Diario de Sesiones de las Cortes de Aragón


Preguntas

Pregunta núm. 196/96, relativa a las actuaciones en el yacimiento arqueológico de Botorrita (Contrebia Belaisca).

Diario de Sesiones de las Cortes de Aragón n°: 036 de Plenos (IV Legislatura)
Intervinienen: Bernal Bernal, Chesus - Bielza De Ory, Vicente

El señor Diputado BERNAL BERNAL [desde el escaño]: Gracias, señor Presidente.

Señor Consejero, en febrero de 1993 estas Cortes aprobaron por unanimidad una proposición no de ley, que llevaba como número el 38/92, en la que se exigía al Gobierno de Aragón, se instaba al Gobierno de Aragón a que presentara, en un plazo de tres meses -que se cumplía en el mes de mayo de ese año- un plan global que contemplara la excavación, el estudio, la conservación y la exposición de los contenidos del yacimiento arqueológico de Botorrita.
¿Puede decirme por qué en el período, al menos, de su mandato no se ha cumplido esta proposición no de ley y por qué se ha cubierto parte del yacimiento con una técnica de dudosa validez técnica, de tal manera que, en estos momentos, la arena caliza que se ha utilizado para recubrir ha comenzado a compactarse con la ayuda del verano y, lejos de ser protegida, lo que ocurre es que la parte afectada va a acabar deteriorándose?

El señor PRESIDENTE: Gracias, Diputado Bernal.
El señor Consejero de Educación y Cultura tiene la palabra para responder.

El señor Consejero de Educación y Cultura (BIELZA DE ORY) [desde el escaño]: La pregunta formulada tiene dos partes, que van precedidas de un preámbulo, aunque la pregunta propiamente dicha consta de las dos partes antes aludidas. El preámbulo contiene algunas afirmaciones no reflejadas en el texto de la pregunta, que conviene aclarar, de manera que mi respuesta va a tener tres partes: la respuesta, los antecedentes y la respuesta a las dos preguntas.
En los antecedentes se afirma que la dirección técnica de la excavación propuso al Departamento la realización de prospecciones electromagnéticas, lo que la dirección técnica podría haber realizado perfectamente, ya que esta actuación no suponía ninguna autorización administrativa especial; así se informó, verbalmente, a la dirección técnica, aunque se ignora por qué razones no se llevaron a cabo tales trabajos.
Segundo, entrando en la pregunta propiamente dicha, la primera parte de la misma se refiere a las razones por las que la Diputación General de Aragón no ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la proposición no de ley 38/92, según la cual el Gobierno de Aragón debía presentar, en un plazo no superior a tres meses, un plan global de excavación, estudio y conservación del yacimiento Contrebia Belaisca. Sobre este particular cabe informar que, cuando el Departamento de Educación y Cultura tuvo conocimiento de la aludida proposición no de ley, inició los trabajos previos para la redacción del citado plan. Estos trabajos previos permitieron comprobar que, desde que se iniciaran las tareas de excavación en la década de los setenta, no se había realizado prácticamente ningún estudio sistemático de los resultados obtenidos.
Ante esta situación, se sometió el asunto a la consideración de la Comisión Asesora de Arqueología y Paleontología, que, en su sesión de 14 de junio del noventa y cuatro, lo debatió. Hay una transcripción -podríamos entrar en detalle- de lo que opinaron el señor Burillo Mozota y el señor Royo, por ejemplo, pero, en definitiva, lo que la Comisión Asesora de Arqueología y Paleontología pone de manifiesto en ese momento es la necesidad de redactar un plan director y de no actuar sobre el yacimiento hasta tanto no se apruebe el citado plan.
La inexistencia de los presupuestos en el año noventa y cinco y lo restrictivo de los mismos en el noventa y seis ha hecho imposible contratar la redacción del citado plan. No obstante, sí se sabe que el anteproyecto de ley de presupuestos para 1997 contempla, porque esto sí que estaba previsto en el 17.03.45.81.627, partida suficiente para contratar el citado trabajo.
La segunda parte de la pregunta contiene, básicamente, juicios de valor. El cubrimiento de hallazgos que no van a ser inmediatamente restaurados o protegidos, mediante una edificación definitiva, es prácticamente habitual en todos los trabajos arqueológicos y se utiliza para evitar el deterioro que los agentes meteorológicos pueden causar.
En cuanto a los materiales que se utilizan, depende de las características geológicas del terreno y de los restos a proteger. En el caso que nos ocupa, el aporte principal de humedades no proviene del freático, que está relativamente bajo, sino que sólo se puede producir a partir de las lluvias. Bueno, pues como no hay aportes significativos de capilaridad, es necesario utilizar un material no permeable para evitar la penetración de agua de lluvia, y el policloruro de vinilo de alta densidad que se ha usado cumple esta especificación.
En cuanto al material de relleno utilizado, se trata de arena silícea con un ligero contenido de carbonato cálcico, con una permeabilidad comprendida entre veinte por diez elevado a menos cuatro centímetros cúbicos por segundo, y de tres mil por diez elevado a menos cuatro centímetros cúbicos por segundo, mientras que el terreno que cubría el yacimiento tiene una permeabilidad inferior a diez elevado a menos cuatro centímetros cúbicos por segundo, lo que nuevamente nos lleva a la conclusión de que el policloruro de vinilo es el material adecuado para proteger los restos aparecidos.
Por lo que al riesgo de compactación se refiere, dada la composición del material utilizado para el relleno, no parece existir ningún fenómeno físico o químico que pudiera producir la compactación a la que se refiere el señor Diputado. Si el árido utilizado contuviese otros materiales, quizá pudiera darse, pero ni el óxido de sílice -la arena- ni el carbonato cálcico reaccionarán ni con el agua ni con el oxígeno o el anhídrido carbónico atmosférico, con lo cual no parece que pueda producirse ningún tipo de agregación o compactación significativas.

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Consejero.
¿Quiere replicar o repreguntar, señor Bernal? Muy brevemente.

El señor Diputado BERNAL BERNAL [desde el escaño]: Gracias, señor Presidente.
Señor Consejero, yo he estado allí este verano y le puedo decir que tiene aquí dos muestras de algo que no es ni policloruro de vinilo ni arena silícea: esto es un plástico normal y corriente, como el que tenemos para las basuras, etcétera, etcétera. He ido a unas empresas textiles y no me han dicho que fuera policloruro de vinilo, ni una cubrición geotextil; es, lisa y llanamente, plástico, salvo que el nombre técnico del plástico sea policloruro de vinilo.
Y esto que tengo aquí -he traído un puñadito de la arena- no es arena silícea: es arena caliza, simple y llanamente, de la que se pone en los parques que crean los ayuntamientos para que compacte más fácilmente.
Entonces, estos dos materiales no parecen los más indicados para la protección de ese yacimiento mundialmente conocido, y, además, señor Consejero, yo creo que, en todo caso, no cumplen con la proposición no de ley. Y aquí hay que reconocer que quien tiene capacidad es el legislativo, no nos saque Comisión para decir cómo tenía usted que hacer el plan, y recuerde que una de las condiciones del plan era que permitiera la cubrición, pero que, al mismo tiempo, permitiera el estudio, la investigación y las visitas por parte de la ciudadanía.
Lo que se ha hecho es taparlo, con lo cual, además, están paradas las excavaciones y cualquier ciudadano que pueda querer visitar...

El señor PRESIDENTE: Diputado Bernal, lo siento. Están convirtiendo ustedes una pregunta en una interpelación larga. Por tanto, le ruego que termine.

El señor Diputado BERNAL BERNAL [desde el escaño]: Acabo un interrogante que había iniciado.
Cualquier ciudadano que puede, que quiere desear, que desea ir a visitar esa excavación no puede ver nada porque está tapado. Y yo le recuerdo que estas Cortes le ordenaron al Gobierno, cuando usted todavía no estaba ahí, ciertamente, que cumpliera con esas condiciones.
Yo le conmino a que cumpla con ellas y a que, desde luego, reconozca que esto es plástico.
Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Sí. Señor Consejero, telegráficamente, porque ha agotado su tiempo también en la primera.

El señor Consejero de Educación y Cultura (BIELZA DE ORY) [desde el escaño]: Yo creo que el señor Bernal no tiene por qué tener conocimientos de química y saber lo que es el policloruro de vinilo y lo que son las arenas. Las arenas son SiO2, y máxime cuando yo lo que traigo aquí es un informe de los técnicos.
Entonces, ¿qué es lo que debe hacer un Gobierno? Un Gobierno debe basarse en los informes técnicos, y, si hay una Comisión Asesora de Paleontología y Arqueología, lo que no va a hacer es lo contrario de lo que le diga la Comisión.
Y fíjese que, además, algunos de los intervinientes a lo mejor tiene que ver algo con la propia Chunta Aragonesista, quiero decir que no se hace desde el punto de vista partidista... Sí, sí, le he dado un nombre que algo tiene que ver, y algún otro...
Bueno, no vamos a entrar en esos temas, pero quiero decir que vamos a fiarnos de los técnicos para tomar decisiones después, vamos a fiarnos de los técnicos para tomar decisiones. Lo que no podemos hacer es ir en contra de una comisión asesora: si dice que hay que hacer un plan director, lo primero que hay que hacer es el plan director, antes de actuar, y la protección se hace con lo que marcan los técnicos. ¡Hombre!, que ni todos los Consejeros ni todos los Diputados saben química, pues, lo acaba usted de demostrar con el policloruro de vinilo y con las arenas. Pues, por favor, dejemos a los técnicos, no vayamos a meter la pata.
Efectivamente, si se mete carbonato cálcico encima de unos materiales sobre unos monumentos arqueológicos, evidentemente nos la jugamos, produce una compactación. Habrá que dejar a los técnicos y habrá que actuar desde el ejecutivo. Lo que tiene que hacer el ejecutivo es intentar que en el presupuesto haya dinero y se pueda actuar de una manera definitiva sobre estos yacimientos.
Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Consejero.
Finalizado el orden del día, se levanta la sesión. [A las quince horas y quince minutos.]


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