Diario de Sesiones de las Cortes de Aragón


Proposiciones no de ley

Debate y votación de la proposición no de ley núm. 13/08, sobre la regulación de guías de turismo.

Diario de Sesiones de las Cortes de Aragón n°: 015 de Plenos (VII Legislatura)
Intervinienen: Yuste Cabello, Chesús - Gamón Yuste, Francisco Javier - Callau Puente, Javier - Sánchez Pérez, María Del Carmen

El señor PRESIDENTE: Señorías, se reanuda la sesión [a las dieciséis horas y veinticinco minutos].

Debate y votación de la proposición no de ley número 13/08, sobre la regulación de guías de turismo, presentada por el Grupo Parlamentario Chunta Aragonesista.

Para la presentación y defensa de la proposición no de ley, tiene la palabra el señor Yuste.

Proposición no de ley núm. 13/08, sobre la regulación de guías de turismo.

El señor diputado YUSTE CABELLO: Señor presidente. Señorías.

El debate sobre la regulación de los guías de turismo es de larga trayectoria en esta cámara. Hace once años, en 1997, se aprobó una proposición no de ley de Chunta Aragonesista, que tuve el honor de defender, en la que reclamábamos al Gobierno de Aragón que regulara la actividad de los guías de turismo para acabar con la laguna normativa que existía en Aragón en esos momentos, laguna normativa que se ha prolongado hasta ahora mismo, dejando a los profesionales aragoneses en situación de inferioridad de condiciones con respecto a los de otras comunidades autónomas. Somos de las últimas comunidades autónomas en haber regulado esto. Y resulta curioso ver a algunos partidos de gobierno que se han llenado la boca a lo largo de estos once años hablando de reformas del Estatuto y de ampliación de competencias mientras hacían dejación de esa responsabilidad dejando sin regular algunas de las competencias que sí que tenían.

Bueno, once años después, Aragón por fin cuenta con un reglamento de guías de turismo, ¡ya era hora! El 12 de noviembre de 2007, por decreto, el Gobierno aprobó el reglamento. No obstante, esta buena noticia se ha convertido en preocupación en algunos de los sectores afectados, preocupación que desde Chunta Aragonesista hemos considerado oportuno trasladar a esta cámara. El decreto regula en su disposición transitoria segunda el procedimiento extraordinario de habilitación para quienes, con una experiencia determinada, venían ejerciendo la actividad de guía de turismo, a quienes se les ha dado de plazo, a través de la orden de 7 de diciembre, hasta el 11 de enero para presentar sus solicitudes de participación en la convocatoria para dicha habilitación.

Parece razonable que quienes vienen ejerciendo un trabajo tengan la posibilidad de seguir haciéndolo, por supuesto, cumpliendo con los requisitos exigidos. Sin embargo, la preocupación existente viene derivada precisamente de los requisitos: el tiempo de cotización en la Seguridad Social exigido para demostrar la experiencia laboral, que son cinco años para guías de turismo de Aragón y tres años para guías de turismo comarcales, resulta desproporcionado si tenemos en cuenta que se trata de trabajos inestables, estacionales, por no hablar, obviamente, del empleo sumergido, imposible de tener en cuenta en esta regulación. En cada año natural, los días cotizados para la mayoría de los guías no suelen superar el centenar y muy rara vez pueden alcanzar el pleno de los trescientos sesenta y cinco días. Ese listón, por lo tanto, de tres o cinco años es un listón insuperable para la mayoría de las personas que han venido trabajando como guía de turismo hasta la fecha.

No sé cuantas personas se han presentado a esa convocatoria especial para los guías de turismo con experiencia, no lo sé, las preguntas formuladas al respecto por este diputado todavía no han sido respondidas, pero la sensación en el sector es que muy pocos iban a poder cumplir con esos requisitos y, por lo tanto, muy pocos iban a ser quienes optaran a esa convocatoria especial. Ese hecho puede poner en peligro la oferta de guías de turismo en Aragón en el corto plazo, lo que resulta especialmente preocupante al hallarnos en pleno 2008. Podría ocurrir, ojalá no sea así pero podría ocurrir que, en pleno año Expo, los recursos turísticos aragoneses carecieran de guía de turismo habilitado por una regulación estrecha de esta imprescindible habilitación. Además, al ser Aragón una de las últimas comunidades autónomas en regular la actividad de guías de turismo, podría estar favoreciéndose de hecho a los guías de turismo de otras comunidades autónomas en detrimento de los profesionales aragoneses que han venido ejerciendo esa actividad en Aragón en los últimos años.

Por todo ello Chunta Aragonesista, con el objetivo de garantizar en el corto y en el medio plazo la continuidad de la oferta de la actividad de guías de turismo en Aragón propone, en primer lugar, «Establecer un periodo transitorio con carácter extraordinario, equivalente al mínimo necesario para cursar los estudios pertinentes, para que, sin interrumpir su actividad profesional, puedan habilitarse quienes venían ejerciendo la actividad de guías de turismo en Aragón sin la debida habilitación con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto 264/2007». En segundo lugar, proponemos el establecimiento de «un calendario escalonado en las comarcas aragonesas para la realización de las pruebas de habilitación previstas en el artículo 17 del citado decreto, con el fin de facilitar el acceso a quienes deseen habilitarse como guía de turismo comarcal en más de una comarca».

Entendemos que esta es la propuesta que permite resolver un problema que se ha podido generar con la reciente regulación de guías de turismo y espero que pueda contar con el apoyo del resto de grupos de la cámara.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor diputado.

Veamos la defensa de la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Popular. El señor Gamón tiene la palabra en su nombre.

El señor diputado GAMÓN YUSTE: Gracias, señor presidente.

Señorías, en Aragón, el turismo supone casi el 9% del producto interior bruto de esta comunidad, y, en alguna provincia como puede ser Huesca, incluso hasta el 14%. La importancia del sector del turismo en Aragón y para los aragoneses no es algo que vengamos a descubrir ahora: Aragón tiene multitud de atractivos arquitectónicos, religiosos, paisajísticos, gastronómicos y de otra índole que nos permiten proponer una oferta turística atractiva.

Pero el tema que hoy nos ocupa es la regulación de los guías de turismo. Entendemos por guías de turismo el profesional que recibe, atiende y acompaña a visitantes, tanto nacionales como extranjeros, al mismo tiempo que les proporciona conocimientos específicos sobre la geografía, historia, historia del arte, economía y cultura de los lugares visitados. El guía de turismo es el que mantiene el primer contacto con el visitante que quiere conocer una ciudad o un determinado entorno o monumento. De sus conocimientos, de su formación, de su carácter y de su entusiasmo dependerá que se culminen las expectativas del visitante, que le provoque el deseo de volver, y algo más importante, que le provoque el deseo de recomendar su visita a sus conocidos. Tampoco se puede obviar el componente vocacional que han de tener aquellas personas que se dedican a la profesión de guías de turismo, les ha de agradar el contacto con la gente y vivir cada rincón de su ciudad. Por ello la importancia que tiene la regulación de estos guías de turismo ya que son nuestra primera imagen con los visitantes.

La proposición no de ley presentada por Chunta Aragonesista sobre la regulación de guías de turismo nos pone de manifiesto una serie de carencias que muestra el Decreto 264/2007, de Reglamento de Guías de Turismo del Gobierno de Aragón. Estamos de acuerdo sobre la desproporción que supone para los que venían desarrollando la actividad de guías de turismo la exigencia de un tiempo de cotización a la Seguridad Social de cinco años para los guías de turismo de Aragón y de tres años para los guías de turismo comarcales, porque para poder acceder a este procedimiento extraordinario de habilitación profesional se les está requiriendo un tiempo que muy difícilmente van a poder justificar porque la única forma de justificarlo es con la cotización a la Seguridad Social.

Pero, si hay una característica que define esta actividad, es la estacionalidad, que en algunos casos llega a ser incluso de contrataciones por horas, por ello lo desproporcionado de exigir estos periodos de cotización para poder acceder al procedimiento extraordinario de habilitación profesional.

El hecho de que el decreto no proponga un periodo transitorio puede provocar una carencia de ofertas de guías de turismo en Aragón a corto plazo, pero esta carencia, a su vez, puede provocar un importante intrusismo profesional, un intrusismo que reducirá ostensiblemente el grado de satisfacción que puedan tener los clientes, en este caso los visitantes, al no ser atendidos por profesionales, y, por otro lado, pondrá en peligro la dedicación de generaciones futuras a esta profesión.

Para evitar el intrusismo, además de establecer un periodo transitorio, es necesaria la inspección, que se debe realizar por parte del Departamento de Turismo, porque, si se respetasen las leyes —esta actividad está regulada en todas las autonomías—, habría menos intrusismo y más profesionales que se podrían dedicar a aquello para lo que se han preparado; en el decreto no se hace ninguna referencia a la inspección. También consideramos necesario el escalonamiento de las pruebas de habilitación en las comarcas para facilitar la posibilidad de habilitarse en varias comarcas.

Pero, teniendo en cuenta que no nos podemos limitar a organizar el presente, sino también a prever el futuro, el Partido Popular ha presentado una enmienda que incorpora un punto tercero que dice: «Establecer que la habilitación obtenida tenga una validez de cinco años, prorrogables por periodos iguales siempre y cuando el interesado acredite la asistencia a cursos de actualización o perfeccionamiento, homologados o promovidos por el departamento competente».

No podemos habilitar de por vida, es necesario que se produzcan evoluciones en la formación de nuestros guías de turismo, que complementen, actualicen y perfeccionen todas sus actitudes y todos sus conocimientos, todo ello con la supervisión y la orientación del departamento competente en materia turística, que ha de ser el que marque los objetivos y las metas a los cuales tenemos que llegar.

Existen otros puntos del decreto que entenderíamos mejorables pero que corresponden a otras iniciativas parlamentarias y que nos podrían llevar a diversas reflexiones. Por ejemplo, en el artículo 14, sobre el requisito para los accesos para las pruebas de habilitación de guía de turismo comarcal, en su apartado c) dice: estar en posesión del título de bachillerato o de formación profesional de grado medio; y en su artículo 17, sobre el objeto de las pruebas de habilitación de guías de turismo comarcal, en su apartado c), dice que el módulo de conocimientos de idiomas es opcional.

Con esto puede parecer que se baje el listón de conocimientos de los guías de turismo comarcales y, a su vez, subimos el listón al exigirles tres años de trabajo continuado, pero hay que entender lo complicado que puede llegar a ser en algunas comarcas encontrar profesionales que quieran asentarse en ellas y, además, que puedan tener una oferta de trabajo que les permita disponer de unos ingresos fijos. Sería necesario establecer cauces para incentivar y promover la existencia de guías de turismo comarcales, van a existir comarcas con verdaderos problemas para tener guías que puedan atender a sus visitantes.

Por otro lado, otro ejemplo podría ser el hecho de que, cuando un guía de turismo comarcal habilitado en una comarca determinada quiera habilitarse en otra, será necesario que realice la prueba completa en esa nueva comarca, porque el artículo 17 del decreto establece en sus apartados a) y c) pruebas iguales para todas las comarcas. Por ello, podríamos entender que se debería realizar únicamente la prueba de habilitación sobre el apartado b), que es el módulo de conocimientos sobre la historia, la cultura y la geografía de la comarca para la que se solicita la habilitación, y no de los módulos comunes. Si ya nos hemos examinado en una comarca sobre una serie de temas comunes, no tiene excesivo sentido que nos tengamos que examinar en otra comarca de lo mismo, sino de lo específico en esa comarca, con lo cual daríamos mayores posibilidades a los guías de turismo para intervenir en distintas comarcas y, en su caso, incluso para cubrir la demanda que se podría dar en situaciones puntuales a la hora de buscar guías turísticos comarcales.

Es necesario hacer referencia también a los conocimientos que se exigen en otras comunidades. En comunidades como Cataluña o Andalucía se exige únicamente el conocimiento de su comunidad. Hay que reconocer que Aragón no ha caído en ese error ya que habla en su artículo 16, en su apartado e), de un módulo de conocimientos sobre historia, cultura y la geografía de España, y muy especialmente de Aragón y de sus rutas turísticas, similar al enunciado que se hace en comunidades como la valenciana. Entendemos que es mucho más enriquecedor conocer el conjunto para poder comprender las particularidades.

Concluyendo, vamos a apoyar en todos sus términos la proposición no de ley presentada por Chunta Aragonesista en sus dos puntos y esperamos que se admita y se apoye nuestra enmienda incorporando el punto tercero antes expuesto, por todo ello, porque entendemos desde el Partido Popular que viene a solucionar un problema importante que nos puede surgir ante los acontecimientos que se nos acercan como la Expo.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor diputado.

Grupos parlamentarios no enmendantes.

Turno del Partido Aragonés: señor Callau, tiene la palabra.

El señor diputado CALLAU PUENTE: Gracias, presidente.

El Decreto 264/2007, de 23 de octubre, en el uso de las competencias que nos otorga el Estatuto de Autonomía de Aragón, marca un objetivo, un objetivo con el que creo que todos estamos de acuerdo y que no se debate en esta moción, pero que creo que es interesante remarcar, y es atender a la realidad actual del ejercicio de la actividad de guía de turismo. Este decreto regula las competencias, las habilidades y los requisitos necesarios para ejercer esa función en las distintas categorías de guía de turismo de Aragón, guía de turismo comarcal, guía de turismo local.

Se debate en esta moción —y leo literalmente— «el procedimiento extraordinario de habilitación para quienes con una experiencia determinada venían ejerciendo dicha actividad hasta la fecha», para facilitar la adaptación, según el decreto, y, a nuestro juicio —por lo tanto, adelanto que vamos a votar en contra de esta proposición no de ley—, existen las disposiciones transitorias que a nuestro juicio recogen de una manera clara cuál va a ser el modelo y con el que estamos de acuerdo.

En primer lugar, quienes disponen de habilitación anterior, de la habilitación anterior, van a estar inscritos de oficio dentro del nuevo decreto; por lo tanto, ya hay unos guías que pasarán a ejercer su actividad sin ningún problema. Y, en segundo lugar, la transitoria segunda dice que, según la habilitación actual, las personas que trabajan sin habilitación deberán demostrar la acreditación de conocimientos y de tiempo trabajado.

En ningún caso consideramos que puedan considerarse los requisitos desproporcionados; valoran perfectamente la experiencia, el desempeño de la actividad profesional, y se basan, sobre todo, en algo que para nosotros es importante y que hay que tener en cuenta, porque, además de la habilitación, hay otras alternativas para poder trabajar como guías de turismo, y el objetivo claro y el objetivo final último siempre es la exigencia de la formación para trabajar en calidad.

Estamos hablando continuamente de que hay que dar calidad en los servicios, hay que dar calidad en el desempeño; por lo tanto, el decreto, a través de sus disposiciones transitorias, lo que habilita y lo que facilita y lo que favorece es trabajar y responder en calidad.

Pero, mire usted, en el caso de la obtención de la habilitación como guía de turismo de Aragón, habrá que demostrar conocimientos mediante la presentación de una memoria de actividades de gestión, asesoramiento y asistencia a grupos turísticos, realizadas a lo largo de la carrera profesional, y de un informe sobre la estructura del mercado turístico y el derecho turístico vigente, con especial incidencia en la Comunidad Autónoma de Aragón, tal y como dice el decreto.

Los poseedores de los títulos académicos universitarios o de formación profesional de grado superior relacionados con el turismo quedarán eximidos de presentar estos trabajos, y, además, los aspirantes deberán presentar un trabajo y acreditar como mínimo dos idiomas extranjeros, de los cuales uno de ellos sea necesariamente inglés o francés, requisitos que consideramos imprescindibles y mínimos para trabajar en calidad de guías de turismo.

En el caso de los guías de turismo comarcales, habrán de demostrar la posesión de conocimientos mediante la presentación también de una memoria de actividades de gestión y asesoramiento, y los poseedores de titulaciones turísticas quedarán eximidos de su presentación, así como de un trabajo sobre la historia, la cultura, el arte y la geografía de la comarca para los que se solicita la habilitación.

En procedimiento de habilitación de los guías de turismo de Aragón comarcales, de acuerdo con lo previsto en la disposición transitoria segunda antes citada, se encuentra en pleno proceso de tramitación; por lo tanto, ya tienen tiempo para empezar a trabajar en esa línea. Y, en el supuesto de que se pueda barajar, y que de hecho se dará, como se da en todas las habilitaciones y en todas las oposiciones que se hacen de este tipo, en el supuesto de que algunos aspirantes no puedan superar con éxito esta convocatoria, en el supuesto de que esas personas que no puedan acreditar el tiempo suficiente mínimo para que puedan demostrar trabajar en calidad, se podrán presentar, ahora mismo, al primer procedimiento ordinario anual, que se convocará durante este mismo ejercicio, en el año 2008, y, en tanto que no se concluya, primero a este y después a los sucesivos que se vayan elaborando y que se vayan desarrollando.

En cuanto a establecer un calendario escalonado de la Escuela Oficial de Turismo, estamos convencidos —y así se ha dicho desde el Gobierno— de que se va a hacer con la alternancia suficiente para que puedan optar a más de una comarca, para que puedan optar y se puedan presentar en más de una comarca, lo cual nos parece razonable.

Por lo tanto, creemos que está recogido suficientemente en el decreto; creemos que el Gobierno tiene absolutamente controlado y tiene perfectamente claro qué es lo que va a hacer y cómo lo va a hacer para la habilitación de los guías de turismo de Aragón, y votaremos en contra. No pasamos a valorar la enmienda del Partido Popular, porque creemos que está dentro de un contexto que no vamos a aprobar; por lo tanto, no la valoramos en ninguna de sus medidas.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor diputado.

Turno del Grupo Parlamentario Socialista: señora Sánchez, tiene la palabra.

La señora diputada SÁNCHEZ PÉREZ: Gracias, presidente. Señorías.

Intervengo en nombre del Grupo Parlamentario Socialista, y ya comienzo adelantándoles que mi grupo va a votar en contra de esta iniciativa.

Básicamente porque pensamos que, con la entrada en vigor del Decreto 264/2007, de 23 de octubre, del Gobierno de Aragón, en el que se aprueba el Reglamento de guías de turismo, quedan reflejadas todas las características de nuestra comunidad a la hora de regular esta actividad, así como las distintas circunstancias y peculiaridades de las personas que en este momento están ejerciendo o van a ejercer su labor profesional como guías turísticos.

De una parte, los guías se han clasificado en distintas categorías: guías de turismo de Aragón, guías de turismo comarcales, adaptando esta figura al proceso comarcalizador de nuestra comunidad, y siendo conscientes de las importantes competencias que en materia de turismo tienen las comarcas. También se ven reflejadas aquellas personas que desarrollan su actividad como guía de turismo local en municipios de menos de quinientos habitantes, aunque no exentos de un rico y variado patrimonio, tanto natural como cultural. A la vez, este Reglamento contempla las distintas características y condiciones de las personas que ejercen de guía de turismo en nuestra comunidad, y que en las disposiciones transitorias en el decreto señala que, por un lado, quienes dispusieran de esta habilitación como guías de turismo en la normativa anterior serán inscritos de oficio por la administración como guía de turismo de Aragón. También se ha previsto un procedimiento excepcional para la correspondiente habilitación de turismo destinado a aquellas personas que hayan estado ejerciendo esta actividad sin estar habilitados durante un periodo mínimo de cinco años como guías de turismo de Aragón, acreditando a la vez determinados conocimientos, presentando un memoria de actividades, de la que estarán exentas aquellas personas que posean títulos universitarios o de formación profesional de grado superior relacionados con el turismo; además, deberán presentan un trabajo sobre los aspectos más destacados de la historia, la cultura, el arte y la geografía de nuestra comunidad, y acreditar, como antes también se ha señalado, el conocimiento de dos idiomas extranjeros, de los cuales uno necesariamente deberá ser el inglés o el francés. En cuanto a aquellas personas que llevan realizando la labor de guía turístico durante un mínimo de tres años, podrán optar a la habilitación de guía turístico comarcal, debiendo presentar, al igual que los guías turísticos de Aragón, una memoria de las actividades de gestión, de la que también estarán exentos aquellos que posean titulaciones turísticas, siendo obligatorio, como es natural, presentar un trabajo sobre la historia, la cultura, el arte y la geografía de la comarca por la que se solicitan su habilitación.

Creemos desde el Gobierno que los requisitos exigidos para la acreditación de conocimientos por este procedimiento excepcional no son ni inalcanzables ni desproporcionados, sino que sirven para valorar la experiencia en el desempeño de la actividad profesional durante una serie de años. En el supuesto de que algunos no puedan superar con éxito esta convocatoria, podrán presentarse al primer procedimiento ordinario anual, que se convocará en este mismo ejercicio 2008.

Y, en lo referente a establecer un calendario escalonado en las pruebas de guías de turismo comarcal, se convocará con antelación suficiente un día en cada capital de provincia para la realización de las pruebas, estableciendo un sistema que posibilite en ese mismo día la presentación a las pruebas correspondientes en cada una de las comarcas de la provincia.

Por lo tanto, vuelvo a comentar que nuestro grupo, por todo lo anteriormente expuesto, va a votar en contra de esta iniciativa.

Muchas gracias, presidente.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora diputada.

Señor Yuste, puede fijar la posición respecto de la enmienda del Grupo Parlamentario Popular.

Tiene la palabra.

El señor diputado YUSTE CABELLO [desde el escaño]: Sí, muchas gracias.

La enmienda del Partido Popular parece una cuestión razonable, que la habilitación tenga una validez temporal que haya que prorrogar cada equis tiempo, en este caso, cada cinco años, como así sucede en los casos de habilitación de otros colectivos profesionales, y, por lo tanto, por parte de nuestro grupo no habría ningún inconveniente en asumir esta enmienda.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.

Es la enmienda de adición, y, por tanto, supondría el establecimiento de un tercer punto, y vamos a votar de una manera conjunta este nuevo texto, que ha quedado establecido tras su debate.

Comienza la votación. Finaliza la votación. Veintiséis votos a favor, treinta seis en contra. Queda rechazada la proposición no de ley 13/08.

Explicación de voto.

Señor Yuste, nuevamente tiene la palabra.

El señor diputado YUSTE CABELLO [desde el escaño]: Muchas gracias.

Quiero agradecer en primer lugar al Grupo Popular su voto favorable a esta iniciativa, y quiero agradecer también, especialmente al señor Gamón, el profundo contenido que ha tenido su intervención de esta tarde, no solo su enmienda hacia una aportación interesante, sobre un aspecto que nuestro grupo no había tenido en cuenta inicialmente, sino que en su intervención ha incluido otros aspectos del decreto que merecerían ser revisados, corregidos o matizados y que —¿por qué no?— podrían haber merecido también la presentación de enmiendas, que por parte de nuestro grupo se podrían haber incorporado también.

En todo caso, lamento que los grupos que apoyan al Gobierno hayan rechazado esta iniciativa. Tengo que aclarar o tengo que reiterar que esta proposición no de ley en ningún caso pretendía dar nada gratis a nadie, no pretendíamos regalar habilitaciones, ni muchísimo menos. El objetivo que compartimos es el de exigir el cumplimiento de los requisitos, el cumplimiento de un nivel de conocimientos, de un nivel de idiomas, de un nivel de titulaciones que garantice la calidad en la prestación del servicio de la actividad del guía de turismo en Aragón. Evidentemente, cada año, la convocatoria ordinaria irá resolviendo esta cuestión de cara al futuro, pero el problema lo tenemos este año, en el año de transición, de la entrada en vigor de ese decreto de noviembre de 2007, y es precisamente el año de transición, el año 2008, el año Expo, en el que podemos correr riesgos de quedarnos con una oferta reducida de guías de turismo en Aragón y en las comarcas de Aragón, y esa es la paradoja que nos hacía llamar la atención de la cámara acerca de los límites de este decreto que merecería a nuestro juicio ser corregido; lamentablemente no ha sido así.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor diputado.

Señor Gamón, puede explicar el voto del Grupo Popular.

Tiene la palabra.

El señor diputado GAMÓN YUSTE [desde el escaño]: Bueno, en primer lugar agradecemos a Chunta Aragonesista que admita nuestra enmienda.

Hay que hacer una serie de apreciaciones, o sea, no estamos en ningún momento poniendo en duda el modelo que tiene el decreto, ni lo que está preconizando el decreto; estamos intentando prever o solucionar un problema que nos puede venir con la Expo, algo que los grupos tanto del PAR como del Partido Socialista han ignorado totalmente. Lo que han hecho, en vez de argumentar, es simplemente leer el decreto, que, bueno, pues ya lo conocemos, ya sabemos lo que pone. Y eso es lo que queríamos enmendar.

También hay que tener clara una cosa: con todo lo que estamos haciendo, con todo lo que nos va a venir de la Expo, tenemos un problema: no solamente es que nos quedemos sin guías, sino el tema que hemos introducido en nuestra exposición, el intrusismo que vamos a provocar dentro de la profesión y que va a ser problemático, va a ser muy problemático. Y esto queda ignorado totalmente. Habrá que establecer las medidas suficientes para que esto no ocurra: desde la inspección hasta facilitar que los que lo estén haciendo ya puedan seguir haciéndolo por este periodo transitorio en el que va a haber mucha más demanda de guías turísticos.

Desde luego, yo no seré el que diga que los que están hasta ahora desarrollando su trabajo como guías turísticos no reúnen los márgenes de calidad que está marcando el decreto. Yo creo que es algo que tendrán que demostrar con lo que marca el decreto, que tienen que demostrar en su trabajo. Yo creo que la calidad la están dando a su nivel. Lógicamente, lo importante y la eficacia en la solución de los problemas está en proponer las medidas antes de que ocurran y en preverlos. Una vez que tenemos el problema aquí, entonces es mucho más difícil, mucho más lento y mucho más caro solucionarlo.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor diputado.

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