Intervinienen: Ledesma Gelas, Fernando - Guillén Izquierdo, Vicente - Martinez Romances, Carmen - Domínguez Bujeda, Ramiro - Herrero Herrero, María - Gamarra Ezquerra, Carlos - Villagrasa Villagrasa, Darío
La señora PRESIDENTA: Siguiente punto del orden del día: comparecencia del consejero de Presidencia, a solicitud de los veintiún diputados del Grupo Parlamentario Popular, para informar de manera concreta y específica de la interpretación aplicada por el Gobierno de Aragón a la Ley 5/2016, de 2 de junio, de modificación de diversas leyes y su posterior corrección de errores publicada en el Boletín Oficial de Aragón de 23 de septiembre de 2016, así como el Decreto 16/2014, de 4 de febrero del Gobierno de Aragón, que regula la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales y extraordinarias, en especial en cuanto a la regulación de entrada, permanencia y restricción de acceso a la adquisición y consumo de alcohol de menores de edad.
Tiene la palabra el Grupo Parlamentario Popular.
Comparecencia del consejero de Presidencia para informar de manera concreta y específica de la interpretación aplicada por el Gobierno de Aragón a la Ley 5/2016, de 2 de junio, de modificación de diversas leyes y su posterior corrección de errores publicada en el Boletín Oficial de Aragón de 23 de septiembre de 2016, así como al Decreto 16/2014, de 4 de febrero, del Gobierno de Aragón, que regula la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales y extraordinarias, en especial en cuanto a la regulación de entrada, permanencia y restricción de acceso a la adquisición y consumo de alcohol de menores de edad.
El señor diputado LEDESMA GELAS: Muchas gracias, señora presidenta.
Ya disculpará lo largo de la solicitud de comparecencia, pero era necesario precisar lo que pretendíamos con esta comparecencia.
Buenos días, señorías; señor consejero, buenos días.
A estas alturas nadie tiene ya ninguna duda de que, por supuesto, los jóvenes, y por supuesto también los adolescentes, tienen derecho no solo a acceder a la cultura, sino también a participar de ella. Y los adolescentes principalmente consumen dos manifestaciones culturales, mayoritariamente, consumen muchas, pero dos principalmente. Una es los cines y la otra la música en sus distintas manifestaciones.
En el cine nadie se sorprende que no se pueda adquirir bebidas alcohólicas, de que los menores ni nadie, no, no hay un problema de que en los cines te pueden vender una cerveza, pero no te venden bebidas alcohólicas de alta graduación, no hay un problema con los menores, con el alcohol en los cines. No hay ninguna vinculación especial entre ir al cine y el consumo de bebidas alcohólicas, quizá lo haya con las palomitas más que con las bebidas alcohólicas, pero convendrán que en esa manifestación cultural que mayoritariamente consumen los menores no hay un problema.
En la segunda manifestación cultural que consumen mayoritariamente los jóvenes, y en este caso los adolescentes, entendiendo por los adolescentes los menores de dieciocho y mayores de dieciséis, aunque evidentemente es más amplio, pero aquí el problema se cierne o el debate se cierne en ese grupo, nadie entendería que en los conciertos de música no se pudiera adquirir alcohol. Vamos, no cabe, en un concierto de música que acuden los jóvenes con ocasión de las fiestas y en las salas de conciertos no se entendería que estuviera prohibida la venta general a todo el mundo de alcohol.
En todo el mundo culturalmente en España, y en muchos otros países, hay una vinculación entre ciertas manifestaciones culturales de música, como son los conciertos de música moderna, porque ya sé que veo al consejero pensar, diciendo, igual los de música clásica a lo mejor no. Ya estaba usted pensando, pero por eso vamos a aclarar. Está claro que no, no entenderíamos que no se pudiera consumir alcohol en los conciertos que se celebran.
Acordaremos, pues, que sí que hay una cierta vinculación entre ciertos conciertos de música y el consumo de alcohol durante los mismos, y la pregunta es: ¿debemos, pues, favorecer el acceso de menores al consumo de alcohol?
El Plan nacional sobre drogas cada dos años hace una encuesta en la que publica la relación de consumo de alcohol y otras drogas, pero de alcohol en concreto en menores y hay dos conclusiones, hay muchas conclusiones, pero hay dos que quiero traer, y una dice que aproximadamente el cuarenta por ciento de los jóvenes entre catorce y dieciocho años en los últimos treinta días han tenido acceso al alcohol, sin ningún tipo de barreras, directamente han pillado alcohol y se lo han servido.
Primera conclusión que quiero traer aquí de esa encuesta del Plan nacional sobre drogas.
La segunda es que en el último año doscientos ochenta y cinco mil setecientos jóvenes entre catorce y dieciocho años se han iniciado en el consumo del alcohol, son los datos que traigo aquí porque, evidentemente, tenemos, entiendo que tenemos, y así lo entendieron las Cortes el pasado mes de mayo, debemos saber compaginar el derecho al acceso a la cultura de los menores de edad, que lo tienen, con evidentemente ponerles alguna traba, no facilitarles el acceso directo al consumo del alcohol durante esas manifestaciones culturales.
Y trajimos una modificación de la Ley de la infancia, adolescencia y de espectáculos públicos que venía a decir, resumiendo, que los mayores de dieciséis años podrán acceder y permanecer solos en salas de fiesta, discotecas, salas de baile y pubs, siempre que se encuentren debida y visiblemente identificados y, al finalizar, deberán abandonar el establecimiento, siendo responsable de cumplir esto el responsable del propio establecimiento, sala de fiesta, discotecas, salas de baile y pubs.
En los mismos términos se expresaba la modificación de las actividades recreativas de la ley de actividades recreativas de establecimientos públicos, que excluía de la prohibición de entrada a estos menores, se excluye esta limitación de entrada, permanencia de los mayores de dieciséis años, exclusivamente durante las actuaciones en directo de un espectáculo público, siempre que se encuentren debida y visiblemente identificados al objeto de garantizar la prohibición de adquirir y consumir bebidas alcohólicas. Al finalizar deberán abandonar el establecimiento y el responsable será el responsable del establecimiento.
Esto respecto a los locales permanentes y salas de fiesta, salas de baile, pubs y discotecas, y no son interpretables lo que son una sala de fiestas, sala de baile, un pub o una discoteca, lo dice la normativa, el decreto de 2006, de un gobierno de su partido en el año 2006, que cataloga los tipos de establecimientos y los define perfectamente, es decir, no es interpretable el que son esos establecimientos, sino que el catálogo del año 2006 lo define perfectamente.
¿Qué pasa en los otros tipos de recintos donde se suelen celebrar conciertos para que puedan acudir los menores? En esos recintos, que pueden ser las carpas, recintos esporádicos, o puede ser La Romareda, para que nos entendamos, que no están pensados para ello, pero que ocasionalmente se utilizan para un concierto, para esos establecimientos o recintos no permanentes se sacó en el año 2014 un decreto y se sacó en el año 2014 consecuencia de ciertas modificaciones en la visión no solo de la Fiscalía de Menores que lo pedía, sino del entorno de las entidades que pretenden proteger a los menores, a raíz de ciertos acontecimientos que pasaron en otras ciudades que no voy a traer al caso. Pero en ese decreto se permitía el acceso de los menores a esos recintos, pero debían estar en unas zonas diferenciadas de forma que quede garantizado que los menores de edad no pueden adquirir ni consumir bebidas alcohólicas.
Existen, pues, dos maneras de proteger a los menores frente al acceso directo sin trabas al alcohol, son dos. Una, o están debida y visiblemente identificados durante su permanencia dentro del establecimiento fijo, o están en una zona acotada durante la celebración en aquellos establecimientos que no son fijos, en los recintos esporádicos o en los lugares ocasionales.
Estas son las dos interpretaciones que hoy o las dos posibilidades que hoy ofrece la normativa en vigor, cualquier otra interpretación no la ampara la ley, ni la ampara el decreto, ni ninguna otra normativa en vigor. Se puede cambiar la ley, tiene capacidad el Gobierno de traer un proyecto de ley, se puede cambiar el decreto. De hecho hay un borrador que de momento está ahí en el aire, que no sabemos, que lo que quiere es modificar la diferenciación en los espacios para que los menores puedan acceder sin tener que estar en un recinto separado del resto para que puedan directamente, si quieren, acceder a la barra.
Pues bien, esa modificación, el Gobierno de Aragón, unilateralmente, y el señor consejero a instancias de la directora general de Justicia e Interior, esta vez habla de actuaciones de interior, permitieron unilateralmente, sin cobertura legal ni ningún amparo normativo, que los menores accedieran libremente a las carpas sin control de acceso específico ni una identificación debida y visible durante el espectáculo, ni estableciendo, como dice el decreto, zonas diferenciadas para que estos menores no pudieran acceder a las barras de consumo de alcohol.
Esto lo decidió unilateralmente el Gobierno de Aragón, no sé, y espero que nos lo diga, si fue por la presión de Interpeñas y demás hosteleros o fue por una decisión propia, adelantando lo que un borrador del decreto de ley dice que van a hacer, pero que aún no está en vigor.
La normativa no permite ni el acceso libre de menores ni que sea en la barra el camarero el que tenga que identificar al menor cuando vaya a pedir la consumición, ninguna normativa lo permite por normativa en vigor. Y estas interpretaciones son distintas de la ley o diferenciadas de la normativa que emana de estas Cortes a raíz de las declaraciones que hicieron públicamente tanto el consejero como la señora directora general. Hombre, eso modifica decisiones de estas Cortes, que ya lo ha hecho el señor Gimeno con el presupuesto, que no le gustaban las enmiendas y ya modificó unilateralmente el presupuesto y hoy además hay un informe que lo corrobora.
Pero la diferencia [corte automático del sonido.]… entre la actuación del señor Gimeno en esa competición, algunos compañeros le han acusado en el pasado de gimenizarse, señor Guillén, en esa especie de competición, la diferencia entre no aceptar las enmiendas que salen del presupuesto y lo que han hecho ustedes retorciendo la normativa es que la diferencia es que está la salud de los menores en riesgo, señor consejero.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor diputado.
Tiene la palabra el señor consejero de Presidencia.
El señor consejero de Presidencia (GUILLÉN IZQUIERDO): Muchas gracias, señora presidenta.
Señor Ledesma, la verdad es que yo estaba bastante sorprendido cuando vi que ustedes pedían mi comparecencia para que yo interpretara la aplicación de unas modificaciones que se habían producido a la Ley de la infancia y la adolescencia de Aragón y a la Ley de espectáculos públicos, entendiendo que la interpretación de las leyes se hacen habitualmente a través de los autos y de las sentencias judiciales.
Es decir, la propia justicia dice que el Gobierno de Aragón está para aplicar las leyes, pero desde luego no para interpretarlas, y eso es lo que intentamos hacer en el ámbito de nuestras competencia. Porque, como usted sabe tan bien como yo, el ámbito de las competencias en esta materia sobrepasa también al de la propia comunidad autónoma llegando muchas veces, como en el caso que usted estaba exponiendo, a los propios ayuntamientos.
Bien, le diré, le diré en todo caso que esa modificación legislativa que hicieron las Cortes, es decir, y además que la hicieron por unanimidad, nosotros entendíamos desde el Gobierno que lo que venía era a dar una seguridad jurídica a una demanda social, que era el derecho que tenían los menores y mayores de dieciséis años a que pudieran disfrutar de esos espectáculos culturales de los usted hablaba, tanto de teatro como de música, pero preservando fundamentalmente la propia protección de estos menores y prohibiendo el consumo de alcohol o cualquier sustancia estupefaciente sin ninguna duda.
Sin embargo, yo tengo que reconocerle que esa modificación legislativa no ha aclarado totalmente todas las cuestiones que afectan al acceso de menores a establecimientos que acogen espectáculos públicos. Y, de hecho, pues ha habido preguntas a este consejero por parte de los ayuntamientos, que son los que autorizan este tipo de espectáculos o hasta incluso ha habido, como usted dice, alguna interpretación por parte de la Delegación del Gobierno, que no sé si se adecuaba uno al texto legal y jurídico que ustedes aprobaron en estas Cortes.
Pero es verdad que esto se ha suscitado justo cuando se daban las autorizaciones para las fiestas del Pilar en Zaragoza. Curiosamente, esto no se suscitó, esta polémica no se suscitó ni en Teruel ni en Huesca, donde se han celebrado espectáculos muy similares a los que se celebran en las fiestas del Pilar y, afortunadamente, además, con absoluta normalidad y sin ningún tipo de problema.
Por lo tanto, es cierto que la duda se suscita con los espectáculos públicos, como usted bien ha dicho, ocasionales y extraordinarios, a los que no se refiere ad hoc efectivamente la normativa, la modificación realizada, que habla de salas de fiestas, de discotecas, de salas de baile y pub —abro paréntesis y puntos suspensivos—…, pero que sí recogen la exposición de motivos, es decir, en el espíritu de esa modificación sí recoge algo a lo que usted no se ha referido, que dice la expresión: «y establecimientos similares».
Yo ya sé que eso no se recoge en el articulado. Yo le estoy diciendo lo que recoge la exposición de motivos, y por eso le decía yo al principio que seguramente la comparecencia se la tendría que haber pedido yo a ustedes para que me explicarán lo que el legislador quiso decir en la exposición de motivos o lo que el espíritu de esa modificación lleva tras de sí.
Es decir, ¿qué significa que en la exposición de motivos se hable de establecimientos similares y qué son los establecimientos similares? ¿Son las carpas de Interpeñas establecimientos similares a una sala de fiestas? Pues yo no soy quién para decirlo, en todo caso es el legislador el que tendrá que decirle al Gobierno qué significa eso de establecimientos similares. Y ahí es donde ha venido la controversia.
Pero yo tengo que decirle claramente, señor Ledesma, que el Gobierno no interpreta, el Gobierno no interpreta, el Gobierno aplica las leyes con mejor o con mayor fortuna. Y el ciudadano, las instituciones o aquellos que consideran que la aplicación de esa ley no se adecua, la aplicación de la norma no se adecua a la legislación, tienen el derecho de recurrir las autorizaciones o tienen el derechos hasta incluso de ir a la justicia, para que, si se ve una laguna legal o una mala aplicación de la ley, nos digan cómo se tiene que aplicar. Es que usted es experto en derecho y eso lo sabe perfectamente, igual que lo sé yo.
Claro, porque en esta materia estamos hablando de competencias y estamos hablando también de quién autoriza estos espectáculos. Y nuestra legislación lo que dice es que estos espectáculos que se hacen en los espacios públicos de manera ocasional los autorizan, cuando se hace en un solo municipio, los autorizan los ayuntamientos. Y es verdad que la autorización que le corresponde al Gobierno de Aragón se produce en aquellos espectáculos que acogen varios términos municipales. Entonces sí, entonces el Gobierno de Aragón es cuando tiene que hacer la autorización.
Y esas autorizaciones, como todo el mundo bien conoce, las hacen unos técnicos con los informes adecuados desde el punto de vista técnico y con informes desde el punto de vista jurídico, que son garantía de que quien firma las autorizaciones tiene un respaldo legal porque los propios servicios jurídicos le dicen que está cumpliendo perfectamente con la ley.
Ya le he dicho antes que todas las autorizaciones son susceptibles de ser recurridas, si se cree que vulneran de una manera o de otra la letra y el espíritu de las leyes. Ahora bien, el hecho de que yo le diga que el Gobierno no interpreta las leyes no significa que el Gobierno no tenga una posición política, que la tiene. Y la posición política del Gobierno la he manifestado en esta tribuna en algunas ocasiones.
Es que tenemos que ser capaces de hacer cohonestar el derecho que tienen los menores de asistir a los espacios públicos, de asistir a este tipo de espectáculos, hay que cohonestarlo con el derecho que tienen los menores también a ser protegidos. Y, desde luego, ser protegido significa que tenemos que impedir por todos los medios que consuman bebidas alcohólicas.
Después le daré algún dato que, seguramente, es posible que hasta incluso nos haga cambiar la percepción y la opinión sobre cómo han acaecido las fiestas del Pilar, respecto a las incidencias que se han producido por esta materia, y eso seguro que nos abrirá y nos dará un poquito más de luz.
Pero nuestra posición política parte, en primer lugar, de una cuestión fundamental, y es que el decreto del 2014, en su artículo 9, y después de publicarse las modificaciones que ustedes han hecho, yo creo que ya es un decreto obsoleto, en el sentido de que el artículo 9 se contradice con lo que el espíritu de la ley y hasta incluso la letra está diciendo.
En segundo lugar, que el Gobierno, como le digo, apuesta por defender el derecho que tienen los menores entre dieciséis y dieciocho años a asistir solos a los espectáculos públicos, que se hacen también en establecimientos similares a esos cuatro que textualmente enmarca la ley.
Y por eso estamos modificando el decreto del 2014 para adecuarlo, precisamente, a la legislación que ustedes han aprobado. Por cierto, un decreto del que el Consejo Consultivo el día 20 de enero de 2014 dijo algo, señor Ledesma, que yo quiero que usted escuche con atención: «Se trata de un decreto que presentará abundantes problemas a la hora de su aplicación», para terminar manifestando que la lógica jurídica no se encuentra por ningún lado. Eso es lo que dijo el consejo consultivo del decreto del año 2014. Y por eso nosotros para encontrarle lógica jurídica es por lo que lo queremos modificar.
¿Qué es lo que creemos? Pues creemos que pueden convivir la existencia a estos espectáculos de menores-mayores de dieciséis años con la exigencia que tenemos que hacerle al organizador de la adopción de los requisitos adicionales para la debida salvaguarda de los menores, sobre todo, en lo relacionado con el consumo de alcohol y de otras sustancias.
El decreto que estamos elaborando tiene alguna novedad, que yo ya se la quiero comentar. Primero, que quedan excluidos los espectáculos públicos y actividades recreativas organizadas por los municipios o bajo la responsabilidad directa de estos que se realicen al aire libre sin vallas, cercas o cualquier otro impedimento físico, que acote el espacio en un recinto con o sin techo.
Segundo, en cuanto a las medidas de protección del menor de edad, la novedad legal apunta claramente a que los menores de dieciséis años, que asistan a espectáculos públicos o actividades recreativas cuya hora de inicio sea a partir de las veintitrés horas, deberán asistir acompañados por sus padres, tutores o adultos autorizados por estos, que se harán responsables de su protección.
Que el personal del servicio de admisión o el personal responsable del servicio de vigilancia podrán solicitar en el control de acceso y en cualquier momento del desarrollo del espectáculo o actividad a los asistentes la exhibición del DNI.
E igualmente ese proyecto de decreto establece la obligación de un sistema automático de control de aforo y cámaras de grabación, a partir de doscientas personas de aforo máximo en el caso de locales en que no se consuman bebidas alcohólicas, o a partir de ciento cincuenta personas en caso contrario. Y los espectáculos públicos a partir de mil personas de aforo máximo autorizado también deberán disponer de estos sistemas.
Ese decreto establecerá el plazo de un año para la instalación de estos sistemas a partir de su entrada en vigor. Y quiero ya decirle que en estos momentos se encuentra el decreto en el Consejo Consultivo para su informe, después de haber pasado ya el informe de los servicios jurídicos. Por lo tanto, yo espero que lo tengamos disponible en poco tiempo.
En definitiva, y lo que es más importante, nosotros creemos que la modificación que ustedes hicieron en esta Cámara es una modificación importante que va en la línea de lo que usted y yo estamos hablando aquí, de preservar la protección, sin ninguna duda, pero sin impedirles que puedan asistir a este tipo de actuaciones públicas. Y los hechos nos han demostrado que las fiestas del Pilar, afortunadamente, han sido unas fiestas sin incidentes, han sido unas fiestas bien llevadas, y, desde luego, el sentido común de los menores se ha puesto de manifiesto.
Muchas gracias.
[Aplausos.]
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor consejero.
Tiene la palabra el Grupo Parlamentario Popular.
El señor diputado LEDESMA GELAS: Muchas gracias, señora presidenta.
Señor consejero, usted ha dicho que debería haber sido usted quizás quien pidiera nuestra comparecencia para explicar la interpelación que hacíamos. Pues, mire, esa interpretación se la dio estas Cortes de Aragón con una propuesta de resolución aprobada en el pasado debate de la comunidad. Bien es cierto que ustedes no la votaron. Y eso me choca con su afirmación que dice que ustedes políticamente su posición es impedir a toda costa, por todos los medios, el consumo, el acceso de los menores a las bebidas alcohólicas, esa ha dicho que era su posición. De palabra es lo que ha dicho, los hechos y el texto del borrador, que sea en la barra en el momento en que se tenga que pedir la identificación, no es lo que conjugan las palabras con los hechos.
Pero este problema ya empieza a ser muy habitual en su partido político. Que de palabra dice una cosa y los hechos son otros. Y así están como están, y estamos como estamos todos, el país entero.
Dice que con esto no ha habido problemas en otras fiestas de otras ciudades. Mire, ustedes no habían hecho un alarde, en ningún momento, públicamente de que los menores iban a poder entrar hasta que sucedió este mes de septiembre. Quizás porque una de las empresas que sí montaba carpas decidió ser prudente, incumplir con el criterio que marcaba la legislación en vigor, y otra que tradicionalmente siempre tiene una capacidad de presión al Partido Socialista cuando gobierna, en el ayuntamiento, lo vi en la legislatura pasada y lo estoy viendo ahora, que es Interpeñas, y la empresa que le gestiona las barras y las entradas, que es Pam Hosteleros, siempre tiene una especial capacidad de presión al Partido Socialista cuando gobiernan.
Pero le voy a decir más: usted dice que la exposición de motivos marca un espíritu, y además hace referencia a que la exposición de motivos fija que abre la puerta a unos, comillas, unos puntos suspensivos, y dice: «y establecimientos similares».
Mire, el Tribunal Constitucional en reiteradas ocasiones dice qué es un preámbulo de una ley o una exposición de motivos, pero lo dice ya desde el año 1981, que se la voy a decir. Sentencia 36/1981: afirma que la naturaleza jurídica de los preámbulos y exposiciones de las leyes no imponen efectos jurídicamente obligados al carecer de valor preceptivo propio de las normas del derecho. Lo dice el Tribunal Constitucional desde el año 1981, lo reitera en el año 1990, que deja claro que el preámbulo y exposición de motivos carecen de valor normativo y no pueden ser objeto de ningún recurso legal, porque algo usted pedía que se pudiera recurrir, que se recurrieran las licencias y las autorizaciones. No puede ser objeto de recurso legal la exposición de motivos. Y la última vez conocida que el Tribunal Constitucional fijó posición respecto al valor jurídico que tiene la exposición de motivos o los preámbulos lo dejó también muy claro. Se acuerda usted cuando Cataluña en su Estatuto en la exposición de motivos, porque no lo decía en el texto, decía que era una nación. El Tribunal Constitucional reiteró que en el preámbulo puede decir lo que quieran, lo que cuenta es la norma, el texto normativo, y en ese texto normativo, señor Guillén, en ese texto normativo tanto de la ley como del decreto caben dos opciones. O debida y visiblemente identificados, exclusivamente, durante la celebración de la actuación en directo y al terminar tienen que salir. Y el responsable es el responsable del local en las salas de fiesta, salas de baile, discotecas o pubs o en una zona acotada en las carpas de Interpeñas. Sí, señor, como hizo la empresa que llevaba el parking norte. Esa es la diferencia. Y esto es adonde estamos llegando, y además adonde nos ha llevado su gestión, que de boca dicen que quieren impedir el acceso de los menores al alcohol, pero los hechos manifiestan todo lo contrario, y dice que el Gobierno no está para interpretar la normativa.
No han hecho otra cosa, señor Guillén, y en su intervención de ahora, y en todas las declaraciones públicas que hizo usted, y en la carta que le mandan al Ayuntamiento de Zaragoza también dice, también interpreta la norma. También dice que la normativa aprobada en las Cortes el pasado mes de mayo dice usted que permite el acceso. Si eso no es interpretar la norma, señor Guillén, suba aquí y explíquemelo, porque, la verdad, me cuesta mucho entenderle.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Ledesma.
Tiene la palabra el señor consejero.
El señor consejero de Presidencia (GUILLÉN IZQUIERDO): Pues, sin embargo, señor Ledesma, además, es que usted se explica mejor que yo, lo cual no me sorprende, porque yo sí que le he entendido a usted perfectamente. Yo he entendido que en esta materia hay dos almas en el Partido Popular. Usted es el alma más dura, y hay otra alma más liberal, que es la que propicia que ustedes hayan aprobado las modificaciones que han aprobado en la Ley de la infancia y en la Ley de espectáculos públicos. Por tanto, usted se explica mejor que yo, y yo le he entendido perfectamente.
Ahora, claro, usted ha dicho aquí algunas cosas que son un poco fuertes, porque acusarme a mí de que yo me someto a la presión de no sé qué empresas, a las que yo no conozco de nada, usted veo que las conoce perfectamente. Yo no me he reunido con ninguna empresa privada, yo me reuní con Interpeñas después de que la subdelegación del Gobierno les hubiese dicho a Interpeñas que la normativa que regía era el decreto del señor Suárez, del año 2014, y que por lo tanto mandarían, según lo que me dijeron en Interpeñas, a la Policía Nacional ese día, y yo les dije: oiga, yo no soy quien interpreta las leyes, quien da las autorizaciones es el Ayuntamiento de Zaragoza, él sabrá en esa autorización cómo la da, en función de qué condiciones y en función de qué ley.
Pero ¿a mí qué me dice usted? Mire, ¿sabe cuál es el problema? La carta la tengo aquí, la carta que le he mandado al ayuntamiento para que se quede usted tranquilo. Lo que dice es que la ley dice que se permite acceder y permanecer solos en salas de fiestas, discotecas, salas de baile, pubs, y, como indica correctamente la exposición de motivos —fíjese que interpretación hago yo—, no, no, y como indica correctamente la exposición de motivos, establecimientos similares a los menores que sean mayores de dieciséis años, durante las actuaciones en directo del espectáculo público.
Pero ¿sabe por qué le digo esto? Porque aquí todo el mundo se ha querido quitar las pulgas y pasárselas al vecino. Mire, hasta tal punto se han querido quitar las pulgas, y mire la contradicción en la que se mueve usted, que la Delegación del Gobierno de Aragón hizo una nota de prensa, que es de nota, permítame la redundancia. El Ayuntamiento de Zaragoza es el competente para autorizar la celebración de los espectáculos públicos ocasionales —¿pues no está mal, no?— en ejercicio de la competencia, las Cortes de Aragón aprueban la modificación de la Ley de la infancia que regula el acceso y permanencia de los menores de edad solos a espectáculos públicos, donde se expende alcohol, condicionando su presencia a ser mayor de dieciséis años y a que las actuaciones sean en directo; la corrección de errores acota sus condiciones a salas de fiesta, discotecas, salas de baile, y añade que, como el Ayuntamiento de Zaragoza es competente para la celebración de espectáculos públicos ocasionales, es el propio ayuntamiento quien ha de establecer las condiciones para el desarrollo de los eventos incluidos en el programa de fiestas del Pilar. Y lo que es de nota es que la Delegación del Gobierno de España, en Aragón, a la vista de la normativa en vigor tras la publicación de la Ley 5/2016, y su corrección de errores —atento, señor Ledesma—, cree que el Gobierno de Aragón, al ser la institución competente, debe pronunciarse sobre la situación en que queda el acceso de los menores a espacios públicos. Dice esta nota; oiga, ni Kafka lo hacía peor. ¿Pero qué me está usted diciendo? Si su propio Gobierno está reconociendo que la competencia para autorizar espectáculos ocasionales es del Ayuntamiento de Zaragoza, y como se produce una indicación de la Delegación del Gobierno diciéndoles a Interpeñas que van a mandar a la policía, Interpeñas va al Ayuntamiento de Zaragoza, y dice el Ayuntamiento de Zaragoza: que me lo resuelva esto el Gobierno de Aragón, y el Gobierno de Aragón no puede resolver nada porque no interpreta ninguna ley, ninguna ley.
Y ahora le voy a decir algo, señor Ledesma. Mire, señor Ledesma, el señor Suárez con su decreto dijo que hace dos años se habían atendido ocho intoxicaciones etílicas de menores en el hospital Miguel Servet. ¿Sabe cuántas han atendido este año? Dos. Yo ya sé que usted con el Heraldo tiene muy buena relación, ¿qué quiere que le diga? Dos. Después de haberse levantado dieciocho actas. Levantamiento de actas, de cincuenta, se han pasado a dieciocho. ¿Y sabe lo que más me ha alegrado de todo? Que cuando se levantaban esas actas día a día, noche a noche, ¿sabe lo que decían las actas? Que no se habían expendido bebidas alcohólicas a menores, eso es lo que decían las actas.
Por cierto, la policía y el resto de fuerzas y cuerpos de seguridad han hecho una excelente gestión, que ha permitido que tengamos unas fiestas tranquilas, que han permitido que los menores puedan acceder a esos espectáculos públicos, y que han permitido, a pesar de la posición que ustedes mantienen, un día sí y otro también, poder disfrutar de lo que son sus fiestas, que, como a algunos les gusta decir, son las fiestas del pueblo, son las fiestas de todos.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Guillen.
Tiene la palabra el Grupo Parlamentario Mixto.
La señora diputada MARTÍNEZ ROMANCES: Muchas gracias, señora presidenta.
La verdad, señor consejero, es que no sé muy bien qué es lo que le voy a preguntar. Bueno, sí, creo que lo ha dejado claro, pero me gustaría que nos aclarara cuándo se va a modificar el Decreto 16/2014, que realmente es el que está generando problemas, porque modificar este decreto y huir de las incongruencias que este decreto plantea, y que hace muy difícil su aplicación, es lo que va a ser mucho más fácil para preservar, para poder consumir cultura los menores de dieciocho años también. Y yo creo que también les salvaguardará del consumo del alcohol que parece que es el mayor interés del señor Ledesma, un interés compartido.
Pero yo quiero hacer una reflexión, favorecer que no se consuma alcohol en los menores de dieciocho años —también en los mayores sería bueno que se consumiera menos— no se conseguirá mediante la prohibición, no se conseguirá exclusivamente mediante la prohibición. Así, pues, yo creo que tendríamos que ser todos mucho más proactivos, y crear otras políticas que impidieran o que les ahuyentaran del consumo del alcohol a los menores, porque, además, señor Ledesma, le voy a decir, donde más se consume el alcohol no es en las carpas de Interpeñas, no lo es, donde más se consume alcohol, por los menores de dieciocho años, es en la vía pública, y donde más consumen alcohol, donde más compran alcohol los menores de dieciocho años no es en las barras de los bares.
Así, por favor, yo creo que usted lo que ha intentado con esta comparecencia no es proteger a los menores, sino alimentar una polémica que salió en la página de un periódico, que hemos terminado después unas fiestas… Igual las fiestas del Pilar han terminado sin incidentes de este tipo, como ha pasado en las fiestas de Huesca y en las fiestas de Teruel, que ahí, señor Ledesma, yo creo que usted no ha tenido ningún problema. O sea, que no sé si lo que a usted le preocupan solamente son los menores que van a las fiestas de Zaragoza o los menores de todas las fiestas de esta comunidad autónoma.
Es que, la verdad, después de oír su comparecencia no sé por dónde va. Yo, señor consejero, no le voy a quitar más tiempo a esta cámara, y solamente me gustaría que reiterara de nuevo su compromiso sobre la modificación del Decreto 16/2014, y si nos puede apuntar fechas, pues mucho mejor, porque, bueno, los ciudadanos y ciudadanas estaremos más tranquilos, sobre todo los que tenemos adolescentes en nuestras casas, y también los promotores de espectáculos podrán ponerse manos a la obra para adecuar todas las actuaciones que tengan que hacer ante la nueva legislación.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora diputada.
Tiene la palabra el Grupo Parlamentario Ciudadanos.
El señor diputado DOMÍNGUEZ BUJEDA: Señora presidenta, muchas gracias.
Hace unos meses llegamos a un acuerdo todos los partidos que hay aquí, en esta cámara, para modificar la Ley de espectáculos públicos y hacer una modificación que la verdad era necesaria. Nos pusimos todos de acuerdo, y la verdad es que se llegó a un acuerdo rápidamente, para que los menores pudieran acceder a determinados conciertos, que como todos sabemos pueden ser temas culturales, a lo cual ese acceso siempre viene bien.
Ahora he estado presenciando una lucha aquí entre el señor Ledesma y el señor Guillén, de interpretación de leyes, de que si hay un año para llevarlo a cabo, una interpretación, según el uno, que viene en la exposición de motivos; según el otro, que viene en la normativa. Lo que está claro es que sí es cierto que hay dos modelos de recintos. Eso es inevitable el decirlo, desde luego. Lo que dice la ley: pubs, discotecas, salas de fiesta y salas de baile, en eso estamos de acuerdo, son recintos cerrados. A cualquier dueño o cualquier gerente de estas discotecas, pubs, salas de baile, salas de fiestas, que venda alcohol a un menor pues se le cae el pelo, se le cae automáticamente el pelo. Ahí muchísima gente puede denunciarlo, cualquier tipo de persona, que se está vendiendo alcohol a un menor, y en estos sitios está clarísimo que no se va a servir una copa, no se va a servir una cerveza, no se va a servir cualquier tipo de alcohol a un menor. No se va a servir porque ese dueño de ese local o ese gerente se van a guardar muchísimo.
Y luego tenemos aquí, como bien dicen en la exposición de motivos, que tiene toda la razón el señor Guillén, los establecimientos similares, que sí, que lo dejamos en un impasse. Y ahí sí que hay un vacío de ley, o una falta de interpretación, o lo que se quiera llamar. Me hace gracia, señor Guillén, cuando dice que nosotros no interpretamos leyes. Depende de lo que sea. Aquí depende de por dónde van los tiros, se interpreta o no se interpreta. Pero, en este caso, sí que hay un déficit, y eso se lo tengo que reconocer, hay un déficit de que no se sabe, no se sabe por dónde puede tirar, y son las famosas carpas de los municipios. Lo único que, como se suele decir, hecha la ley, hecha la trampa. Es triste decirlo pero es la realidad. Siempre hay un resquicio, o por interpretación, o por lo que sea, y aquí tenemos un problema con el acceso de alcohol a menores, que eso es inevitable por la sociedad que tenemos, es muy triste decirlo, pero nuestra sociedad en lo lúdico lleva muchas veces a ese consumo, debido a la forma que tenemos en este país de divertirnos. Y el incumplimiento en cierta manera está garantizado. El Gobierno sí debe poner todos los medios que estén en su mano para que eso no se incumpla, y eso, como responsables políticos que somos, se tiene que garantizar, estas normativas y el desarrollo para que esto no ocurra.
Ya le he dicho de la dificultad —usted es de un pueblo, señor Guillén, yo soy de otro—, es dificilísimo, y en lo que se ha dicho aquí, la señora Martínez tiene toda la razón, donde realmente se bebe alcohol, es en la calle, eso es cierto. Pero eso no implica que desde los poderes públicos se haga todo lo que se pueda, señorías, todo lo que se pueda desde luego, sabiendo la dificultad, no niego la dificultad que hay, pero desde los medios públicos tenemos que hacerlo y tenemos que llevarlo a cabo.
Y, mientras esta sociedad no cambie, como ha dicho el señor Ledesma, un 40% de los menores de catorce a dieciocho tiene acceso al alcohol, eso es cierto, y doscientos ochenta y cinco mil jóvenes también es cierto que se inician en el alcohol, tenemos que poner todos los cotos que sean posibles, lo único que no dejo de reconocer es la dificultad que esto conlleva.
Yo espero que esto se solucione, con todo este incidente que ha habido en las fiestas del Pilar, o pueda ser la vaquilla, o pueda ser cualquier otra fiesta, de cualquier municipio en Aragón, que se tomen medidas, desde luego, por el bien y por el futuro de nuestros jóvenes. Pero, desde luego, mientras la sociedad la tengamos estructurada como la tenemos lo tenemos difícil. Y ahí es donde tenemos que incidir.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor diputado.
Tiene la palabra el Grupo Parlamentario Aragonés.
La señora diputada HERRERO HERRERO: Gracias, señora presidenta.
Realmente, yo creo que si en algo coincidimos todos los grupos que han intervenido hoy, y que intervendremos seguro, es en la problemática que hay con respecto al consumo de alcohol. No solamente entre los jóvenes sino también entre la población adulta, y podríamos entrar a debatir por qué sucede esto y cómo se podría evitar, pero, desde luego, cuando hablamos de menores, especialmente ahí tenemos que ser protectores, y tenemos una responsabilidad añadida, de intentar poner en marcha todas aquellas medidas que puedan de alguna forma protegerles y prevenir que estas situaciones se den.
Que, desde luego, no tiene nada que ver con promover hábitos saludables en la población juvenil, por así decir, que después van a ser adultos y que vuelven a entrar en esta dinámica cultural, que ya nos viene generación tras generación, de, bueno, pues dar por hecho con cierta normalidad el consumo de alcohol, que desde luego no es lo mejor, y no debiera ser así. Pero, en este caso, estamos concretamente debatiendo sobre la interpretación de una norma, y, viendo el debate, sinceramente uno puede quedarse sin saber muy bien quién es responsable, y, ciertamente, yo creo que había dos interpretaciones distintas de las cosas.
Y, por tanto, por un lado dicen que la culpa no es nuestra, es de aquellos. No, no, son ustedes los responsables. Yo creo que no es cuestión de echar la culpa a nadie, cada uno tiene que ser responsable de lo que es responsable, y de lo que las normas le atribuyen, y yo creo que el Gobierno de Aragón… Gracias a Dios, o a lo que usted quiera, no ha pasado nada, pero si hubiese sucedido algo, ¿de verdad usted estaba tranquilo y ha dormido con la conciencia tranquilísima, sabiendo que su responsabilidad estaba llevada a cabo? No, no, pero el Gobierno de Aragón tiene que velar por el cumplimiento de una norma que es autonómica a través de su policía.
¿Han velado ustedes por el cumplimiento de la norma? No, no, porque no se ha cumplido la norma, y no me venga aquí con que la exposición de motivos dice que otros establecimientos, porque la exposición de motivos, como muy bien se ha dicho, los establecimientos están clarísimos, meridianamente claros. Es más, además, hubo un debate en su momento para especificar, para que no hubiese lugar a dudas, especificar a qué establecimientos nos estábamos refiriendo. Si en la exposición de motivos además dice otros establecimientos, me parece muy bien, pero en la exposición de motivos está para, en todo caso, interpretar la voluntad del legislador cuando hay dudas en el articulado.
Pero es que no hay ninguna duda en el articulado, ninguna duda en el articulado, con lo cual no hay voluntad que interpretar. No ha pasado nada, no ha pasado nada. Pero, desde luego, la responsabilidad que tiene el Gobierno de Aragón yo creo que es clara y meridiana, para evitar que… Vamos, yo de verdad es que incluso como amigo le daría ese consejo, le diría, señor Guillén, cúrese en salud, desde su responsabilidad. Usted tiene que velar por que se cumpla la ley; si quieren cambiar la norma, cámbienla, ya veremos lo que cada uno opina, cámbienla, pero, desde luego, estando la norma tal como está, se tiene que cumplir.
Que yo creo que, en su momento, es verdad que ese decreto ha habido muchas críticas en cuanto a que, especialmente, en la aplicación de algunos de sus puntos, quizás en el medio rural... Además, en los municipios a veces hacer viables la celebración de determinados eventos cumpliendo toda una serie de requisitos no es tan sencillo. Quizás haya que flexibilizar algunas cuestiones que establece ese decreto, y que a lo mejor pues se fue excesivamente restrictivo, porque partíamos de un momento en el que había sucedido un acontecimiento tristemente recordado por todos, que pudo llevar a tomar esas decisiones.
Yo creo que tenemos que encontrar, y esa es la obligación de los poderes públicos, cada uno desde su responsabilidad, tiene la obligación de buscar un equilibrio entre la protección al menor y, desde luego, la prohibición del consumo de alcohol por parte de menores, en todos estos establecimientos, sean permanentes o no permanentes, de una forma o de otra, y permitir la viabilidad de determinados eventos y actos. Es importante facilitar el acceso a la cultura por parte de la sociedad. Yo creo que, con un poco de sentido común, seguro que se puede encontrar la manera de hacerlo así. Pero, en cualquier caso, cada uno tiene que cumplir con su responsabilidad, y yo, desde luego, señor Guillén, creo que ustedes no han cumplido totalmente la suya.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señora diputada.
Tiene la palabra el Grupo Parlamentario Podemos Aragón.
El señor diputado GAMARRA EZQUERRA: Gracias, presidenta.
Primero aclarar, señor Guillén, desde Podemos, que ya salió este tema en varias ocasiones. Tenemos muy claro que nosotros queremos que los menores puedan acceder a la cultura, a los espectáculos, a los conciertos, en cualquier tipo de recintos. Y, por tanto, también en los espectáculos ocasionales. Evidentemente, con las medidas necesarias para que no puedan acceder al alcohol.
Dicho esto, a nuestro entender, en la actualidad, yo creo que con este debate que se está suscitando, sí que existe cierta confusión con el tema del acceso a espectáculos, conciertos, y, por eso, creo que es importante diferenciar la Ley de espectáculos públicos, una entrada a locales y a salas, y el decreto de espectáculos ocasionales, que precisamente está hecho ad hoc, para regular la entrada a recintos que se montan de forma puntual. En cuanto a locales y salas, con la modificación que hicimos todos los grupos, ahora no hay dudas, fue un paso importante por primera vez. Pueden entrar menores porque ni siquiera antes podían entrar menores acompañados de sus padres, y, si son mayores de dieciséis años, pueden entrar solos. ¿Qué sucede con los espectáculos ocasionales? Pues que hay un decreto, que es el decreto de espectáculos ocasionales, que todavía está en vigor, es así, y es un problema porque a nosotros ese decreto no nos gusta. Fue un decreto muy contestado, que es de lo que estamos hablando, pero es que el decreto está en vigor.
Y yo entiendo, señor Guillén, que usted ha tenido tiempo suficiente para modificar ese decreto. Por eso le pregunto que cuál es la causa para que, después de año y pico, de hecho fue de las primeras medidas que anunció en sede parlamentaria, que se cambiara el decreto, ¿cuál es la causa de que no se cambiara? Porque, si este decreto se hubiera cambiado, y se permitiera el acceso a menores, no estaría existiendo la polémica que hay. Es decir, partimos de un decreto del Partido Popular que no nos gusta, restrictivo, pero es que es el decreto que hay. Y en ese sentido le tengo que dar la razón, es el decreto que hay. Entonces nosotros le vamos a apoyar, si es necesario que tenga que hacer, porque igual es que hay problemas jurídicos de algún tipo, si tiene que hacer algún tipo de modificación legislativa, va a contar con nosotros y le vamos a apoyar.
Pero, hombre, yo creo que ha pasado tiempo suficiente, y uno de los principales problemas es que eso se está demorando muchísimo. De hecho, otra cosa que quiero comentar es que efectivamente se tuvo que cambiar la Ley del menor, pero la Ley del menor lo que prohibía era entrar en locales. La Ley del menor nunca prohibió entrar en espectáculos públicos. De hecho, antes de que entrara el decreto del Partido Popular en 2014, los menores podían entrar a los espectáculos públicos, siendo así. Es decir, el problema fue el decreto del 2014, o sea, que la Ley del menor no restringe la entrada a espectáculos públicos. Lo que restringe la entrada a espectáculos públicos es precisamente el decreto de espectáculos ocasionales del 2014. Por lo tanto, yo creo que es cambiar el decreto, y nada más. Y, por cierto, una cuestión que sí que quería comentar es que, cuando cambiamos la Ley del menor, hablamos de salas de fiestas, discotecas, salas de baile y pubs, porque son los términos que ponían en la ley de 2005, para que se quedaran asemejados. Pero es que después de la de 2005 salió el catálogo de establecimientos públicos, y de hecho lo que son salas de baile es que no existen las salas de baile ahora oficialmente, no existen. Y, de hecho, nosotros pusimos salas de fiesta, discotecas, pubs, y salas de baile, como digo, para asemejarlo a esa ley de 2005. Pero es que en el catálogo de 2006 salen whiskerías, salen clubes, cosas que ahora no están recogidas.
Por tanto, yo le invito, señor consejero, a que realice las modificaciones pertinentes, porque desde luego que los medios que tiene usted, con la consejería, no son los medios que tenemos los grupos parlamentarios para aprobar este tipo o de leyes, y que actualice todos estos locales, a los locales que salen en el catálogo del año 2006. Y le invito también a que de una vez, por fin, modifique ese decreto de espectáculos ocasionales para que de una vez los menores puedan acceder a este tipo de eventos.
Y más que nada para que me aclare cuál es el motivo por el que se ha retrasado tanto, si es falta de voluntad, porque, claro, yo creo que en un año y pico, no sé, yo creo que da tiempo, o si realmente hay algún otro tipo de impedimento legislativo.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor diputado.
Tiene la palabra el Grupo Parlamentario Socialista.
El señor consejero VILLAGRASA VILLAGRASA: Gracias, señora presidenta.
Seguro que el consejero iba a aportar más información. Pero este es el momento del Grupo Parlamentario Socialista. Todos modificamos los artículos a los que se han referido, con un objetivo claro, de una manera nítida, y además con una voluntad unánime, que era garantizar el acceso a los espectáculos culturales de música en aquellos locales a los menores que lo tenían restringido, y que entendíamos que cercenaba sus derechos de acceso a la cultura y desarrollo de la libre personalidad.
A su vez, es importante, y creo que esta modificación, y creo que la acción política por parte de todos, debe de igual manera generar un marco de igualdad respecto de los espectáculos públicos, y que, por tanto, no existan asimetrías a lo largo y ancho del territorio de nuestra comunidad autónoma. Todo ello, siempre, y digo siempre con la salvaguarda de la protección jurídica debida al menor. Y, señores, me lo van a permitir, la ley es de aplicación, pero en el ejercicio de aplicación de la ley existe la hermenéutica, como la interpretación que del tenor literal de los textos le podemos dar a la aplicación posterior de las normas. En este sentido, no se preocupe, señor Ledesma, que luego desarrollaré un poso jurídico, en el cual podremos los dos interactuar. Sobre la misma, nadie recurrió, y fueron después de esta modificación los propios promotores, o distintas entidades locales, como también el Ayuntamiento de Zaragoza, los que se dirigieron al Gobierno de Aragón para solucionarles algunas de estas cuestiones.
Cabe decir que este es un debate particular que hemos centrado en la ciudad de Zaragoza, y en el término de Interpeñas, pero corresponde a un planteamiento político y social de una magnitud muchísimo más elevada, que es el acceso, la protección de los menores. Pero, a su vez, el acceso a estos sitios, el acceso a la cultura y el garantizarles el derecho a desarrollar su libre personalidad, en relación con todo ello al ocio, la cultura de los jóvenes, de los adolescentes.
Y, permítame usted, señor Ledesma, ha dicho que debemos favorecer el acceso a los menores al consumo de alcohol. Lo siento, yo le niego la mayor, le niego la mayor. Le niego la mayor de que el acceso a espectáculos públicos esté directamente vinculado con el consumo de alcohol. Y eso la señora Martínez, de una manera perfectamente gráfica, lo ha mostrado, cuando el problema que tenemos respecto a esta materia no versa en tanto en cuanto al acceso a espectáculos públicos, sino que el problema trasciende de esa circunstancia, y, volviendo al contexto, y volviendo a la interpretación, ¿por qué en las fiestas de San Lorenzo de Huesca se permitió esta situación, en las fiestas de la vaquilla de Teruel?
Hablábamos de la hermenéutica, y yo les quiero decir que, a su vez, el Tribunal Constitucional, al que usted brillantemente se ha referido, una serie jurisprudencial sobre la interpretación del preámbulo, de que actuara ope legis, de manera directa sobre la vinculación de las normas, yo también le tengo que decir que el Tribunal Constitucional desde el año 1991 sí que lleva determinando que el preámbulo sirve de manera notable para que se fije la posición en la interpretación del espíritu de la ley, por tanto, a la hermenéutica de forma gramatical, histórica, lógica, sistemática, y teleológica.
Por tanto, hay que trabajar para cambiar esa normativa, el decreto de espectáculos, hay que trabajar para ello ,y lo ha anunciado el señor Guillén, el consejero, que efectivamente está a punto de entrar en los servicios jurídicos del propio Gobierno, y que no tardando mucho, señores, y ahí, señor Gamarra, pues agradecemos el apoyo con el que se contaba, se podrá venir a debatir aquí a las Cortes, porque entendemos que hay que modificar una normativa que en el año 2014 el Consejo Consultivo de Aragón le dedicaba epítetos tan gráficos y tan descriptivos como que no tenía lógica jurídica por ningún lado, que presentaba abundantes problemas a la hora de su aplicación, o que a su vez presentaba abundantes lagunas.
Por tanto, todo esto parte de un debate importante, y un debate en el cual todos también nos tendremos que retratar y fijar la posición política. Por supuesto, en lo del Partido Socialista estamos a favor, como no puede ser otra manera, de preservar y garantizar la protección jurídica de los menores. Pero a su vez también estamos por garantizar el derecho y las libertades prescriptivas desde nuestra Constitución hasta cualquier otra norma, y entre ellos el acceso a la cultura y el acceso y el desarrollo de su libre personalidad.
Porque llegará el momento en que tendremos que debatir por qué un menor de dieciocho años puede ser batería del grupo en que está tocando en un concierto, pero no puede acceder a disfrutar. Ese será el momento, ese será el momento, y será el momento también en el que incluso con una legislación particular, como es la del Código Foral de Aragón, que tiene unas mayorías y unas minoría de edad distintas, y más amplias, más flexibles a las del Código Civil, a la de la normativa estatal, será ese el momento en el que lo tendremos que debatir.
Por el momento, señor Guillén, usted nos ha explicado cómo ha sido el desarrollo, cuál ha sido el criterio del gobierno, y la feliz noticia que estamos esperando todos, que es que pronto el borrador, la modificación, el proyecto de modificación de secreto, pues verá la luz de esta Cámara. Aquí contará con el Partido Socialista.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Villagrasa.
Ahora sí, tiene la palabra el señor consejero.
El señor consejero GUILLÉN IZQUIERDO: Muchas gracias, señora presidenta.
Yo creo que este es un debate realmente ficticio, que no entra en el fondo de la cuestión. El fondo de la cuestión es saber dónde beben más los menores, si en un espectáculo público o en la calle. Y hay alguna encuesta que lo refleja bien claramente. Hay una encuesta del año 2014 que pone de manifiesto la implantación de un modelo de ocio consistente en hacerse con importantes cantidades de alcohol y compartirlo.
Ese es el verdadero problema que tenemos con los jóvenes. El problema con los jóvenes y con los menores no está en que vayan a un espectáculo público, y se tomen una caña. No, no, ahí no es donde beben. El problema es este. En un modelo de ocio que consiste en hacerse con importantes cantidades de alcohol y compartirlo.
Pero, fíjese, otra cosa dice esta encuesta, dice que el supermercado es el lugar donde con más frecuencia los menores consiguen el alcohol, con un 61,8%, seguido de bares y pubs, con el 57,7%. En cuanto al lugar donde se consume, seis de cada diez dice haberlo hecho en bares y pubs; cinco de cada diez en discotecas, y el 57% en espacios abiertos.
Por lo tanto, el problema con los menores y el alcohol lo tenemos en otro sitio, lo tenemos en la calle. Por eso la hipocresía del debate prohibiendo a los menores que entren a recintos cerrados en las fiestas de su pueblo o de sus ciudades, porque no consuman alcohol, cuando no tenemos ningún problema en que esos mismos jóvenes estén fuera del recinto consumiendo todo el alcohol del mundo, y sin que nadie haga absolutamente nada. Ese es el verdadero problema que tenemos y que tenemos que resolver alguna vez.
Me preguntaba la diputada de Chunta y también el diputado de Podemos que cuándo se va a modificar el decreto del 2014, y que qué ha pasado. Pues lo que ha pasado es que estos son unos procesos muy largos, muy participativos. Ha habido muchísimas alegaciones al decreto, se han resuelto todas las alegaciones, pero ya tengo que decirle que, en estos momentos, ya está para informe del Consejo Consultivo. Y directamente, en cuanto tengamos un informe del Consejo Consultivo, se publicará en el Boletín Oficial de Aragón. Si me pide usted tiempo, no se lo puedo dar porque no sé cuánto tiempo va a tardar el Consejo Consultivo en darnos el informe, pero ya estamos en el último trámite.
A mí me hubiese gustado que hubiese estado antes, porque seguramente algunas de las discrepancias que hemos tenido ante la modificación que se produjo y el decreto vigente, se hubieran solventado, sin duda, si nosotros hubiéramos tenido ya el nuevo. Por cierto, debo decirles que la posición que mantenía gobierno, cuando ustedes estaban tramitando en esta cámara las modificaciones legislativas, advertía, es un informe interno nuestro, advertía de que no se abordaba la posibilidad de espectáculos en directo en espacios o recintos al aire libre, o que no se disponga de la licencia para actuaciones de amenización musical o teatral. Es decir, los espectáculos públicos, de modo que se daba una solución parcial a la cuestión que de verdad se planteaba.
Esto es lo que nosotros pensábamos. Pero la ley, la modificación se produce a través de una proposición de ley en este parlamento, no se produce a través de un proyecto de ley que el gobierno haya presentado.
El poco tiempo que me queda, porque me parece que es importante porque ha habido alguna diputada que ha dicho «Duerme usted tranquilo, usted ha incumplido»… Yo duermo muy tranquilo, fundamentalmente porque me fío de los jóvenes, de la gente en general, y de los jóvenes; posiblemente, el que no se fíe de los jóvenes y de la gente en general dormirá menos tranquilo. Yo me fío de los jóvenes, y de la gente, y además lo han demostrado. Y aquí tengo la memoria de los servicios extraordinarios de las fiestas del Pilar, que hace la UPA, y que dice lo siguiente, señorías. Dice que durante las fiestas del Pilar el servicio de noche que la comisaría tiene implantado en su operatividad diaria atendió los requerimientos de la sala del 091 de la Jefatura Superior de Policía, y se atendió dentro de nuestras competencias a los menores en situación de desamparo también. Bueno, en concreto se hicieron las siguientes actuaciones: solicitudes de la sala el 091 por intoxicaciones etílicas de menores, dos, señorías. Estamos hablando de aforos de cuarenta mil personas, dos. Menores protegidos en centros hospitalarios, tres. Contactos realizados para la localización de los padres —que lo hace también la unidad de policía—, dos. Y menores en situación de desamparo, que es otra cosa que nada tiene que ver con el consumo del alcohol, quince.
Por tanto, ¿esto qué significa? Significa que yo no sé si lo habremos hecho bien, mal o regular, pero los hechos son los hechos, y las fiestas han sido unas fiestas modélicas. Y, por tanto, a mí no me cabe nada más que felicitar primero al Ayuntamiento de Zaragoza, porque es el responsable de que se celebren los festejos, pero sobre todo también a las fuerzas y cuerpos de seguridad, entre ellos a la unidad de policía. Y felicitar también a la gente, a los zaragozanos, las zaragozanas, y a todos los visitantes, y fundamentalmente a los promotores de las fiestas, y a los jóvenes, porque han demostrado que tienen un gran civismo, una gran tolerancia, que la gente viene a divertirse, y desde luego no viene exclusivamente a tomar alcohol. Por lo tanto, yo creo que esto ha salido bien, y esperemos que los problemas que se hayan podido detectar para las próximas fiestas seamos capaces de solucionarlos.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor consejero.