgica en este momento. Quiero decir que con estas cuestiones no sólo no se debería ir al límite de lo legalmente posible, sino tener más prudencia y, en todo caso, nuestra sugerencia de mayor capacidad de diálogo para alcanzar acuerdos en estos temas.
Nada más. Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Diputado.
Para fijación de posiciones por los restantes Grupos Parlamentarios. ¿Grupo Mixto?

El señor Diputado YUSTE CABELLO: Señor Presidente. Buenos días.
Chunta Aragonesista se opuso a los presupuestos que aprobó esta cámara para 1994. Lamentablemente, nos opusimos desde fuera de esta cámara. Quizá con nuestra presencia otro gallo le hubiera cantado a Aragón en estos últimos años. En todo caso, Chunta Aragonesista se opuso a aquellos presupuestos porque nos parecían, más que expansivos, suicidas. Así lo dijimos entonces y así lo recordamos ayer en la Comisión Agraria, en presencia del Interventor General de la Diputación General de Aragón, cuya comparecencia, por cierto, nos ha ratificado en nuestros argumentos de entonces.
"Presupuestos poco realistas a la hora de cuantificar los ingresos", dijo ayer el señor Peña. "Artificios contables", dijimos desde Chunta Aragonesista. Artificios para justificar un desproporcionado nivel de endeudamiento, que ha conducido a la Administración aragonesa al estado de postración y de asfixia en que se encuentra en la actualidad. Nos opusimos entonces; hubiéramos votado "no" si hubiéramos estado en estas Cortes, y hubiéramos votado "no" también a la Ley 2/95, de endeudamiento de la Comunidad Autónoma de Aragón con cargo al presupuesto de 1994; esta ley que hoy se pretende reformar y entonces fue aprobada, precisamente, por los Grupos que sacaron adelante los presupuestos: el Grupo Parlamentario Socialista, Izquierda Unida y Gomáriz.
Hoy, el Gobierno de Aragón trae a esta cámara, para su tramitación en lectura única, de forma urgente, con prisas, simplificándolo todo mucho, una reforma de aquella Ley 2/95. ¿Para qué? Esta es la pregunta que esperaba que respondiera en su intervención el señor Zapatero. ¿Pretende simplemente perfeccionarla en algunos aspectos técnicos?; ¿busca ajustar las políticas de endeudamiento a las circunstancias cambiantes del mercado de capitales?; ¿se trata de una modificación técnica -inofensiva, diría yo-?; ¿o es la primera piedra de una operación financiera de mayor calado? Sin duda, el proyecto de ley del señor Zapatero contiene mejoras con respecto a la ley anterior, encontramos mejoras en cuanto a simplificación de trámites, reducción del período mínimo de carencia, reducción del período para efectuar la disposición de efectivo, ampliación de los tipos de referencia de las operaciones interbancarias. Se estaría, en nuestra opinión, mejorando el texto original. Pero en eso llegamos al artículo 5.2. ¿Busca el Gobierno, a través de esta reforma, refinanciar la deuda del noventa y cuatro, apoyarse en un período de carencia relativamente amplio para aligerar la carga financiera de la Comunidad Autónoma en 1996, y poder así hacernos tragar ese endeudamiento de cuarenta mil millones que el Gobierno quiere aprobar al margen de los presupuestos, como si no tuvieran nada que ver?
El señor Zapatero ya ha anunciado a los medios su voluntad de traer aquí una ley de regularización de inversiones y otros gastos de capital, otra ley de endeudamiento, paralela a los presupuestos del noventa y cinco, porque el Gobierno del señor Lanzuela no quiere manchar su imagen al asumir aquellos compromisos que el anterior Gobierno realizó sin respaldo presupuestario. Parece como si a la política de "tierra quemada" del "bienio negro" de Marco, el Gobierno PP-PAR quisiera responder con otro artificio contable, como si no asumieran, de forma natural, unas obligaciones del anterior gobierno que tienen necesariamente que asumir.
Para el Grupo Parlamentario de Chunta Aragonesista todos los ingresos, todos los gastos deben estar en una única ley de presupuestos; lo demás son artificios contables, como en este caso, con fines únicamente estéticos, únicamente de imagen. Por eso, porque vemos en el horizonte ese otro proyecto de ley, nos preocupa que ustedes, a través de ese artículo 5.2, se aseguren las manos quizá demasiado libres, para refinanciar, amortizar o sustituir operaciones, y nos dejan con la duda, porque se trata de una política de hechos consumados. Medio millar de empresas de difícil supervivencia -decía anteayer el señor Zapatero- esperan que el Gobierno de Aragón pague esas obras, esas inversiones, esas subvenciones, aprobadas hace ya demasiado tiempo. Lejos de nuestro ánimo impedir que se pague a los acreedores.
Concluyendo: Chunta Aragonesista parte del "no": aquellos presupuestos del noventa y cuatro no fueron nunca nuestros presupuestos. En coherencia, tampoco nos identificamos con la legislación sobre endeudamiento que se derivó de aquellos presupuestos; sin embargo, podemos entender como positivas las mejoras técnicas que aporta el presente proyecto de ley. Sin duda, nos parece positivo que se eliminen las cargas de obligaciones del Gobierno de Aragón a la hora de contratar créditos y préstamos, aunque nos tememos que el Gobierno de Aragón va a utilizar esta ley para favorecer el artificio contable que el señor Zapatero nos viene anunciando para más adelante.
A pesar de ello, les anuncio que el Grupo Parlamentario de Chunta Aragonesista, a partir de estos razonamientos, va a abstenerse, en un gesto de responsabilidad, precisamente para invitarles a ustedes a que responsablemente, desde el Gobierno de Aragón, asuman la deuda heredada; pero, eso sí, dentro de los presupuestos, como Dios manda.
Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Gracias, Diputado Yuste Cabello.
[El señor Consejero de Economía, Hacienda y Fomento (ZAPATERO GONZALEZ), desde el escaño, solicita del Presidente el uso de la palabra.]
No está previsto en la ordenación del debate ese tipo de intervenciones. Hay un turno después.

El señor Diputado GIMENO FUSTER [desde el escaño]: Señor Presidente.
El artículo 84.6 del Reglamento establece que los miembros de la Diputación General podrán hacer uso de la palabra siempre que lo soliciten, sin perjuicio de las facultades que, para la ordenación de los debates, correspondan al Presidente de las Cortes, o al de la Comisión. Entendemos que el tema es lo suficientemente importante, y rogamos de la Presidencia que, haciendo uso de esa facultad que tiene de ordenación del debate, dé la palabra al Consejero correspondiente.

El señor PRESIDENTE: Señor Diputado, no hay ningún problema en darle la palabra al señor Consejero; pero he de recordarle que el trámite en lectura única de un proyecto de ley es un trámite extraordinario, que hay una ordenación del debate previamente consensuada, en la Mesa y Junta de Portavoces, y que a eso me atengo. No obstante, si el señor Consejero estima imprescindible la intervención, por mi parte no hay ningún problema en que así sea.

El señor Consejero de Economía, Hacienda y Fomento (ZAPATERO GONZALEZ) [desde el escaño]: Señor Presidente.
Era para aclarar algunos extremos, pero no es imprescindible.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Consejero.
Grupo Parlamentario del Partido Aragonés.

El señor Diputado BESCOS RAMON: Señor Presidente. Señorías.
Desde mi punto de vista, y desde la representación del Partido Aragonés, las consideraciones realizadas por representantes de otros grupos políticos hasta aquí no centran debidamente la cuestión, tal como se ha planteado desde el Gobierno autonómico, y digo que no la centran desde un punto de vista técnico, por cuanto que se trata de modificar la ley 2/1995, de 6 de marzo, de endeudamiento. Se trata tan sólo de establecer aquellos medios, aquellos mecanismos, mediante los cuales pueda desarrollarse, pueda ponerse en efectividad esta ley ya aprobada. Se trata, por tanto, de una modificación, de una ley que tiene un ámbito temporal, las operaciones de endeudamiento de los presupuestos para 1994. Se trata de un ámbito muy concreto, muy específico, se trata de dar término a una serie de operaciones de endeudamiento que son consecuencia de autorizaciones, de créditos que ya corresponden a un ejercicio pasado, a 1994.
Por tanto, desde mi punto de vista, hay que partir de que el ámbito de la modificación es un ámbito muy limitado, tal como ha dicho el señor Consejero, y, por tanto, no puede considerarse como una ley fundamental o como una ley trascendente. Realmente, hacer consideraciones fuera de lugar desorbita el tema y lo sacan del quicio debido. Es cierto que mediante la Ley 2/1995, de 6 de marzo, se establecen determinados criterios, determinadas puntualizaciones, que pueden ser objeto de un debate, pueden ser objeto de una discusión, pero realmente entendemos que esta discusión debiera realizarse al pairo de sucesivas leyes de presupuestos. Es decir, si hay leyes de presupuestos sucesivos, del año 1996, 1997, 1998, que establecen deuda, pueden articularse en diversos procedimientos mediante los cuales o se establece el mecanismo de vigilancia o salvaguardia, o bien se establezca la necesidad de que, en cualquier caso, las Cortes tengan un conocimiento puntual. Pero estamos hablando de presupuestos pasados, estamos hablando simplemente de operaciones de cierre correspondientes a presupuestos ya aprobados. En este sentido entendemos que tiene un carácter puramente técnico, y, desde luego, la posición del Partido Aragonés es netamente favorable, no hay ningún inconveniente.
Yo querría aprovechar la ocasión para referirme un poco más al endeudamiento desde el punto de vista político. ¿Qué significa el endeudamiento? El endeudamiento significa, desde el punto de vista de las comunidades autónomas, el que no ha habido ningún otro sistema, ningún otro medio alternativo para que la organización y funcionamiento de las comunidades autónomas se desarrollaran debidamente, y es oportuno tener en consideración ahora el endeudamiento, por cuanto que estamos en un momento crucial, un momento crucial en dos sentidos: primero, porque está pendiente de discusión el proyecto de reforma del Estatuto de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por las Cortes Generales en 1994, y se han alzado voces en orden a su posible inconstitucionalidad; y, en segundo lugar, porque, como ustedes saben, el sistema de financiación de las comunidades autónomas es objeto de actualización cada cinco años. Por tanto, en 1996 se celebrarán los correspondientes debates en el Consejo de Política Fiscal y Financiera, y es necesario que la cámara tenga noticias de todo, es necesario que todos los Grupos estén suficientemente posicionados al respecto; el problema, por tanto, será cuál va a ser la posición de los distintos partidos, cuál va a ser la posición de los grandes partidos nacionales, la posición del PSOE. La posición del PP entendemos que no debe ofrecer ninguna duda, puesto que, como consecuencia del pacto con el PAR, está en la línea de mejorar el sistema de financiación de las comunidades autónomas.
Es preciso, señorías, explicar que el problema de financiación de las comunidades autónomas, la apelación constante al endeudamiento deriva de la Ley orgánica de financiación, de una ley de 1980, que estableció un sistema provisional, un sistema transitorio pero que ha llegado hasta nuestros días. Y en esta Ley orgánica de financiación se ponía un especial énfasis en el criterio de población respecto a la participación de tributos no cedidos. Realmente, al ponerse el énfasis en el criterio de población, y no en el criterio de esfuerzo fiscal, se perjudicaba notoriamente a nuestra Comunidad Autónoma, y se perjudicaba notoriamente a nuestra Comunidad Autónoma porque no puede perderse de vista que existe un esfuerzo fiscal importante en nuestra Comunidad, que la suma de la recaudación de todos los impuestos, computando estatales y no estatales, asciende, según los datos oficiales del Ministerio de Economía y Hacienda de 1992, a trescientos ocho mil quinientos cincuenta y cuatro millones de pesetas, y tan sólo una quinta parte, tan sólo del orden de cincuenta o sesenta mil millones vuelven a la Diputación General de Aragón como financiación incondicionada, como ingresos corrientes.
Realmente hay un desajuste, hay una desarmonía, hay una falta de adecuación, y ello es fundamental denunciarlo y considerarlo. Se trata de algo que ya fue debidamente conocido, debidamente considerado en legislaturas anteriores. En el proyecto de reforma del Estatuto de Autonomía alentado por el PAR en 1990, ya se propuso un sistema alternativo al sistema de financiación que ponía el énfasis precisamente en el esfuerzo fiscal y también ése es el criterio mantenido por las Cortes de Aragón en 1994, que dispuso en el artículo 47 de esa reforma, de ese proyecto de reforma del Estatuto de Autonomía, que "la Diputación Provincial podrá recabar del Estado un sistema de financiación autonómico que comporte una participación territorializada de Aragón en los tributos generales no cedidos. El citado sistema de financiación deberá tener en cuenta el esfuerzo fiscal de Aragón." En definitiva, se trataba de adecuar la normativa a la realidad, se trataba de que se valorara suficientemente el esfuerzo fiscal.
Entendemos que este sistema debe considerarse como plenamente constitucional, el sistema propuesto en el proyecto de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón debe entenderse como plenamente constitucional, en cuanto tiende a un mayor acercamiento entre el sistema foral, el sistema de Navarra y el País Vasco, y los sistemas ordinarios, los sistemas generales. A través de este sistema se hacen efectivos los principios proclamados en la Constitución española: el principio de igualdad; el principio de no discriminación de los artículos 138 y 139; el principio de generalidad, de que todos deben contribuir de forma parecida al sostenimiento de los gastos públicos, teniendo "todos" no un sentido puramente personal, sino también un sentido territorial.
En definitiva, entendemos, desde la perspectiva del Partido Aragonés, que el tema del endeudamiento debe ser entendido no solamente desde el punto de vista técnico, en relación con este caso concreto, que desde mi punto de vista no ofrece demasiada trascendencia, sino, globalmente, como único sistema (el endeudamiento) para subsistir por parte de las distintas comunidades autónomas. Y en esta línea debe proclamarse, por lo menos desde el punto de vista del Partido Aragonés, el frontal rechazo al sistema de financiación actual y la procedencia de que se modifique, de acuerdo con los criterios mantenidos en el artículo 47 del proyecto de reforma de Estatuto de Autonomía de Aragón, nuestro régimen, de tal manera que se llegue a un sistema mucho más justo, mucho más suficiente y mucho más solidario.
Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Gracias, Diputado Bescós.
Por el Grupo Parlamentario Socialista, el Diputado Calvo tiene la palabra.

El señor Diputado CALVO LASIERRA: Señor Presidente. Señoras y señores Diputados.
El Gobierno nos presenta hoy un proyecto de ley cuyo objetivo es modificar la Ley 2/95, de 6 de marzo del noventa y cinco. Cuando se discutió en esta cámara esta Ley, la 2/95, los dos Grupos Parlamentarios que apoyan al Gobierno (PP y PAR) se opusieron a su aprobación sin entrar en el debate, se dedicaron a manejar de forma demagógica algunos conceptos que hoy, afortunadamente, ya empiezan a ser inocuos para buena parte de los ciudadanos y ciudadanas de esta tierra.
El trámite de este proyecto de ley es una buena clase práctica sobre los cambios que se producen en las actitudes, en los puntos de vista y en la estrategia de los partidos políticos y de sus representantes cuando se pasa de la oposición al gobierno, lo que se suele llamar la doble moral. Una ley tan técnica como la 2/95, que hoy se quiere modificar, entraña muchas dificultades para poderla rebatir con argumentos consistentes. Posiblemente por eso los portavoces de los Grupos PP y PAR emplearon su tiempo en hablar de otras cosas, alguna, como la cifra de endeudamiento autorizada, ya había sido aprobada por estas Cortes con los presupuestos en mayo del noventa y cuatro.
Cuando estos días releía en el Diario de Sesiones la intervención del entonces portavoz del PP (ahora Presidente de la Comunidad Autónoma; antes, durante varios años, consejero de Economía), me quedaba sorprendido por la falta de rigor y por la intencionalidad sospechosa con la que retorcía la información. Pienso que en este caso no era por desconocimientos técnicos o de procedimiento; estoy seguro que tendría sus razones, aunque algunos no las podamos entender.
Decía que una ley técnica presenta dificultades para rechazarla; pero como casi todo es mejorable, pienso que su intención, la intención del Gobierno con este proyecto de modificación es ésa: enmendar hoy lo que pudieron haber perfeccionado en el mes de marzo pasado. ¿Por qué no presentaron como enmiendas lo que ahora intentan modificar? Si tan mala era esta ley en el mes de marzo, ¿por qué no la cambian por completo? ¿Qué tiene de talismán el poder, la responsabilidad de gobierno, que produce estas mudanzas? ¿Por qué no se presenta conjuntamente con el proyecto de saneamiento? Tal vez si se hubiesen presentado en ese momento como enmiendas, ahora no estaríamos discutiendo este proyecto de modificación. No lo sé. Desde luego, se hubiera entrado en el fondo de la Ley y en una actitud constructiva en ese necesario intento por buscar lo mejor, lo más interesante para Aragón. Sobra el oponernos solamente por no ser nuestro proyecto.
El Grupo Socialista -lo ha dicho y lo ha practicado muchas veces en esta cámara- va a tener una actitud positiva: intentaremos corregir lo mejorable, apoyaremos lo que consideremos favorable para los aragoneses y aragonesas y nos opondremos a todo aquello que vaya contra los intereses de la mayoría de la población aragonesa.
Centrándonos en el proyecto de ley de modificación de la 2/95, tenemos que manifestar nuestras dudas sobre la eficacia de los cambios presentados, así como que las circunstancias cambiantes del mercado de capitales sean las razones que las han motivado. No obstante, consideramos legítimo que el Gobierno quiera adaptar la Ley a una política de endeudamiento propia. En todo caso, no nos parece correcto que con la adición del punto 2 del artículo 5, el Gobierno, durante todo el ejercicio, durante todo el año pueda mantener el saldo neto de deuda viva dispuesta superando las autorizaciones aprobadas. A pesar de lo dicho por el Consejero en esta tribuna, entiendo que debe ser imprecisión, un fallo técnico en la redacción que hay que corregir. Nosotros pensamos que, con independencia de las operaciones de refinanciación, de amortización o sustitución, la deuda viva no debe superar en ningún momento las autorizaciones aprobadas, no debe superarlo, por lo menos, por más tiempo del imprescindible para el trámite burocrático de esa refinanciación, de ese proceso de transformación o de cambio de la deuda.
He dicho que vamos a mantener una actitud positiva. El hecho de que se quiera cambiar una ley del Gobierno socialista, ni las dudas sobre el por qué y para qué de las modificaciones nos van a impedir tomar una postura responsable.
Muchas gracias, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Diputado.
Por el Grupo Parlamentario Popular.

El señor Diputado NAVARRO ELOLA: Señor Presidente. Señorías.
Antes de entrar en el tema que nos ocupa, deseamos decirle al señor Lacasa que nosotros nos sumamos a sus sentimientos de repulsa por el magnicidio de Israel, pero nos extraña mucho que no se manifiesten en contra de los crímenes terroristas que se cometen en España y que nosotros también condenamos enérgicamente. [Rumores.]
Y entrando ya en el tema... [Rumores.]

El señor PRESIDENTE: Orden, señores Diputados. Silencio.

El señor Diputado NAVARRO ELOLA: Y entrando ya en el tema, como todos ustedes saben, la Ley 2/95, de 6 de marzo, se aprobó por los Grupos Parlamentarios que sustentaban al gobierno socialista para regular las características de los elementos y circunstancias de las distintas formas de endeudamiento a medio o largo plazo de la Comunidad Autónoma de Aragón, con cargo al ejercicio de 1994. Esta ley era necesaria para poder endeudarse, ya que en el artículo 32.3 de la Ley 1/94, de 19 de mayo, de Presupuestos de la Comunidad de Aragón para 1994, se establecía así. Y es sólo por eso y para eso; no se confundan ustedes, porque algún Grupo parece que no lo ha entendido bien.
La citada Ley, en la que yo participé en nombre de mi Grupo Popular, es puramente técnica, y las condiciones o especificaciones que establecía no son lo más conveniente en la situación actual. Por eso, el proyecto de ley que estamos debatiendo lo único que pretende es modificar los artículos 3, 4 y 5 y la disposición final de esa Ley.
No entendemos los reparos de los Grupos que entonces la apoyaron y hoy no quieren votarla favorablemente. Como ya hemos dicho, sólo se diferencia en pequeños tecnicismos. Por ejemplo, al tratar de los tipos de referencia de la deuda exterior se tomaba el LIBOR, mientras que ahora se propone que sea uno de los tipos básicos de las operaciones interbancarias en los mercados organizados, lo cual es una flexibilización totalmente correcta y normal. El proyecto de ley añade también un punto 2 al artículo 5, en el sentido de facultar al Gobierno aragonés para concertar la refinanciación, amortización o sustitución de operaciones, pero siempre dentro de los límites aprobados por estas Cortes. Es decir, no se trata de dejar las manos libres al Gobierno, sino de hacerle más fácil la muy difícil tarea de salir adelante de la desastrosa situación económico-financiera en que nos encontramos.
Como todos ustedes saben muy bien, la carga financiera nos asfixia, y es necesario, como ya se ha explicado por parte del Consejero de Economía repetidas veces, reestructurarla, pues se encuentra muy concentrada en el período 1996 al 2000. Esta reestructuración debe hacerse necesariamente captando créditos a más largo plazo para poder amortizar los anteriores, sobre todo los menos favorables, y financiando el endeudamiento de los próximos presupuestos con créditos con períodos de carencia superiores a cuatro años.
Al señor Lacasa le diríamos que no se vulnera nada ni hay dobles discursos. Ustedes contribuyeron con Gomáriz a que el presupuesto del noventa y cuatro se saltase todos los límites legales y los razonables también. Metieron la pata todos, señor Calvo, usted también, los de su Grupo también -por decirlo de alguna forma- [risas], y ahora hay que pagar.
Ayer salía como titular de primera página de un importante diario aragonés que hay más de medio millar de empresas aragonesas asfixiadas por las deudas que la DGA tiene con ellas, deuda que la DGA contrajo por su apoyo culpable. ¿Quieren ustedes autorizar que se gaste pero que no se pague? Pues nosotros no; somos más serios que eso, y por eso apoyaremos esta ley. No queremos hundir medio millar de empresas aragonesas; Aragón no se lo puede permitir.
Respecto a sus observaciones sobre las modificaciones que pretende la ley, creo que no se la han leído bien, y ya se lo ha dicho el señor Bescós y le ha explicado algunos tecnicismos. Además, no se relaja nada, como ha dicho el señor Lacasa. ¿Qué prefieren ustedes: el LIBOR, el PIBOR o el MIBOR...? No tiene sentido aprobar leyes de presupuestos con autorizaciones irresponsables de deuda, como hicieron en el pasado, reventando Aragón desde el punto de vista económico-financiero, y oponerse hoy a una de las pocas vías técnicas de alivio que podrían darse dentro de la gravísima situación en la que nos encontramos.
Además de lo que ya hemos indicado, es necesario facultar a la Diputación General de Aragón, tal como establece el proyecto, para realizar operaciones de conversión, intercambio, permuta financiera, los conocidos swaps y collages, y otros similares, con el fin de poder estirar la curva de carga financiera y sobrevivir. Y no se preocupen tampoco por que se concentre la carga financiera a un horizonte de quince años; el Gobierno de Aragón en ese tiempo seguirá siendo del PP. [Risas.]
Nada más, y muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Diputado.
Concluido el turno de fijación de posiciones, vamos a proceder a la votación del proyecto de ley de modificación de la Ley 2/95, de 6 de marzo, de endeudamiento de la Comunidad Autónoma de Aragón con cargo al presupuesto de 1994.
¿Votos a favor del proyecto de ley? ¿Votos en contra? ¿Abstenciones? Han votado sesenta y seis Diputados: cincuenta y nueve votos a favor, cinco en contra y dos abstenciones. Queda aprobado el proyecto de ley.
Para turno de explicación de voto, ¿desean tomar la palabra los señores portavoces?
Por Izquierda Unida...

El señor Diputado LACASA VIDAL [desde el escaño]: Gracias, señor Presidente.
En primer lugar, y hablando muy en serio, en la intervención del señor Navarro Elola él ha tenido un lapsus terrible, un lapsus increíble, al atribuir la hipótesis de que Izquierda Unida de Aragón, o, previamente a la constitución de Izquierda de Aragón, el Partido Comunista de España tuviera cualquier... no digo ya connivencia, sino cualquier posición inequívoca en contra del terrorismo. Mire: en eso ha estado usted extremadamente desafortunado. Nuestra posición ha sido nítida desde el primer momento, y no sólo desde el momento en que la democracia está consolidada en España, sino desde mucho antes, cuando los militantes de nuestra formación política estaban luchando por la democracia. Yo creo que es indignante...

El señor PRESIDENTE: Señor Diputado, señor Yuste, le recuerdo que estamos en turno de explicación de voto... [Rumores.] Hemos sido bastante permisivos con el otro debate -perdón: Diputado señor Lacasa-. Ruego se atenga al orden del día.

El señor Diputado LACASA VIDAL [desde el escaño]: Me atendré a la cuestión, pero creo que era bastante grave la sospecha que se había podido dejar desprender. En todo caso, yo creo que la grandeza de nuestro Grupo en el reconocimiento del magnicidio de un líder... Por cierto, un líder que no era de nuestras posiciones, un líder con el que hasta hace poco tiempo habíamos tenido muchas diferencias con su política. Pero creemos que la grandeza exige otra altura de miras y exige otros comportamientos en esta cámara, y no tics del pasado. No me extenderé más en esta cuestión, que yo creo que es un poco enervante.
En todo caso, sí alguna precisión que apoya nuestro voto en contra. Se ha dicho por parte del Grupo principal que sostiene al Gobierno que se elegirá lo mejor para Aragón. ¡Cielos!, esto es lo que nos preocupa: que se elija lo mejor para Aragón, en una especie de paternalismo del que no se dará conocimiento a estas Cortes de Aragón, a esta cámara; eso es lo que nos da miedo, eso es lo que nos da miedo: que se sustraigan aspectos fundamentales, como puede ser el endeudamiento de esta Comunidad Autónoma, siquiera al conocimiento de esta cámara, de estas Cortes de Aragón. Por eso hemos votado en contra fundamentalmente, por eso hemos votado en contra del artículo 5.2. Claro, no nos liemos, porque nosotros sí que estábamos de acuerdo en contemplar otros aspectos. Y algún compañero me decía ahora que ni LIBOR, ni MIBOR, ni nada de eso; el rigor. Es decir, en eso estábamos de acuerdo. Había aspectos que nosotros podíamos apoyar de esa ley, pero el trámite de lectura única, sin enmiendas, nos lo ha impedido.
Y, por último, esperamos que la posición del Gobierno en el futuro, con otras leyes que vengan aquí, permita, de verdad, mayor entendimiento, permita un trámite más sereno, un debate más profundo y que esta cámara cumpla su función fundamental: el control al Gobierno, que es lo que está encomendado.
Nada más. Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Diputado.
Por parte del Grupo Parlamentario del Partido Aragonés.

El señor Diputado BESCOS RAMON [desde el escaño]: No se considera necesaria la explicación de voto.

El señor PRESIDENTE: ¿Grupo Parlamentario Socialista? ¿Grupo Parlamentario del Partido Popular?
Muchas gracias, señores Diputados.
Pasamos al segundo punto del orden del día, que es la comparecencia del señor Presidente de la Diputación General de Aragón, a solicitud de diecinueve Diputados del Grupo Parlamentario Socialista, para informar en relación con los convenios en materia hidráulica firmados en julio de 1994 entre la Diputación General de Aragón y el MOPTMA, en desarrollo del Pacto del Agua.
Tiene la palabra el representante de los señores Diputados que han solicitado la comparecencia durante un tiempo máximo de quince minutos.

CORTES DE ARAGÓN
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