Diario de Sesiones de las Cortes de Aragón
Proposiciones de ley
Debate y votación sobre la toma en consideración de la proposición de ley del tribunal aragonés de cuentas.
Diario de Sesiones de las Cortes de Aragón n°: 053 de Plenos (IV Legislatura)
Intervinienen: Mendi Fornies, Jose Francisco - Bescos Ramon, Jose Maria - Guedea Martin, Manuel - Yuste Cabello, Chesus - Calvo Lasierra, Antonio
El señor Diputado MENDI FORNIES: Gracias, señor Presidente.
Nos van a permitir sus señorías interrumpir esta reconciliación entre el PAR y el PP en esta última intervención del Presidente del Gobierno, para hablar de leyes, de una ley importante como la que hoy presenta Izquierda Unida a este parlamento.
Y creo que es bueno reseñar también con una cierta inmodestia, si me lo permiten, el trabajo constructivo, el esfuerzo realizado no solamente por el Grupo Parlamentario, sino por otras muchas personas de Izquierda Unida y otras que no son de Izquierda Unida, desde nuestras áreas de elaboración, desde profesionales, desde otros parlamentos que intentan contribuir a mejorar los aspectos legislativos y los aspectos del poder político, del incremento y mejora del poder político de esta Comunidad Autónoma.
Por lo tanto, Izquierda Unida no viene solamente a hacer oposición a este parlamento, como ya hemos demostrado en otras ocasiones, sino que viene también a presentar propuestas, a presentar alternativas y a construir un Aragón mejor, un Aragón que entendemos necesita y requiere de un perfeccionamiento también en los mecanismos legislativos como el que hoy presentamos en esta cámara a través de la creación, de lo que hoy Izquierda Unida propone como creación del tribunal aragonés, y lo quiero señalar con estas palabras, del «tribunal aragonés de cuentas».
Señorías, yo creo que esta ley, que esta proposición de ley que hoy presenta Izquierda Unida tiene dos virtudes: una, que es una ley necesaria, porque es una carencia que tiene esta Comunidad Autónoma y, por lo tanto, es una ley que entendemos que es beneficiosa para el funcionamiento, para el control, para el desarrollo de esta Comunidad Autónoma.
Y en segundo lugar, creemos que es una ley efectiva: no es una ley efectista, no es una ley de partido, sino que es una ley de profundo contenido y carácter institucional. Ninguna de sus señorías que haya podido estudiar la ley, la proposición de ley que hemos presentado, podrá discernir aspectos partidistas; yo diría, si me lo permiten sus señorías, que ni siquiera unos aspectos ideológicos que no vayan más allá de mejorar el poder autonómico aragonés y la participación en el control del sector público aragonés. Por lo tanto, hemos querido hacer un esfuerzo por presentar una proposición que responda a las necesidades de cualquier signo político que rija los destinos de esta Comunidad Autónoma y de cualquier mayoría parlamentaria que se pueda concitar en este parlamento aragonés.
Desde ese punto de vista, me voy a permitir señalar a sus señorías la importancia que tiene esta proposición de ley para que Aragón defienda, para que Aragón incremente y para que Aragón complemente y complete lo que sería el entramado institucional básico de lo que es una nacionalidad histórica acorde con la última reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, que han aprobado las Cortes Generales. Y es congruente y es consecuente porque a Aragón le falta una pata del entramado institucional para competir, para posibilitar un poder político acorde con las competencias que hasta ahora hemos tenido en esta cámara, en esta Comunidad Autónoma, y que a partir de ahora van a modificar sustancialmente el poder político, los presupuestos de esta Comunidad Autónoma y la incidencia en el sector público de unos presupuestos que en nada se van a parecer hasta los que este momento hemos estudiado y aprobado en los diferentes ejercicios presupuestarios.
Por lo tanto, se trata de una ley de necesidad, no solamente en lo político, sino de necesidad en lo económico. Vamos a hablar de un importante volumen financiero que requiere que haya una cercanía entre la Administración, entre el parlamento y los mecanismos que deben contribuir al control presupuestario del sector público aragonés. Y qué mejor forma de hacerlo que instituyendo, que creando un tribunal de cuentas, que no es novedoso en la legislación de este país -como saben sus señorías-, que ya existe en muchas otras comunidades autónomas, con una iniciativa que, por cierto, ha sido aprobada por los diferentes colores políticos de cualquier parlamento, pero que ha demostrado su operatividad y ha demostrado su necesidad en el funcionamiento de todas las asambleas legislativas en las diferentes comunidades autónomas. Por lo tanto, yo creo que estas dos cuestiones: la de la importancia en nuestro poder político y la necesidad en lo económico defienden, por sí mismas, la posibilidad de que Aragón cuente -como no debe ser menos- con un tribunal propio, un tribunal aragonés de cuentas.
Y ¿qué funciones debe tener este tribunal de cuentas? Fundamentalmente, las referidas al control externo presupuestario de todo el sector público aragonés. Pero aquí también nos gustaría hacer una referencia explícita sobre algunas cuestiones que debe estudiar, que debería tomar en consideración el tribunal aragonés de cuentas. No solamente las encomendadas desde la propia Administración pública, sino las que, en su caso, también pudiera delegar (y creo que ésta es una de las funciones más importantes de esta proposición de ley) el tribunal de cuentas desde el ámbito estatal, desde la competencias centrales que tiene el hoy existente Tribunal de Cuentas. Porque ya establece el propio Tribunal de Cuentas la posibilidad de delegar en la creación, en el sustento de otros tribunales de cuentas que existan en comunidades autónomas, la efectividad de su trabajo para llegar a una mayor prontitud en el estudio, en la resolución y en las propuestas que del mismo examen se observen en los diferentes apartados del sector público aragonés. Por lo tanto, creemos que en ese afán de acercar la realidad de la Comunidad Autónoma al propio Tribunal de Cuentas, en este caso, aragonés, también contribuiremos a una mayor agilidad y a un mejor funcionamiento de la Administración.
Señorías, nosotros podemos entender que esta ley es una ley necesaria; sería una ley necesaria para esta Comunidad Autónoma, a pesar de que pueda ser una ley relativamente incómoda para los gobiernos -digo «los gobiernos»- de cualquier signo político, porque, efectivamente, existe la tendencia a huir, a escapar del mayor control, del control más cercano posible de los tribunales, en este caso, de los tribunales de cuentas. Y buen ejemplo de ello, señorías, tenemos en los estudios que vienen a esta cámara del Tribunal de Cuentas, del Tribunal Central de Cuentas, cuando con un retraso cercano a los cuatro años -creo que en estas fechas acaba de entrar recientemente el examen de las cuentas de la Comunidad Autónoma del año noventa y tres-, en el año noventa y siete, estemos estudiando y conozcamos los defectos, las propuestas que se hacen desde el Tribunal de Cuentas, creo que contribuye a dificultar la mejora del funcionamiento de la Administración. Si tuviéramos la posibilidad de hacerlo en Aragón, lo haríamos mejor, lo haríamos más cercanamente a los problemas y, posiblemente, las resoluciones que se propondrían también tendrían un mejor resultado que las que hoy se dictaminan desde el Tribunal de Cuentas.
Por lo tanto, señorías, hay razones suficientes para que Aragón no quede postergado ni quede a la cola de otras comunidades autónomas, porque -repito- desde el poder, desde el apartado parlamentario, desde el ejecutivo, desde lo que hoy defiende y trabaja el Justicia de Aragón y la recientemente creada Comisión Jurídica Asesora, sería exclusivamente este tribunal aragonés de cuentas la única pata institucional de esta Comunidad Autónoma que completaría el poder político, autónomo, el poder político pleno que debería responder también a esa plena autonomía que tendríamos que empezar a ejercer, y no solamente a demandar, también a ejercer, también a ejercer, a través de mecanismos y medidas no sólo legales, sino de funcionamiento básico, como sería un tribunal aragonés de cuentas.
Y ¿cómo es este tribunal aragonés de cuentas? Pues nosotros, desde Izquierda Unida, creemos que puede ser una actitud comprensible por todos los Grupos de la cámara, y en eso le señalaba a sus señorías la idea de hacer una propuesta institucional que pudiera reunir un cierto consenso y una cierta unanimidad de esta cámara. Nosotros entendemos a un tribunal como un tribunal eminentemente técnico, eminentemente profesional y, además, un tribunal no solamente con esa cualificación en las personas que pudieran optar a esos cargos, sino, además, un tribunal que contara con el máximo respaldo parlamentario y que no fuera objeto de disputas partidistas en función de quién, de qué color, de qué mayorías estuvieran en esta cámara. Creo que es una condición sine qua non para que funcione correctamente cualquier órgano de fiscalización, cualquier órgano parlamentario que no estuviera sometido exclusivamente a las presiones, a las mayorías de los diferentes Grupos Parlamentarios. Por lo tanto, creemos que esa cualificación técnica añadida a la numeración, a la mayoría requerida importante, para la elección de sus miembros, debería permitir un mejor trabajo y un mayor consenso en las personas que deberían trabajar en el tribunal aragonés de cuentas.
Señorías, ¿qué tendría que hacer este tribunal? Lógicamente, ya he señalado que la función fundamental es la propia de un órgano de fiscalización externa del sector público aragonés. Con toda la Administración, pero también con todas las sociedades en las que participa de una forma u otra, lógicamente, la propia Diputación General de Aragón, y esto es importante. Lo vimos en el pasado y lo podemos ver o sufrir en el futuro si no tuviéramos mecanismos para permitir esa fiscalización. Hay multitud de sociedades, y el propio funcionamiento de la Administración está demostrando que hay una tendencia a facilitar el despliegue de la Administración a través de sociedades para poder fiscalizar qué se está haciendo con el dinero público en esas sociedades. Porque nos estamos metiendo en una situación administrativista en la que tenemos la sensación de que se dificulta el seguimiento de cualquier peseta de dinero público, porque queda difuminado en las minorías en las que se suele encontrar el capital público dentro de las sociedades mixtas. Y creo que también es bueno que haya un seguimiento de qué pasa con esa peseta, que es tan pública, que es tan de los aragoneses, como la de los propios presupuestos generales de esta Comunidad Autónoma.
Por lo tanto, creemos que ahí también se debe facilitar esa actuación fiscalizadora. Y también decimos -lo decimos con cierto orgullo, y yo creo que también a veces con cierta necesidad- que es bueno que desde este tribunal se pudiera fiscalizar la actividad de las subvenciones que percibimos los partidos políticos, las organizaciones y que emanan de la propia Administración de la Comunidad Autónoma, a todos los efectos. Creemos que también es parte de ese funcionamiento regular el que haya mecanismos de fiscalización de quienes representamos a los ciudadanos, y lo debemos hacer a todas luces, con claridad, con transparencia y dando cuentas de para qué y en qué empleamos cada uno de nuestras subvenciones y los dineros que se perciben desde el sector público.
Por lo tanto, señorías, yo creo que hay que resaltar las funciones de este tribunal, y repito: creo que son las cuestiones centrales que hoy nos llevan a esta cámara. Y no deberían caber muchas excusas en esta tribuna para hablar de solapamiento de funciones, o para hablar de la no necesidad de crear nuevos órganos. Repito, este órgano -y creo que hoy se puede defender con todas las palabras- es hoy, incluso, más necesario que algunos de los órganos que también hemos creado en el ámbito institucional básico de esta Comunidad Autónoma, creo que tendría incluso más funciones, más necesidad.
Y, repito, la semana pasada sus señorías podrían observar cómo fue tomada en consideración esta misma ley por los diferentes grupos políticos en la Asamblea de Extremadura, por poner un ejemplo, la más reciente. Creo que Aragón no debería quedarse a la cola; creo que Aragón necesita esta ley, la necesita. Y si me permiten un ejercicio de intento de convicción: no lo consideren en negativo simplemente por el hecho de que la presente Izquierda Unida. Intentemos entre todas y todos ver hoy las cuestiones constructivas en positivo que también desde la oposición podemos y tenemos la obligación de presentar a este parlamento. Esta ley será buena si entre todos nos ponemos a trabajar en ella, aceptando las sugerencias, las modificaciones, que las tendrán los diferentes Grupos Parlamentarios para poder enmendar y contribuir a mejorar esta ley en la previsible tramitación parlamentaria si así fuera tomada en consideración.
Si me permiten sus señorías, no voten en esta ocasión contra la oposición; en todo caso, voten contra esta ley si así les parece y así la defienden en la tribuna, que no es buena para esta Comunidad Autónoma, pero creo que flaco favor se harían sus señorías si consideran esta ley como una ley -repito- partidista, una ley innecesaria o una ley que no contribuye a mejorar la autonomía plena de Aragón. Yo creo que ésta es una de las leyes que va íntimamente relacionada -repito- con el poder político y con el control económico, que, como saben sus señorías, al final acaba siendo también poder político; pero, poder político del legislativo, del Parlamento, porque -repito, sus señorías- aunque algunos no crean que hoy no sea positivo tomarla en consideración, algún día no estarán en el Gobierno y también será bueno que en aquel momento reclamen por qué no quisieron (si es así) su percepción de esta ley, de esta proposición de ley, en esta tribuna, por qué no quisieron contribuir a mejorar nuestros mecanismos de control financiero y de seguimiento del dinero público aragonés.
Por lo tanto, señorías, yo les pediría un ejercicio de responsabilidad política; no de responsabilidad partidista (lo podría entender en ese sentido), pero creo que, en esta ocasión, con toda nitidez, estamos intentando construir un Aragón mejor y estamos contribuyendo, queremos contribuir a fortalecer nuestra autonomía. Esta ley lo permite, esta ley lo consigue. Esta ley podría perfectamente manifestar a Aragón como una Comunidad Autónoma de primera categoría. Creo que hay mecanismos suficientes para facilitar esa posibilidad en el funcionamiento de nuestra Comunidad Autónoma. Por lo tanto, por necesidad económica, por efectividad parlamentaria, por construir un aspecto positivo, inmejorable de nuestro propio funcionamiento administrativo, creemos que simplemente por esas cuestiones y para fortalecer -repito- y para dar contenido a ese Estatuto de Autonomía que acabamos de aprobar recientemente, creemos que haríamos un buen favor en estas fechas tomando en consideración esta ley.
Muchas gracias.
El señor Vicepresidente Primero (PALAZON ESPAÑOL): Muchas gracias, señor Mendi.
¿Grupos Parlamentos que deseen hacer uso del turno en contra? Los dos.
Entonces, señor Bescós, tiene usted la palabra por el Grupo Parlamentario del Partido Aragonés.
El señor Diputado BESCOS RAMON: Señor Presidente. Señorías.
La cuestión de la toma en consideración de la proposición de ley presentada por Izquierda Unida sobre el tribunal aragonés de cuentas puede ser objeto de consideración, puede ser objeto de estudio tanto desde un punto de vista jurídico como desde un punto de vista político, en razón a la oportunidad de la propuesta.
Desde un punto de vista jurídico, desde un punto de vista de la legalidad, ninguna objeción puede realizarse desde nuestro punto de vista a la proposición de ley. En efecto, tal como destaca la exposición de motivos, el Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye a nuestra Comunidad competencia exclusiva respecto a la organización, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno; y la Ley Reguladora del Tribunal de Cuentas también se refiere a la posible coexistencia, junto con el Tribunal de Cuentas central -por decirlo de alguna manera-, tribunales de cuentas de las distintas comunidades autónomas.
Viendo el articulado, tampoco, en principio, pueden realizarse objeciones de gran fuste. El artículo primero concreta el objeto de la ley: será «la fiscalización externa de la gestión económico-financiera y contable del sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón».
Se refiere a continuación a las distintas funciones, funciones que hacen referencia tanto al control de legalidad, como al control de eficacia, como al control de economía.
Concreta, a continuación, los distintos instrumentos: a través del tribunal pueden exigirse datos, informes, documentos, puede inspeccionarse y comprobar toda la documentación de las oficinas públicas, libros, metálicos, valores, dependencias, almacenes... Al tribunal de cuentas le corresponderá requerir conminatoriamente por escrito a los distintos funcionarios y proponer la exigencia de las responsabilidades en que hubiera podido incurrirse.
Pero no solamente debe y puede ser examinada la proposición desde un punto de vista jurídico, sino que es preciso también considerarla desde perspectivas políticas, en razón a la oportunidad, en razón a la necesidad, en razón a la prioridad de esta proposición.
¿Cuál es el objetivo, en definitiva, de esta proposición? El objetivo es lograr un mayor control. Y, evidentemente, surge la pregunta: ¿existe ya algún control en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón? Y la respuesta debe ser tajantemente positiva: hay cantidad, hay pluralidad de controles.
Podíamos escenificar, escenificar con un ejemplo el supuesto, hablando de un cierto señor Martínez, hablando de un joven funcionario que ilusionado por el desarrollo de la Función Pública, que ilusionado por la realización del servicio público, de colaborar al desarrollo del turismo de Aragón, a las industrias agropecuarias, o preservar la sanidad vegetal, etcétera..., llega a la Administración de la Comunidad Autónoma. El señor Martínez, nuestro joven y prometedor funcionario, tendrá que sufrir distintos controles. En primer lugar, tendrá que sufrir el control administrativo-jerárquico inmediato. El señor Martínez ingresará como personal de cuerpo base, como personal sin ningún tipo de jefatura, y entonces tendrá que sujetarse a los criterios del jefe de servicio. Porque, como nos dice la Ley de Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, que últimamente aprobamos, son los jefes de servicio quienes tienen la responsabilidad inmediata de los recursos humanos y materiales asignados a dichos órganos y quienes deberán promover la racionalización y simplificación, pero junto con el control del jefe de servicio, nuestro señor Martínez, nuestro joven funcionario, deberá también asumir un segundo control: el control del director general o secretario general, porque, como dice el artículo 16 de la Ley de Administración, a él le corresponderá (al secretario general técnico) el control de eficacia y la realización de las actividades necesarias para la comprobación del cumplimiento de los objetivos propuestos en los planes de actuación. Le corresponderá al secretario general técnico planificar la racionalización y simplificación de los procedimientos y los métodos de trabajo. Hay pues un segundo medio, un segundo tipo de control, pero, evidentemente, deben de existir más controles.
Como dice el artículo 23 de la Ley de Administración, el Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales dictará las normas y directrices sobre organización administrativa, procedimiento, régimen jurídico y retributivo, y a continuación se nos dice en el citado artículo que, en su caso, cuando se trate de objetivos de tipo económico-financiero, funcionará, actuará de acuerdo con los criterios del Consejero de Economía, Hacienda y Fomento. Hay, por tanto, un tercer control, pero no nos podemos quedar aquí. El artículo 34 de la Ley de la Administración se refiere a la necesidad de control, auditorías e inspecciones que realicen los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para evaluar la eficacia. Por tanto, ya tenemos un nuevo control.
Pero no solamente existirá un control administrativo, un control jerárquico, existirá también -no podía ser menos- un control por parte de órganos específicos, por parte de órganos de intervención. La Ley de Hacienda de nuestra Comunidad Autónoma, en el artículo 62, dice que: «Todos los actos, documentos y expedientes de la Administración de la Comunidad Autónoma de los que se deriven derechos y obligaciones de contenido económico serán intervenidos y contabilizados». Y a continuación, todos los artículos siguientes, se refieren a distintas medidas, medidas que incluirán no solamente el control individual, sino el control financiero de la actividad desplegada por la Administración de la Comunidad Autónoma. El artículo 15 nos dice que «corresponderá a la intervención el control financiero, comprobar que el aspecto económico-financiero se ajusta a las disposiciones que los medios humanos y materiales garantizan la aplicación íntegra de los caudales». Tenemos, por tanto, un control administrativo jerárquico, un control de intervención. Pero, evidentemente, hay más controles.
Hay un control ciudadano, un control social, y este control se manifiesta a través del derecho a la información que nuestra Ley de Administración reconoce (no podía ser menos). También se manifiesta a través de la posibilidad de reclamaciones en queja, a través de recursos; evidentemente, podrá computarse la posibilidad que tiene el órgano administrativo de actuar en forma desviada, la posibilidad que puede existir de incurrir en desviación de poder. Pero también existirán otros controles: existirá un control del Justicia, al que le corresponderá, conforme al artículo segundo de su Ley reguladora, «supervisar la actividad de la Administración de la Comunidad Autónoma». Y existe una función de control de las Cortes: el artículo 12 del Estatuto de Autonomía se refiere a la función de impulso y control, junto con las funciones representativas y las funciones legislativas. Y hay un control de los tribunales penales. El Código Penal vigente dedica numerosos pasajes a los delitos que pueden cometer los funcionarios. Y hay también un control a través del Tribunal de Cuentas, al que le corresponderá la fiscalización del sector público.
Hay, por tanto, debidamente numerados, once controles. Entendemos que el número de controles es más que suficiente. Y es que el tema del control y vigilancia en el funcionamiento de los órganos administrativos puede ser estudiado no solamente desde su vertiente teórica, sino en su pragmatismo, en su realidad. Porque la Constitución vigente de 1978 de ninguna manera pensó que la creación de las comunidades autónomas iba a significar una proliferación de órganos administrativos; muy al contrario, los funcionarios que iban a dejar de existir en la Administración central iban a pasar a las comunidades autónomas. Sin embargo, no fue así: la Administración central ha mantenido tanto en Madrid como en el ámbito periférico numerosos efectivos. Y tampoco ha sucedido lo que se pensó en un principio, que era el aprovechar las estructuras de las diputaciones provinciales para que las comunidades autónomas acomodaran a esas estructuras sus distintos efectivos.
La realidad es que se ha producido una gigantesca inflación burocrática, se ha producido un gigantesco aumento en el número de funcionarios. ¿Cuál es en este momento la situación? ¿Cómo puede ser objeto de valoración la situación funcionarial en España? No me resisto a leer determinados pasajes de un libro que al respecto ha escrito Alejandro Nieto, conocido catedrático de derecho administrativo, y titulado La nueva organización del desgobierno. Es una edición de noviembre de 1996, plenamente actualizada. Se llega a decir en este libro que la clase política está empeñada en que la cosa pública no funcione, y a tal efecto se ha producido una desorganización sistemática del aparato público. «Llegan a adoptarse -dice- una serie de medidas que están enderezadas, en último termino, a bloquear el funcionamiento de la organización existente. El funcionario pasa a ser un hombre sospechoso al que hay que limitar estrechamente, el funcionario busca desesperadamente un ámbito de decisión propia, pero encuentra numerosas limitaciones. Más pronto o más tarde, el funcionario sabe que nunca pasa nada ni puede pasar por no haber hecho nada, pero se corre el riesgo de incurrir en responsabilidad por haber hecho algo mal. La situación del interventor dentro de las administraciones públicas es particularmente delicada. El interventor está colocado en una alternativa permanente cuyas dos salidas son igualmente malas: si se atiene a la letra de las normas y no autoriza más que los gastos y pagos reglamentarios, paraliza el servicio; si se muestra tolerante y flexible, se convierte en cómplice real de irregularidades administrativas y penales. El funcionario intenta convencer al interventor para que cierre los ojos ante una irregularidad notoria, pero indispensable».
Alejandro Nieto se refiere también al Tribunal de Cuentas diciendo que «el Tribunal de Cuentas supone la incorporación de una serie de personas nombradas por las Cortes, pero cuando se trata del enjuiciamiento de un caso relevante, la decisión no es técnica, sino política. Se llega así -dice- a la grotesca situación de que todos los vocales propuestos por el Partido Socialista tienen el mismo criterio técnico sobre la irregularidad examinada, y a ello se opone con la misma unanimidad el juicio de los populares. ¿Qué matemáticas son éstas -se pregunta- que hacen cuadrar las cuentas...?».
El señor Vicepresidente Primero (PALAZON ESPAÑOL): Señor Bescós, le pediría que fuese terminando.
El señor Diputado BESCOS RAMON: Dos segundos, por favor.
«¿Qué matemáticas son éstas que hacen cuadrar las cuentas a los jueces de un partido y no a los de otro?» Dice: «En España se han politizado hasta las tablas de multiplicar, y más todavía, las de restar». Y concluye Alejandro Nieto diciendo que «la abundancia de controles no es garantía de un buen control, antes al contrario. ¿Cuántos inquisidores previos y posteriores tiene cada documento administrativo? Algún día terminará realizándose sobre los sistemas de control una auditoria, y si tal se hiciese, sus resultados serían sorpredentes».
En definitiva, he aburrido a sus señorías con la cita de numerosos preceptos, con la cita de numerosos artículos, a través de los cuales se deduce la existencia de una pluralidad de controles de todo tipo: controles administrativos, judiciales, financieros, etcétera. Hemos aburrido a sus señorías y, no digamos, hemos aburrido a nuestro funcionario de entrada, al ilusionado señor Martínez.
Señorías, son demasiadas cuerdas para un violín, son demasiados controles. Desde nuestro punto de vista, si bien jurídicamente la proposición presentada por Izquierda Unida tiene todos nuestros respetos y sería plenamente aceptable, políticamente, por razones de oportunidad, no es aceptable en el momento actual. Y entendemos que este criterio, esta postura de nuestro Grupo Parlamentario debe entenderse en términos relativos: es posible que mañana, es posible que cuando se hayan culminado todas las transferencias posibles sea útil y sea hacedera la realización de esta proposición de ley, pero no en este momento.
Nada más, y muchas gracias.
El señor Vicepresidente Primero (PALAZON ESPAÑOL): Muchas gracias, señor Bescós.
Señor Guedea, interviene usted en turno en contra durante un tiempo de diez minutos.
El señor Diputado GUEDEA MARTIN: Señor Presidente. Señoras y señores Diputados.
Intervengo en nombre del Grupo Parlamentario Popular para fijar nuestra posición en contra de esta proposición de ley presentada por el Grupo Parlamentario Izquierda Unida en torno a la creación de un tribunal aragonés de cuentas. Y lo vamos a hacer, en primer lugar, con criterios estrictamente políticos; no vamos a entrar en este momento ni en este lugar a enjuiciar precepto por precepto de la proposición de ley, que sería interesante, porque, realmente, ante una proposición de ley sobre una materia y sobre una institución sobre la que se tiene competencia, indudablemente, desde ese punto de vista, no hay que dudar, pero sí creemos que desde el punto de vista político encontramos diez motivos claros para oponernos a la misma.
En primer lugar, se ha dicho en la presentación aquí, y anteriormente, cuando lo vimos en los medios de comunicación, que se culminaba el proceso institucional de la Comunidad Autónoma. La mera lectura del artículo 11 del Estatuto de Autonomía de Aragón nos dice lo contrario: «Son instituciones de la Comunidad Autónoma las Cortes de Aragón, el Presidente, la Diputación General y el Justicia de Aragón». El tribunal aragonés de cuentas no es una de las instituciones previstas en el artículo 11 del Estatuto de Autonomía de Aragón, artículo 11 del Estatuto de Autonomía de Aragón que ha habido oportunidad de modificar en dos ocasiones (años noventa y cuatro y noventa y seis), en las que se han modificado toda una serie de preceptos, pero no se ha tocado en absoluto el mismo.
En segundo lugar, el Estatuto de Autonomía de Aragón, cuando realiza referencias al control externo del sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón, en ningún momento realiza referencia alguna a un tribunal aragonés de cuentas, sino todo lo contrario. Vamos al artículo 16 del Estatuto, cuando se refiere a las competencias de las Cortes de Aragón, del órgano en el que ahora estamos, porque somos miembros elegidos por el pueblo aragonés: en el apartado h nos dice que corresponde a las Cortes de Aragón «el examen y la aprobación de sus cuentas y de las cuentas de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio del control que corresponda al Tribunal de Cuentas con arreglo a lo dispuesto en el artículo 153 de la Constitución».
Pero no solamente es esa referencia, sino que en otro título del Estatuto de Autonomía, correspondiente a Economía y Hacienda, concretamente el artículo 55, apartado tercero, nos dice: «Una ley de Cortes de Aragón regulará las normas de organización y procedimiento para asegurar la rendición de cuentas de la Comunidad Autónoma, que deberán someterse a la aprobación de aquéllas, sin perjuicio del control que corresponde al Tribunal de Cuentas». Es decir, que no sólo el Estatuto de Autonomía no menciona un tribunal aragonés de cuentas, sino que al referirse en dos preceptos concretos de dos títulos diferentes al control externo del sector público aragonés, se refiere al Tribunal de Cuentas. En dos ocasiones ha habido también posibilidad de modificarlo, y ni estas Cortes ni las Cortes Generales han modificado dichos preceptos.
Después, el tercer argumento que creemos plenamente convincente es que el modelo constitucional configurado por el pueblo español cuando aprueba en referéndum la Constitución es también claro respecto a que hay sólo, en principio, un órgano para la gestión, para el control externo de la gestión económica financiera del sector público. Vamos a la Constitución, y en dos preceptos también, artículo 136, cuando contempla la referencia al Tribunal de Cuentas, lo hace, efectivamente, de forma muy genérica en relación con las comunidades autónomas, pero eso se concreta en el artículo 153, apartado d, dentro del título VIII, en el que se hace una referencia expresa al control de la gestión económica y financiera de todas las comunidades autónomas por el Tribunal de Cuentas. Por lo tanto, en la Constitución tampoco se deduce, ni mucho menos, la existencia y la proliferación de diecisiete órganos de control externo de la gestión económica y financiera del Tribunal de Cuentas.
En cuarto lugar, la creación del tribunal aragonés de cuentas supone la duplicación de órganos que inciden sobre una misma materia y en funciones administrativas concurrentes, aunque sean de control. Una mínima coherencia y un principio de eficacia en la organización administrativa nos hacen evitar y no querer la duplicidad de órganos.
En quinto lugar, supone a una comunidad autónoma, cuya situación financiera todos conocemos, un incremento injustificado del gasto público con arreglo a nuestros recursos propios, que conllevaría no sólo la dedicación exclusiva de esos consejeros, sino un personal y una serie de gastos corrientes para la Comunidad Autónoma, que también debe hacernos reflexionar, sobre todo cuando nos movemos con las restricciones presupuestarias que tenemos.
En sexto lugar, también hay que decir que la proximidad que en algún momento también se deduce de la exposición de motivos de la proposición, así como de las intervenciones y presentaciones que se han dicho de dicha proposición, no garantiza en absoluto la mejor independencia ni la eficacia del funcionamiento de esos órganos. Y también tenemos antecedentes -y los conocemos todos- en comunidades autónomas que tienen este órgano, donde ha habido serios problemas políticos y jurídicos con la existencia de los mismos.
En séptimo lugar, la competencia del tribunal aragonés de cuentas en relación con el control de la gestión económica financiera de las corporaciones locales plantea algunas dudas en cuanto a su relación con la autonomía local, con la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y con la Ley de Haciendas Locales. Y nos podríamos encontrar con una situación similar a la que ya se vivió en la Comunidad Autónoma con relación a la Ley del Justicia y al control que realiza de la actividad de las corporaciones locales, y ahí tenemos una sentencia del Tribunal Constitucional que nos podría indicar por dónde puede ir el camino en este sentido.
En octavo lugar, la proliferación de órganos autonómicos en cada una de las diecisiete comunidades autónomas que constituyen el Estado con funciones similares a los órganos que se denominan de relevancia constitucional (Consejo de Estado, Tribunal de Cuentas, Defensor del Pueblo y Consejo Económico Social) no ha mejorado el funcionamiento de las Administraciones públicas autonómicas. Y está en cualquier manual que consultemos de derecho administrativo, de organización administrativa, porque es ya una de las críticas que se está produciendo. Han proliferado y están proliferando toda una serie de órganos de ámbito autonómico y con importantes competencias, que en una determinada filosofía puede ser bueno, pero el resultado es que no se ha mejorado en este sentido el funcionamiento de las Administraciones públicas.
Después, en noveno lugar, hay una reflexión general que incide en esta línea -lo ha dicho el portavoz del PAR y toda la doctrina de derecho público pone especial énfasis en lo mismo-: la efectividad de los órganos de control externo de las Administraciones públicas ha sido muy baja en España, hasta el momento, con independencia de regímenes políticos, gobiernos en cada momento, hablemos del Estado, de las comunidades autónomas o de las corporaciones locales.
Y por último, en décimo lugar, debemos de ser también coherentes con nuestro programa electoral regional y nacional, y en ningún momento pensábamos ni teníamos prevista la creación de este tipo de órgano, como es el tribunal aragonés de cuentas, sino que la idea era reforzar y mejorar el funcionamiento del Tribunal de Cuentas.
Por lo tanto, por estos diez motivos, nos vamos a oponer a la toma en consideración de la proposición de ley sobre la creación de un tribunal aragonés de cuentas, presentada por el Grupo Parlamentario Izquierda Unida.
Nada más. Muchas gracias.
El señor PRESIDENTE: Gracias, Diputado Guedea.
En turno de fijación de posiciones de los restantes Grupos Parlamentarios, Grupo Parlamentario Mixto. Diputado Yuste, tiene la palabra.
El señor Diputado YUSTE CABELLO: Señor Presidente. Señorías.
Chunta Aragonesista, en su programa electoral, con el que concurrió a estas elecciones, a las últimas elecciones a Cortes de Aragón, incluía el compromiso de crear o de intentar crear un órgano de control externo de las cuentas públicas de la Comunidad Autónoma de Aragón, esto es, un tribunal aragonés de cuentas, como se ha venido formulando hoy en la tribuna.
Durante el debate en Pleno sobre el dictamen de la Comisión de Economía acerca del informe del Tribunal de Cuentas del Estado, sobre la cuenta general de la Comunidad Autónoma de Aragón de 1992, durante el debate en ese Pleno, que tuvo lugar el 7 de junio del año pasado, como portavoz de Chunta Aragonesista ya anuncié que durante la presente legislatura íbamos a presentar una proposición de ley para que se creara en Aragón un órgano de control externo propio de Aragón, dependiente de estas Cortes, con la misión de fiscalizar las cuentas de las Administraciones públicas aragonesas. Aquella proposición de ley anunciada está lista, está preparada, y esperábamos, efectivamente, que tuviera lugar el momento más oportuno para tramitarse en esta cámara.
Mientras tanto, se ha presentado por parte de Izquierda Unida una proposición de ley buscando un mismo objetivo final, aunque, ciertamente, con un modelo que presenta algunas diferencias con respecto al modelo de Chunta Aragonesista. Nosotros no creímos en su momento que éste fuera todavía el momento propicio -ojalá lo fuera y las Cortes de Aragón tomaran en consideración la proposición de ley-, porque nos tememos, después de oír lo que hemos oído de algunos Grupos Parlamentarios, que no va a ser así, que éste no ha sido el momento propicio y que, lamentablemente, no se va a tomar en consideración esta proposición de ley.
Por lo tanto, Chunta Aragonesista se reserva presentar su propia proposición de ley cuando se den las circunstancias adecuadas en la presente legislatura, cuando pueda haber una mayoría que se decida finalmente a dotar a Aragón de esa institución, que entendemos que es necesaria para el control de las cuentas públicas. Por lo tanto, nos reservamos nuestra proposición de ley para cuando cambie el cierzo.
Y hecho este preámbulo, que entendemos obligado, paso a argumentar en defensa de la proposición de ley.
¿Necesita Aragón un órgano de control externo propio? ¿Es conveniente que las comunidades autónomas tengan órganos de control externo de ámbito autonómico? Son ya varias las comunidades autónomas que tienen instituciones similares; algunas han recuperado instituciones históricas y otras lo han inventado a imagen y semejanza del Tribunal de Cuentas del Estado. En algunas ya figuraba en su Estatuto esa institución como que formaba parte del entramado institucional de su Comunidad, y en otras, en cambio, no figuraba en el Estatuto, pero lo han desarrollado igual.
Por lo tanto, entendemos, con preocupación, después de oír las palabras del señor Guedea, que varias comunidades autónomas han creado de forma inconstitucional o de forma ilegal o de forma sospechosa instituciones que no deberían haber creado. Si eso no es así, no entendemos que se emplee ese argumento para impedir que Aragón pueda crear la suya. Efectivamente, en Aragón no figura, no se contempla esta institución en su Estatuto, pero, sin embargo, evidentemente, está absolutamente legitimado para dotarse de esa institución.
Nosotros entendemos que es preciso que las comunidades autónomas dispongan de un órgano de control externo (llámese tribunal, cámara, sindicatura o como se llame), un órgano que fiscalice la gestión económica, la gestión financiera, la gestión contable, y, en nuestra opinión, también la gestión operativa de los fondos públicos de la Comunidad Autónoma.
Aparte de ese largo listado de controles internos que nos ha expuesto el señor Bescós, entendemos que es preciso que exista un órgano de control externo de las cuentas públicas. Ahora ese papel lo viene desempeñando el Tribunal de Cuentas del Estado. Estos días, alguien reflexionaba sobre si se controla mejor desde lejos o desde cerca; yo no sé, no sé si controla mejor desde lejos o desde cerca, pero lo que sí creo es que se controla muy mal con cuatro años de retraso, porque ¿qué control político, en 1997, qué control político podemos hacer sobre el Gobierno que gobernaba en Aragón en 1993, si cometió o no irregularidades en su gestión?
Acabamos de recibir el informe del Tribunal de Cuentas del Estado sobre la cuenta general de la Comunidad Autónoma de 1993. Y esto, ¿a quién le sirve ya?, ¿a quién le sirve? ¿Qué utilidad política podemos sacar de este sesudo informe del Tribunal de Cuentas del Estado con cuatro años de retraso? ¡Con lo que ha llovido en estos cuatro años!, ¿verdad? ¡Con lo que ha llovido! ¿A quién le interesa? ¿Qué utilidad política podemos sacar de un informe con cuatro años de retraso?
El control, evidentemente, no va a ser más eficaz, quizás, por estar en Madrid o por estar en Zaragoza, pero entendemos que sí va a ser más eficaz si se puede hacer de forma inmediata, si puede ser un control inmediato, porque eso sí que es eficacia. Por eso, Aragón necesita un órgano de control externo propio que pueda emitir informe durante el ejercicio siguiente, que, por lo tanto, con un año o con apenas nueve meses, estas Cortes de Aragón podamos tener el informe del órgano de control externo aragonés, el informe relativo al año anterior, y nosotros pensamos que eso sí puede contribuir al control político que podamos hacer desde estas Cortes, y que puede contribuir a que sea un control eficaz.
Por otra parte, entendemos que Aragón no debe inventar nada nuevo. No se trata de crear de la nada una institución o de copiar, a imagen y semejanza del Tribunal de Cuentas del Estado, porque Aragón posee una referencia histórica en el entramado institucional del Aragón medieval, y esa referencia histórica existe: es el Maestre Racional, una figura introducida en 1285 por el Rey Jaime II, una figura que servía como interventor general de ingresos y gastos y que se creó con el objetivo de racionalizar la estructura político-administrativa de la Corona de Aragón.
Echamos de menos en la proposición de ley que hoy presenta Izquierda Unida una referencia histórica, que no aparece ni siquiera en la exposición de motivos y que, desde luego, tampoco aparece en la denominación del órgano o, al menos, de su presidente.
Si hemos sido capaces de restaurar la institución del Justicia de Aragón, ¿por qué no podemos restaurar la institución del Maestre Racional? Ciertamente, el Maestre Racional no es una institución que haya calado tanto en la conciencia de los aragoneses; probablemente la mayoría de los ciudadanos de este país desconocen la existencia histórica de esta figura, pero ¿por qué tenemos que copiar algo cuando podemos resucitarlo de nuestro acervo histórico?
Quería terminar con unas reflexiones dedicadas precisamente a los Grupos Parlamentarios que han mostrado ya su rechazo a esta institución, a este tribunal aragonés de cuentas. Debo advertirles que el modelo de Chunta Aragonesista es diferente al que ha presentado Izquierda Unida, y quizás algunas críticas que se han hecho en la tribuna pueden quedar disipadas a través del trámite de ponencia, a través de las enmiendas que podamos hacer desde Chunta Aragonesista, para lo cual, evidentemente, debería de tomarse en consideración la proposición de ley que hoy presenta Izquierda Unida.
No sería preciso crear una gran superestructura compleja que incrementara innecesariamente el gasto público en Aragón, no sería preciso. Frente al modelo colegiado de cinco consejeros del tribunal aragonés de cuentas que propone Izquierda Unida, podemos contraponer otro modelo: el modelo unipersonal, como el que existe en la Cámara de Comptos de Navarra, el primer órgano de control externo autonómico, o la Sindicatura de Cuentas de Castilla-La Mancha, o como el modelo que defiende Chunta Aragonesista, una cámara aragonesa de cuentas presidida por el Maestre Racional, por lo tanto, un órgano unipersonal que contará con la colaboración de los auditores, de un secretario general, en un equipo reducido, pero entendemos que suficientemente eficaz.
Ciertamente, un órgano de control externo que carece de capacidad sancionadora, que en estos momentos sólo aparece reservada para el Tribunal de Cuentas del Estado, no necesita ser colegiado, bastaría con ser un órgano unipersonal, y, desde luego, tampoco parece conveniente que se llame tribunal, por las confusiones que puede generar.
Chunta Aragonesista solicita al resto de Grupos Parlamentarios el voto favorable a esta proposición de ley porque lo importante, lo necesario es que Aragón se dote de un órgano de control externo propio. El modelo, el nombre, el número de miembros, las referencias históricas, las competencias son aspectos que pueden corregirse, en todo caso, durante el trámite de ponencia, para lo cual, evidentemente, hay que tomar en consideración la proposición de ley. Las aportaciones de Chunta Aragonesista están aquí para que puedan profundizarse en el debate y para que puedan mejorar, en la medida de nuestras posibilidades, el texto que ha presentado Izquierda Unida.
Quiero terminar con una pregunta: ¿cómo puede un partido aragonés renunciar a crear una institución propia que complete el entramado institucional aragonés? ¿Cómo es posible? ¿Cómo puede un partido aragonés renunciar a restaurar una institución histórica que ha sido pionera de los actuales órganos de control externo de las cuentas públicas? ¿Cómo pueden las Cortes de Aragón renunciar a un órgano de control externo que nos permita controlar políticamente las cuentas de la Comunidad Autónoma, no con cuatro años de retraso, como está sucediendo ahora, sino con nueve meses o con sólo un año? ¿Cómo es posible? ¿Cómo podemos renunciar a todo eso?
Muchas gracias.
El señor PRESIDENTE: Gracias, Diputado Yuste.
Grupo Parlamentario Socialista. El Diputado Calvo tiene la palabra para fijar su posición respecto a la proposición de ley.
El señor Diputado CALVO LASIERRA: Muchas gracias, Presidente.
Señoras y señores Diputados.
El intervenir en último lugar tiene sus ventajas y sus inconvenientes. Hoy, en concreto, para mí tenía muchas ventajas, porque creo que es una de las pocas veces en que el Grupo Socialista estaba dispuesto a salir a la tribuna o escuchar a todos los que subían a la tribuna para ver si le convencían del sí o del no. Estábamos absolutamente abiertos a cualquier posición, necesitábamos razones de peso, desde la tribuna, desde los papeles, desde donde fuera, para convencernos.
Y la verdad es que hoy me han convencido mucho más las razones que han dado los del «no» para votar que «sí» que incluso las razones que han dado los del «sí» para votar que «sí». Es decir, nos ha convencido, nos está convenciendo mucho más ver que los Grupos que apoyan al Gobierno no tienen ninguna razón de peso para decir «no» a esta ley o a este órgano que es necesario en cualquier sistema democrático.
Yo diría que en la estructura del Estado de Derecho, en la estructura de la democracia, el tribunal de cuentas o el órgano de control externo de las cuentas públicas es una obviedad, es necesario, es imprescindible, y yo creo que debe de ser incluso eficaz, y, de hecho, creo que en la mayoría de los casos lo es. Es eficaz porque no solamente tiene un objetivo de controlar el buen cumplimiento de los presupuestos, del cierre de los presupuestos de forma correcta, la ejecución presupuestaria de forma correcta, sino también una labor que debe ser muy tenida en cuenta: recomendar acciones, gestiones, caminos de gobierno más eficaces para el aprovechamiento mejor de los recursos públicos. Por lo tanto, es un órgano absolutamente aceptado. Yo he oído antes razones del «sí», del «no», etcétera. Me da lo mismo: absolutamente aceptado. Y, además, está aceptado por todos.
En el debate anterior, se ha hablado un poquito del titulo VIII de la Constitución. Está ya aceptada por todos, por todos los partidos políticos de España y de Aragón, la necesidad o la conveniencia del Estado de las autonomías. Por traslación, el tribunal de cuentas autonómico sería necesario, es también una obviedad.
En todo caso, en ese punto hay que hacerse una pregunta: ¿hasta qué nivel, hasta qué grado de necesidad hoy, ahora, hay de un Tribunal de Cuentas en Aragón? Esa es la pregunta. Y desde ahí se abren dos caminos paralelos: posiblemente, los partidos que apoyan al Gobierno y el Gobierno no lo ven muy necesario, no ven muy necesario que haya un control externo de las cuentas. Los partidos de la oposición parece ser que lo ven más necesario. Pues miren, en nuestro caso se da una situación bastante normal, pero que es especial aquí: somos el partido de la oposición con capacidad de gobierno, partido de la oposición que ha gobernado y que estamos aceptando a priori, como no debería ser de otra manera, la necesidad de un control externo de cuentas.
Pero además nos hacemos otra pregunta: ¿es más necesario el Justicia? ¿Es más necesario el Consejo Asesor de Radiotelevisión? ¿Es más necesaria la Comisión Jurídica? Bueno, no lo sé. Desde el punto de vista general de los intereses generales de la Comunidad Autónoma, de los intereses generales de lo público, creo que de todos los órganos que he mencionado el más necesario, el más útil y eficaz para cualquier comunidad es el del control de las cuentas públicas. Y cuando nos referimos al control de las cuentas públicas nos estamos refiriendo a todas, a todas, no solamente a las del Gobierno del Estado, el Gobierno de la Comunidad, sino a las cuentas públicas, a todos los dineros públicos de la Comunidad.
Por lo tanto, ahí está, en ese punto es donde habría que decidir: ¿es prioritario en este momento el tribunal de cuentas? ¿Hay otras prioridades? Sólo he oído una razón, creo que todos los señores y señoras Diputadas sólo hemos oído una razón, en todo caso, sobre el asunto que lleve al «no»: que es un gasto más, que es crear un órgano más que conlleva un gasto. Razones positivas yo creo que las hay. Hace un momento se esgrimía aquí el tomo de las cuentas del informe del Tribunal de Cuentas del noventa y tres, y se decía, por el portavoz de la Chunta, ¿de qué vamos a hablar ahora? ¿Cuáles van a ser las conclusiones políticas? ¿Cuál va a ser el análisis de las cuentas del noventa y tres, a tres años largos vista de aquellas cuentas? ¿Qué vamos a decir? ¿Cómo se va a valorar? Por tanto, la rapidez, la eficacia, la agilidad en el control de las cuentas, no sé si la proximidad, pero sí la agilidad y la rapidez en las cuentas sería importante.
Desde el otro lado, desde el lado negativo, sólo se analiza el coste. Y yo pregunto: ¿no sería posible que se transfiriera también la parte proporcional del Tribunal de Cuentas a la Comunidad Autónoma? ¿No se podría transferir exactamente la parte proporcional? Por lo tanto, no sería un incremento de gasto para la Comunidad Autónoma, no sería un incremento de gasto para el Estado, para el conjunto de las instituciones. No debería serlo. Porque si al Tribunal de Cuentas del Estado le quitamos una carga de trabajo que la recuperan los tribunales de cuentas de las comunidades autónomas, la situación quedaría en tablas.
Pero, de todas formas, vamos también a analizar o a comentar qué comunidades autónomas no tienen tribunal de cuentas o el órgano correspondiente, indistintamente que luego analicemos si es más importante un sistema u otro. De las no uniprovinciales, solamente hay tres, además de Aragón, que no tienen tribunal de cuentas, que son Castilla y León, Canarias y Extremadura; el resto, tienen todas. Y si hace poco tiempo, hace pocos meses, se aprobó una reforma del Estatuto, que salió de esta cámara aprobada por unanimidad, se supone que es porque todo el mundo quiere -cuando me refiero a todo el mundo quiero decir, por lo menos, todos los presentes en esta cámara, y, por ende, todos los ciudadanos y ciudadanas aragoneses- ampliar la capacidad de la Comunidad Autónoma.
¿Qué mal hace el tribunal de cuentas? Si no nos va a costar más, no nos debería costar más. Si es un órgano necesario, de control de las cuentas desde el exterior y además que puede ser un elemento de eficacia de cara a la gestión, ¿qué razones hay para decir «no» a una propuesta de tribunal de cuentas? En todo caso, sólo me queda una, que creo que es la fundamental: que esta propuesta la hace un Grupo de la oposición. Y eso, la verdad, sería lamentable, es lamentable que, no habiendo otras razones de peso, fuese la única razón que obligase o que decidiese en una cámara como esta, donde los que aquí estamos representamos a alguien más que a nosotros mismos.
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor PRESIDENTE: Gracias, Diputado Calvo.
Una vez concluido el debate, vamos a proceder a la votación sobre la toma en consideración de la proposición de ley del tribunal aragonés de cuentas, presentada por el Grupo Parlamentario Izquierda Unida de Aragón.
Llámese a votación.
Iniciamos la votación. ¿Votos a favor de la toma en consideración de la proposición de ley del tribunal aragonés de cuentas? ¿Votos en contra? ¿Abstenciones? Veintitrés votos a favor, treinta y siete en contra, ninguna abstención. Queda rechazada la toma en consideración de la proposición de ley del tribunal aragonés de cuentas, presentada por el Grupo Parlamentario Izquierda Unida de Aragón.
¿Los Grupos Parlamentarios consideran necesario el turno de explicación de voto?
Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra para explicación de voto.
El señor Diputado YUSTE CABELLO: Gracias.
En primer lugar, quiero aclararle al señor Calvo que Canarias también tiene su Cámara de Cuentas (que creo que se llama Audiencia) desde el año ochenta y nueve, desde el año ochenta y nueve.
Nosotros estamos convencidos de que, más temprano que tarde, en Aragón también habrá que crear una cámara aragonesa de cuentas, porque, desde luego, las transferencias que quedan, tan importantes ellas, van a terminar de colapsar el trabajo del Tribunal de Cuentas del Estado. Y, entonces, será preciso que Aragón se dote de un órgano de control externo de las cuentas públicas. En ese momento -ya lo adelanto hoy-, si no toma esta iniciativa el Gobierno de Aragón, tendrá que ser este humilde Grupo Parlamentario quien presente su propia proposición de ley, y espero que entonces podamos tener más suerte y pueda ser tomada en consideración.
Dicen algunos Grupos que este órgano de control externo no es útil ahora, pero puede ser que en el futuro sea útil, cuando se haya completado todo el proceso de transferencias, las importantes transferencias que quedan: de educación, de sanidad... Por tanto, hay que decirlo: hoy se ha perdido una oportunidad, porque a ese órgano de control externo que se pretende crear a posteriori le habría venido bien rodarse a partir de hoy, con estos presupuestos actuales, antes de que los presupuestos se dupliquen con la llegada de las transferencias de educación y de sanidad.
Entonces, cuando llegue el momento, cuando volvamos a debatir sobre esto, espero ver qué argumentos se dan, porque puede ser un debate sumamente interesante.
Muchas gracias.
El señor PRESIDENTE: Grupo Parlamentario Izquierda Unida.
El Diputado Mendi tiene la palabra.
El señor Diputado MENDI FORNIES: Gracias, señor Presidente.
Queremos agradecer, en primer lugar, y muy especialmente, el voto favorable de Chunta Aragonesista y del Partido Socialista Obrero Español. Creo que han entendido el fondo y la forma de esta proposición, que, desde luego, espera ser mejorada con sus aportaciones y con las del resto de los Grupos de esta cámara. Creo que ha sido especialmente ilustrativa la exposición del señor Yuste, que le agradezco, porque creo que, además, ha servido de ilustración, al menos a este Diputado.
Y, desde luego, creo que habrá que coincidir, y coincidiremos en el futuro, porque este debate yo creo que la oposición lo ha ganado. Yo estoy convencido de que la oposición lo ha ganado, porque la función hará al órgano -y eso ya lo dijo alguien hace muchos años-, la función hará al órgano. Y la función es necesaria. Creo que será bueno recuperar muchas de las cosas históricas que usted ha señalado tan correctamente en esta cámara, y volver a poner sobre la mesa las diferentes propuestas de todos los Grupos. Quizás nuestro error ha sido haber sido especialmente adelantados. No, no especialmente en el sentido cualitativo, pero sí en el tiempo. Por lo tanto, llegará su momento. Aunque creo que hoy hemos puesto la primera piedra para que esta Comunidad tenga un tribunal aragonés de cuentas propio, se llame como se llame, y con el consenso mayoritario que sea posible en esta cámara.
Quiero agradecer al Partido Socialista Obrero Español el esfuerzo, que me consta, personal y políticamente, que ha hecho por dejar un debate abierto y por dejarse convencer por los argumentos -cosa que es difícil de ver en esta cámara y en otras cámaras- sobre lo que ha sido el trabajo realizado, el esfuerzo -que le aseguro que ha sido mucho- de quienes han preparado en equipo esta proposición de ley. Por lo tanto, quiero agradecerle su posicionamiento y, desde luego, la propia responsabilidad que demuestran, sabiendo que quizá algún día, desde otro tipo de bancos -también Izquierda Unida opta a ese tipo de bancos-, podamos dejarnos controlar y fiscalizar externamente.
Y también quiero agradecer, de alguna forma, a los Grupos que apoyan al Gobierno, al Partido Aragonés y al Partido Popular, su rechazo, porque, desde luego, ha sido reconocido el trabajo, al menos técnico y jurídico, de quien sale a la tribuna, y lo hace con cierta satisfacción, por parte de personas que, además, conocen muy bien la Administración, como el señor Bescós y como el señor Guedea, un eminente jurista, al que les agradezco el trabajo y, por lo menos, el reconocimiento de la buena labor técnica que había hecho Izquierda Unida, aunque, en definitiva, nos ha llevado al voto negativo -como han señalado ustedes también, con toda honestidad- por razones de oportunidad. No hemos sido oportunos: lamentamos no haber sido oportunos. Hemos querido ser positivos para el debate de esta Comunidad.
Repito: creemos que algún día recordaremos en el Diario de Sesiones lo que dijo en esta tribuna Izquierda Unida. Creemos que puede servir de apoyo, pero, desde luego, señorías, entendemos que no es bueno que una comunidad autónoma, que una nacionalidad histórica, hoy, se quede en el furgón de cola de nuevo, junto con esas tres últimas comunidades autónomas que señalaba el señor Calvo, que ya no van a ser tres, porque la comunidad extremeña acaba de tomar en consideración, hace escasos días, una proposición también de ley para crear el tribunal de cuentas de Extremadura. Y, desde luego, quiero recordarles a sus señorías los votos con los que han salido en las diferentes comunidades autónomas proposiciones de ley similares. Por lo tanto, el Partido Popular está incumpliendo su programa en catorce de las comunidades autónomas, porque, desde luego, no se está oponiendo en todas ellas a que existan estos mecanismos de fiscalización.
Por lo tanto, yo creo que hoy Aragón ha perdido una oportunidad de reforzar su autonomía. Sencilla y sinceramente, no lo entendemos. Es verdad que el posicionamiento del Partido Aragonés ha dejado una ventana abierta, que en el futuro quizá lo vean más oportuno. Pero yo creo, señorías, que las leyes hay que hacerlas cuando son necesarias, no cuando son más oportunas desde el punto de vista del Gobierno, ni porque la haya presentado un Grupo de la oposición, que nos tememos que es la única razón, al fin y al cabo, por la que los Grupos que apoyan al Gobierno no estiman pertinente, oportuna, conveniente -no sé si impertinente, por lo que pueda suponer de órgano fiscalizador al Gobierno- esta creación del tribunal aragonés de cuentas.
Por lo tanto, yo creo que nos veremos de nuevo debatiendo esta ley. Y espero que algún día sea aprobada en esta Comunidad Autónoma y, además, espero que Izquierda Unida no haya contribuido a que se dilate más esta aprobación, porque también tendríamos no sólo que pedir perdón, sino que daría la sensación de que tenemos que pedir perdón por haber presentado modestamente una ley que, como molesta que la haya presentado Izquierda Unida, pues ahora vamos a tardar más en tenerla en esta Comunidad Autónoma. Si alguien piensa en que es bueno legislar o hacer labor de gobierno con esa mentalidad, creo que se está equivocando, porque nos estaríamos equivocando todo el conjunto del parlamento, del arco parlamentario.
Por lo tanto -repito-, lamentamos haber sido inoportunos para los Grupos del Gobierno, pero creemos que queríamos ser efectivos, necesarios, porque esta propuesta, desde luego, creo que ha sido perfectamente entendida por todos los Grupos, en particular, por los que han votado afirmativamente, y entendemos que, un día u otro, la tendremos en esta Comunidad Autónoma. Espero que, entre todos, hoy hayamos puesto la primera piedra.
Gracias.
El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.
Grupo Parlamentario del Partido Aragonés. El Diputado Bescós tiene la palabra.
El señor Diputado BESCOS RAMON: Señor Presidente. Señorías.
Ya hemos puesto de relieve en el debate la posición de un cierto relativismo del Grupo Parlamentario del PAR. Ahora bien, nos ha extrañado poderosamente la posición del Partido Socialista, porque el Partido Socialista ahora apoya de una manera ardorosa la posibilidad del tribunal de cuentas, aunque tuvo la posibilidad de presentar el proyecto de ley en el período de 1982 a 1987 y pudo también presentar el correspondiente proyecto de ley, especialmente en el período de 1993 a 1995.
Por tanto, habrá que entender que la existencia o inexistencia del tribunal de cuentas tiene un valor relativo porque, tal como he puesto de manifiesto con anterioridad, existen diversos controles de todo tipo: controles funcionariales, controles internos y también controles externos, controles a través de los tribunales penales, controles a través de las Cortes de Aragón -que pueden crear las correspondientes comisiones- y controles a través del Tribunal de Cuentas.
Y, desde un punto de vista teórico, hay que decir claramente que, en principio, la doctrina, los autores, los especialistas, no ven con buenos ojos la existencia, al lado del tribunal central, de tribunales de cuentas de las distintas comunidades autónomas. El profesor al que antes me he referido, Alejandro Nieto, llega a decir que «la superposición de tribunales de las comunidades autónomas junto con el Tribunal de Cuentas general supone un estremecimiento en orden a la reduplicación de trabajos y a la posible contradicción de los resultados». Es decir, no es un tema pacífico, no está claro que la existencia del tribunal aragonés de cuentas venga a significar un mejor control de las cuentas públicas. En cualquier caso, ya he puesto de manifiesto que en esta materia habría que funcionar con criterios de pragmatismo, con criterios de utilidad.
No es lógico -y se ha venido haciendo en muchas comunidades autónomas-, no es lógico el que instrumentos, criterios, organismos creados en la administración central preconstitucional fueran de utilización con posterioridad por las distintas comunidades autónomas. No es lógico que, por puro mimetismo, se creen en las comunidades autónomas organismos existentes en la Administración central. El Tribunal de Cuentas tenía pleno sentido en un estado centralista porque se trataba de llegar a una cierta claridad en el funcionamiento económico-financiero del sector público y llegar a concretar unos criterios generales. El Tribunal de Cuentas tiene también un sentido en el estado autonómico y, de alguna manera, valora la situación de las distintas comunidades autónomas, es decir, tiene una visión general del sector económico-financiero de las distintas comunidades.
La creación de un tribunal aragonés de cuentas, exclusivamente para esta Comunidad Autónoma, ofrece -y lo digo con toda claridad- ciertos riesgos y ofrece, además, la posibilidad de no ser suficientemente útil. En cualquier caso -concluyo como he empezado-, no nos negamos de una manera absoluta sino que, sin renunciar a nada, dejamos la puerta abierta por si en un momento ulterior, cuando ya se hubieran realizado las transferencias de importantes competencias pendientes, cuando el presupuesto de esta Comunidad Autónoma fuera de una suficiente complejidad y de una suficiente entidad, pueda realizarse la creación, pueda articularse la creación de un tribunal de cuentas conforme a los criterios mantenidos por los distintos Grupos políticos.
Nada más.
Y muchas gracias.
El señor PRESIDENTE: Gracias, Diputado Bescós.
Grupo Parlamentario del Partido Socialista. Diputado Calvo, tiene la palabra para explicación de voto.
El señor Diputado CALVO LASIERRA: Muchas gracias, Presidente.
Cuando he visto al Diputado Bescós con tantos papeles he creído que en vez de explicarnos el voto nos iba a explicar otra cosa. Pero al final, como no podía ser de otra manera, se ha tenido que meter con el Partido Socialista.
Bueno, yo creo que nosotros hemos hecho un ejercicio de responsabilidad -como lo solemos hacer casi siempre- y hemos votado a favor, sabiendo que gobernaremos en Aragón muy pronto, muy pronto, estoy seguro de que bastante antes de lo que piensan muchos de los Diputados que apoyan al Gobierno. Pero hemos votado a favor no solamente porque pensamos que vamos a gobernar, sino porque creemos que esto caerá como una fruta madura cualquier día.
Yo creía que quedaban cuatro comunidades autónomas con Aragón. Con las aclaraciones que me han hecho ambos Grupos de la oposición, sólo quedan Castilla y León y Aragón. Hombre, entiendo que desde el Gobierno, y sobre todo desde el Grupo Popular, no se esté muy a favor de este asunto; pero del PAR me deberían quedar muchas más dudas, y, de hecho, me quedan muchas más dudas. No parece razonable estar machaconamente insistiendo en la autonomía, etcétera, etcétera, y, luego, cuando tenemos ocasión de dar un pasito más, aunque sea pequeño, un pasito más, pues en vez de echarlo para adelante, lo echamos para atrás. Y, bueno, pues, en algunos bailes creo que es bueno, pero en esto no. En esto yo creo que hay que ir siempre hacia delante, sobre todo, con pragmatismo -como usted ha dicho- y con responsabilidad.
No es cuestión de mimetismo porque, cuando ya casi todos han dado el paso, si somos los últimos, si vamos a ser los últimos, ya no es cuestión de mimetismo. Es cuestión más de responsabilidad, es cuestión de necesidad, es cuestión de ponerse al día, de ponerse al día. Y como, ¡hombre!, la verdad, esto no son matemáticas, a mí, que soy muy de ciencias, pues me gusta hacer la prueba del nueve, comprobar. Pero aquí no se puede comprobar, no se pude saber a priori, a priori no se puede saber si el resultado, el balance final va ser positivo o no. ¡Hombre!, del debate se saca ya que, por lo que aquí se ha dicho, es necesario y que el balance difícilmente puede ser negativo.
Cuando se pone en marcha o cuando se quieren poner en marcha órganos de la estructura democrática de la Comunidad, el balance a priori es positivo. ¿Que cuesta la democracia? Obviamente, cuesta. Yo me he atrevido a hacer una propuesta para que cueste menos: si el Tribunal del Cuentas del Estado se va descargando de trabajo como consecuencia de que las comunidades autónomas van creando sus órganos correspondientes, tendrá menos trabajo, no solamente se agilizará más, tendrá menos trabajo, y, por lo tanto, podrá delegar no solamente funciones sino también personal. La Comunidad Autónoma no debería encarecer especialmente o aumentado su presupuesto como consecuencia de este asunto, sino, en todo caso, recibir los fondos correspondientes del Estado para organizar la administración necesaria para llevar a cabo ese control.
Como le decía al principio, hemos hecho un ejercicio de responsabilidad y de coherencia. Creemos que se ha perdido una ocasión por ir llenando de contenido la función de autogobierno de esta Comunidad Autónoma, y, como le decía antes, como fruta madura caerá en su momento.
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Diputado Calvo.
Grupo Parlamentario Popular. Diputado Guedea, tiene la palabra.
El señor Diputado GUEDEA MARTIN: Señor Presidente. Señoras y señores Diputados. Muy brevemente.
En primer lugar, al señor portavoz de Izquierda Unida le agradezco la consideración hacia mi persona: creo que de bien nacido es ser agradecido.
En segundo lugar, curiosamente, cuando se ha debatido la reciente reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, ningún grupo político ha visto esta necesidad que hoy parece tan acuciante, lo cual me induce a una reflexión personal un tanto... No tuve entonces ocasión ni el honor de ser Diputado autonómico, pero realmente no deja de ser curioso que en ese momento pasase totalmente desapercibida.
Y, por último, también hay otra cuestión: que seamos una de las pocas comunidades autónomas que no tengamos ese órgano de control externo de la actividad económico-financiera del sector público no quiere decir que porque sean muchas más estén en el buen camino, por la duplicidad de órganos de control, órganos administrativos en otros casos, que ya tiene el Estado.
No creo, sinceramente -y soy defensor de las comunidades autónomas y del Estado autonómico-, no creo que esa duplicidad y proliferación de órganos autonómicos sea, en absoluto, un buen camino. La doctrina sí lo ha visto. Incluso, pese a lo que se está diciendo aquí, hay sentencias del Tribunal Constitucional -solamente cito tres-: la 187/1988, la 214/1989 y la 18/1991, muy bien explicadas, por cierto, brevemente, pero muy sencillamente explicadas, en un libro hecho por un grupo de profesores de Derecho Administrativo de la Universidad de Zaragoza. Cuando se plantea este caso de la competencia entre los órganos de control del Tribunal de Cuentas y órganos autonómicos, se dice que hay una duplicidad, que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional no ha solucionado, pero que tampoco soluciona la ley de funcionamiento del Tribunal de Cuentas. Se está creando una duplicidad que creemos innecesaria y que crea serias disfuncionalidades, contraria, incluso, como ahí mismo se apunta, al artículo 31.2 de la Constitución.
Es una cuestión que queda pendiente (la coordinación entre ambas funciones), pero no creo que la existencia de un órgano en la Comunidad Autónoma hiciese funcionar mejor al sector público, que hubiese un mejor control, ni que el Estado, en su conjunto, experimentara una sustancial mejora en el control del sector público.
Muchas gracias.
El señor PRESIDENTE: Gracias, Diputado Guedea.
Finalizado el punto tres del orden del día, pasamos al siguiente, que es el debate y votación de la proposición no de ley número 49/97, relativa al mantenimiento de la empresa Minería y Tecnología de Arcilla en la Comarca de Calatayud, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.
Para la presentación y defensa de la proposición no de ley, tiene la palabra un representante del Grupo Parlamentario proponente por tiempo de diez minutos.