El señor PRESIDENTE: Pasamos al siguiente punto del orden del día: interpelación número 1/12, relativa a la Ley 2/2010, de igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de la convivencia de los padres —señora Herrero, vaya preparándose y acercándose hacia el estrado—, formulada al consejero de Presidencia y Justicia por la diputada señora Herrero, que por tiempo de diez minutos tiene la palabra.
Interpelación núm. 1/12, relativa a la Ley 2/2010, de igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de la convivencia de los padres.
La señora diputada HERRERO HERRERO: Gracias, señor presidente.
Señor consejero, tenemos la oportunidad de interpelarle para saber y conocer cómo se está desarrollando la aplicación de la Ley 2/2010, la ley popularmente conocida como «ley de custodia compartida».
Han pasado casi dos años desde la aprobación de esta ley y, por tanto, creemos que es el momento adecuado para pararnos a evaluar y a recabar datos e información sobre el desarrollo de esta ley.
Podemos contar con opiniones diferentes, con informaciones y datos diversos de distintas fuentes, en algunos casos, por qué no decirlo, contradictorios también, pero a nosotros nos interesa saber exactamente por parte del Gobierno de Aragón y, en concreto, por su parte, como consejero de Presidencia y responsable de Justicia, cómo está desarrollándose la aplicación de esta ley.
No tengo ninguna duda y creo que además es interesante volver a poner encima de esta mesa que aprobamos esta Ley de custodia compartida con el apoyo, con el voto favorable de sesenta y seis de los sesenta y siete diputados de esta Cámara, cosa que no es baladí y que, desde luego, si estudiamos lo que ha pasado en otras comunidades autónomas, en aquellas en las que han dado un paso adelante, aprobando leyes en esta línea y en esta dirección, pues, no han contado con ese respaldo tan casi unánime de sus parlamentos, y esto nos parece que es una voluntad clara y meridiana del legislador de decir que en el caso de que no haya un acuerdo entre los cónyuges cuando hay una separación con hijos a su cargo el juez otorgue, de forma preferente, la custodia compartida.
Esta ley se hizo con un interés básico y claro, que es preservar el interés del menor, y quiero desmontar algunos tópicos y algunas de las cuestiones que se han ido diciendo: que si es una ley a favor de los hombres, y para nada es una ley a favor de los hombres o de las mujeres, sino que es una ley de igualdad. Y es una ley que tiene muy clara la conjugación de dos derechos básicos: del derecho de los hijos a tener padre y madre, con independencia de la relación de convivencia que tengan entre sí, y el derecho-deber de los padres de contribuir a la crianza y educación de los hijos en igualdad de condiciones, con el objetivo también indirecto, pero importante de disminuir la litigiosidad y de conseguir que se separase de la discusión, cuando hay una separación o un divorcio, el tema de la convivencia con los hijos, con los asuntos materiales que, en muchos casos, antaño, pues, estaban sumamente mezclados.
Pues bien, el artículo 6.2 dice: «El juez adoptará de forma preferente la custodia compartida en interés de los hijos menores, salvo que la custodia individual sea más conveniente atendiendo a los siguientes factores...», y establece una serie de factores por los que el juez otorgará esta custodia compartida de forma preferente.
Nos interesa, señor consejero, que nos proporcione algunos datos. Queremos saber si se está cumpliendo la voluntad del legislador, y repito, de los sesenta y seis diputados de sesenta y siete de estas Cortes en la pasada legislatura. Datos como que creemos que hay que diferenciar, que hay que hacer dos bloques, ¿no?, y podríamos de todos aquellos casos que proceden de la revisión de convenios reguladores y, por tanto, que se divorciaron y se separaron con la legislación anterior y que solicitan la custodia compartida y la revisión de su convenio regulador, que, en algunos casos, pues, se habrían separado hace muchos años y en otros casos, pues, menos años. Probablemente haya diferencia en el porcentaje de sentencias a favor de la custodia compartida en estos casos que en el segundo bloque, que serían los nuevos divorcios o separaciones ya con la nueva ley vigente.
¿Puede darnos datos comparativos entre ambos bloques de usuarios de estos servicios de Justicia?
¿Han aumentado las separaciones por mutuo acuerdo? Usted puede tener o tiene ese dato, ¿conoce esa realidad? ¿Si se ha disminuido la litigiosidad? Si realmente, ahora, porque esto son impresiones que nosotros tenemos, porque diferentes profesionales que trabajan en este ámbito es lo que nos transmiten, que ahora, en muchos casos, al partir de una igualdad de condiciones entre el padre y la madre cuando inician un proceso de separación, con la herramienta legal en la mano, se llega a muchos más acuerdos de los que se llegaba anteriormente.
Porcentaje de sentencias de custodia compartida a falta de acuerdo: ¿nos puede dar ese dato? Nos parece que sería enormemente interesante conocerlo.
Por tanto, según esos datos, podremos ver si, realmente, de forma preferente, a falta de acuerdo, el juez está otorgando la custodia compartida, ¿sí o no?
Y por otra parte, señor consejero, me gustaría también conocer su opinión y la información que nos pueda proporcionar acerca de los recursos y de los medios, por una cuestión: porque, indudablemente, hay leyes cuyo desarrollo, pues, supone un mayor gasto y mayores recursos y, por tanto, pues, más medios y apoyos; otras leyes, no tanto, pero de esta, ciertamente, fuimos conscientes y lo fuimos las personas que en su momento trabajamos con esta ley aquí en estas Cortes de que su desarrollo, para que fuese exitoso y funcionase bien, requeriría de algunos apoyos complementarios que entonces no se tenían.
En cuanto a tres aspectos, le pregunto de medios y de recursos, en cuanto a los jueces y al personal de apoyo de los jueces, ¿se ha necesitado incrementar esta plantilla?, ¿se han incrementado los recursos a disposición de los jueces para poder resolver estas demandas?
En segundo lugar, la mediación. ¿Cómo está funcionando la mediación? ¿Qué valoración hace usted al respecto? ¿Qué datos nos puede proporcionar acerca del funcionamiento de las mediaciones cuando son solicitadas por parte del juez? Usted sabe que en la ley, previmos que le juez podía obligar a la pareja a ir a una primera sesión informativa de mediación con objeto, indudablemente, de que a partir de una primera sesión, se siguiese un procedimiento de mediación para llegar a acuerdos antes de tener que tomar una decisión por parte del juez. Siempre hay que priorizar el pacto entre las partes.
Más allá de la mediación, que no sé si nos puede dar también algún dato también de la mediación voluntaria por parte de los cónyuges sin necesidad de que les envíe el juez, ¿cómo está funcionando esa mediación cuando son remitidos por parte del juez? ¿Se están alcanzando acuerdos? ¿No? ¿Qué porcentaje de las parejas que están sumidas en un contencioso por su separación están derivadas a mediación?
Y una tercera cuestión: cuando hablamos de medios y de recursos que se refieren a los psicólogos o a los equipos psicosociales, o les podríamos llamar de diferentes maneras.
Leíamos hace poco una noticia de que se habían contratado otros dos psicólogos para los juzgados de familia —tenemos alguna información más del procedimiento que se ha llevado a cabo a este respecto—, pero nos gustaría que nos hablara concretamente de esta cuestión: de la evolución que han sufrido desde la aprobación de esta ley estos equipos o estos gabinetes, que tampoco es que estén establecidos como tales; pero para estos profesionales, que creo que juegan un papel muy importante a este respecto para el funcionamiento de la ley, ¿se han incrementado los recursos para resolver sus cargas de trabajo?, ¿son suficientes?, ¿considera que son suficientes o no? ¿Conoce los datos de estos informes? ¿Cuáles son los números que nos pueden proporcionar acerca de las custodias compartidas que recomiendan?
Porque dice en el artículo 6 de esta ley: «El juez podrá recabar informes médicos, sociales o psicológicos de profesionales debidamente cualificados e independientes, relativos a la idoneidad del modo de ejercicio de la autoridad familiar y del régimen de custodia de las personas mayores». Bien, pues, ¿cómo se están llevando a cabo estos informes? ¿Qué porcentaje de custodias compartidas son recomendadas por parte de estos psicólogos? ¿Qué porcentaje de contradicciones hay entre la sentencia que emite un juez y la recomendación que se le ha hecho por parte del psicólogo o de la psicóloga que emita este informe? ¿De qué manera están regulados estos profesionales o estos servicios? ¿Cree usted que es necesario hacer esta regulación? ¿El informe lo elabora un psicólogo, una psicóloga o lo elabora un equipo?, ¿está contrastado? Etcétera.
Y todos estos datos, en definitiva, yo creo que nos tienen que llevar a la conclusión, señor consejero, de que la voluntad —entiendo— del Gobierno del que usted forma parte y, desde luego, también de los grupos parlamentarios que en su momento apoyamos esta ley es que esta ley se desarrollo adecuadamente y que funcione bien, y que se cumple la voluntad del legislador, que fue que, a falta de acuerdo, el juez otorgará de forma preferente la custodia compartida.
Muchas gracias.
Espero su respuesta.
El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Herrero.
Para dar respuesta, el señor consejero de Presidencia y Justicia, por tiempo de diez minutos, tiene la palabra.
El señor consejero de Presidencia y Justicia (BERMÚDEZ DE CASTRO MUR): Gracias, señor presidente.
Señorías, buenos días a todos.
Señora Herrero, yo pienso que la custodia compartida, que creo que es una buena ley, es bueno que casi dos años después de su puesta en marcha, pues, hagamos, como dice usted, un stop, veamos qué ha funcionado y qué no ha funcionado y qué podemos mejorar en la última competencia del Gobierno de Aragón como ejecutivo para poner los medios adecuados a los jueces para que puedan trabajar en las mejores condiciones y la ley se pueda desarrollar en las mejores condiciones, siempre en la creencia de que todos tenemos muy claro que aquí hay una separación clara de poderes: entre el poder ejecutivo, el legislativo —en el que estamos ahora— y el judicial, en el cual, aunque la voluntad del legislador sea claramente que cada día haya más custodia compartida, no deja de ser la última voluntad la del juez para que la haya o no la haya. Por lo tanto, vamos a mejorar la ley para conseguir que cada día haya más custodias compartidas, pero siempre tenemos que tener claro que en una separación de poderes, la última palabra será del juez, quien determinará o no que haya custodia compartida o no la haya.
Pero, por tanto, yo creo que la interpelación es importante, es necesaria... Y me ha pedido muchos datos, muchos de ellos muy importantes, que ya le digo —como sabe usted— que muchos de ellos sí que están en poder del Gobierno de Aragón, pero otros muchos no los tenemos, y, por tanto, yo le garantizo que en la próxima comisión mixta entre jueces y Gobierno de Aragón, pediremos todos los datos para que el conjunto de la mayoría de la Cámara, porque yo tengo..., no era aquí diputado, pero el hecho de que sesenta y seis de los sesenta y siete diputados votasen a favor de esta ley es un hecho que había una amplia mayoría que sin ninguna duda debe hacernos conseguir que cada día esta ley esté mejor desarrollada. Y encima, fuimos promotores, fuimos pioneros, puesto que fuimos los primeros en elaborar una ley de custodia compartida, y luego, posteriormente, en Valencia, ha habido también ley de custodia compartida y, según tengo entendido, el Estado español, el Gobierno de la nación también está pensando muy seriamente en hacer una ley de custodia compartida a nivel nacional, que yo pienso que es positivo para todos que haya una ley de este tipo.
Sin ninguna duda, esta ley respondía a una demanda social y supone un cambio del esquema tradicional, ¿no?, de configurar el cambio de custodia. Yo pienso que es muy positivo sobre todo para preservar el interés de los hijos. En este caso, todos estamos de acuerdo que si esta ley era positiva era porque preservaba el interés de los hijos.
Y usted me hace una serie de preguntas, que paso a contestarle una a una.
Me pregunta que si a juicio de mi persona, como consejero de Presidencia y Justicia, esta ley tiene ventajas. Yo sí que creo que tiene ventajas esta ley y, sobre todo, dos: una, que mantiene los lazos de afectividad y la relación continuada de los padres con los hijos y, sobre todo, porque pretendía algo importante que de momento no lo ha conseguido, pero yo pienso que el paso del tiempo conseguirá, que era que haya menos litigios, que el porcentaje de litigiosidad baje. Cada uno tenemos constatación de que la ley aún es muy verde, es muy temprana y que, seguramente, a final de esta legislatura podremos saber si ha bajado el índice de litigios o no.
Me pregunta sobre cargas de trabajo de los juzgados. Por supuesto, los Juzgados de Familia han sufrido un importantísimo aumento de las cargas de trabajo, y luego le expondré lo que hizo el Gobierno anterior y lo que hemos tenido que hacer también nosotros para seguir mejorando los informes, para seguir desbloqueando los informes y para seguir desbloqueando estos juzgados en los cuales teníamos problemas. Les ha supuesto una carga de trabajo por la revisión que hubo, por la disposición adicional que tuvo una importante revisión de casos y, sobre todo, porque los procesos son mucho más largos, al haber más informes, por lo que los procesos eran muchísimo más largos.
El efecto inmediato que tuvo esta norma residió en el ingente número que ustedes habían otorgado y que hubo revisión. Ello provocó un colapso en la petición de informes psicológicos que conllevó un retraso en el acto del juicio de hasta ocho meses. El anterior Gobierno lo que hizo fue contratar un psicólogo más, una plaza más; pero no se consiguió con este tema desbloquear el montón de informes que había pendientes.
Qué ha hecho este Gobierno —y le contesto a la primera pregunta—: pues, la primera cosa que ha hecho este Gobierno para intentar desbloquear ha sido, en la RPT, sacar dos plazas más, con lo cual conseguíamos desbloquear el tema de los informes; pero además tuvimos otro problema, que es que había un gran bloque de informes retrasados, si no me equivoco, más de trescientos informes que había retrasados. Esto suponía un tapón tremendo en los juzgados. ¿Qué hicimos? Hemos contratado una empresa, y le voy a poner un ejemplo casi gráfico, a peso: trescientos veintisiete informes en un año, y hemos contratado una empresa que tiene que intentar desbloquear trescientos veintisiete informes para intentar desbloquear los juzgados, tal cual. Tenemos dos plazas de RPT cubiertas más otra empresa aparte con un contrato de un año para hacer trescientos veintisiete informes.
Me pregunta usted si ha funcionado la mediación. Pues, mire, no. Es en el tema donde menos ha funcionado esta ley: en la mediación. No ha funcionado. Y tengo datos. Por ejemplo, sabe usted que hay una sesión informativa previa..., tal. Pues si, por ejemplo, le pongo un ejemplo en Zaragoza, en el año 2011, de cincuenta y siete charlas informativas, solo treinta aceptaron la mediación, y una vez que iban a mediación, de esos treinta, solo hubo acuerdo en siete casos. Por lo tanto, si hay algo que tenemos que mejorar, si los legisladores, que somos nosotros, tenemos que mejorar en algo es en la mediación, que no ha funcionado.
Usted me pregunta si creo que el Gobierno de Aragón ha mejorado en los recursos y en los medios materiales, que es competencia del Gobierno de Aragón, los medios materiales y humanos en el ámbito de la Justicia. Pues, mire, nosotros tenemos, como todos los departamentos, serias restricciones económicas. Y tuvimos una dualidad: ¿qué podíamos hacer? ¿Reforzar los juzgados con más personal de refuerzo?, y le recuerdo que tenemos para todos los juzgados de Aragón veinte plazas de refuerzo, y entonces, teníamos una dualidad: reforzar el personal del juzgado o reforzar los equipos de psicólogos, como le he dicho. Y decidimos que nuestra manera de aportar en este caso era reforzar en materia de psicólogos, y hemos mantenido que esas veinte plazas de refuerzo los hemos destinado al Juzgado de lo Penal de Huesca, refuerzos de Juzgado de lo Mercantil, que hay un tema muy grave, de Juzgado de lo Social, pero no hemos reforzado en personal, porque no tenemos capacidad económica, en personal, digamos, administrativo en el ámbito familiar, pero sí hemos reforzado en el ámbito de los informes psicológicos.
Y tenemos que hacer un esfuerzo importantísimo, aunque esto es otro tema, en la mejora de la eficiencia de los juzgados en Aragón. En Aragón, tenemos unos magníficos profesionales, unos magníficos funcionarios y, como siempre digo, tenemos unos medios materiales de tercera. Cuando uno pregunta si las autonomías son buenas, pues, hombre, para Justicia son muy buenas, porque yo estoy seguro que si no hubiera transferido los medios materiales y humanos, no habría nuevos juzgados en ningún sitio en la Comunidad Autónoma de Aragón, y, por tanto, pienso que es bueno que las transferencias de Justicia estén transferidas por este motivo, porque no habría juzgados nuevos en Fraga, no habría nueva Ciudad de la Justicia en Zaragoza y no habría nuevo palacio de Justicia en Huesca. Lo que sí que es bueno es que el Gobierno de España capitanee el tema de la mejora de los medios informáticos, por ejemplo.
Entonces, le digo, opinión: recursos y medios materiales y humanos: el Gobierno de Aragón tuvo que decidir entre mejora psicológica o más medios para los juzgados, y en este caso decidimos mejora psicológica.
Me pregunta por las sentencias. Este es un dato puramente de la comisión mixta de jueces. Actualmente, casi el 50% de las sentencias judiciales en Aragón son de custodia compartida, no llega al 50%. También le digo una cosa, y lo comentábamos antes: cada día hay más, cada día hay más sentencias, y le daré los datos —los pediré directamente al Consejo General del Poder Judicial—, pero cada día hay más sentencias que dan la custodia compartida, cada día más.
Y le digo una cosa: cuando me pregunta qué dicen los informes psicológicos, pues, le puedo dar los datos por provincias. Miren, en Huesca, en el año 2011, hubo treinta y ocho informes psicológicos, que luego no son necesariamente la sentencia, pero bueno, es lo que dice el psicólogo, treinta y ocho informes. De los treinta y ocho informes del año pasado, veintiocho pedían custodia compartida, que es un porcentaje muy elevado. En este primer trimestre, lo que le digo es que cada día dan más: de veinte informes, dieciséis, en la provincia de Huesca.
En la provincia de Teruel, desde que entró en vigor la ley hasta hoy, ha habido siete peticiones de informes, de los que seis pedían custodia compartida, que es un porcentaje altísimo, ¿eh?, de siete, seis.
En cambio, en Zaragoza, es menor: en Zaragoza, le puedo decir que en el año 2011, de doscientos veintiséis informes, cincuenta y tres daban la custodia a la madre —en porcentaje le digo, en porcentaje, no en número—, cincuenta y tres daban la custodia a la madre, trece daban la custodia al padre y treinta y cinco daban custodia compartida.
Por tanto, me parece que el dato lo he explicado bien: digamos que en Huesca y en Teruel sí que dan mucho más, y en Zaragoza, la verdad es que custodia compartida hay menos a nivel de juzgado.
Por tanto, ¿cómo está funcionando la ley? Está funcionando bien. Creo que debemos de mejorar en dar todos los medios materiales para conseguir que los juzgados se desbloqueen, pero es un tema que, al tener la disposición adicional primera, en la cual se permitía que se diera un año para atrás la posibilidad de los convenios, se bloqueó en un primer momento. Pero en el momento en el cual ese nudo que tenemos ahí se desate, sin ninguna duda, funcionará mejor.
Tenemos un problema muy serio en lo que es el tema económico, porque se valoró todo en el hecho de la venta de los inmuebles. Pero es que la crisis ha llegado hasta aquí, y como no hay venta de inmuebles, pues, económicamente, hay temas que no se pueden solucionar.
Simplemente, le digo una cosa: yo sé que usted fue una de las personas que más luchó por esta ley, como su grupo; pienso que es una buena ley, que fuimos pioneros en Aragón, que hay que seguir luchando porque cada día la custodia compartida esté más implicada en la sociedad, que sin duda tenemos que seguir trabajando para mejorar —y termino ya, señor presidente— los medios materiales y humanos, y que desde aquí, desde el legislativo, yo pienso que tenemos que buscar los métodos adecuados para conseguir que cada día más haya más custodias compartidas. Pero dentro de la separación de poderes, el legislativo es el que da las herramientas para conseguir estos objetivos. [Aplausos.]
El señor PRESIDENTE: Gracias, señor consejero.
Para réplica, la señora Herrero tiene la palabra por tiempo de cinco minutos.
La señora diputada HERRERO HERRERO: Gracias, señor presidente.
Señor consejero, pues, la verdad es que me alegran los datos que nos ha proporcionado porque, sin duda, pues, mire, yo pensaba que eran incluso peores de los que nos ha dado. Por tanto, sinceramente, creo que podemos estar contentos de cómo está funcionando la Ley de custodia compartida.
Ahora bien, teniendo en cuenta que una ley tan revolucionaria como es esta, pues, también conlleva un periodo de adaptación, y yo pienso, pues, que igual que usted nos ha hablado de esa impresión, quizás, no basada en datos concretos y verídicos, pero esa impresión de que cada vez se están dando más custodias compartidas, yo creo que está, bueno, pues, marcando una tendencia. Marcando una tendencia que no sé si usted me lo podrá corroborar, pero que yo también tengo esa impresión de que cada vez son más favorables a la custodia compartida, pero es que aquí me parece que hay una cuestión clave y fundamental: y es que ya hay tres o cuatro sentencias del TSJ que marcan una tendencia clarísima y que sientan doctrina a favor de la custodia compartida, interpretando la ley que aprobamos en estas Cortes, tal como nosotros pretendimos que se aplicase.
Por supuesto, respeto total y absoluto a la separación de poderes, ¡faltaría más!, legislativo y judicial, por supuesto. Eso es una cosa, y otra cosa es que dicha esta primera parte introductoria de mi alegría y mi satisfacción porque creo que está funcionando mejor de la impresión que podíamos tener, pues, sinceramente, creo que hay algunos problemas que deberíamos resolver, y que yo me pongo a su disposición, en la medida de lo posible, y en nombre de mi grupo parlamentario, estoy convencida de que las personas que participamos en su momento a favor de aprobar esta ley, que estuvimos ahí trabajando en la ponencia, pues, estaríamos totalmente dispuestas a trabajar con el departamento y con lo que hiciera falta para hacer que esto funcione bien.
Usted me ha dado unos datos que a mí me parecen muy interesantes. Bueno, de sentencias, me habla de casi un 50%, y yo le pediría —usted ya se ha anticipado—, yo le pediría que esos datos deberíamos tenerlos realmente sabiendo que son ciertos, o sea, es una impresión, pero tengamos los datos, que podemos tenerlos. Usted, bueno, pues, se ha ofrecido a pedirlos, y yo se lo agradezco y me gustaría que me nos los proporcionara.
Pero en cuanto a los informes psicosociales o psicológicos, bueno, pues, vale, había un retraso, y ustedes han hecho un esfuerzo y yo le felicito por ello, de contratar a más personas y a una empresa para que salgan adelante y se desbloquee. ¡Ojo!, permítame, señor consejero, cuidado que hay que desbloquearlos, pero tampoco se pueden hacer los informes psicosociales como chorizos, hay que tener mucho cuidado, esos informes tienen que estar bien fundamentados, basarse en unas entrevistas con todas las partes implicadas, etcétera, etcétera, porque tenemos que preservar el interés del menor por encima de todo. Permítame, con toda la modestia, que le haga esa recomendación, que sé que usted la tiene muy clara, pero como ha dicho: «Hay que desbloquearlo y a peso», pues, ¡ojo!, hay que desbloquearlo, pero hay que hacer las cosas correctamente.
Nos preocupa el retraso que hay, bueno, es que ha hablado usted de ocho meses de retraso. ¿Qué podemos hacer para acortar estos plazos? No puede ser que una pareja que comienza un proceso contencioso de una separación, en ocho meses, todavía no tenga su caso resuelto. ¿Qué propone usted, qué planteamiento cree que podemos hacer para que esto se resuelva?
Y en cuanto a los datos concretos, pues, fíjense ustedes, si hay algún problema: si resulta que en los juzgados de Zaragoza, solo el 35% de los casos, de los informes psicológicos, son favorables a la custodia compartida, resulta que en Huesca, de treinta y ocho, veintiocho, y en Teruel, de siete son seis. ¿Qué pasa?, ¿qué está ocurriendo ahí?, ¿cómo podemos solucionar esto? Porque les voy a decir: desde luego, Teruel y Huesca, muy bien, pero en Zaragoza, ¿qué está pasando? ¿Esa es la aplicación de la ley con la voluntad del legislador? ¿Eso es una custodia compartida preferente? Que ya sé que no significa que los informes psicosociales después se sigan a pies juntillas por parte del juez, pero le he preguntado también ese dato, y no sé si me lo puede dar: ¿en qué porcentaje los jueces contradicen lo que dicen los informes psicosociales o lo siguen adelante tal cual? Bueno, a nosotros nos gustaría tener esos datos de sentencias.
Desde luego, en cuanto a la venta de la vivienda, le puedo asegurar que lo que planteamos en la ley no era que el juez tuviera..., no está de forma imperativa, no es que el juez tenga que vender la vivienda, sino que en función del interés de los menores, pueden decidir que se venda la vivienda.
Lógicamente, sabemos cuáles son las circunstancias... [Corte automático del sonido.]
El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Herrero.
Señor consejero, tiene cinco minutos para replicar.
El señor consejero de Presidencia y Justicia (BERMÚDEZ DE CASTRO MUR): Gracias, señor presidente.
Gasto mucho menos de los cinco minutos.
En relación a los datos, ya le digo que tienen el compromiso, aunque sí que pienso que sería bueno buscar algún método para que tengamos constantemente ese tipo de datos. No sé si serviría algún observatorio de la custodia compartida o algo por el estilo para ver cómo funciona la ley o para ver cómo funciona este hecho.
Hombre, no hacemos los informes como chorizos, ni como churros. Cuando tú contratas una empresa, contratas una empresa especializada en el tema y que te garantiza que los psicólogos van a llevar a cabo los informes con todas las garantías procesales, con todas las garantías profesionales y con todos los hechos relativos a que hagan los mejores informes. Pero es que nos encontramos a finales de año con una bolsa bloqueada de trescientos veintisiete informes, o sea, un retraso de trescientos veintisiete informes, y eso es grave. Había que buscar una manera..., no sé si hacerlos a peso, como churros o como chorizos, pero había que buscar un método adecuado para su solución. La empresa que hemos contratado es una empresa muy seria, que yo estoy seguro de que va a hacer unos informes fantásticos.
Cuando dice usted las diferencias entre Huesca, Zaragoza y Teruel, pues, no lo sé. Claro, el psicólogo o la psicóloga que hace el informe, pues, debe ser más proclive a que haya custodia compartida en Huesca o en Teruel que en Zaragoza. Yo le digo una cosa, quitando los nombres, cuando tú ves a los psicólogos, te das cuenta de que hay algunos más proclives a que haya custodia compartida, porque los porcentajes entre unos y otros varían muchos. Yo imagino que el hecho de que cojan caso a caso no es un reparto tal cual, con lo cual, no sea un tipo de gente diferente o no.
Dicho lo cual, entre todos, siendo que esta ley tuvo un amplísimo consenso de cuatro de cinco grupos de esta Cámara, que pienso que socialmente es buena la custodia compartida, que es bueno para los niños, que para los hijos son fundamentales leyes como esta, yo pienso que entre todos debemos conseguir que cada día se desbloquee y funcione mejor.
Y, por lo tanto, el compromiso del Gobierno sigue siendo el mismo: ponernos al día en la custodia compartida, ponernos al día en los juzgados... El día que tengamos desbloqueados el tema de los informes intentaremos también ayuda a los juzgados. Y yo pienso que es un tema de todos, este es un tema que sobrepasa al Gobierno PP-PAR, que seguramente el Partido Socialista piensa lo mismo que nosotros, y tenemos que buscar el método adecuado para tener la mejor información constantemente y los mejores métodos para conseguir que los jueces tengan los mejores mecanismos para dar cada día, dentro de la separación de poderes, más custodia compartida.
Yo le pongo una anécdota: cada vez que tenemos una custodia que favorece a la madre, recibo un mensaje de un padre quejándose. Y le tengo que decir: oiga, es que yo no soy el que da las custodias compartidas, que yo soy el de los medios materiales y humanos. Con algún conocido me ha pasado y se quejan ante mí. Ojalá hubiera —yo lo siento así— muchas más custodias compartidas, pero no depende del legislativo, depende del judicial. Y nosotros somos los que ponemos el mecanismo para que haya el mayor número de custodias compartidas.
Por tanto, yo creo que es una buena ley, que solo tuvo el matiz, a mi juicio y visto desde fuera, de la retroactividad, que nos mató un poco —habría que haber buscado otro método—, y el tema de la memoria económica. Pero ya digo que fue una buena ley, un buen trabajo de este Parlamento y que este Gobierno, como estoy seguro de que lo haría cualquier otro Gobierno, va a intentar por todos los medios que cada día se desbloqueen los juzgados, mejoren los juzgados y mejore todo tipo de proceso.
Y la información, no tenga ninguna duda que con el procedimiento habitual de relación entre el Gobierno y el Consejo General del Poder Judicial, conseguiremos cada día mejor información y que todos ustedes tengan información de este dato.
Muchas gracias.
El señor PRESIDENTE: Gracias, señor consejero.